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SUMMARY, CONCLUSION, NURSING IMPLICATIONS RECOMMENDATIONS AND LIMITATIONS

Estas inversiones podrán beneficiarse de los incentivos generales y sectoriales antes descritos, en estas zonas se priorizará la nueva inversión otorgándole un beneficio fiscal mediante la deducción adicional del 100% del costo de contratación de nuevos trabajadores, por cinco años.

La forma de cálculo es de acuerdo a sus sueldos y salarios que durante dichos periodos se los haya pagado a los trabajadores residentes o que vivan en dichas zonas, la deducción es calculada anualmente hasta los cinco años.

En el caso de Comercio Exterior el presente código propone Medidas Arancelarias y no Arancelarias para regular el Comercio Exterior.

Los aranceles podrán adoptarse bajo distintas modalidades técnicas, tales como:

a) Aranceles fijos, cuando se establezca una tarifa única para una subpartida de la nomenclatura aduanera y de comercio exterior.

b) Contingentes arancelarios, cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías importadas o exportadas, y una tarifa diferente a las importaciones o exportaciones que excedan dicho monto.

El Comité de Comercio Exterior podrá establecer medidas de regulación no arancelaria, a la importación y exportación de mercancías, en los siguientes casos:

c) Cuando sea necesario para garantizar el ejercicio de un derecho fundamental reconocido por la Constitución de la República.

d) Para dar cumplimiento a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que sea parte el Estado ecuatoriano para proteger la vida, salud, seguridad de las personas y la seguridad nacional.

e) Para garantizar la preservación del medio ambiente, la biodiversidad y la sanidad animal y vegetal.

f) Cuando se requiera imponer medidas de respuesta a las restricciones a exportaciones ecuatorianas, aplicadas unilateral e injustificadamente por otros países, de conformidad con las normas y procedimientos previstos en los respectivos acuerdos comerciales internacionales y las disposiciones que establezca el órgano rector en materia de comercio exterior.

g) Cuando se requieran aplicar medidas de modo temporal para corregir desequilibrios en la balanza de pagos;

h) Para evitar el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. i) Para lograr la observancia de las leyes y reglamentos, compatibles con los

compromisos internacionales, en materias tales como controles aduaneros, derechos de propiedad intelectual, defensa de los derechos del consumidor, control de la calidad o la comercialización de productos destinados al comercio internacional, entre otras.

Las exoneraciones expuestas anteriormente pueden estar sujetas a cambios futuros (derogación o modificación) de conformidad con la Ley.

Cabe señalar el Estado, las municipalidades, consejos provinciales, entidades de derecho público, las empresas públicas, y las empresas privadas con fines sociales, al estar exoneradas del pago del Impuesto a la renta no podrán acogerse a dichos beneficios.

En este capítulo hemos recopilado los conceptos teóricos de lo que es el impuesto en el Ecuador como lo dispone la Ley, conjuntamente se realizó una pequeña reseña histórica de algunas exoneraciones para el pago del impuesto a la renta en el pasado, llegando a fechas actuales y nombrando los que están permitidos en la actualidad.

Tabla 2: Beneficios tributarios incluidos por el Código de la Producción

Tipo Detalle

Generales

Reducción gradual de tres puntos del Impuesto a la Renta, 1 punto cada año, a partir del este año 2011 de tal manera que en el 2013, el impuesto a la renta será del 22%.

Exoneración del Impuesto a la Salida de las Divisas (2%) para financiamiento externo de más de un año plazo y con tasas menores a la tasa máxima aprobada por el BCE.

Exclusión en el cálculo del impuesto mínimo de los gastos incrementales por nuevo empleo o mejoras salariales, adquisición de nuevos activos para mejoras de productividad y tecnología, producción más limpia y de todos los incentivos de este Código.

Reducción del 10% del Impuesto a la Renta para la reinversión de la utilidad en activos productivos relacionados con innovación y tecnología.

Democratización para la transformación

productiva

Las Compañías que decidan abrir su capital y vender acciones a sus trabajadores, tendrán los siguientes beneficios: - Podrán diferir el pago del Impuesto a la Renta y su anticipo, por 5 años.

- Los intereses /rendimientos pagados por trabajadores a la empresa empleadora por préstamos para la adquisición de acciones están exentos del pago del impuesto a la Renta.

Incentivar la producción verde

Para el cálculo del Impuesto a la Renta, se deducirá el 100% adicional de la depreciación y amortización correspondientes a la adquisición de maquinaria y equipos para producción más limpia, y para la implementación de sistemas de energías renovables (solar, eólica o similares), o a la mitigación del impacto ambiental.

Para empresas nuevas

Para las nuevas empresas que realicen nuevas inversiones en los sectores definidos como priorizados; para la buena salud de nuestra balanza comercial y sostenibilidad de la dolarización; se aplicará la exoneración del pago del impuesto a la Renta por CINCO AÑOS, y la exoneración del pago del impuesto mínimo por el mismo tiempo, pudiendo solicitarse una extensión para la exoneración del pago del anticipo, en caso de que no se haya generado ingresos directamente de la actividad productiva iniciada.

Innovación en General

La promoción de la innovación y el fomento de las exportaciones es uno de los ejes centrales de nuestra Agenda de Transformación Productiva, de allí que el Código incentiva la inversión en activos productivos e investigación y tecnología a través de una reducción adicional de diez puntos del Impuesto a la Renta en el caso de que se reinvierten las utilidades para destinarlas a la reinversión en maquinaria nueva destinada a la mejora de la productividad o a la innovación.

Zonas económicas de

desarrollo especial (ZEDE)

Una de las herramientas más importantes del Código para la transformación productiva es el impulso a las zonas económicas de desarrollo especial (ZEDES), las cuales se instalarán en áreas geográficas delimitadas del territorio nacional, podrán ser de tres tipos: * Para transferencia y desagregación tecnológica e innovación, * Para ejecutar operaciones de diversificación industrial y * Para desarrollar servicios logísticos.

Para los administradores y operadores de las ZEDES, se aplicará una reducción adicional de 5 puntos porcentuales de la tarifa del Impuesto a la Renta vigente, es decir que para el 2013, el impuesto a la renta aplicable será del 17%.

Las importaciones de bienes que forman parte de los procesos productivos de las zonas o para ser usados directamente en ella, tendrán tarifa 0% de IVA.

Los operadores y administradores de ZEDEs tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado en la compra local de bienes y servicios

Exoneración del ISD en el pago de importaciones y para la amortización de capital e intereses generados sobre créditos otorgados por INSTITUCIONES FINANCIERAS del exterior

Medianas empresas

Capacitación técnica, dirigida a investigación, desarrollo e innovación tecnológica. (Hasta el 1% del gasto de sueldos y salarios al año).

Gastos en mejora de la productividad de la empresa. (Hasta el 1% de las ventas).

Gastos de promoción internacional de la empresa y sus productos. (Hasta el 50% de los gastos de promoción y publicidad).

Para trabajar por la reducción de la pobreza y mejorar la equidad en nuestro país, por ello impulsa y determina las políticas que permitan impulsar el desarrollo productivo para generar empleo de calidad y mejorar los ingresos en estas zonas.

Otros

Garantía del Estado en un 70% para financiamiento privado

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y actores de la Economía Popular y Solidaria (EPS), son incorporados en el sistema de compras públicas, a través de criterios preferentes de manera obligatoria

Inversión temporal del Estado en empresas de alto valor agregado, las acciones en las que invierte el Estado se transferirán a futuro a favor de los trabajadores, comunidad y actores de la EPS

Asignación de recursos para la ejecución de programas gubernamentales de co-financiamiento que permitan mejoras en la productividad, emprendimiento, innovación, calidad, oferta exportable y promoción.

3. SIMULACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO DE LA

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