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Figure 2-7 Value of Management Flexibility

2.6 Real Options/Flexibility

2.6.6.3 Building Flexibility

En el Informe del OBERAXE 2014, sobre «Evolución del racismo, la xenofo- bia y otras formas conexas de intolerancia en España, se cita a Gordon Allport para explicar los diferentes grados de rechazo. El rechazo a la inmigración se manifiesta de formas diversas. Unas más expresas, en forma de agresiones físi- cas y verbales, y otras más sutiles, que se quedan en el plano de las miradas o los comentarios despectivos. Aunque la gravedad de éstos quiera rebajarse, negán- doles el calificativo de «xenófobos», sí constituyen el primer peldaño del recha- zo: visual y verbal.

Según el psicólogo norteamericano, son cinco los peldaños o gradientes que exteriorizan el rechazo al otro. Van de lo más sutil a lo más expreso:

1) Hablar mal de las personas de otras religiones, etnias o países (rechazo verbal).

2) Evitar el contacto (favoreciendo la segregación de las minorías). 3) Discriminación (privación de derechos y oportunidades). 4) Ataque físico (violencia con distinto grado de intensidad). 5) Exterminio (genocidio y expulsión).

La encuesta OBERAXE-CIS 2014 incorpora, al igual que hicieran las tres encuestas anteriores, una pregunta que mide precisamente la xenofobia que co- múnmente se cataloga de baja intensidad: hacer comentarios contra las perso- nas inmigrantes. La pregunta exacta es: «Durante las últimas semanas ¿ha visto o escuchado algún comentario en contra de los inmigrantes?» (pag. 269)

El 44% de las personas encuestadas en 2014 respondió que sí. La proporción es similar a la que se obtuvo en 2010 (45%). Supera en ocho puntos la recabada en 2012. Por lo que, puede afirmarse que en 2014 se quiebra la tendencia des- cendente que mostraran las dos encuestas anteriores. Son más quienes denun- cian que escuchan comentarios en contra de las personas inmigrantes, que en las encuestas de 2012 y 2011. Y, aunque «en la calle (transportes, espacios públi- cos, etc.)» siga siendo el lugar donde más se escuchan (58%; seis puntos menos que en 2012), en 2014 se experimenta notoriamente la mención a la «televi- sión» como el lugar «donde ha escuchado tales opiniones»: 51% (dieciocho puntos más que en 2012 y veinticuatro respecto a 2011).

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OID Madrid. Abril. Agresiones racistas. Al llegar al parking privado de su edificio, que era solo para residentes, se encuentra con una mujer blanca que no la deja aparcar en el sitio libre que hay. Discuten y ya en la discusión le insulta diciéndole: «NEGRA DE MIERDA, TÚ NO ERES DE AQUÍ, VETE DE AQUÍ», Mientras tanto, su hija presencia todo desde la ventana. Ella, indignada, se pone en el hueco para impedir que el coche aparque y entonces la conductora del mismo la golpea en las piernas varias veces dando marcha atrás al automóvil. Al final aparca en otro sitio a pocos metros del hueco que había. A continuación se mete en una peluquería y dice que le está persiguiendo la insultada y llama a la policía. Viene el SAMUR y le hace un parte de lesiones, la policía le dice que vaya a una Comisaría para poner la denuncia, también va al Centro de Salud para que le hagan un segundo parte. Lo aporta con la denuncia. En la Comisaría la policía que le atiende le dice que si quiere denunciar seguro que es del barrio la denunciada y se va a enfadar. Le vuelve a insistir en que vuelva mañana. (Posiblemente estaba en cambio de turno, o no quería trabajar) y al final le hace el atestado. Le han asignado un abogado de oficio. Aquí hay un agravante evi- dente de racismo en el delito de lesiones que está documentado por los partes.

La mayoría de casos que a continuación se relatan no entrarían en la categoría de «delitos de odio», bien porque se trata de agresiones no dirigidas de manera indeterminada a una persona como representante de un grupo vulnerable sino que son conflictos en los que el origen es una discusión previa, un conflicto vecinal, etc. El elemento racista es, en todo caso, una circunstancia agravante que en vía judicial resulta muy difícil de acreditar. Son asuntos que en la juris- dicción penal tendrían la calificación de las antiguas faltas, antes de la reforma del Código Penal. Al hilo de lo anterior, la desaparición de las faltas del Código Penal trae importantes consecuencias en el ámbito de la extranjería y también de las denuncias por agresiones racistas menos graves. Respecto a lo primero, con el nuevo Código Penal las faltas se transforman en delitos leves cuya comi- sión trae como consecuencia, a diferencia de lo que ocurría con las faltas, la existencia de antecedentes penales. Para aquellas personas extranjeras que ten- gan que renovar sus autorizaciones de residencia y trabajo su situación adminis- trativa puede complicarse con la existencia de antecedentes penales. Y para quie- nes vayan a solicitar una autorización inicial se encuentran con la imposibilidad de hacerlo hasta que estos antecedentes penales se cancelen. La anterior re- flexión viene al hilo de que, en no pocas ocasiones, nos encontramos con de- nuncias cruzadas, sobre todo cuando la parte denunciada es un agente de la autoridad; y una condena a la persona denunciante/denunciada puede acarrear incluso la expulsión del país.

Otra consecuencia que se aprecia en la práctica diaria es la información que algunos funcionaros de policía ofrecen cuando una persona se acerca a una comisaría para denunciar hechos menos graves, como puedan ser una riña, unas amenazas leves o unos insultos. En no pocas ocasiones el agente le informa de

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manera incorrecta que, al desparecer las antiguas faltas, no puede formular de- nuncia. Esta mala práctica acarrea, a su vez, un descenso de denuncias en las OID.

OID Catalunya. Junio. Trato racista en un establecimiento Carrefour. M. tiene 38 años, nacionalidad española y ha nacido en Argelia. Hace más de 15 años llega a Catalunya como solicitante de protección internacional, aunque el Estado no le concedió el estatus de refugiado.

El 20 de junio de 2016, al mediodía, M. se dirige al Carrefour situado en el barrio de Sants para hacer la compra. Llevaba una mochila y, como es costum- bre en este tipo de espacios, la va a dejar a una de las cajas para poder entrar al supermercado. En los bolsillos llevaba bolsas de plástico para poner adentro la compra y no tener que pagar otras después.

Una vez buscados y encontrados todos los productos que necesitaba se dirige a las cajas para efectuar la compra y marchar a casa. En este punto, un trabaja- dor uniformado del establecimiento, después se enterará que era el encargado, se le acerca: «¿Qué tienes en los bolsillos?», y M. le contesta que lleva unas bolsas de plástico y se las enseña. El uniformado intenta mirar el interior de los bolsillos. M. se niega, no llevaba nada más y le parece indignante tener que mostrarlas. Es entonces cuando se produce la agresión. M. quiere irse, pero el encargado y dos trabajadores más no le dejan. Uno de ellos lo coge por el cue- llo, el otro por el brazo y le hacen daño provocándole una herida. Al final con- sigue salir empujando a uno de los trabajadores.

Como la mochila se encuentra en la caja, donde la había dejado desde un principio y no quiere más malentendidos, M. llama a la policía. Posteriormente va al doctor de modo que le puedan hacer un informe médico y tener así cons- tancia del mal que se le ha infligido. El día siguiente, 21 de junio de 2016, M. presenta denuncia ante los Mossos d’Esquadra. En respuesta a la denuncia del 22 de junio de 2016, hay sobreseimiento provisional de la causa; esto significa que, de momento, no hay indicios suficientes que justifiquen la causa, es decir, la denuncia. Pero la respuesta indica también que la resolución es provisional, en espera de nuevos acontecimientos.

Fue durante la asistencia a una charla de SOS Racisme que M. preguntó si un caso como el suyo podía ser llevado por los abogados de la asociación, si lo podían asesorar y encargarse del caso. Se decide llevar el caso, ya que se consi- dera que la sospecha de hurto y la consiguiente utilización de la fuerza por parte de los trabajadores y del encargado del supermercado está precedida por prejui- cio étnico. Desde el servicio se decide denunciar por vía penal un «delito leve por lesiones». Así el 20 de septiembre de 2016 el abogado de SOS Racisme se constituye como defensa técnica de M.

El 26 de septiembre se presenta un Recurso de Reforma en respuesta al sobreseimiento de la causa del 22 de junio, en el cual se argumentaba la falta de indicios. En el recurso se alega que se entiende el sobreseimiento pero que en

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aquel momento no se conocía la existencia del informe médico, que tiene fecha del mismo día en el que sucedieron los hechos y que, por tales novedades, se solicita la reapertura del procedimiento.

El 8 de noviembre el juzgado de instrucción número 24 de Barcelona desesti- ma el recurso y confirma el sobreseimiento. Vuelven a dar razón a los responsa- bles de los hechos y a negarle el reconocimiento a la víctima. Según los juzga- dos, el daño causado a M. ocurrió sólo cuando este se negó a colaborar y por tanto va a ser consecuencia de la «no colaboración». No se desprende conducta reprobable.

Al no estar de acuerdo con la resolución, el 9 de diciembre el abogado de SOS Racisme presenta recurso de apelación, de acuerdo con M. Se demanda la reapertura del procedimiento, porque se considera que: a) la inexistencia del hurto pone en entredicho la actuación del personal del establecimiento; 2) M. colaboró mostrando los bolsillos; 3) se molestó e indignó sólo cuando ya había mostrado la inexistencia del hurto y cuando pensó que la acusación tenía que ver con su origen étnico; 4) los trabajadores y el encargado no tienen derecho de retener a M. dentro del establecimiento, y menos sin que se haya producido un comportamiento reprobable; 5) hay un uso desproporcionado de la fuerza, tal como demuestra el informe médico de las lesiones.

Al día de hoy, se sigue a la espera de la decisión de los juzgados sobre el último recurso presentado para que se reabra el procedimiento. De esta manera, M. podrá, si es lo que quiere, volver al Carrefour de Sants sin que se repitan los hechos, con la sensación de que la justicia no ha despreciado a una presunta víctima de racismo, y con la seguridad y confianza en sí mismo y en los proce- dimientos judiciales.

OID Gipuzkoa. Diciembre. Conflicto en un establecimiento Carrefour. El 31 de diciembre de 2015, sobre las 18:30 horas, P. se disponía a hacer la compra en el establecimiento Carrefour sito en Donostia-San Sebastián. En un momen- to dado, mientras cogía los artículos que pretendía comprar, un empleado del establecimiento le abordó repentinamente por detrás, agarrándole y gritando delante de toda la clientela del supermercado que le había visto robando y que se había introducido diferentes artículos en los bolsillos del pantalón.

P. le pidió educadamente que se calmara, que no le acusara de algo que no había hecho y que bajara la voz, que no tenía por qué gritar para que se entera- ran todas las personas presentes en el supermercado. Lejos de bajar el tono, el empleado en cuestión siguió gritándole y diciéndole que era un ladrón y que iba a pagar todo lo que se había guardado. Además, quiso cachearle pero le dijo que él no le iba a tocar y que iba a llamar a la Policía.

Ante esta situación, P. llamó a la Ertzaintza, mientras que el empleado llamó a la Policía Municipal. Pasados unos minutos, se personaron en el establecimien- to unos agentes municipales. Tras mostrarles P. todo lo que llevaba en sus pren- das y bolsillos, y tras permitir que los agentes le cachearan, quedó demostrado

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que había dicho la verdad al empleado, que no ocultaba nada y que no había robado nada.

Tras las comprobaciones el empleado le pidió perdón, pero P. le dijo que no era suficiente y que iba a poner una denuncia por el trato recibido. P. presentó la correspondiente denuncia ante la Policía Municipal porque considera que el trato recibido fue discriminatorio y totalmente indignante. Se siente insultado, ofendido y maltratado moralmente por la forma en que fue tratado por el empleado.

Los conflictos en el ámbito europeo se centran en relación a las personas refugiadas. Así, a principios de año, cuando el medio de comunicación alemán, Der Spiegel online publicaba una noticia sobre las personas refugiadas, en se- guida aparecían los comentarios de odio. Era tan insostenible la situación que la web decidió retirar la posibilidad de opinar en las informaciones relacionadas con la inmigración.

En febrero, las autoridades francesas comenzaron el desmantelamiento de una parte del campamento de Calais, donde 3.000 personas refugiadas vivían en condiciones insalubres a la espera de poder cruzar el canal de la Mancha. Fran- cia pretendía terminar con este campamento, realojando a sus habitantes en ca- ravanas de la zona o centros de acogida dispersos por el país. Las organizacio- nes humanitarias, sin embargo, denunciaron la violencia con la que se estaba realizando la operación.

En las mismas fechas, un grupo de inmigrantes intentó superar a la fuerza el bloqueo en la frontera y logró romper una sección de la valla que separa Grecia de Macedonia con el uso de un poste de acero, lo que provocó un enfrentamien- to con las fuerzas policiales. La policía macedonia respondió al intento de entra- da con gases lacrimógenos y bombas aturdidoras para dispersar a la multitud. La organización Médicos sin Fronteras (MSF) informó a través de su cuenta de Twitter que atendió a 15 pacientes por problemas respiratorios, nueve de ellos niños, y a siete, tres de ellos menores, por heridas debido a la rotura de la valla. En abril, se volvió a vivir una situación límite en el campamento de Idomeni. Un centenar de personas refugiadas trató de atravesar la frontera entre Grecia y la Antigua República Yugoslava de Macedonia (FYROM, en sus siglas ingle- sas). La policía macedonia provocó escenas de pavor entre la multitud, donde se encontraban infinidad de niños, haciendo uso de gases lacrimógenos y balas de goma. Médicos sin Fronteras atendió a casi 300 personas refugiadas, 200 por exposición a los gases y 30 por el impacto de balas de goma. Entre los heridos se encontraban menores de 10 años con heridas de estos proyectiles en la cabeza. En noviembre, dos españoles fueron agredidos por un grupo de cinco skinheads en pleno centro de Lisboa. El suceso se produjo en el marco de una doble con- centración que transcurrió por cauces violentos en la Plaza de Martim Moni. Se manifestaban cientos de inmigrantes para reclamar una flexibilización de las leyes que rigen los procesos para obtener la nacionalidad portuguesa y resulta

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que el ultraderechista Partido Nacional Renovador (PNR), en auge a lo largo de los últimos meses, convocó una contramanifestación en el mismo sitio y a la misma hora.

OID Galicia. Octubre. Conflictos y agresiones racistas. P., de origen urugua- yo, llegó a España hace aproximadamente diez años, actualmente reside en A Coruña junto a su mujer, afrodescendiente, y su hija pequeña.

Nos relata que, estando él con su mujer e hija en el parque situado en un barrio céntrico de la ciudad, el sábado 22 de octubre de 2016 a las 13:00 horas, se percata de que hay un hombre calvo, de ojos claros y rondado los 40 años, que no para de mirarlos, a él y a su familia. Intercambian miradas hasta que P., sintiéndose un poco incómodo por la situación, se acerca a la persona y le pre- gunta si se conocen de algo. De forma inmediata el individuo empieza a insultar a P. y a su familia e intenta provocarlo. En el intercambio de palabras el indivi- duo coge el móvil y hace el amago de llamar a la policía. Entre los insultos que les profesa se encuentran: «argentino de mierda vete a tu país», «no tienes dere- cho a estar aquí», «iros todos a vuestro país». En un momento dado P. le dice que es un franquista, a lo que el aludido contesta que «si fuera por mí, no habría ninguno como tú en España».

Se da la casualidad de que un coche patrulla pasa por la zona y el individuo le da el alto. Cuando los agentes se bajan les dice que P. ha intentado agredirle. Mientras ocurre todo esto, un chico se acerca a presenciar la situación y le tras- mite a P. que él testificará si interpone denuncia contra el individuo ya que ha podido presenciar todo. Los agentes toman la declaración de ambos partícipes y dejan ir al individuo. Uno de los agentes aconseja a P. denunciar los hechos. Tras el incidente ocurrido una persona se acerca a P. (concretamente una mujer) y le trasmite que no es la primera vez que ocurre eso con el mismo individuo pero que la gente no se atreve a denunciar esas cosas. Muchas personas se en- cuentran en el parque a esas horas pero casi ninguna es consciente de lo que ocurre realmente.

El hijo del agresor y la hija del denunciante (ambos menores) están presentes durante toda la agresión verbal. P. expone que el incidente no fue a más porque su mujer e hija estaban presentes y se encontraban en un estado de miedo y nerviosismo severo debido a la situación vivida.

Informamos de los trámites y el proceso para la denuncia. Después de valo- rarlo con su familia, P. nos indica que no interpondrán denuncia ya que su pareja no se atreve a denunciar los hechos por miedo a que vuelva a ocurrir estando ella sola con la niña.

OID Galicia. Mayo. Insultos racistas por parte de un vecino. A.S. mujer senegalesa residente en España desde hace varios años, acude a SOS Racismo Galicia derivada por otra entidad del barrio que trabaja con población inmigrante.

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A.S. se presenta en estado de ansiedad, nos indica que vive en una vivienda compartida con sus hijos junto a varios compañeros compatriotas. De forma continua, cada vez que baja las escaleras de la vivienda y se encuentra con uno de sus vecinos, éste impropera insultos y vejaciones como «negra de mierda, vete a tu país». A.S. dice que no soporta más esta situación, que no entiende el por qué de ese comportamiento continuado y que sus pequeños suelen estar presentes en estas situaciones. También nos indica que el comportamiento de este individuo es únicamente con ella, que al resto de compañeros senegaleses con los que convive no les sucede, solo a ella «por ser mujer».

Se le informa de opciones de mediación, lo cual rechaza. Por tanto informa- mos sobre la vía de denuncia. Indica que valorará opciones. Posteriormente nos informa de que no va a denunciar por miedo a represalias a ella o sus niños. OID Galicia. Junio. Conflicto vecinal. O.D., mujer senegalesa de 42 años resi- dente en Galicia desde hace varios años, acude para informarnos de que está teniendo problemas de convivencia con sus vecinos. El conflicto se da princi- palmente con el hijo de una vecina (de 45 años), el cual golpea las paredes durante todo el día para que, supuestamente, O.D. deje de hacer ruido. O.D. nos indica que, incluso cuando están en la cama durmiendo, el vecino golpea las paredes. Desde su percepción es por una cuestión de racismo y quiere hacerles la vida imposible para que se vayan de la vivienda. En algún momento incluso llegaron a llamar a la policía y al ver éstos que no había ningún ruido que exce- diera ninguna norma legal, ni siquiera llegaron a timbrar en la vivienda de O.D. Se ofrece mediación pero es rechazada. O.D. nos indica que desea cambiar de piso porque sabe que este vecino no va a parar, puesto que ni siquiera tiene un