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CJI/RES. 188 (LXXX-O/12). Proyecto de ley modelo sobre sociedades por acciones simplificada
Anexo: CJI/doc.380/11 corr. 1 Informe del Comité Jurídico Interamericano. Recomendaciones sobre la propuesta de proyecto de ley modelo sobre sociedad por acciones simplificada
Durante el 78º período ordinario de sesiones del Comité Jurídico Interamericano (Rio de Janeiro, Brasil, marzo, 2011), el Presidente Fernández de Soto presentó el tema de las Sociedades por acciones simplificadas. En la oportunidad pidió al doctor Stewart revisar el proyecto de Ley Modelo de Colombia y compararlo con la legislación en otros países. El doctor Stewart aceptó la solicitud y se comprometió a presentar un análisis en la sesión de agosto. En respuesta al doctor Hubert, el Presidente Fernández de Soto explicó que una de los posibles resultados del trabajo del doctor Stewart sería la adopción de una Ley modelo en la materia por parte del Comité, considerándola como una iniciativa que puede tener una gran repercusión y propuso que el tema sea incluido en la agenda una vez el doctor Stewart presente su opinión en agosto. Así se acordó.
Durante el 79º período ordinario de sesiones del Comité Jurídico Interamericano (Rio de Janeiro, Brasil, agosto, 2011), el doctor Stewart realizó una breve reseña sobre la Ley Modelo que ha sido adoptada en Colombia e hizo referencia a su informe CJI/doc.380/11, “Recomendaciones sobre la propuesta de proyecto de ley modelo sobre sociedad por acciones simplificada”. Expresó haber efectuado consultas con profesores de su universidad que trabajan el tema y la iniciativa fue apoyada de manera unánime. Acto seguido propuso incluir este tema en la agenda, y que el Comité elabore una ley modelo para los Estados miembros de la OEA. Este instrumento tendría por objeto facilitar la creación de nuevas empresas y proteger a las partes involucradas.
Acto seguido, el Presidente Fernández de Soto al profesor Francisco Reyes Villamar para que explicara la Ley de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) adoptada en Colombia. El profesor Reyes ha sido uno de los autores de la ley colombiana y ha tenido una brillante trayectoria pública en su país, como profesor y abogado.
El profesor Reyes agradeció la invitación y el excelente trabajo de síntesis preparado por el doctor Stewart. Su presentación en power point contiene los puntos que se enumeran a continuación:
Justificación de la reforma al Derecho Societario Latinoamericano a la luz de las eficiencias del derecho societario latinoamericano
Descripción de la SAS
o Se enmarca en un proceso de modernización o Ley adoptada el 5 de diciembre de 2008
o Cinco características de su funcionamiento: limitación de responsabilidad; estructura de gestión flexible, facilidad de constitución y reducción de formalidades; régimen tributario favorable; amplia libertad contractual.
o Basada en el Limited Liability partnsership, limite liability company, société par Actions Simpliée.
o Países que lo han adoptado: Existe países de tradición civilista en Europa, China, Japón, India y Singapur.
o Constató el crecimiento exponencial desde la adopción de la ley equivalente al 92% al mes de julio de este año por un total de 90000 sociedades, comparado al 8% de otros tipos de sociedades en Colombia. El número de compañías creado entre 2009 y 2010 se incremento en un 25%.
o Se cita a profesores Europeos, a la ONU (doing business), revistas especializadas en Colombia.
Objetivo de una ley modelo
o Se espera que una ley modelo del CJI sirva a orientar procesos de reformas legislativas en América Latina.
Características de las SAS
o Permiten redefinir los elementos esenciales; o Simplificación de los trámites de constitución; o Evita la dicotomía;
o Limitación de responsabilidad; o Autonomía contractual;
o Estructura flexible de capitalización;
o Abuso del derecho, desestimación de la personalidad jurídica; o Resolución de conflictos;
o Flexibilidad del objeto;
o Libertad en estructura orgánica interna; o Actualización de las reglas sobre asamblea; o Reglas sobre negociación de acciones muy libre; o Operaciones sofisticadas;
o Reglas sobre disolución y liquidación.
En sus palabras finales, el profesor instó a armonizar los sistemas jurídicos latinoamericanos, e invitó a la OEA a contribuir en el establecimiento de pautas de adecuación normativa para los países latinoamericanos.
En respuesta a las preguntas del doctor Gómez Mont Urueta quien agradeció la presentación y señaló que la elaboración de normas simples constituye un elemento muy positivo, el profesor Reyes aclaró que el nombre de la sociedad se protege a través de un registro sofisticado que evita problemas relativos a la homonimia pero que no abarca en sí consideraciones sobre propiedad intelectual cuya protección se ejerce por medio de otros mecanismos. El prototipo no prohíbe los órganos de vigilancia. También constató que no existen estadísticas respecto al impacto de estas sociedades respecto a los conflictos, pero en su entender, la flexibilidad contractual de este tipo de sociedades debería ayudar en la disminución de los conflictos.
Respecto a las preguntas del doctor Novak, el profesor Reyes esclareció que el impacto económico en su país ha sido a nivel de la canalización de la inversión extranjera, además del aumento en las contribuciones tributarias. En el tema de seguridad, y en particular en lo relativo al lavado de activos, aclaró que son temas que escapan a esta disciplina, aunque sería viable incluir un artículo para establecer un registro. Finalmente, comentó que las debilidades de las SAS podrían constatarse en su aplicación práctica, lo cual puede ser ilustrado en el cumplimiento efectivo de las normas que dependen de los centros de arbitraje. Por su parte el Presidente Fernández de Soto afirmó que el tema de lavado de activos está muy controlado en su país por medio del sistema bancario. El profesor Reyes indicó finalmente que las acciones son nominativas es decir que se requiere inscribirlas en un libro de registro.
El doctor Stewart haciendo alusión a los anexos de su informe consultó el origen de la ley modelo que ha sido propuesta por el profesor Reyes, y a los miembros les preguntó su opinión respecto a la posibilidad de endosar la idea de proponer una ley modelo del Comité en la materia, que sería muy productiva para los Estados. El profesor Reyes esclareció que se trata de dos leyes modelos, una de aspectos substantivos y otra de procesales. Es un trabajo de derecho comparado de muchos años, y se enmarca en una tesis doctoral y en su experiencia académica en los últimos veinte años. El modelo que se propone es casi literalmente extraído de la ley colombiana que ha demostrado su utilidad, y que recoge los avances que se han dado en los últimos veinte años, adaptándola a los países de la región con la excepción de los Estados Unidos. Por lo demás consideró su gran utilidad en los sistemas civilistas, remarcando que
esta ley modelo no pretende ser el régimen societario completo, ni derogar o abolir los estatutos existentes.
El doctor Baena Soares viendo el resultado exitoso en Colombia en el contexto del dinamismo actual en la economía, apoyó la idea de presentar una ley modelo a los países miembros.
En respuesta a la pregunta del doctor Hubert sobre las amenazas de estas leyes respecto al tema fiscal del recaudo de impuesto, el profesor Reyes reveló que no ha habido incentivos en la ley respecto a este tema. Los problemas tributarios no son culpa del tipo de sociedad, y dependen de la fiscalización adecuada. Hay mecanismos de planeación tributaria, pero la SAS no ha sido una instancia creada para evitar el pago de impuestos, de hecho existe un registro público que hace visible las sociedades.
La doctora Hyacinth expresó el interés que existe en Jamaica en este tema, y le agradeció la presentación que le servirá en su trabajo de elaboración de un proyecto de ley en el tema.
En respuesta a la doctora Villalta sobre el trabajo realizado en Colombia con los notarios, el profesor Reyes aclaró que ellos no participaron en la creación y establecimiento del modelo, pero con el paso del tiempo se han incorporado. No se suprime el trámite notarial, sino que es voluntario, pero en la práctica solamente 5% lo están utilizando.
El Presidente Fernández de Soto agradeció al profesor Reyes, y manifestó lo valioso de una legislación en la materia y la posibilidad de dotar al sistema interamericano con una extraordinaria contribución por medio de una ley modelo. El doctor Gómez Mont Urueta propuso incorporar un mandato en el seno del CJI sobre la aprobación de una ley modelo a ser adoptada en la próxima sesión del Comité. Por su parte el doctor Novak apoyó la elaboración de una ley modelo que sería muy sencilla a la luz de los beneficios que se han visto en Colombia. Propuso como relator al doctor Stewart y que en la sesión de marzo en México se apruebe la ley modelo. El doctor Stewart aceptó la tarea de preparar una ley modelo, pero solicitó a los otros miembros del Comité revisar cuidadosamente su informe y presentar comentarios en la próxima sesión en donde se podrá adoptar una resolución acompañando la ley modelo. El Presidente Fernández de Soto propuso incorporar el tema en la agenda, designando a doctor Stewart como relator del tema, y dejar constancia de la positiva acogida otorgada a este tema.
Durante el 80º período ordinario de sesiones del Comité Jurídico Interamericano (Ciudad de México, marzo, 2012), el relator del tema, doctor David Stewart, dio a conocer los antecedentes del tema. Constató que los exitos de este tipo de sociedades que tiene por objeto facilitar la creación de nuevas empresas y proteger a las partes involucradas, haciendo alusión a ilustraciones de su puesta en marcha tanto este hemisferio como en Europa e India. Adicionalmente, informó no haber recibido ningún comentario por parte de los miembros del Comité Jurídico al documento citado, y en consecuencia propuso remitir el documento a la CAJP para su estudio por parte de los Estados y pidió al plenario endosar el documento.
El doctor Dante Negro por su parte, informó las dos opciones disponibles al Comité respecto al seguimiento de este tema, ya sea integrarlo en el informe anual y esperar hasta el próximo año o enviarlo de inmediato al Consejo Permanente para la revisión de la Asamblea General en el transcurso del presente año.
El doctor Fernando Gómez Mont expresó su preocupación respecto del nombre de la sociedad, y solicitó hacer explícito entre los requisitos establecer lo del nombre y la necesidad que se garantice que esta identifica de manera específica.
El Presidente Novak observó el interés del plenario de enviar el documento al Consejo Permanente de inmediato, para lo cual se adoptó la resolución, Ley modelo sobre sociedades por acciones simplificada, CJI/RES. 188 (LXXX-O/12). El informe del Comité quedó consignado como documento CJI/doc. 380/11corr. 1 del 9 marzo 2012.
CJI/RES. 188 (LXXX-O/12)