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117Solid malignancies in inflammatory bowel diseases

Materials and Methods Study design

117Solid malignancies in inflammatory bowel diseases

El desarrollo del presente Plan Especial tiene como objetivo cumplir con el artículo 10.6 de las N.N.S.S. municipales como único documento de desarrollo admisible para la ejecución de actuaciones que se pretendan realizar en Suelo No Urbanizable.

En este apartado se estudiarán individualmente aquellas acciones y consecuencias del planeamiento que puedan ser causantes de algún tipo de impacto sobre el medio ambiente. Posteriormente se determinan los elementos del medio susceptibles de recibir alguna afección, basándose en el inventario del medio y en los elementos más relevantes mencionados a lo largo de este estudio.

Mediante la elaboración de una matriz de identificación de impactos, se pretende llevar a cabo la valoración cualitativa de las incidencias ambientales derivadas del desarrollo del Plan Especial.

El análisis de dichos efectos del desarrollo del Plan Especial se ha considerado en tres fases:

− La fase de planificación, es aquella en la que se plantean las actividades a llevar a cabo, y se estima su extensión, área de ocupación, y su integración en el entorno. En esta fase la determinación de los impactos se realiza de modo genérico, como previsión de las posibles incidencias, y análisis de la adecuación ambiental del conjunto de la actuación.

− La fase de desarrollo, es la que supone la puesta en marcha de las actuaciones propuestas en las zonas A, B y D. Dichas actuaciones se tratan de ordenamiento y control de usos e instalaciones agrícolas, normalización de la tipología edificatoria de las casetas para guarda de aperos de labranza, limitación del número de edificaciones, mejora de accesos, puesta en regadío en el caso de las zonas B.

− La fase de explotación, en la que se analizarán, especialmente, los efectos generados del funcionamiento de la planificación propuesta, centrándose principalmente en las infraestructuras, así como en los sistemas de recogida de pluviales, así como el abastecimiento de los diferentes servicios.

15.1.- Identificación de acciones origen de posibles impactos

A continuación se identifican aquellas acciones que son susceptibles de producir impactos sobre el medio. Para ello, se han considerado todas las actuaciones relevantes propuestas, evitando un desenfoque excesivo de las mismas para obtener una visión mínimamente globalizada del planeamiento. Se han considerado una subfase (planificación) y tres fases: desarrollo, explotación.

15.1.1.- Fase de planeamiento

En la fase de planificación el Plan Especial de Villa del prado supondrá una regulación esperada de los terrenos que se encuentran en suelo no urbanizable como las zonas A, B y D en ellas se pretende obtener entre otras cosas calificación urbanística para las distintas instalaciones existentes y que suponen un apoyo a la utilización agrícola del suelo, es en esta fase en la que se pueden identificar las siguientes acciones susceptibles de producir impactos:

Acciones que regulan las actuaciones en suelo no urbanizable

El hecho de que se trate de “Suelo No Urbanizable Protegido Sujeto a posterior redacción de Plan Especial (Zona A, B, D) “Vega Agrícola, Las Migueras y Coladas de Navacarrala”” supone una necesidad de creación del Presente plan que tiene como objetivo regularización de estos terrenos y su situación actual en la que siendo la agricultura su principal actividad, si hacemos un breve repaso desde los años 40 del siglo pasado hasta hoy día (fue en esa década cuando el ayuntamiento decidió poner en valor estos terrenos y permitir a los habitantes del municipio su arriendo y explotación), nos encontremos con explotaciones que lamentablemente han desaparecido, dejando los terrenos municipales abandonados al no poder hacer frente a este inevitable avance, otras que han seguido creciendo absorbiendo a las anteriores, otras cuyos titulares se han asociado familiarmente para hacer sus explotaciones más competitivas, hasta otras explotaciones que se han modernizado hasta tal punto que han llegado a convertirse en iconos de referencia a nivel nacional, en cuanto a tecnología puntera se refiere.

Esa modernización ha dado lugar a la proliferación de instalaciones asociadas a potenciar el uso agrícola que necesitan ser reguladas.

Acciones derivadas dicha regulación

El hecho de que las instalaciones existentes de apoyo a la agricultura obtengan calificación urbanística no generará impactos nuevos sobre el medio porque como hemos dicho antes, se trata de construcciones e instalaciones existentes.

Sin embargo, contemplaremos con dicha regularización una serie de impactos derivados de su construcción y explotación, de forma que se puedan tener en cuenta las medidas correctoras necesarias.

15.1.2.- Fase de desarrollo

Esta fase del proyecto se corresponde también con la fase de obra, aunque se trate de instalaciones existentes, cabe la posibilidad de reformarlas para adecuarlas al objetivo de normalización de la tipología de las construcciones, además de la creación de cunetas y diversas instalaciones de recogida y evacuación de aguas. Las acciones susceptibles de producir impacto esta fase han sido resumidas en:

1. Movimiento de tierras: explanación y excavación 2. Acopio de materiales, equipos y maquinaria 3. Cimentaciones

4. Construcción de las edificaciones

5. Excavación y enterramiento de conducciones. 6. Retirada de residuos, materiales y equipos

7. Restauración de las formas del terreno y revegetación 8. Movimiento de maquinaria pesada

Estas acciones darán lugar a:

− Incremento de vertidos de residuos sólidos inertes (RSI) y residuos sólidos urbanos (RSU).

− Incremento de vertido de aguas sanitarias y pluviales. − Incremento de la demanda de agua y otros recursos. − Incremento de la ocupación laboral.

15.1.3.- Fase de explotación

Denominamos Fase de Explotación, cuando el Plan Especial se encuentra plenamente desarrollado.

1. Generación de residuos propios de la agricultura 2. Generación de residuos domésticos

3. Producción de aguas residuales 4. Consumo de agua

5. Tráfico de vehículos y trasiego humano 6. Presencia de Instalaciones e infraestructuras

Como en la fase anterior, se producirá un incremento de la ocupación laboral.

15.1.4.- Fase de abandono

Esta fase la hemos incluido haciendo analogía con el futuro proyecto de calificación urbanística, puesto que propiamente dicha no existe fase de abandono del Plan Especial si no que, llegado a su fin se producirá en todo caso una renovación del mismo.

Con referencia a las instalaciones y actuaciones en los terrenos en suelo no urbanizable como apoyo a la agricultura que pretende amparar el presente plan especial veremos:

1. Pérdida de la generación de empleo. 2. Reducción en el consumo de agua.

3. Reducción en la generación de residuos sólidos y líquidos. 4. Reducción de trasiego de personas y vehículos.

5. Reducción de afección al paisaje y a los hábitats. 6. Demolición o desmontaje de las instalaciones 7. Generación de residuos derivados de la demolición

15.2.- Determinación de los elementos del medio susceptibles de sufrir afección

Los elementos del medio identificados que puedan ser potencialmente afectados por las actuaciones derivadas del desarrollo del Plan Especial, en sus tres fases (planeamiento, desarrollo y explotación), son los que se recogen en la siguiente tabla:

MEDIO FÍSICO Pérdida de suelo Geomorfología Erosión Compactación Aguas subterráneas Aguas superficiales Nivel de ruido Calidad del aire

CONDICIONES BIOLÓGICAS Vegetación arbórea Vegetación arbustiva Vegetación herbácea Avifauna Vertebrados terrestres Invertebrados terrestres Fauna acuática Especies amenazadas PROCESOS ECOLÓGICOS Cadenas tróficas

Reproducción y regeneración

MEDIO SOCIOECONÓMICO

Aprovechamientos tradicionales (agricultura y ganadería) Caza

Paisaje Empleo

Actividades económicas

15.3.- Descripción de impactos

Una vez identificadas las acciones, obras e instalaciones de los proyectos derivados y los elementos del medio que pueden verse afectados, su interrelación o cruce permite elaborar una matriz apta para la valoración cualitativa de las incidencias ambientales derivadas de la ejecución del proyecto en sus fases de desarrollo y funcionamiento, además de valorar su importancia.

En cada casilla de cruce en la matriz se realiza una primera valoración del efecto de cada acción, obra o instalación sobre cada elemento o factor del medio considerado. Para tal valoración se establecen tres niveles de significación:

NO HAY INTERACCIÓN: cuando no existe interrelación ambiental lógica entre la acción del proyecto y el elemento considerado.

INTERACCIÓN NEGATIVA: cuando la relación entre la acción del proyecto y el elemento del medio es, o se presume, significativa por tener un efecto negativo sobre el medio.

INTERACCIÓN POSITIVA: cuando la interacción prevista entre las actuaciones del proyecto y los factores del medio es positiva.

El objetivo fundamental de esta matriz de identificación es poder descartar posibles interacciones, de forma que la valoración ambiental de los impactos se centre tan solo sobre los efectos más relevantes.

A continuación, se muestra la matriz de identificación de impactos ambientales que, además, sirve como resumen de los efectos identificados sobre los diferentes elementos del medio.