• No results found

The Relationship between the Average and Marginal Product

Appendix 2. C Computational Procedures

3.2 Analytical Framework

3.2.1 The Relationship between the Average and Marginal Product

Contrario a las disposiciones dadas en el decreto 185 de 1951 el Acuerdo 7 de 1979 definió nuevas políticas para el uso de la tierra en el Distrito Especial de Bogotá, incorporando al perímetro urbano gran parte del territorio de la microcuenca Chiguazá como puede corroborarse en el Capítulo 2. Quedaba por fuera del perímetro los asentamientos de vivienda

popular San Manuel, Ciudad Londres y Juan Rey como se mencionó anteriormente, pero en la misma norma se estableció que se consideraban como parte integrante del perímetro establecido, con el fin de que ingresarán a los programas de desarrollo progresivo en el cual se legalizaría y mejoraría progresivamente los barrios.

Según el Acuerdo 7 de 1979 los Cerros Orientales y los Cerros de Juan Rey y Guacamayas serían de uso forestal, con usos restringidos de vivienda (una vivienda por cada tres 3 hectáreas) o recreativo siempre y cuando no incluyera canchas deportivas. Así mismo declaró que no se permitiría la apertura de canteras o chircales con excepción de las existentes.

No se tiene un informe del estado de contaminación de las aguas de la microcuenca Chiguazá para éste periodo, posiblemente debido al poco interés político en estos cuerpos de agua. Los estudios técnicos sobre la contaminación hídrica tenían especial atención sobre el río Bogotá donde se recomendaba la intercepción, el tratamiento y la disposición de aguas negras antes de llegar al río, pero esto solo se quedó en estudios (Preciado et al., 2005). Los gobernantes de la ciudad no tuvieron interés en hacer cumplir las normas sobre el perímetro urbano que en un momento hubiesen detenido la urbanización en esta zona de la ciudad. Esta historia se repetiría con la normatividad ambiental que se expidió desde la década de los setenta y que de haberse cumplido hubiera controlado y minimizado el impacto de la urbanización sobre la microcuenca Chiguazá.

Por ejemplo, con el Decreto 877 de 1976 se protegía la parte alta de las quebradas que hacen parte de la microcuenca Chiguazá, ya que son zonas de nacimiento y fueron declaradas

como zonas forestales protectoras. Sin embargo, en el Cerro el Zuque donde nace la quebrada Chiguazá se realizaron extracciones de minerales para la construcción hasta 1996 afectando con sus residuos granulares la capacidad hidráulica de dicha quebrada (SDA, 1998). Así mismo en esta norma se dispuso la conservación de 30 metros de ronda, que posteriormente con el acuerdo 6 de 1990 pasaron a 15 metros en zonas urbanas. Sin discutir el volumen de la ronda o zona de manejo y preservación ambiental (ZMPA) en un informe de la Projecta para la Secretaría de Ambiente se concluye que la invasión de la ronda, la tala de vegetación primaria arbustiva y el confinamiento y limitación del cauce a una mínima sección afectan la estabilidad de la quebrada Chiguazá (SDA, 1998), lo que ratifica nuevamente omisión de la norma.

Durante la década de 1980 la ciudad entra en un proceso de metropolización y paralelamente el sur oriente presenta un aumento en la densificación habitacional, pues zonas que hasta ese momento habían sido exentas de urbanización en la localidad de San Cristóbal empiezan a urbanizarse. Se inicia el surgimiento de otros barrios en la microcuenca Chiguazá: Santa Rita II, Malvinas, Villa de Cerro, Península, Los Pinos y La Belleza, impactando las quebradas Chiguazá, La Nutria y Morales.

Fotografía 9. Barrio Malvinas

Fuente: (Mosca, 1987).

La deficiencia de servicios públicos poco a poco se soluciona en los barrios ilegales gracias a la activa gestión de líderes comunitarios, Ante la ausencia de Estado, la comunidad organizada es quien principalmente reclama, no en normas, sino en el terreno, espacios verdes para la recreación de la población. Es así como en la década de 1980 las organizaciones sociales PEPASO, Zona Cuarta y CEYS, se unen para formar el Comité de Planeación Interlocal CNP (Quimbaya, 2012), que de manera organizada y persistente inicia un trabajo de reconocimiento en los Cerros de Guacamayas, Juan Rey y El Gavilán, en donde años más tarde se crearía el Parque Entrenubes que tendría como uno de sus límites la quebrada La Nutria, afluente de la quebrada Chiguazá.

Pasar de luchar por la legalización y servicios públicos de un sector a iniciar la lucha por zonas verdes, mantuvo vivo el espíritu emprendedor de muchos líderes comunitarios que hacían parte de las Juntas de Acción Comunal, pues en otros líderes que lograron la legalización su fuerza se fue agotando como lo menciona el siguiente relato:

Una vez cumplida esta fase, una vez pasado el peligro, cuando ya empezaba a legalizarse la posesión y se construían las primeras casas, el ánimo decaía, la solidaridad se transmutaba en egoísmo, cada cual se dedicaba a lo suyo, hasta cuando alguna noticia de desalojo volviera a convocar a la gente a restaurar el sentido de grupo momentáneamente perdido. Parece ser que el peligro es un elemento de cohesión de los seres humanos y que la seguridad relaja los lazos sociales y propicia el egoísmo. (Martínez, 1999, p. 10)

Una vez contaminados los cuerpos de agua que hacen parte de la microcuenca empezó la invasión a su ronda, por personas que necesitaban un lote para construir e incluso por las mismas comunidades que en ausencia de espacios verdes, recreativos y comunales, utilizaron las rondas como canchas de futbol y baloncesto, zonas de cultivo y estructuras con fines comunales como la asociación de adultos, salón comunal o el expendio de cocinol, estructuras que hoy en día siguen en pie y se pueden observar a lo largo de las quebradas según las fotografías. El urbanizador pirata no tenía dentro de sus prioridades la asignación de terrenos para suplir estas necesidades ni, tampoco fue cuestionado por los compradores quienes debido a la necesidad solo deseaban tener un terreno propio para vivir.

Del estudio realizado por Misión Bogotá siglo XXI en 1993 sobre la vivienda en Bogotá se explica que de los urbanizadores ilegales solo el 21% había destinado espacios para esta infraestructuras pero no de manera heterogénea. Las pocas viviendas que se encontraban en la primera etapa de estos barrios permitían a los niños tener espacios para jugar en los lotes aun sin construir, sin embargo cuando los barrios fueron consolidándose, aumento las áreas construidas y la densidad poblacional, lo que puso en evidencia la necesidad de estos espacios, de manera que esta infraestructura urbana fue ubicada en terrenos de alto riesgo y en las rondas de las quebradas como puede verse actualmente a lo largo de la quebrada Chiguazá que aun hoy en día presenta usos recreativos y de servicios sociales como puede observarse en las fotografías 10 y 11, lo cual van en contra de los usos permitidos actualmente para estos espacios.

Fotografía 10. Canchas deportivas en la ronda de la quebrada Chiguazá, barrio Nueva Gloria

Fotografía 11. Parque en urbanización Prados de Altamira

Fuente: Autor

Fotografía 12. Invasión ronda de la quebrada Chiguazá calle 45 sur con Cra.6

Related documents