Este fenómeno de la trata de las personas en el cual tiene su profunda historia de la humanidad los cuales están ligados a la guerra. De esta manera se menciona en el presente estudio.
Para (Staff, 2004) quien nos relata una pequeña historia del surgimiento de la trata de las personas:
Se indica que es un fenómeno que viene del origen de la esclavitud del siglo XXI en el mundo globalizado contemporáneo se indica que es el tercer delito en la lista de crímenes transnacionales después del tráfico ilícito de drogas y el de armas, aunque las estimaciones señalan que en la presente década, la trata de personas va a ocupar el primer lugar por las increíbles ganancias y los beneficios económicos que reporta, ya que se calcula que en todo el mundo la industria del sexo (mujeres, hombres, niñas y niños) mueve anualmente
más de 77 mil 500 millones de dólares y la trata sigue creciendo. Ningún país del mundo es inmune a la trata de personas. Es un delito que está afectando a muchas naciones que son utilizadas por las redes de tratantes de diferente manera: como países de origen, de tránsito o de destino. (p.1)
Por otro lado se menciona Castro (2011) refiere lo siguiente:
El fenómeno de la trata de las personas esto en especial den las mujeres a cuál la consideraban como objeto sexual de esta manera fueron traficadas durante el periodo de la colonia, especialmente los indígenas y las africanas las cuales era sacadas d sus lugares de origen las cuales eran comercializadas para que sean sirvientes y como objeto sexual. (p.5)
En América Latina esta situación se ubica en la época de la conquista española, ya que, en cumplimiento de la ley de guerra, los españoles tomaban o entregaban el "botín de mujeres" al vencedor, lo que dio origen al comercio sexual, al punto que se crearon establecimientos para este tipo de actividades. Con posterioridad, en la colonia, surgieron las primeras normas que sancionaban dicha actividad con penas que incluso llegaron hasta la muerte. (p.5)
A fines del siglo XIX, especialmente a partir de 1900, persistió el fenómeno de la trata de mujeres que se agudizó después de cada guerra mundial, siendo también víctimas las mujeres europeas, que huyendo del hambre y de los horrores de la guerra, fueron presa fácil de los traficantes, siendo utilizadas con fines de explotación sexual y trasladadas como concubinas o prostitutas, a países de Europa
del Este, Asia y África, lo que llevó a denominar a dicha actividad como trata de blancas, porque se reclutaba a mujeres blancas, europeas y americanas que eran comerciadas hacia países árabes, africanos o asiáticos, como concubinas o prostitutas.(p.6)
2.2.9.1. Que se entiende por trata de personas
Dentro de este marco de indica que la trata de las personas o también conocido como comercio de las personas este comercio es ilegal son vendidos con el propósito de que sean esclavos laborales, explotación sexual esto contra la voluntad del ser humano
Para las NUOCDD, (2010) quien nos brinda la siguiente información: De esta manera se menciona que es la acción de captar, transportar, trasladar acoger o recibir personas recurriendo a la amenaza al uso de la fuerza u otras formas de coerción como son al rapto, al fraude al engaño es así que la persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación y pecuniaria. (p16)
Por otro lado se menciona a Huisa (2009) quien menciona que: Menciona que la trata de personas es un problema mundial es uno de los delitos más vergonzosos que existe en la sociedad por que privan de su dignidad a millones de personas, estos tratantes engañan a sus victimas en este caso a las mujeres, hombres y niños los que se someten a situaciones de explotación como lo es la más conocida la explotación sexual, trabajos forzosos o extracción de órganos. (parr.1)
Así mismo se indica a (Villegas, 2010) quien refiere lo siguiente:
Es a captación de las personas recurriendo a la amenaza al uso de la fuerza u otras formas de coacción. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos (p.5).
De este modo se señala a (Carrillo,2013.) Quien nos comenta lo siguiente:
Si indica que la trata de personas es un fenómeno muy antiguo el cual está saliendo a la luz el cual visualiza la crueldad a la cual son sometidos los seres humanos en especial las mujeres niñas. Con el objeto de un cambio monetario de compra y venta. (parr.3)
“En su afán de lucro los tratantes utilizan los medios necesarios para captar a sus víctimas empleando las amenazas, el abuso de poder el engaño” (parr.12).
2.2.10. La trata de persona s en el Perú
Si bien es cierto en el Perú la trata de personas es un fenómeno aterrador para la víctima y los familiares por lo cual este delito es reprimido y sancionado por el estado peruano y por todos los otros estados quienes están comprometidos a garantizar los derechos humanos.
Así mismo se identifica cinco connotaciones La trata de persona so respeta la edad de sus víctimas las cuales pueden ser niña, mujeres, varones
No se necesita traslado trasnacional para que se le considere delito la legislación interna contempla adecuadamente la figura de la trata interna, de manera que basta con lograr el retiro de la víctima de su núcleo familiar o del lugar donde vivía, con propósitos de explotación
La figura de la captación ya sea el trasporte traslado recepción mediante las amenazas aprovechándose los bajos recursos económicos de las captadas.
No existe consentimiento por parte de las víctimas.
2.2.10.1. Las rondas campesinas y sus tipos
Se encuentran en zonas rurales donde no existen comunidad campesina ni comunidad nativa legalmente reconocidas. Están ubicadas mayormente en el norte del país, en las regiones de Cajamarca, Amazonas y San Martín, entre otras
Para Flores (2010) quien menciona lo siguiente:
Nos indican que la organización comunal, se encuentran en las zonas rurales debidamente delimitadas donde no hay
comunidad campesina ni comunidad nativa. Están situadas al norte del país, en las regiones de Cajamarca, Amazonas y San Martín, entre otras ndas campesinas en una comunidad campesina, que están situadas en el sur del país, en las regiones de Cuzco, Apurímac y Puno, entre otras
Rondas campesinas en una comunidad nativa, que están establecidas en la selva del Perú (p.17).
La carta política del nuestro país (1993) quien menciona que:
Artículo 149 “Las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, alcanzan desplegar las funciones jurisdiccionales en el margen de un ámbito territorial establecido como lo indica el derecho consuetudinario, siempre que no afecten los derechos fundamentales de los seres humanos”
81 Figura Nº 01
Fuente: pareja infieles. Recuperado de http://analisislegaldelanoticia.blogspot.pe/2011/03/chicotazos-sentencian-
Figuera Nº 02
Multiculturalidad y Pluralismo Jurídico
Para Mozo (2014) quien menciona lo siguiente:
“dentro del territorio nacional, a su citado varios acontecimientos eso debido a la diversidad cultural las cuales tienen sus propias costumbres al realizar sus actividades dentro del lugar que se encuentren, así como su forma de convivencia social estas costumbres practicadas van pasando de generación en generación para que así no se pierdan con el trascurso del tiempo. Esto lo podemos encontrar en la sierra del Perú, se trata de solucionar los problemas que se puedan presentar eso por la convivencia; indicamos que es por depender al espacio del territorio en la que si ubican esto es disto ya sea su forma de vestir, pensar, y como resuelven problemas. Cabe indicar que somos integrantes de una sociedad pluricultural” (Mozo, 2014).
La manifestación que se presentan realizando la diversidad de identidades culturales entro de un determinado grupo social los cuales componen la humanidad en la diversidad biológica es así que estas diversidades de culturas constituyen el patrimonio común de la humanidad las cuales son reconocidas para las futuras generaciones UNESCO (2001).
La sociedad mundial cada vez es va cambiando su diversidad ya que nos encontramos viviendo con personas y poblaciones los cuales tienen diferentes maneras de convivir. Esto con respecto a la inclusión política que se está originando dentro el contexto democrático en el pluralismo cultural UNESCO (2001).
“Es una fuente de desarrollo la cual se brinda a todos esto no solamente en el aspecto económico, en el aspecto intelectual en una vida satisfactoria”
86 “Esto va de la mano con la dignidad de la persona lo cual es esencial por que establece una relación con el respeto y compromiso de libertad de los pueblos autóctonos”
UNESCO (2001, p.4).
Pluralismo jurídico
“Empezaremos indicando que en nuestro país está compuesto por la diversidad de culturas étnicas, esto hace que cada área geográfica debidamente delimitado es diferente ya sea esto por su manera de vestirse, pensar en el idioma que emplean empleando su propia cosmovisión sabemos bien que las leyes no son aplicadas en todo el territorio peruano eso dirigido o procesado por el poder judicial o el ministerio público ya que en las rondas campesinas no llega es por eso que son reconocida en la aplicaciones de justicias las cuales no tiene q afectar a la dignidad humana y persona” (Mozo, 2014, p.15).
Para Torres (s.f) quien menciona que:
Son grupos de asociaciones los cuales tienen capacidad para realizar relaciones jurídicas de manera autónoma esto dependerá de la coyuntura dentro de las sociedades y jurídicas (parr.5).
87
La justicia comunal en los pueblos jurídicos
Dichas instituciones surgen en diversas comunidades tales como las andinas o amazónicas dentro de los territorios rurales y urbanos de nuestro país e las cuales resuelven sus conflictos en la búsqueda de justicia
Según Flores (2010) refiere lo siguiente:
“Los pueblos indígenas las autoridades buscan normas a la realidad y necesidades esto dependiendo en el tiempo que se encuentra. Mencionamos que las autoridades son elegidas esto de acuerdo a las costumbres y su realidad social estas autoridades tienen que ser miembros de dicha comunidad” (p.4).
“La justicia comunal quiere obtener como resultado en mejorar la calidad de vida de los miembros de la comunidad. Algunas normas de los pueblos indígenas son entregadas y compartidas oralmente” (p.4).
La jurisdicción especial de las comunidades campesinas
Para Aranda (2000) menciona que:
LA DISPOSICIÓN CONSTITUCIONAL:
… determina el derecho consuetudinario, siempre que no afecten los derechos de la persona.
La ley constituye las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los juzgados de Paz y demás instancias del Poder Judicial (Aranda, 2000).
La constitución de 1993 el Perú ratificó el Convenio 169 de la OIT, por lo tanto, el contenido de sus disposiciones debe interpretarse de acuerdo a este convenio.
2.3. MARCO CONCEPTUAL.