Summary of information behaviour models
INFORMATION BEHAVIOUR OF ENGINEERS: A LITERATURE REVIEW
3.4 ENGINEERS’ INFORMATION-SEEKING BEHAVIOUR
3.4.2 Various sources of information used by engineers
3.4.2.4 Text-based information sources used by engineers
El Proveedor se obligara a garantizar la calidad de los Bienes entregados, y se comprometerá a su reposición sin costo para PEMEX PETROQUIMICA, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto a las penas convencionales correspondientes.
La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los Bienes, no relevara al Proveedor del compromiso que lo obliga a garantizar los Bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que este acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía respectiva por los conceptos indicados.
Con la finalidad de cumplimentar el numeral 4.-"Difusión de Información" inherente a las acciones emergentes notificadas por la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones de Petróleos Mexicanos, esta
Convocatoria se publica a partir de la fecha, para que en su caso, envien comentarios a los correos:
[email protected], [email protected],, mismos que la convocante de considerarlos procedentes tomará en cuenta. La recepción de los mismos será hasta el día 15-ABR-2013
PREBASES
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZASGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES SUBGERENCIA DE ADQUISICIONES
Número de Concurso: IB-430-RM-2009236 1024362
Número de Requisición: Tipo: BIENES
LPM57UP(IR3
Modalidad: LEY PEMEX INVITACION RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES
De conformidad con los artículos 57 último párrafo y 58 de la LAASSP, la Secretaria de la Función Pública podrá verificar las visitas e inspecciones que estime necesarias, así como verificar la calidad y las especificaciones de los Bienes amparados en esta invitación, pudiendo solicitar a PETROQUIMICA y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
El procedimiento de inspección que aplicara será Nivel III (Inspección en destino final), conforme a lo indicado en el Documento 15. El área que realizara la Inspección será: La SUPERINTENDENCIA DE PLANEACION DE MANIMIENTO del Complejo Petroquímico Morelos. El lugar donde se llevará a cabo será en el Almacén Local del Complejo Petroquímico Morelos.
La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009.
El Proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizar la inspección por PEMEX PETROQUÍMICA, de acuerdo a lo establecido en el contrato respectivo, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega.
AL REALIZAR LA INSPECCIÓN DE BIENES, EL PROVEEDOR DEBERÁ ENTREGAR COMO MÍNIMO, COPIA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
a) REMISIÓN O FACTURA. (NO APLICA)
b) PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN. (NO APLICA) c) CERTIFICADO DE ORIGEN. (NO APLICA) d) GARANTÍA COMERCIAL. (NO APLICA)
e) CERTIFICADOS DE CALIDAD (SI APLICA) E INFORMES DE
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SUBDIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZASGERENCIA DE RECURSOS MATERIALES SUBGERENCIA DE ADQUISICIONES
Número de Concurso: IB-430-RM-2009236 1024362
Número de Requisición: Tipo: BIENES
LPM57UP(IR3
Modalidad: LEY PEMEX INVITACION RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES
RESULTADOS DE LABORATORIO. (NO APLICA)
f) RESULTADO DE LAS PRUEBAS EFECTUADAS DURANTE EL PROCESO. (NO APLICA)
g) PROTOCOLO DE PRUEBAS. (NO APLICA) h) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. (NO APLICA)
i) DOS FOTOCOPIAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS (SI APLICA) 13.3.1 DEVOLUCION Y REPOSICION DE BIENES.
En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PETROQUIMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR.
13.4 GARANTIAS
El proveedor a su elección podrá entregar cualquiera de los siguientes instrumentos de garantía: Fianza o Carta de Crédito STAND BY.
13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de los contratos.
El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de los contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:
CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA
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Número de Concurso: IB-430-RM-2009236 1024362
Número de Requisición: Tipo: BIENES
LPM57UP(IR3
Modalidad: LEY PEMEX INVITACION RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES
Póliza de fianza que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 09 de esta convocatoria y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ejido Pajaritos S/N SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver., México; en días hábiles y en horario comprendido de las 8:30 a las 15:30 hrs.
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
B) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de
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Número de Concurso: IB-430-RM-2009236 1024362
Número de Requisición: Tipo: BIENES
LPM57UP(IR3
Modalidad: LEY PEMEX INVITACION RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES
fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
D) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.
E) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:
1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas.
2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. En su caso, la rescisión del contrato y su notificación,
6. En su caso, documento de terminación anticipada y su notificación 7. Copia del finiquito
8. Importe reclamado.
La fianza que garantiza el debido cumplimiento del contrato y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 09, de esta Convocatoria y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ventanilla de Atención a proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales del Complejo Petroquímico Morelos, PEMEX PETROQUIMICA, ubicada en: Ejido Pajaritos S/N, SC C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, y en el horario comprendido de las 8:30 hrs a las 15:00 horas.
El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.
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Modalidad: LEY PEMEX INVITACION RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES
CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STAND BY
Carta de Crédito Stand-by emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más 90 (noventa) días naturales, a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.
Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Stand-by otorgada.
Que reconoce que la Carta de Crédito Stand-by será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
La carta de crédito stand by que garantiza el debido cumplimiento del contrato y cualquier otra responsabilidad en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 09-B de esta Convocatoria y deberá entregarse en el domicilio siguiente: Ventanilla de Atención a proveedores de la Superintendencia de Recursos Materiales de PEMEX PETROQUIMICA del Complejo Petroquímico Morelos ubicada en: Ejido Pajaritos S/N, SC. C.P. 96380 Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, y en el horario comprendido de las 8:30 hrs a las 15:00 horas.
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13.4.2 Para garantizar la obligación de responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.
Entregados los bienes o concluidos los servicios, el PROVEEDOR quedará obligado durante un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la entrega de los bienes o terminación de los servicios, a responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable. Por lo que previamente a la recepción de los bienes o servicios, el PROVEEDOR, a su elección, deberá presentar póliza de fianza y carta de crédito stand-by por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de los bienes entregados o servicios prestados. la misma deberá ser a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, conforme a los Documentos 09-A (Póliza de fianza ) y 09-B (Carta de crédito STAND BY) de la convocatoria y entregarse en la ventanilla del área de atención a proveedores de la Jefatura de Adquisiciones ubicada en el edificio de la Superintendencia de Recursos Materiales de PEMEX PETROQUIMICA del Complejo Petroquímico Morelos ubicado en: Ejido Pajaritos S/N, SC C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, y en el horario comprendido de las 8:30 hrs a las 15:00 horas.
Se entregará al proveedor una copia simple de la garantía con el sello de la Superintendencia de Recursos Materiales, misma que deberá integrarse a la documentación establecida en el contrato que deberá acompañarse con los bienes al momento de realizar el suministro.
CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA
Cuando la garantía se constituya mediante póliza de fianza, deberá ser emitida por institución afianzadora autorizada, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 09-A
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX
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Número de Requisición: Tipo: BIENES
LPM57UP(IR3
Modalidad: LEY PEMEX INVITACION RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES
PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 (treinta) días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 (treinta) días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 (treinta) días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.
B) Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto impugnado sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o
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