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Chapter 4 Rotary Deceleration System Design and Construction

4.4 Software

4.4.3 Software Operation

Manuel Vicente Villarán Godoy nació en Lima el 18 de octubre de 1873. Sus padres fueron el jurista Luis Felipe Villarán y Rosalía Godoy. Fue bautizado en la parroquia de Santa Ana de Lima. Cursó estudios secundarios en el Colegio Nacional Nuestra Señora de Guadalupe, y superiores en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (1980). Se graduó de bachiller con la tesis “Del imperio extraterritorial de las leyes civiles según Laurent y la escuela italiana” (1893) y doctor en Jurisprudencia con la tesis “Libertad civil y libertad política” (1895). Se recibió de abogado el 9 de noviembre de 1895. Además, estudió Ciencias Políticas y Administrativas, graduándose de bachiller con la tesis El factor económico en la educación nacional y de doctor con la tesis La educación nacional y la influencia extranjera (1908). Fue vocal de la Corte Suprema y miembro de la Junta de Gobierno en 1895, año en el que integró la plana docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos con la cátedra de Derecho Natural (1895-1900). En el acto de apertura del año universitario de 1900 pronunció un famoso discurso sobre las profesiones liberales en el Perú, donde criticaba la educación formalista e improductiva que se impartía en escuelas y universidades y proponía su sustitución por una enseñanza práctica, discurso que figura en sus Estudios sobre educación nacional (1922). Más tarde, dictaría Filosofía del Derecho (1901-1908), y Derecho Constitucional (1908-1924 y 1935-1936), iniciando así el estudio de la evolución del Derecho.

Integró la comisión encargada de redactar el proyecto de ley de accidentes de trabajo en 1903, el cual no llegó a ser debatida por el Congreso. Y ministro de Justicia, Culto e Instrucción entre los años 1908 y 1909, durante el primer gobierno de Augusto B. Leguía, desde el cual favoreció

160 orientaciones en la educación y la formación del profesorado, y otorgó el terreno para la edificación del nuevo local para la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Permaneció al lado de Leguía cuando ocurrió la asonada golpista del 29 de mayo de 1909, protagonizada por un grupo de militantes del Partido Demócrata, que lideraba Piérola, quienes sacaron violentamente del Palacio de Gobierno al presidente y lo pasearon por las calles hasta la Plaza del Congreso, donde inútilmente quisieron obligarle a firmar su renuncia a la presidencia. Poco después la fuerza pública dispersó a los revoltosos y restituyó el orden. Tanto Leguía como Villarán mostraron durante dicho trance serenidad y firmeza de carácter.

Llegó a ser decano del Colegio de Abogados (1914, 1915), tiempo en el que inició la edición de la “Revista del Foro”; y fue también decano de la Facultad de Derecho (1918). Fue Senador por Junín (1917-1918), asumió la defensa de los títulos alegados por los propietarios de La Brea y Pariñas frente a los derechos del Estado. En 1921, tras la represión violenta a una protesta en San Marcos, declaró - junto con estudiantes y profesores - un receso de las actividades universitarias dirigido a forzar la renuncia de los ministros de Instrucción y Gobierno. En 1922, al reanudarse las clases, fue elegido rector, cargo al que renunció el 1 de julio de 1924 para combatir la reelección del presidente Augusto B. Leguía. Lanzó hasta tres manifiestos, rindiendo homenaje a la juventud y alertando del peligro que entrañaba la perpetuación en el poder de un caudillo. Desterrado en 1925, volvió en 1927 y se mantuvo alejado de la actividad pública.

Tras la caída del régimen de Leguía, presidió en 1931 la comisión encargada de preparar el anteproyecto de una nueva Constitución Política. Esta, tras ser debatida por un Congreso Constituyente, fue sancionada y promulgada en 1933, pero no acogió las grandes reformas que se planteó en dicho anteproyecto, aunque sí mantuvo en principio y aun textualmente algunos de sus enunciados. También integró las comisiones de reformadores de los Códigos Civil, de Procedimientos Civiles y de Comercio. En 1936 fue

161 candidato a la presidencia de la República, en unas elecciones donde también participaron Luis Antonio Eguiguren y Jorge Prado Ugarteche, pero que fueron anuladas por la dictadura de Óscar R. Benavides. En 1939 fue acreditado como embajador ante la Santa Sede, cargo que desempeñó hasta 1941.

En 1885 se introduce en el Perú las ideas filosóficas de positivismo, la expansión y predominio de esta corriente alcanzó pretendientes de todas las ciencias.236 El positivismo conducirá al espíritu humano hacia el campo de los hechos concretos, de la realidad material, social, económica e histórica. Con su tendencia anti metafísica, orientación empírica y afirmación del progreso será la expresión de la reacción contra la filosofía y la ciencia de cepa escolástica. Con él comienza en el Perú la medicina experimental, la sociología, el derecho procesal civil y el estudio del pensamiento metódico.237

Como positivista, Villarán veía en la ciencia el principal instrumento para la liberación progresiva del ser humano. La ciencia era el factor preeminente del progreso social, a través del cual, el hombre lograría en todo el mundo dominar la naturaleza, poniéndola a su servicio para el progreso social y económico. Creía necesario crear nuevas formas educacionales basadas en una actitud y metodología científica, cancelatoria de los sistemas metafísicos-ontológicos tradicionales. Esta forma de pensamiento, compartida por los pensadores positivistas de la época, llevaría a Villarán a considerar que la educación científica es un factor determinante en la vida del hombre y de la sociedad en que vive, por lo cual, el nuevo hombre peruano debe dejar atrás la preparación verbalista y abstracta, la ambición por los títulos universitarios, las preferencias literarias y emprender una nueva formación educacional basada en los principios empíricos de la

236 Mesia Ramírez, Carlos Fernando. (1987). El pensamiento constitucional del siglo XIX.

Tesis para optar el grado de magíster en Derecho Constitucional. Lima PUCP., p.143.

162 ciencia experimental, modificando con ello sustancialmente cada comunidad y llevándola al progreso económico.238

Su papel como jurista irá estrechamente unido a la de maestro universitario, planteando el estudio de la evolución constitucional peruana desde una perspectiva basada en el desarrollo social, al introducir el derecho positivista en reemplazo del jusnaturalismo:

“De acuerdo con la nueva orientación doctrinaria se desenvuelve la docencia de Villarán y se lleva a cabo la reforma que él encabeza en los estudios jurídicos peruanos. Los remanentes escolásticos y la última forma del Jusnaturalismo enseñado entre nosotros, que es el idealismo Krausista se debaten en retirada. Contra ellos desplazándolos en la docencia universitaria, Villarán enseña y difunde las ideas de la escuela sociologista y pone en vigencia el método histórico y comparativo en el estudio de derecho, al par que introduce a los autores de la escuela analítica inglesa de jurisprudencia, cuyas doctrinas, logra balancear elegantemente con las de la Escuela Sociológica”. 239

Sostuvo además que para dar leyes, éstas no deben ser copiadas de legislaciones extranjeras, sino adecuadas y aplicables a la realidad social y cultural, posibilitando con ello el que sean respetadas y cumplidas. Entre sus diversas críticas, Villarán tomaría como prueba los incidentes electorales de 1851 en Yanaguara, Condesuyos, Arequipa, de que los peruanos no estaban preparados para una vida republicana y que las elecciones del siglo XIX eran una farsa y un fraude, por tanto una tacha vergonzosa para el país.240 Muy a pesar de la insistencia de los líderes congresistas en las

238 Ministerio de Educación. (2003). Grandes educadores peruanos. p.33-35.

239 Salazar Bondy, Augusto. (1965). Historia de las ideas en el Perú Contemporáneo.

Francisco Moncloa. Editores, Lima, p. 125.

240 Peloso, Vincent C. (2001). Reformas electorales liberales y el voto popular durante la

163 reformas constitucionales tan arduamente debatidas que configuraban otra orientación.

Formó un importante bufete, conocido como el Estudio Manuel Vicente Villarán, en el que trabajaron renombrados abogados peruanos de la primera mitad del siglo XX, como Carlos Arana Santa María, Luis Echecopar García, Manuel Gallagher, Héctor Marisca (abogado de José de la Riva Agüero y Osma), Enrique Moncloa, José Quesada y Víctor Villarán. A este despacho retornó Villarán en sus últimos años, alejándose definitivamente de la vida política. Los últimos años de su vida la dedicó al estudio y la investigación. Falleció el 21 de febrero de 1958.

Figuran entre sus obras las siguientes: Lecciones de Derecho Natural

(1895); Las profesiones liberales en el Perú (1900), Programa de Filosofía del Derecho (1915), Apuntes de Derecho Constitucional (1915-1916), Las

Constituciones de 1860 y 1920, concordadas… (1920), El gobierno de Alemania (1920, y aumentada en 1936), Programa detallado de Derecho Constitucional (1920), Estudios sobre educación nacional (1922), El gobierno de los Estados Unidos (1922), Cuestiones generales sobre el Estado y el gobierno (1923 y 1936), El arbitraje de Washington en la cuestión peruano- chilena (1925), La Universidad de San Marcos de Lima: Los orígenes, 1548- 1577 (1938), Vida y pensamiento de Luis Felipe Villarán (1945), Apuntes sobre la realidad social de los indígenas del Perú ante las Leyes de Indias

(1964).

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