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Cuando se habla en la actualidad sobre homosexualidad, no se está tratando un tema nuevo, pues la homosexualidad ha estado presente a través de la historia, por ello no es un tema que se deba abordar desde cero. La homosexualidad ha estado y está presente en todas las escalas sociales.

Se debe señalar además que la palabra homosexual viene de dos voces griegas, homos que significa iguales y sexus que significa sexo, es decir es sexo entre iguales.

La homosexualidad es una tendencia sexual o inclinación sexual hacia personas del mismo sexo, manifiesta Martín Sánchez, María (2011, Pág. 2) “Ha costado siglos poder afirmar

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abiertamente que no es una enfermedad, que no es una perturbación ni un delito, (…)” La

tratadista señala además que, “La homosexualidad ya se experimentaba en numerosos pueblos primitivos en los que se aceptaba sin ningún miramiento como una actitud sexual cotidiana. Son muchas las investigaciones antropológicas y sociológicas que se han hecho sobre diferentes sociedades humanas, para llegar a la conclusión de que en muchas de ellas se admitía la homosexualidad como un comportamiento sexual más.”22

Hay que señalar que, con la evolución de las sociedades a través de la historia, ha ido evolucionando la concepción de la homosexualidad en todos los pueblos y culturas. En este contexto a fin de conseguir alcanzar una situación de tolerancia y respeto efectiva, se debe considerar a la homosexualidad desde el entorno del derecho constitucional, del que se estudiará en el tercer capítulo del presente trabajo de tesis.

En este contexto se conocerá resumidamente varios sucesos de la historia y varias culturas que permitían éste tipo de matrimonios que quizá para la época tenía otra concepción o diferente a la actual.

Así (Martín S. 2011, Pág. 3), señala que en el Antiguo Egipto la homosexualidad estaba permitida. Además se incluía frecuentemente prácticas sodomíticas en sus cultos religiosos. La misma tratadista señala que en culturas clásicas como la Antigua Grecia, la conducta homosexual nunca fue vista como una anormalidad frente a la heterosexualidad; más bien al

contrario, fue vivida como una alternativa sexual.” Señala además “A este respecto es importante tener en cuenta el papel de la mujer en la mentalidad de la antigüedad griega. La mujer estaba considerada como un ser inferior al hombre, incapaz incluso de poder proporcionarle placer sexual. Por ello, el sexo heterosexual, se practicaba como necesidad biológica o fisiológica, pero eran las relaciones homoeróticas con el amante, el único medio para alcanzar realmente el placer y de obtenerlo entre iguales.” (Martín S. 2011: Pág. 3)

La misma tratadista señala que eso se debió a que el grupo homosexual o bisexual no era una minoría. Así la razón era la "normalidad" dada a la opción homosexual o la heterosexual. La tratadista además manifiesta que en el Imperio de la Antigua Roma, la conducta homosexual estaba vista desde un punto de tolerancia, pero además señala que las prácticas homosexuales estaban dentro de la legalidad. Sin embargo explica que fuepor primera vez en el siglo VI cuando el Derecho romano prohibió las relaciones homosexuales.” (Martín S. 2011, Pág. 5)

22Martín Sánchez, María, Aproximación Histórica al tratamiento jurídico y social dado a la homosexualidad en

Europa, Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca, Ed. Estudios Constitucionales, Chile 2011

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Manifiesta que se daba discriminación a las relaciones homosexuales entre mujeres. Señala

además que “dicha discriminación puede apreciarse también en la celebración de matrimonios homosexuales, de los que no se conoce la celebración de ninguno entre mujeres, debido a la indiferencia con que se trataba el lesbianismo.

De igual formaseñala que después de la caída del Imperio Romano, penetra la cristiandad que posteriormente llega a gobernar políticamente, culturalmente y socialmente en la Edad Media, lo cual marca una ruptura sobre la tolerancia hacia la homosexualidad. Es decir que a partir de ello, el matrimonio homosexual así como la conducta homosexual es considerado como un aspecto negativo. (Martín S. 2011: Pág. 6)

Como se conoce a través de la historia con la conjunción del Estado y la Iglesia, la religión imponía lo “moralmente correcto o incorrecto, convirtiendo en pecado muchas conductas

hasta ahora desapercibidas.”23

En este contexto hay que señalar que si bien la religión condenaba dichas conductas como pecado, se lo ligó al poder Estado, el mismo que llevaría a condenarlo a través de la esfera pública, tipificando la homosexualidad como conducta punible. Posteriormente en el siglo pasado, en varios estados se produjo la descriminalización de la conducta homosexual. El mayor avance jurídico lo encontramos en el siglo pasado y en el actual, empezando por lo que ya se señaló anteriormente, la igualdad de los derechos, la no discriminación han conducido a la descriminalización de la conducta homosexual así como a la inclusión de estos grupos de manera abierta a la sociedad donde progresivamente se han reconocido sus derechos, en respecto a la constitución de familias a través del su legal de uniones civiles o uniones de hecho, hasta actualmente reconocerse en varias legislaciones a nivel mundial el derecho a contraer matrimonio.

Así pues encontramos que el progresismo sobre la igualdad de derechos, que, como ya se lo mencionó, ha venido manifestando otras figuras legales que contemplen la convivencia de personas homosexuales garantizando sus derechos. En países como Noruega y Dinamarca se crearon primero las respectivas leyes de uniones civiles homosexuales. Dichas leyes otorgan a los contrayentes muchos de los derechos y obligaciones que incluye el matrimonio, aunque en ninguno de los casos es igual al matrimonio, sin embargo se presentan como un modo de seguridad jurídica para estos grupos en la formación de familias. Algunos de los

23 Martín S. María (2011, Pág. 6), señala que “A partir de este momento, las relaciones homosexuales dejarán de

estar en el anonimato, como conductas normales del individuo, para ocupar "el punto de mira" de la Iglesia, la sociedad, los poderes públicos, los políticos e incluso de la medicina. A partir de esta época se producirá una larga

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países que cuentan con estas figuras legales o con leyes de unión civil son los siguientes: Noruega y Dinamarca son los pioneros, Alemania, Andorra, Australia, Austria, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Liechtenstein, Luxemburgo, México (en algunas entidades federales), Reino Unido, República Checa y Suiza (que plantea un reconocimiento de los matrimonios homosexuales que se realicen en otros Estados y en los que participen ciudadano suizos). Cabe resaltar que esta figura es análoga a la unión de hecho de Ecuador y Colombia, pero da mayores derechos y establece mayor seguridad jurídica para las personas homosexuales. Hay que recalcar que varios países mantienen al matrimonio homosexual o igualitario como figura jurídica, lo que conduce a establecer que es parte de un proceso para cada una de las sociedades de dichos Estados, en el cual está inmerso sin duda el Ecuador.

En el contexto anteriormente señalado se debe señalar que la progresión en el reconocimiento de uniones civiles homosexuales, se presenta gradualmente planteando la posibilidad de posteriormente incluir el matrimonio igualitario como figura legal dentro del entorno legal de cada Estado. Así pues son varias las naciones en las cuales actualmente las parejas homosexuales pueden contraer nupcias. En el siguiente punto se tratará más detalladamente cuando se realizaron dichas inclusiones del matrimonio igualitario en su sistema legal.