Article 10 covers every type of contract understood as an agreement, which is intended to create obligations in a binding legal relationship or to have some other legal
III. Legislative History
1. Article 10(1) and Article 3(5) Putative Applicable Law and Choice of Law The existence (consent) and material validity of a contract, or any term of it, including a
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2016
9 MA-FIII-004/2016 Mejoramiento de viviendas en su segunda etapa, en las colonias El Sauz, Los Álamos, Las Raíces, La Paz y Luis Donaldo Colosio.
$ 1,640,986
43. En la revisión del expediente, se encontró que de los recursos ejercidos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM), $765,794 fueron aplicados en trabajos realizados para las colonias El Porvenir, Luis Donaldo Colosio, Sección Los Álamos, Eduardo Livas y El Sauz, detectando en el decreto emitido por el H. Congreso de la Unión y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2015, en el cual se formula la declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria para el año 2016, que en
ellas no se ejecutó la obra en referencia; además, de conformidad con los Indicadores de Rezago Social, mencionados en el Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social 2016 del Ente Público, emitidos por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), la zona en que se ejecutó la obra no se encuentra en los citados Indicadores, siendo que el municipio cuenta con localidades que tienen grados de rezago social "Medio" y "Bajo", las cuales son prioridad para recibir el beneficio del recurso, de lo cual no se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la aplicación del Instrumento vigente para la identificación de los beneficiarios de la SEDESOL (Cuestionario Único de Información Socioeconómica, CUIS), con su correspondiente documento que demuestre la evaluación y determinación de los hogares y personas en pobreza extrema por parte de la SEDESOL, con los cuales se acredite que tal inversión beneficia directamente a población en pobreza extrema; lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 33, párrafo primero; y apartado A, antepenúltimo párrafo, de la LCF; en relación con los numerales 1.3 Definiciones y 2.3 Proyectos FAIS, apartado B. Para la realización de proyectos con recursos del FISMDF, fracción II, del Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se emiten los LGOFAIS, publicado el 31 de marzo de 2016, en el Diario Oficial de la Federación, de acuerdo con lo siguiente: (Obs. 12.6)
Localidad Importe Grado de
rezago social
El Porvenir $ 140,875.30 Muy Bajo
Luis Donaldo Colosio 455,856.17 --
Sección Los Álamos 62,840.21 --
Eduardo Livas 103,162.16 --
El Sauz 3,059.94 --
Total: $ 765,793.78
Nota: Importes expresados en pesos y centavos.
Normativa
Respuesta
"Se anexa copia certificada de los Cuestionarios Únicos de Información Socioeconómica,
CUIS 2016".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en formatos del Cuestionario Único de Información Socioeconómica, no acredita que la zona donde se realizó la obra, se ubique en sector donde su población se encuentre en condiciones pobreza extrema, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el formato emitido por el Sistema MIDS por medio del cual
se documente el resultado obtenido de la revisión a la información de los CUIS, en el que se indique el número de CUIS incorporados, el número de CUIS asociados al proyecto, el porcentaje acreditado de pobreza extrema y el resultado final (PROCEDE/NO PROCEDE) de la revisión, según lo establece el numeral 6.3 Resultado, de los Criterios generales para la acreditación de beneficio a población en pobreza extrema en el marco de los proyectos financiados con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social 2016.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
Asegurar que desde la planeación y presupuestación de las obras y acciones que se vayan a realizar con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, se consideren los criterios establecidos en los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social que expide de manera anual la Sedesol, para la realización de los proyectos, con el propósito de garantizar que tales recursos sean utilizados en beneficio de la población que habita en: Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), en las localidades que presentan los dos mayores grados de rezago social, o bien, de la población en pobreza extrema, identificando esta última a través del instrumento vigente para ello, para ser analizada por la Secretaría de Desarrollo Social, y así evaluar y determinar los hogares y personas en pobreza extrema; debiendo integrar en los expedientes de obra respectivos, la documentación que acredite el criterio utilizado para la realización de los proyectos en beneficio de la población en rezago social y pobreza extrema.
44. Personal adscrito a esta Auditoría realizó inspección a la obra, detectando que no se ejecutó el concepto 29.- "Suministro, fabricación e instalación de puerta metálica con duela, fijo, marco y contramarco" para la beneficiaria Sra. Melva Iris Rojas, del cual se generó y pagó una cantidad de una pieza mediante la estimación 4 normal, por valor total de $2,660. Es de mencionar, que en el sitio de los trabajos, se localizó instalada una puerta de tambor con marco y chapa de 2.01 x 0.90, el cual no cumple con la especificación de puerta metálica, por lo que no se puede tomar a consideración del concepto en estudio. (Obs. 12.7)
Económica - Monto no solventado $2,660
Respuesta
"Se anexa copia certificada del oficio enviado por la compañía constructora donde hace
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada de carácter económico, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en copias fotostáticas certificadas de un escrito de fecha 23 de octubre de 2017, por medio del cual el contratista informa al Secretario de Obras Públicas, Desarrollo Urbano, del seguimiento a la corrección de los errores involuntarios en cada una de las casas de las personas beneficiadas con dicho programa; y de croquis y soporte fotográfico de cada uno de los beneficiarios; no aclaran la diferencia ni comprueban el reintegro del importe observado ante la Hacienda Pública Municipal, esto en razón de que en la documentación general que adjuntan a su respuesta no se localizó la que compruebe que se ejecutó el concepto observado acorde con la especificación contratada.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Pliego Presuntivos de Responsabilidades.
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
En lo sucesivo, implementar mecanismos de control interno que eliminen el riesgo de realizar pagos de conceptos que no cumplan con las especificaciones contratadas.
45. Personal adscrito a esta Auditoría realizó inspección a la obra, detectando en la verificación de las cantidades de trabajos ejecutadas de los conceptos seleccionados, diferencias entre lo pagado y lo ejecutado por valor de $91,303 en los conceptos siguientes: (Obs. 12.8)
Concepto Unidad Pagado Ejecutado Diferencia Precio
unitario
Importe
VII. Sra. Miriam Puga Hernández [Baño]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 58.94 45.54 13.40 $ 282.11 $ 3,780.27
IX. Sra. Tatiana Puga Hernández [Baño]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 39.00 3.76 35.24 282.11 9,941.56
X. Sra. Tatiana Puga Hernández [Dormitorio]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 41.73 13.31 28.42 282.11 8,017.57
XII. Sra. María de la Paz [Dormitorio]
26.- Suministro e instalación de sanitario en color blanco.
pieza 1.00 0.00 1.00 2,737.97 2,737.97
27.- Suministro e instalación de mezcladora para regadera.
pieza 1.00 0.00 1.00 1,260.45 1,260.45
28.- Suministro e instalación de lavabo en color blanco
Concepto Unidad Pagado Ejecutado Diferencia Precio unitario
Importe
39.- Suministro e instalación de tinaco Rotoplas
pieza 1.00 0.00 1.00 2,637.88 2,637.88
XIV. Sra. Melva Iris Rojas [Dormitorio]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 30.92 13.57 17.35 282.11 4,894.61
XIV. Sra. Melva Iris Rojas [Baño]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 63.66 4.06 59.60 282.11 16,813.76
11.- Losa de concreto hidráulico F´c=250 Kg/ cm2 de 15 cm de espesor.
m² 6.51 5.06 1.45 868.45 1,259.25
XVII. Sra. Reynalda Mendoza [Baño]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 6.75 3.39 3.36 282.11 947.89
11.- Losa de concreto hidráulico F´c=250 Kg/ cm2 de 15 cm de espesor.
m² 8.10 4.74 3.36 868.45 2,917.99
26.- Suministro e instalación de sanitario en color blanco.
pieza 2.00 0.00 2.00 2,737.97 5,475.94
27.- Suministro e instalación de mezcladora para regadera.
pieza 2.00 0.00 2.00 1,260.45 2,520.90
28.- Suministro e instalación de lavabo en color blanco
pieza 2.00 0.00 2.00 2,360.66 4,721.32
29.- Suministro, fabricación e instalación de puerta metálica con fijo duela, marco y contramarco.
pieza 2.00 0.00 2.00 2,293.26 4,586.52
30.- Suministro, fabricación e instalación de ventana metálica fijas y corrediza de medida de 0.40 x 0.40m.
pieza 2.00 0.00 2.00 1,917.41 3,834.82
Subtotal: $ 78,709.36 I.V.A.: 12,593.50 Total: $ 91,302.85
Nota: Importes expresados en pesos y centavos.
Económica - Monto no solventado $31,609
Respuesta
"Se anexa copia certificada del oficio enviado por la compañía constructora donde hace
mención que se le dio seguimiento a las correcciones de los errores involuntarios en cada una de las casas de las personas beneficiadas".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
En relación con los conceptos: 9.- "Construcción de firme de concreto de 10 cm de
espesor", para los beneficiarios VII. Sra. Miriam Puga Hernández (Baño), X. Sra. Tatiana
Puga Hernández (Dormitorio) y XIV. Sra. Melva Iris Rojas (Dormitorio); 26.- "Suministro e
instalación de sanitario en color blanco", 27.- "Suministro e instalación de mezcladora para regadera" y 29 "Suministro, fabricación e instalación de puerta metálica con fijo duela, marco y contramarco" para el beneficiario XVII. Sra. Reynalda Mendoza (Baño), se analizaron
los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta, consistente en croquis, números generadores y fotografías impresas a color, mediante las cuales se demuestra la ejecución de las cantidades observadas para los citados conceptos; en cuanto al concepto 28.- "Suministro e instalación de lavabo en color blanco", para el beneficiario XVII. Sra. Reynalda Mendoza (Baño), se recibió copia fotostática certificada de croquis, números generadores y fotografías impresas a color, mediante las cuales se demuestra la ejecución de una de las dos piezas faltantes; y para los conceptos observados restantes, no solventa, subsiste la irregularidad detectada de carácter económico, debido a que los argumentos presentados y la documentación que adjuntan a su respuesta no aclaran la observación o reintegran el importe de los conceptos en estudio a la Hacienda Pública Municipal, por lo tanto, persiste una diferencia entre lo pagado y lo ejecutado por un importe de $31,608.86, de acuerdo con la tabla siguiente:
Concepto Unidad Pagado Ejecutado Diferencia Precio
unitario
Importe
VII. Sra. Miriam Puga Hernández [Baño]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 58.94 59.83 (0.89) $ 282.11 $ (251.08)
IX. Sra. Tatiana Puga Hernández [Baño]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 39.00 3.76 35.24 282.11 9,941.56
X. Sra. Tatiana Puga Hernández [Dormitorio]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 41.73 60.36 (18.63) 282.11 (5,255.71)
XII. Sra. María de la Paz [Dormitorio]
26.- Suministro e instalación de sanitario en color blanco.
pieza 1.00 0.00 1.00 2,737.97 2,737.97
27.- Suministro e instalación de mezcladora para regadera.
pieza 1.00 0.00 1.00 1,260.45 1,260.45
28.- Suministro e instalación de lavabo en color blanco
pieza 1.00 0.00 1.00 2,360.66 2,360.66
39.- Suministro e instalación de tinaco Rotoplas
pieza 1.00 0.00 1.00 2,637.88 2,637.88
XIV. Sra. Melva Iris Rojas [Dormitorio]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 30.92 81.67 (50.75) 282.11 (14,317.08)
XIV. Sra. Melva Iris Rojas [Baño]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 63.66 4.06 59.60 282.11 16,813.76
11.- Losa de concreto hidráulico F´c=250 Kg/ cm2 de 15 cm de espesor.
m² 6.51 5.06 1.45 868.45 1,259.25
XVII. Sra. Reynalda Mendoza [Baño]
9.- Construcción de firme de concreto de 10 cm de espesor.
m² 6.75 3.39 3.36 282.11 947.89
11.- Losa de concreto hidráulico F´c=250 Kg/ cm2 de 15 cm de espesor.
m² 8.10 4.74 3.36 868.45 2,917.99
28.- Suministro e instalación de lavabo en color blanco
Concepto Unidad Pagado Ejecutado Diferencia Precio unitario
Importe
30.- Suministro, fabricación e instalación de ventana metálica fijas y corrediza de medida de 0.40 x 0.40m.
pieza 2.00 0.00 2.00 1,917.41 3,834.82
Subtotal: $ 27,249.02 I.V.A.: 4,359.84 Total: $ 31,608.86
Nota: Importes expresados en pesos y centavos.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Pliego Presuntivos de Responsabilidades.
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
En lo sucesivo, implementar mecanismos de control interno que eliminen el riesgo de realizar pagos en exceso.
Ref. Contrato Nombre de la Obra o Licencia Registrado
en el 2016
10 MA-FIII-007/2016 Mejoramiento de viviendas en su tercera etapa, en las colonias Luis Donaldo Colosio, El Puerto, Valle de los Duraznos, Hacienda San Antonio, Raúl Caballero, en la Sección Independencia y Eduardo Livas.
$ 1,339,607
46. No se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, el acta de fallo, obligación establecida en el artículo 59, párrafo primero, de la LOPEMNL. (Obs. 13.3)
Normativa
Respuesta
"Se anexa copia certificada del acta de fallo".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en copia fotostática certificada del acta de fallo técnico y de apertura de propuestas económica, no acredita el cumplimiento de la normatividad señalada, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el acta de fallo.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa.
47. En la revisión del expediente, se encontró que de los recursos ejercidos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM), $1,339,607 fueron aplicados en trabajos realizados para las colonias Luis Donaldo Colosio, El Puerto, Valle de los Duraznos, Hacienda San Antonio, Raúl Caballero, Sección Independencia y Eduardo Livas, detectando en el decreto emitido por el H. Congreso de la Unión y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2015, en el cual se formula la declaratoria de Zonas de Atención Prioritaria para el año 2016, que en ellas no se ejecutó la obra en referencia; además, de conformidad con los Indicadores de Rezago Social, mencionados en el Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social 2016 del Ente Público, emitidos por la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), la zona en que se ejecutó la obra no se encuentra en los citados Indicadores, siendo que el municipio cuenta con localidades que tienen grados de rezago social "Medio" y "Bajo", las cuales son prioridad para recibir el beneficio del recurso, de lo cual no se localizó ni fue exhibida durante la auditoría, la aplicación del Instrumento vigente para la identificación de los beneficiarios de la SEDESOL (Cuestionario Único de Información Socioeconómica, CUIS), con su correspondiente documento que demuestre la evaluación y determinación de los hogares y personas en pobreza extrema por parte de la SEDESOL, con los cuales se acredite que tal inversión beneficia directamente a población en pobreza extrema; lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 33, párrafo primero; y apartado A, antepenúltimo párrafo, de la LCF; en relación con los numerales 1.3 Definiciones y 2.3 Proyectos FAIS, apartado B. Para la realización de proyectos con recursos del FISMDF, fracción II, del Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se emiten los LGOFAIS, publicado el 31 de marzo de 2016, en el Diario Oficial de la Federación. (Obs. 13.5)
Normativa
Respuesta
"Se anexa copia certificada de los Cuestionarios Únicos de Información Socioeconómica,
CUIS 2016".
Análisis de la Auditoría Superior del Estado
No solventada, subsiste la irregularidad detectada, debido a que la documentación que adjuntan a su respuesta para este punto, consistente en formatos del Cuestionario Único de Información Socioeconómica, no acredita que la zona donde se realizó la obra, se ubique en sector donde su población se encuentre en condiciones pobreza extrema, esto en razón de que no se adjunta a su respuesta el formato emitido por el Sistema MIDS por medio del cual
se documente el resultado obtenido de la revisión a la información de los CUIS, en el que se indique el número de CUIS incorporados, el número de CUIS asociados al proyecto, el porcentaje acreditado de pobreza extrema y el resultado final (PROCEDE/NO PROCEDE) de la revisión, según lo establece el numeral 6.3 Resultado, de los Criterios generales para la acreditación de beneficio a población en pobreza extrema en el marco de los proyectos financiados con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social 2016.
Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)
Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa. Informe a la Auditoría Superior de la Federación.
Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.
Asegurar que desde la planeación y presupuestación de las obras y acciones que se vayan a realizar con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal, se consideren los criterios establecidos en los Lineamientos Generales para la Operación del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social que expide de manera anual la Sedesol, para la realización de los proyectos, con el propósito de garantizar que tales recursos sean utilizados en beneficio de la población que habita en: Zonas de Atención Prioritaria (ZAP), en las localidades que presentan los dos mayores grados de rezago social, o bien, de la población en pobreza extrema, identificando esta última a través del instrumento vigente para ello, para ser analizada por la Secretaría de Desarrollo Social, y así evaluar y determinar los hogares y personas en pobreza extrema; debiendo integrar en los expedientes de obra respectivos, la documentación que acredite el criterio utilizado para la realización de los proyectos en beneficio de la población en rezago social y pobreza extrema.