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4.6 Study 2: Differentiating r/Daddit & r/Mommit

4.6.2.3 Topics specific to r/Daddit

instrumentos o como centros de autonomía o valor.

¿Qué tipo de justicia puede haber en un mundo en el que algunas personas son reducidas a objetos manipulados por otros o cuyas historias no son tenidas en cuenta? Este aspecto de la formación del abogado es importante para el autor como oposición a cierto tipo de prácticas e instituciones modernas que White califica de deshumanizantes. Frente a ellas, muestra el Derecho como una institución que se fundamenta en el principio del reconocimiento de otros y ello, en gran parte, porque les dá la oportunidad de contar sus historias y de que éstas sean escuchadas.250

249 Ibid, op. cit.

250 James Boyd White, The Legal Imagination, op. cit., págs. 109-205. White se sirve de la

literatura al considerar que es a través de ésta como los alumnos pueden mejor formarse su propia idea de en qué puede consistir tratar a las personas como objetos o instrumentos o, por el contrario, como centros de autonomía o valor, al considerar que ésta trata estos asuntos con una claridad, lucidez y fuerza de las que la argumentación lógica o abstracta carecería por necesidad. Heracles´s Bow, op. cit., pág. 5. Especial relevancia a este respecto tendría el estudio que el autor hace de la Tragedia Filoctetes, el cual podría resultar también de ayuda para comprender lo que perseguería White con esta formación literaria sobre estos asuntos y por qué. Esta tragedia de Sófocles en la cual se relata la historia de cómo Odiseo y Neoptolemo tratan de dar cumplimiento a una profecía en la que se les ordena recuperar un arco que se encuentra en manos de otro hombre llamado Filoctetes, es mostrada por White como un texto donde encontrar un ejempo claro de dos mentes: Por un lado, la consecuencialista o instrumentalista, representada por Odiseo, que sería aquella que piensa en términos fines-medios y que encuentra la justificación de toda actuación en resultados y probabilidades. Por otro, la ética, representada por Neoptolemos, sería aquella que piensa en lo correcto y equivocado a partir de un sentido sobre ambas cosas culturalmente adquirido. Odiseo, ante el mandato de la profecía, sólo piensa en su cumplimiento y en la necesidad para ello de persuadir a un hombre, Filoctetes. Considera que para conseguir su objetivo la posibilidad más efectiva es el engaño. Neoptolemo, que en un principio se niega a aceptar la propuesta de Odiseo de engañar a Filoctetes para conseguir lo que se les ha encomendado, sin embargo, cede finalmente.

Esta cesión de Neoptolemo ejemplificaría lo que White considera como una ética no madura, esto es, una que le conduce a que su oposición inical al engaño sea consecuencia de la conciencia que tiene de sí mismo, de su dignidad, de ser hijo de quién es. De esta manera, su sentido del tipo de persona que es estaría actuando como su única guía ética. Este tipo de mentalidades son, para el autor, inmaduras y débiles y, como se demuestra en la obra, resultan fácilmente manipulables. White pone de relieve, sin embargo, en el análisis que hace de la tragedia, cómo en Neoptolemo se opera una transformación hacia lo que el autor considera una ética madura, una en la que su arrepentimiento y repulsa al hecho de haber engañado nace del reconocimiento del valor y autonomía del otro, en este

El autor propone una nueva forma de abordar el Derecho y el estudio de las normas jurídicas de forma que sean vistos como un tipo de literatura social, al igual que la novela o el drama, como una forma especial y característica de hablar acerca de la gente.

En esta crítica del Derecho por su forma de hablar de las personas, lo primero que hace el autor es ver de qué instrumentos podría disponerse para analizar el Derecho en este aspecto. Para ello recurre, de nuevo, a los textos literarios, tratando de identificar las diferentes posibilidades de definición de los personajes que puedan encontrarse en

caso de Filoctetes, sentimiento que sólo surge cuando conoce su historia y se inicia entre ellos una relación de amistad. Es precisamente esto lo que, según white, le permite a Neoptolemo finalmente interpretar de forma correcta la profecía. No mediante un mayor conocimiento del lenguaje sino de la realidad a la que se dirige.

Como se decía, White muestra a Odiseo, a diferencia de Neoptoloemo, como un prototipo de hombre instrumental, incapaz de cuestionarse los fines, que sólo piensa en resultados y para ello en probabilidades. En su forma de interpretar se muestra literalista. No se detiene a considerar los propósitos y la naturaleza de las órdenes, por lo que prescinde del universo de interpretación que las haría comprensibles. Cegado por obtener un resultado, no es capaz de considerar el verdadero sentido y alcance de la profecía por lo que, buscando ser eficaz, resulta de lo más ineficaz y tratando de ser racional, termina actuando irracionalmente.

White establece un paralelismo entre esta obra y la realidad que vivimos en la que, al igual que la tragedia, no contamos con unas directrices claras, sino que vivimos en la incertidumbre. Una racionalidad como la de Odiseo se nos revelaría entonces cono irracional porque da como incuestionables los fines y sólo calcula la probabilidad en su cumplimiento, una actitud que para el autor desconoce la realidad de nuestra existencia, la incertidumbre real en la que vivimos, lo limitado de nuestras motivaciones y percepciones, de nuestra capacidad para ver la realidad y, por tanto, de la necesidad que tenemos de los otros –seres humanos dotados del mismo valor y autonomía- para la construcción e interpretación de nuestros fines. Desconocería que la verdadera fuerza de construcción del mundo se encuentra en lo social y no en lo material y que toda acción social requiere comunidad y esa comunidad nunca puede ser forzada: los esclavos se revelarán, las esposas se divorciarán, los trabajadores se unirán, los socios dimitirán. Es por ello que, para White, nuestra guía más segura, racional y eficaz en la interpretación de nuestros fines y en nuestros intentos de persuasión es que toda interpretación esté basada en el reconocimiento de la igual libertad, valor y autonomía del otro. Al señalarnos White el error en la interpretación de la profecía por parte de Odiseo, un personaje que parece práctico, eficaz y racional estaría, además, poniendo de manifiesto la necesidad que tiene todo intérprete y persuasor, como lo son especialmente los abogados, de ser conscientes de lo limitado de todo lenguaje y la necesidad por tanto, cuando actúa como tal, de poner junto todo lo que uno sabe, toda su experiencia, para así ser capaces de ver el unicerso de comprensión que da sentido al Derecho. Debe saber poner a éste dentro de un contexto más amplio. Si no es capaz de hacerlo, como no lo hizo Odiseo, sus actuaciones pueden resultar ineficaces y poco racionales. Es en este sentido en el que el autor habla a lo largo de sus obras de “integración”, una palabra presente en su idea de interdisciplinariedad, de lo que es el hombre y la cultura y que, como se ha visto, determina su manera de concebir la enseñanza. Ver también con respecto a esta idea de integración: James Boyd White,

ellos. White distingue dos posibilidades principales: el personaje y la caricatura. El personaje representaría una interpretación exitosa de la personalidad, creíble y completa mientras que la caricatura sería lo contrario, una forma de hablar de la gente en la que ésta queda reducida a determinados aspectos exagerados, a etiquetas o roles. El objetivo sería ahora aprender a identificar ambas formas, entenderlas, comprender los motivos que subyacen a la elección de una u otra, para poder luego aplicar ese conocimiento al análisis del Derecho.251

Para este primer objetivo White escoge, por ejemplo, un texto en el que un autor critica una biografía por adolecer de lo que denomina “toque de novelista”. Con esto se estaría refiriendo a que en ella se ha producido un falseamiento del personaje real consistente en mostrar sólo los aspectos más espectaculares y útiles con fines literarios.252White trata

aquí de que el alumno adquiera un primer sentido de lo inapropiado de la literatura de caricatura cuando el objetivo es describir personajes reales, como es el caso de la biografía, y de hasta qué punto esta misma sensación podría ser trasladada al Derecho, donde los personajes de los que se habla son también reales y no de ficción.

Ahondando en lo que significa la caricatura y los posibles motivos que como recurso literario pueden llevar al escritor a su utilización, el autor hace referencia a textos en los que se explican algunas de las propiedades de tal recurso,253como sería, por ejemplo, el hacer personajes

fácilmente reconocibles y a los que no sea difícil recordar. En este sentido un rasgo esencial de las caricaturas es que no sufren alteración por las circunstancias, no experimentan evolución en el transcurso de la obra y esto las hace susceptibles de ser resumidas en una frase. Otra propiedad

251 James Boyd White, The Legal Imagination, op. cit., págs. 113-155. 252 Ibid, págs. 114-115.

253 El autor utiliza para ello algunos textos profesionales sobre literatura como el capítulo 6 de

es que permiten establecer patrones claros de comportamiento en torno a los cuales otros más complicados puedan ser medidos.254

Teniendo en cuenta lo anterior y reconduciendo el tema al ámbito del Derecho, White señala que la caricatura se presenta como un recurso igualmente fácil, posible y útil para el abogado. Supone una forma de hablar de las personas que permite presentarlas como increíblemente buenas o malas, un instrumento que puede se útil para fortalecer el punto de vista que se defienda en una causa.255

Sin embargo, como se ha visto, no parece adecuada cuando se trata de describir un personaje real,256como ocurre en la biografía, y aunque en la literatura de ficción puede ser un recurso fácil para lograr ciertos efectos, éstas carecen del interés y la profundidad de los verdaderos personajes a los que debe aspirar toda obra literaria.257 White invita a los

alumnos a que enjuicien su utilización en la argumentación del abogado, a que piensen si se trata de una forma madura y sensible de hablar de los otros, si es un instrumento de manipulación o de hacer justicia. Si constituye un recurso óptimo y, por tanto, susceptible de ser utilizado por jueces y legisladores o si, por el contrario, la especial responsabilidad de éstos en la creación del Derecho lo hace especialmente inapropiado.

El autor muestra además otros usos posibles de la caricatura como el que hace de ella la literatura de protesta, mostrando por ejemplo a

254 Ibid. El autor propone, entre otros, el texto correspondiente al capítulo seis de Little Dorrit

de Dickens, donde, según White, el escritor resume ese proceso por el cual una persona es reducida a un rol. Ver en Ibid, págs 131-132.

255 Ibid, págs. 146 y 150. 256 Ibid, pág. 152.

257 Ver el conjunto de preguntas que hace el autor a los alumnos en Ibid, op. cit., pág. 130. El

autor contrasta el uso de la caricatura con la manera en que Tolstoy define a sus personajes. De ella se puede deducir -y esto sería lo que al autor le interesa que los alumnos vean- el profundo conocimiento del escritor acerca de la complejidad de la personalidad humana, la cual se advierte en su obra como dinámica y en constante cambio, al mostrar a los personajes bajo diferentes luces según cuál sea su entorno. En este sentido, lo que daría, según White, tanta vida a los protagonistas de Guerra y Paz es que éstos siempre son definidos a través de la relación que tienen unos con otros. Ibid, pág. 158.

personas reducidas a simples máquinas como consecuencia de la explotación laboral, o el retrato que hace Dickens en Little Dorrit, en el que cuenta el proceso por el que una persona puede quedar anulada y reducida a un mero rol dentro de la sociedad. En este caso la literatura, a través de la caricatura, haría tomar conciencia al lector del efecto que puede producir en las personas una sociedad injusta o deshumanizada. Otras veces, según explica White, es utilizada en obras cuya intención no es hablar de la realidad de las personas, sino que se recurriría a ella para articular verdades generales, para producir determinados sentimientos o, simplemente, para divertir. Ciertos personajes de Dickens no son personas sino más bien formas de hablar, como ocurriría con la obra El Avaro de Moliere, donde el escritor no buscaría hacer un retrato de la gente sino de lo que la avaricia y la miseria realmente significan.258 La diferencia con el

Derecho sería, como señala White, que ésta sería una literatura de la realidad, que habla de personas reales.

White estaría buscando que los alumnos tomen conciencia de lo que significa hablar de una manera o de otra, invitando a pensar, por un lado, sobre las posibilidades y limitaciones del lenguaje de caricatura y, por otro, sobre otras formas de hablar que no falseen la realidad y hagan justicia a la variedad y dificultad inherente a la experiencia de las personas. En este sentido, el autor advierte en la novela inglesa de los siglos dieciocho y diecinueve una interesante comparación con el Derecho al tratarse, fundamentalmente, de una literatura social que trata sobre las vidas de individuos que se encuentran inmersos en una sociedad muy organizada, con valores, costumbres y roles muy articulados.259Esto haría que estos escritores, en su intento por expresar ese mundo social, se enfrenten al peligro de que los individuos de sus novelas se conviertan en tipos, en una parte del mundo social y nada más, quedando amenazada, entonces, la expresión de sus mentes individuales y su personalidad.

258 Ibid, op. cit., pág. 152.

Middelmarch de George Elliot constituye un buen ejemplo, según White, de cómo se enfrentaron estos novelistas ingleses al riesgo de acabar escribiendo sobre la sociedad, preferiblemente, a hacerlo sobre la gente, esto es, a escribir caricaturas en lugar de personajes. Middelmarch mostraría cómo, la caricatura, la posibilidad de ser definido por un rol social, es una amenaza real tanto para la persona que vive en esa sociedad como para el escritor que escribe sobre ella. Éste debe saber manejar, entonces, la tensión entre lo social y lo personal. Los dos son verdad y ninguno, por sí solo, suficiente.

En esta novela la definición del personaje por su lugar o rol en la sociedad estaría controlada por la expresión de lo que deja fuera, por lo que no reconoce, de tal forma que, la presión contra la caricatura se convertiría en un tema del libro. Lo fundamental y característico de esta forma de escribir es, por tanto, que sería capaz de hacerlo de dos maneras a la vez. El autor se pregunta, entonces, si quizá el abogado podría aprender algo de estos escritores para llegar hablar de alguna forma que consiga lo que logra Geroge Elliot en esta novela.260

White pone a las personas y al tratamiento que de ellas hace el lenguaje del Derecho en el centro de su proyecto formativo. Esto estaría orientado a que los futuros juristas sean más conscientes de la responsabilidad que tienen por su profesión así como a hacerles capaces de buscar nuevos recursos, nuevas formas de expresión que den voz a todo aquello que el Derecho deja fuera, a esa realidad y experiencia de las personas que es mucho más compleja. Para ello es preciso un conocimiento adecuado de su lenguaje, siempre sujeto a formalismos y en cuyo centro de encuentra una norma, con las limitaciones de sincretud, generalización y rigidez que le son propias.

Aunque hay en el Derecho cuestiones en las que la utilización de un lenguaje más técnico sería apropiado, habría, sin embargo, para White, otras en las que, debido a su importancia, nada debería ser excluido, en

260Ibid, pág.157.

las que se requeriría la más completa expresión de la experiencia humana.261Y a esta clase pertenecerían, para el autor, por ejemplo, los fallos sobre insanity defense en los procesos penales, en los que se decide si el acusado es responsable de lo que ha hecho y, por tanto, si debe ser castigado por ello.262 La pregunta que, según White, debería entonces

plantearse en estos casos es: ¿Quién es ese hombre?263El autor propone al respecto algunos textos en los que novelistas tratan de contestar a esta pregunta, e invita a los estudiantes a reflexionar sobre circunstancias de su vida personal en las que hayan sentido la importancia de expresar cómo es realmente una persona, cuál es la identidad que subyace bajo su apariencia social, su trabajo, sus hábitos o su forma de vestir.

Hasta aquí se habría tratado de reflexionar, fundamentalmente, sobre los límites que algunos lenguajes institucionales264y, en especial, el

legal podrían imponer en la mente del que los utiliza: las exclusiones, los silencios, las rigideces y restricciones. Pero, también, habría sido intención del autor el que se compruebe cómo el hablar de cualquier cosa de forma satisfactoria resulta una tarea de extraordinaria dificultad. Las frustraciones del lenguaje legal, son, después de todo, un caso especial de las frustraciones mismas del lenguaje, lo cual permite conectar la actividad del abogado, los problemas que tiene que afrontar cuando trata de expresarse, con lo que otros escritores hacen o afrontan. Es, precisamente, desde esta esta premisa, desde la que se aborda el siguiente apartado de este syllabus.

261 Ibid, pág. 111.

262 Ibid, págs.170-205. 263 Ibid, págs. 108 y 111. 264 Ibid, págs. 165-170.