Con el fin de conseguir un concepto apropiado del Derecho al trabajo es pertinente realizar un análisis de criterios de algunos pensadores del derecho, de tal manera que con su visión formen nuestro estudio, es así como lo define “Euquerio Guerrero el Derecho del Trabajo, es la base de la cual se derivan los derechos y obligaciones de los trabajadores y empresarios”43 mientras que para el español Pérez Botija, “el derecho al trabajo es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de empresarios y trabajadores y de ambos con el Estado a efectos de la protección y tutela del trabajo”44.
Por otra parte el jurista Rafael Caldera nos dice que es, “un conjunto de normas jurídicas que se aplican al hecho social trabajo, por lo que toca a las relaciones entre quienes interviene en él y con la colectividad en general, como al mejoramiento de los trabajadores en condición de tales”45, también encontramos opiniones como la del mexicano Antonio Trueba Urbina con una
definición muy propia indicando que es: “un conjunto de principios, normas e instituciones que protegen, dignifican y tienden a reivindicar a todos los que viven de sus esfuerzos materiales o intelectuales para la realización de su destino histórico”46.
1.1.1. El Trabajo Humano
En la presente investigación encontraremos distintos criterios y pensamientos realizados por muchos autores que hablan sobre el trabajo humano como es el caso de Raúl Avalos que como concepto dice que “La persona humana se desarrolla y se perfecciona interiormente a través del trabajo, además de que también transforma el mundo exterior”47, además podemos incluir que
43 EUQUERIO Guerrero, Relaciones Laborales, Editorial Letras, México DF, 1979, p.29. 44 EUGENIO Pérez Botija, Curso de Derecho del Trabajo, Editorial Tecnos, 5ª ed, 1957 45 RAFAEL Caldera, Derecho al Trabajo, Caracas, Tipografía La Nación , 1940, P. 397
46ANTONIO Trueba Urbina, “nueva ley federal del trabajo” México D.F.., Edición 23, 1974, P. 189
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siendo el trabajo una actividad del ser humano, esta es ejecutada con conocimiento de que está trabajando que sabe lo que está haciendo, porque lo hace y para que lo hace, que su estado de conciencia lo permite realizar su labores libremente.
Otros argumentos nos dicen, "la persona humana nació, entre otras cosas, para trabajar", es decir, el trabajo está en su misma manera de ser”48, pero muchos afirman que el trabajo dignifica
al hombre, así encontramos un pensamiento algo más apegado a la realización del hombre e indica que, “la persona humana se desarrolla y se perfecciona interiormente a través del trabajo, además de que también transforma el mundo exterior”49, en análisis podemos indicar sobre lo
antes mencionado que es el más acertado en función de la vida propia del ser humano, porque gracias a la realización por medio del trabajo, hoy tenemos muy mejorada nuestra calidad de vida frente a los primeros tiempos.
Si nos adentramos en la historia encontramos que “El trabajo humano es una actividad que realiza el hombre en pro de su supervivencia desde casi cuando apareció en la tierra, pues aunque al principio tuvo que procurarse el alimento mediante la caza, la pesca y la recolección de frutos”50, como lo indica el investigador, esta forma de trabajo era completamente primitiva
lo que permitía la supervivencia del individuo y su familia, no recibían paga alguna.
Pero fue el principio de la gran organización humana que permitió desarrollar técnicas para la construcción de herramientas que luego serían utilizadas para el cultivo de la tierra, otras que permitirían la captura de animales, para su posterior crianza de animales menores y mayores, que permitiría mejorar sustancialmente su supervivencia, además impulsaron el desarrollo a través del trabajo manual hasta llegar a la invención de herramientas manuales que permitieron labrar la tierra.
El trabajo se ha constituido en un evento de la persona de la persona como tal, por lo que no podría entenderse sin este elemento esencial, de tal manera que encontramos algunos pensamientos sobre la humanidad del trabajo que indican que “El ser humano tampoco puede
48 http://es.catholic.net/op/articulos/30522/cat/224/el-trabajo-humano.html 49 http://es.catholic.net/op/articulos/30522/cat/224/el-trabajo-humano.html
50El trabajo humano | La guía de Derecho http://derecho.laguia2000.com/derecho-laboral/el-trabajo-
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comprenderse sin su dimensión de sujeto que trabaja. De hecho, el hombre y la mujer se proyectan en la realidad objetiva que los rodea a través, entre otros, de esta actividad”51.
Entonces podemos indicar que el trabajo se ha considerado en medida para el hombre como su última finalidad ya que este le sirve para su verdadera realización, crecimiento y desarrollo personal.
1.1.2. El trabajo humano como derecho fundamental
El trabajo es un derecho fundamental que se encuentra consagrado en la Contribución de la República, que fundamenta, en su artículo 33, que en su parte pertinente dice: “un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía”52, es así que el
trabajo se constituido en como el gran organizador de la vida social, familiar, comunitario en la gran mayoría de sociedades en el planeta, coincidiendo en que la acción laboral, las personas adquieren sus ingresos económicos que les permiten tener determinado prosperidad.
Es así como lo describe la Comisión para el Trabajo con Igualdad de Oportunidades (CTIO), “el trabajo es un derecho en sí mismo; pero a su vez es un canalizador y facilitador de otros derechos que permiten efectivizarse a través de una actividad laboral y constituye una parte inseparable e inherente de la dignidad humana”53.
Por lo tanto se debe reconocer que el derecho al trabajo es el reconocido por organismos internaciones como son, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales así como en textos internacionales como la Carta social europea, el Protocolo de San Salvador, la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y en textos nacionales como son las Constituciones de numerosos países.
Bien considero que se debe resaltar las Características y concepto del trabajo humano, según Jefferson Mendoza del 03 de julio del 2014 aunque son muy resumidas, pero interesantes.
51http://www.gti.ssr.upm.es/~era/fyt/docs/trabajo.htm
52 CONSTITUCION de la República del Ecuador 2008 - Página 17 eSilec Profesional - www.lexis.com.ec
53http://inadi.gob.ar/promocion-y-desarrollo/publicaciones/documentos-tematicos/derecho-al-trabajo/el-trabajo-como- derecho-humano-fundamental/
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“Obligación moral.
Responde a las necesidades humanas. Fuentes de bienestar.
Persigue un fin económico. Es una actividad consciente.
Es una actividad de carácter organizado y complejo. Es dignificante.
El hombre se basta así mismo y es merecedor de respeto. Es lícito.
Está basado en leyes que regulan su función. Producción.
Actividad que realiza el hombre en pro de su supervivencia. Se crea una relación de trabajo”54.