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Application of the Methodology

2.5 Validating the Methodology: Stroke Study

2.5.2 Application of the Methodology

En el apartado anterior habíamos calculado la posibilidad cinegética en “unidades tangibles”, es decir, el número máximo de individuos de cada especie cinegética que podrán ser cazados cada temporada de caza (200 perdices, 44 ciervos, 630 conejos, etc), y todo ello a partir de los datos de cada Estado del Inventario (Legal, Natural, Socieconómico y Cinegético).

Tal y como habíamos explicado en el apartado anterior, la posibilidad cinegética (CA) puede expresarse en función del esfuerzo de caza (F), puesto que las existencias (E) calculadas en el Estado Cinegético del Inventario también eran función de este:

, ,

Para fijar las normas de aprovechamiento en “unidades controlables” de forma fija y constante a lo largo de todo el período de ordenación, no tendremos más que fijar el esfuerzo de caza (en unidades controlables o de cosa cierta), de forma que obtengamos las capturas anteriores calculadas como posibilidad cinegética (en unidades tangibles).

Este esfuerzo de caza se obtendrá a partir de los siguientes datos:

ƒ Número potencial de cazadores por modalidad (el máximo que pueden ser autorizados). ƒ Caracterización sociológica de los cazadores (valor de exigencia).

ƒ Composición específica.

ƒ Capturas máximas o posibilidad cinegética.

ƒ Reparto de cazadores por especie cinegética y modalidad de caza (valor de asistencia). ƒ Capturabilidad en cada unidad de superficie.

Las normas de aprovechamiento comprenderán una descripción exacta y completa de cómo se va a estructurar y desarrollar la actividad cinegética de forma espacio-temporal, constituyendo en sí una de las partes más importantes del Proyecto, y todo ello en función de la posibilidad cinegética calculada en el apartado anterior.

Para estructurarlas, lo haremos teniendo en cuenta cada uno de los siguientes apartados:

a) Cuartel: es la base “espacial” de la Ordenación. Sobre esta unidad espacial definida con los Fundamentos y Fines, se estructuraron posteriormente en el Plan General los tipos de aprovechamientos, especies cinegéticas contempladas y modalidades de caza como forma de aprovechamiento.

b) Especie cinegética, separando las de caza mayor de las de caza menor.

Figura 31. Desarrollo lógico seguido en una Ordenación.

d) Período: se trata de estructurar “temporalmente” la actividad cinegética en los períodos tradicionales de

caza. Conceptualmente, los períodos de caza no tienen nada que ver con las modalidades de caza y, por lo tanto, no deben de confundirse. Son las modalidades de caza las que están subordinadas a los períodos de caza y no al revés como se aprecia en muchos proyectos actualmente.

En la Orden Anual de Vedas (OAV) que publica cada comunidad autónoma suelen venir definidos estos períodos con las fechas que correspondan para cada temporada de caza, aunque la idea es que la resolución aprobatoria del Plan Técnico los incluya salvo raras moratorias excepcionales por cuestiones climatológicas, emergencias cinegéticas, etc.

Si tenemos en cuenta que la temporada de caza comienza oficialmente el 1 de abril del año en curso y finaliza el 31 de marzo del siguiente año, los períodos serán los siguientes, por orden de sucesión en el tiempo:

ƒ Pretemporada: período contemplado durante la época estival orientado sobre todo al control de

especies como el conejo (descaste por daños a cultivos) y el jabalí (espera por daños a cultivos u otras especies como la perdiz y el conejo), por ejemplo.

ƒ Media veda: período contemplado durante la época estival para la caza de aves migratorias típicas de

este período, como son: paloma torcaz, tórtola común y codorniz. CUARTEL A Aprovechamiento de caza menor Perdiz roja En ojeo En mano/al salto Conejo En control o descaste En mano/al salto Aprovechamiento

de caza mayor Jabalí

En aguardo/espera

En montería CUARTEL R aprovechamiento Sin

RESERVA

Capítulo II 

Plan General 

Capítulo I 

ƒ Temporada general: es el período general donde se desarrollan la mayoría de modalidades de caza.

Para las especies de caza mayor, este período será correlativo con el período de celo de cada una de ellas (p.e., berrea para el ciervo, ronca para el gamo, etc).

ƒ Prórroga: es un período adicional a la temporada general donde sólo y exclusivamente se cazan las

diferentes especies de zorzales.

ƒ Reclamo: es un período adicional que se corresponde con la modalidad “tradicional” de caza de la

perdiz roja con reclamo macho.

ƒ Selectiva: este período se desarrollará para la caza mayor en función de lo establecido en cada

comunidad autónoma, aunque en términos técnicos, la caza selectiva se debería hacer durante todo el año.

Tabla 69. Períodos de caza acordes con los períodos tradicionales57

 

Período Fecha de inicio Período de caza Fecha de cierre

Pretemporada 1 de junio 14 de agosto

Media Veda 15 de agosto 15 de septiembre

Temporada general 12 de octubre 2º domingo de febrero

Prórroga 7 de enero 2º domingo de febrero

Reclamo 7 de enero 1 de marzo

Caza selectiva Depende de la especie

e) Número de jornadas: es el número máximo de jornadas o días de caza autorizadas por especie cinegética y

modalidad de caza. Este número es fundamental, pues es la expresión máxima de la “presión” de caza sobre una especie concreta, obtenido como hemos visto en apartados anteriores a partir de los siguientes parámetros:

ƒ Posibilidad cinegética (obtenida en el apartado anterior).

ƒ Número máximo de cazadores autorizados que podrán coincidir en una jornada. ƒ Modalidad de caza.

ƒ Restricciones horarias. ƒ Cupo diario.

ƒ Confluencia o reparto con respecto a otras modalidades de caza (por ejemplo, simultanear la caza de la perdiz roja en mano con la del conejo. La velocidad de caza es diferente, y las presiones variarán en función de la “preferencia” del cazador por cada una de ellas: si prefiere cazar conejos, disminuirá su velocidad y cazará menos perdices. Si es al revés, cazará menos conejos porque se quedarán escondidos y no dará tiempo a los perros de muestra para sacarlos).

      

57 Estas

 fechas pueden variar de unas comunidades autónomas a otras, aunque lo deseable es que fueran unificadas en toda España de 

cara a evitar los excesos que pudieran producirse entre espacios cinegéticos colindantes (unidades de gestión diferentes) cuando se 

En el siguiente caso podemos ver cómo podemos elegir entre “ojeo” o “al salto/en mano” para esos mismos 20 cazadores. Si cazamos la perdiz en ojeo, sólo podremos hacerlo en 2 jornadas de caza para no sobrepasar las 100 perdices estimadas como posibilidad cinegética. Si lo hacemos al salto o en mano, entonces podremos cazar hasta 15 jornadas en las mismas condiciones de cupo y horario.

Si tenemos en cuenta que esos mismos “20 cazadores” podrán cazar a la vez el conejo de monte al salto/en mano, las jornadas de caza variarán aumentándose, ya que se disminuirá la presión sobre la perdiz.

Tabla 70. Ejemplo comparativo del número de jornadas como expresión de la presión de caza. Especie Posibilidad cinegética Modalidad de caza Cazadores Nº Jornadas de caza Cupo por cazador Horario

Perdiz roja 100 Al salto/en mano Ojeo 20 20 15 2 5 8.00-13.00

Especie Posibilidad cinegética Modalidad de caza Cazadores Nº Jornadas de caza Cupo por cazador Horario

Perdiz roja 100 Al salto/en mano 20 18 5 8.00-13.00

Conejo 50 3

f) Fecha de inicio y fecha de cierre: son las fechas de inicio de la práctica de una modalidad de caza sobre

una especie concreta, y la fecha de finalización o cierre de la misma.

Como la vigencia del Proyecto es a 5 años, estas fechas podrán variar anualmente. Así, cada año las fechas cambian (por ejemplo, en la apertura de la media veda un 15 de Agosto puede caer en jueves un año, y otro en Domingo).

Hay una ligera tendencia a indicar en muchos proyectos en estas casillas el período correspondiente en la

Orden Anual de Vedas (OAV). No obstante, no debemos caer en el siguiente error: al considerar el período

de la OAV, aumentar el número de jornadas máximas calculadas anteriormente como expresión de la “presión” de caza, porque no haremos otra cosa que aumentarla.

Dado que muchos períodos suelen comenzar cada año sobre la misma fecha, que suele coincidir con la “fecha biológica”, podemos aventurar a hacer precisiones muy exactas de estas fechas. Por ejemplo, la temporada general suele coincidir en caza menor con el Día de El Pilar, el 12 de Octubre; la de la media veda con el 15 de Agosto, día de la Asunción de la Virgen; o en la berrea del ciervo con el 15 de septiembre por lo general.

También es aconsejable utilizar nomenclaturas fácilmente interpretables: por ejemplo, “domingo anterior a Navidad”, sabiendo que siempre será el anterior al “25 de diciembre” de cada año.

g) Días hábiles: son los días de la semana en los que estará autorizada una determinada modalidad de caza.

Es otro indicador para regular y “distribuir” la “presión” de caza.

Por ejemplo, cazando dos días seguidos ejercemos más presión que dos días separados. Además, no es lo mismo cazar durante 15 jornadas en 2 meses, que repartirlas en 5 meses, con lo que estaríamos distribuyendo la presión de caza.

Tabla 71. Nomenglatura utilizada para establecimiento de los días hábiles. Día hábil Sigla

Lunes L Martes M Miércoles X Jueves J Viernes V Sábado S Domingo D Festivo F

h) Horario: es el horario autorizado para la caza en una modalidad concreta. Es otro indicador para regular y

“distribuir” la “presión” de caza.

Por ejemplo, todos sabemos que a partir de las 11.30-12.00 horas es más fácil cazar una perdiz roja en días más calurosos que a primera hora, por dos motivos: el primero, porque ya están “voladas” o “movidas” desde primera hora de la mañana. El segundo, porque están rotos los bandos. Además, los primeros 3 días de caza en un coto son los que más presión producen sobre esta especie, llegándose a cazar prácticamente el 70% de las capturas previstas para toda la temporada de caza. Entonces, si en los 3 primeros días reducimos el horario hasta las 11.30, disminuiríamos la presión y el resto de días de caza habría más probabilidades de cazar una perdiz. Por lo tanto, es también una expresión de “distribución” de la caza, ya que se obtendrían no el 70% de las capturas en esos 3 primeros días, sino el 30%.

i) Cupo: es el número máximo de individuos de una especie a cazar por día hábil o jornada autorizada de caza.

Es una forma de “distribuir” las “capturas” estimadas a lo largo del período proyectado. El cupo puede ser: ƒ Individual: es decir, por cada especie. Por ejemplo, 1 ciervo, 1 perdiz.

ƒ Compartido: establecido conjuntamente entre 2 o más especies. Por ejemplo, 2 individuos

entre perdiz, conejo y liebre.

j) Número de cazadores: es el número máximo de cazadores autorizado por jornada autorizada de caza. Con

este parámetro, regulamos también la “presión” de caza.

Por ejemplo, sabemos que en las primeras jornadas irán más cazadores, que el resto de jornadas. La presión será muy grande si coinciden todos los cazadores autorizados en los primeros días de caza, porque las piezas tendrán menos vías de escape y estarán menos preparadas para ello.

Después de haber explicado todos los parámetros que intervienen en este apartado, es aconsejable que esta información esté ordenada y sea fácil de interpretar y la mejor manera de hacerla será utilizando tablas o cuadros que sean fáciles de entender por los cazadores, los propios ingenieros o gestores, los agentes medioambientales, guarderío y Seprona de la Guardia-Civil.

En muchas ocasiones, las resoluciones aprobatorias de los Planes de algunas provincias son difíciles de interpretar y no dan la información completa, induciendo a errores desembocan en vacíos legales tan claros, que son posteriormente aprovechados por muchos infractores para ganar procesos sancionadores a la propia Administración autonómica tras una denuncia del agente medioambiental, guarda o del Seprona de la Guardia- Civil.

Es de vital importancia que los técnicos de los Servicios de Caza de las comunidades autónomas definan correctamente las “normas de aprovechamiento” en las resoluciones aprobatorias de los Planes Técnicos, de cara a facilitar la labor de inspección de agentes medioambientales, guardas y Seprona de la Guardia-Civil, y también la de los gestores del coto, sus titulares y los propios cazadores.

Tabla 72. Ejemplo de la interrelación entre posibilidad cinegética y las normas de aprovechamiento como expresión del Estado Socieconómico del Inventario, único y exclusivo para cada espacio cinegético.

Cuartel Posibilidad cinegética

Unidades tangibles

I 120 perdices

Modalidad

de caza Posibilidad cinegética

CA Cazadores autorizados N Coeficiente de asistencia Ca

Unidades controlables Jornadas reales

Jh · Ca Coeficiente de eficacia

Ce

Jornadas habilitadas

Jh

Ojeo 60 perdices 1 cazador 1,00 2 días hábiles 2 días 1,00 Al salto 60 perdices 1 cazador 0,50 20 días hábiles 10 días 0,40

Modalidad

de caza Unidades controlables Normas de aprovechamiento

Jornadas habilitadas

Jh

Período de caza Días hábiles Horario de

caza Cupo diario

Ojeo 2 días hábiles Del 12 de octubre de 2014 al

18 de enero de 2015 Domingos y Festivos (elegir 2 días) Sin límite 30 perdices Al salto 20 días hábiles Del 12 de octubre de 2014 al

18 de enero de 2015 Domingos y Festivos De 8.00 a 13.00 horas 7 perdices

Posibilidad cinegética 60 perdices cazadas en ojeo 60 perdices cazadas al salto

Modalidad de caza Ojeo Al salto

Tipo de perdiz Silvestre (no repoblada) Silvestre (no repoblada)

Nº jornadas de caza reales 2 día de caza 10 días de caza reales sobre 20 autorizados

Precio 30 x 40 €/perdiz = 1.200 € 1 acción = 1.000 € Gastos desplazamiento 2 x 50 € = 100 € 10 x 50€ = 500 € Gastos comida y entrada 2 x 150 € = 300 € 10 x 25 € = 250 €

Propinas 50 € secretario 0 €

Cartuchos 15 cajas x 7,5 € = 112,5 € 10 cajas x 7,5 € = 75 €

Licencias autonómica 40 € 40 €

Seguro del cazador 25 € 25 €

Coste total 1.827,50 € 1.890 €