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SYNTAX VERSUS GRAMMAR

In document Excel 2013 Programing pdf (Page 155-159)

La hipótesis que se planteó en la presente investigación de manera textual plantea el siguiente enunciado:

En el proceso penal ecuatoriano existe una inadecuado manejo de la cadena de custodia, que vulnera el principio de legalidad de la prueba previsto en la Constitución de la República del Ecuador y el Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, afectando la verificación de las finalidades del proceso penal ecuatoriano, por lo que es necesario implementar una reforma jurídica que la regule de mejor forma y asegure su cumplimiento.

La hipótesis anterior se confirma positivamente por cuanto los criterios expresados por la mayoría de las personas que fueron encuestadas permiten establecer que en el proceso penal ecuatoriano existe un manejo inadecuado de la cadena de custodia, que provoca que se vulnere el principio de legalidad de la prueba que está garantizado tanto en la Constitución de la República del Ecuador, como en el Código de Procedimiento Penal. De igual forma las opiniones de las personas encuestadas son mayoritarias en el sentido de que el incumplimiento de los principios que rigen la cadena de custodia y el inadecuado manejo de la misma afecta para que se verifiquen las finalidades del proceso penal ecuatoriano.

Aceptando la existencia de la problemática jurídica y procesal respecto a la cadena de custodia y su aplicación en el proceso penal ecuatoriano las personas encuestadas aceptan que es necesario que se incorpore una reforma al Código de Procedimiento Penal ecuatoriano vigente con el propósito de que regule de una mejor cadena de custodia, para que la misma se a aplicada en una forma coherente y garantice la existencia de elementos probatorios contundentes que contribuyan a asegurar el cumplimiento de las finalidades del proceso penal.

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CONCLUSIONES

Luego de haber presentado la información teórica y los resultados de campo que se han obtenido en este trabajo investigativo, es conveniente plantear las siguientes conclusiones. - Existe un manejo inadecuado de la cadena de custodia a consecuencia de la falta de

un criterio profesional en el manejo de la misma por parte de quienes intervienen en las diferentes etapas del proceso penal, lo cual incide negativamente en el cumplimiento de las finalidades procesales y de una adecuada administración.

- La cadena de custodia de la prueba dentro del proceso penal no tiene un cumplimiento adecuado, debido a la existencia de problemas que afectan la integridad de los medios probatorios.

- Al no existir un cumplimiento cabal de la cadena de custodia y de los principios que rigen la misma, se crea una situación de riesgo en el sentido de que la prueba obtenida en el proceso pueda ser contaminada, alterada o destruida y en consecuencia, se anulen evidencias importantes dentro del proceso.

- El hecho de que se incumplan los principios técnicos y legales en la cadena de custodia de la prueba, hace que se vulneren las normas previstas en la Constitución de la República del Ecuador y en el Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, respecto a la legalidad de la prueba, ya que se están alterando los procedimientos para la obtención e introducción de los elementos probatorios al proceso penal. - La existencia de inconvenientes en el cumplimiento de la cadena de la custodia de la

prueba, perjudica el cumplimiento de las finalidades del proceso penal, pues al producirse la contaminación de la prueba, la alteración o la destrucción de la misma, se anula la posibilidad de contar con elementos que contribuyan a sustentar la decisión judicial de imponer una sentencia condenatoria o absolutoria según corresponda de acuerdo con los elementos de prueba introducidos al proceso. - La información que se ha obtenido en este trabajo de investigación permite concluir

que existe la necesidad de que se plantee una reforma al Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, con la finalidad de incluir una normativa que contribuya a garantizar de mejor forma el cumplimiento de la cadena de custodia de la prueba en el proceso penal.

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RECOMENDACIONES

Se ha considerado conveniente realizar el planteamiento de las siguientes recomendaciones o sugerencias:

- A las servidoras y servidores judiciales, Fiscales, miembros de la Policía Judicial, Juezas y Jueces de Garantías Penales, que intervienen en el cumplimiento de las diferentes etapas del proceso penal, con la finalidad de que observen de manera rigurosa los protocolos legales que deben cumplirse en la cadena de custodia, considerando esencialmente que de ello depende la preservación de los medios probatorios y el cumplimiento efectivo de las finalidades del proceso penal, para esto es indispensable que de parte del Consejo de la Judicatura, la Fiscalía General del Estado y otros organismos comprometido se desarrollen acciones orientadas a la formación profesional específica de todas estas personas, respecto a la cadena de custodia, pues esta capacitación permitirá obtener mejores resultados en la administración de justicia penal.

- A la Asamblea Nacional de la República del Ecuador, con la finalidad de que se incorpore en la regulación del proceso penal ecuatoriano, las normas necesarias para garantizar el efectivo cumplimiento de la cadena de custodia de la prueba, para lo cual se sugiere la consideración de la propuesta que se presenta en la parte final de este trabajo.

- A las Fiscales y los Fiscales que intervienen en la sustanciación de los procesos penales que adopten las medidas necesarias para garantizar que la cadena de custodia no sea alterada y que las evidencias respecto a las infracciones penales se mantengan íntegras, hasta el momento de ser presentadas a juicio ante el Tribunal de Garantías Penales, con la finalidad de garantizar el éxito de la actividad investigativa y del proceso penal al lograr corroborar la existencia de una infracción e imponer al responsable la sanción que corresponda.

- A los miembros de la Policía Judicial que son llamados a intervenir en las etapas de recolección, embalaje, transporte, almacenamiento y análisis de la prueba, que cumplan de forma responsable y profesional el rol importantísimo que deben asumir en el proceso penal en el sentido de preservar las evidencias probatorias que recauden a objeto de que puedan ser utilizadas como sustento para la administración de justicia.

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- A las Juezas y Jueces de los Tribunales de Garantías Penales del país, con la finalidad de que al apreciar las pruebas y las evidencias que son objeto de una cadena de custodia, lo hagan analizando si se ha cumplido efectivamente con este procedimiento y si los medios probatorios cumplen con las condiciones de autenticidad y de integridad que deben verificarse para garantizar la legalidad de las mismas y su validez para ser considerados como elementos de convicción que permitan sustentar la decisión de este órgano juzgador.

- A los profesionales del derecho en libre ejercicio en el sentido de que investiguen y se capaciten permanentemente sobre temas controversiales como es el manejo de la cadena de custodia dentro del proceso penal con la finalidad de que puedan ejercer una defensa técnica y profesional de sus patrocinados.

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PROPUESTA

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSIDERANDO:

QUE, la Constitución de la República del Ecuador, incorpora el principio de legalidad de la prueba como una garantía del derecho al debido proceso;

QUE, el Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, garantiza la legalidad de la prueba y determina que no tendrán valor probatorio todos aquellas pruebas que se obtengan o actúen con violación de las normas constitucionales y legales;

QUE, para garantizar la integridad y la autenticidad de la prueba se pone en práctica la aplicación de la cadena de custodia que tiene como propósito preservar sin alteración alguna la prueba obtenida en el proceso;

QUE, en la sustanciación del proceso penal ecuatoriano no se aplica de manera adecuada la cadena de custodia de la prueba;

QUE, los problemas que existen en la cadena de custodia de la prueba y la inobservancia de las normas jurídicas y de los procedimientos técnicos que rigen en esta materia afecta la legalidad de la prueba; y,

QUE, es necesario desarrollar un marco normativo más eficiente para garantizar el cumplimiento de la cadena de custodia y la validad de la prueba sometida a este procedimiento:

En uso de las atribuciones que le confiere el numeral 6 del artículo 120 de la Constitución de la República del Ecuador, resuelve expedir la siguiente:

REFORMA AL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL Art. 1.- Inclúyase luego del inciso segundo del Art. 65, el siguiente inciso:

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“Participará de manera directa en la obtención de las evidencias materiales de la infracción

penal, y ejecutará todas las medidas necesarias con la finalidad de que las mismas permanezcan en cadena de custodia hasta el momento de ser presentadas en la etapa del

juicio”.

Art. 2.- Inclúyase luego del artículo 112, el siguiente artículo innumerado:

“Art. ... .- Cadena de custodia.- Las evidencias materiales de la infracción recopiladas por la Policía Judicial, bajo la dirección la Fiscal o del Fiscal, permanecerán en cadena de custodia hasta ser presentadas ante el Tribunal de Garantías Penales.

La custodia de la evidencia física acerca de la infracción corresponderá a la Policía Judicial que deberá intervenir en todos los procesos desarrollados dentro de la cadena de custodia, desde la recolección de la prueba hasta su presentación en el juicio.

Los integrantes de la Policía Judicial, la Fiscal o el Fiscal, y las demás servidoras y servidores públicos, así como las personas que de una u otra forma intervengan en la

cadena de custodia serán responsables por la preservación de la integridad de la prueba”.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Todas las normas que en su contenido se opongan a la presente quedan derogadas.

DISPOSICION FINAL: Esta ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

f). Presidenta f). Secretaria

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64 ANEXOS Anexo N° 1: Encuesta a Abogados en Libre Ejercicio

UNIVERSIDAD TÉCNICA PARTICULAR DE LOJA DIRECCCIÓN DE POSTGRADO

ESPECIALIDAD EN DERECHO PROCESAL PENAL

Señor Abogado: De la forma más comedida concurro a usted con la finalidad de solicitarle que se sirva contestar la presente encuesta, que tiene el propósito de obtener información para el desarrollo de la tesina denominada: “LA CADENA DE CUSTODIA EN EL PROCESO PENAL ECUATORIANO EN RELACIÓN A LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES DE LA PRUEBA”. Por su gentil participación, me anticipo en expresar mi gratitud.

1. ¿Considera usted que la cadena custodia de la prueba en el proceso penal ecuatoriano se cumple de manera adecuada?

SI □ NO □

2. ¿Cree usted que al no cumplirse eficientemente con la cadena de custodia, existe el riesgo de que la prueba material recabada en el proceso, pueda ser contaminada, alterada o destruida?

SI □ NO □

3. ¿Considera usted que el incumplimiento de los principios técnicos y legales en la cadena de custodia de la prueba afecta el principio de legalidad de la prueba previsto en la Constitución de la República y en el código de Procedimiento Penal?

SI □ NO □

4. ¿Cree usted que la existencia de problemas en el cumplimiento de la cadena de custodia, afecta el cumplimiento de las finalidades del proceso penal?

SI □ NO □

5. ¿Estima usted que sería conveniente que se plantee una reforma jurídica al Código de Procedimiento Penal ecuatoriano, con la finalidad de que se regule de manera más adecuada la cadena de custodia de la prueba?

SI □ NO □

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