7.1. INTRODUCCIÓN
El Programa de Vigilancia Ambiental forma parte esencial de cualquier Estudio de Impacto Ambiental y así se establece en toda la legislación aplicable en materia de Impacto Ambiental, tanto a nivel Estatal como Autonómico.
El Programa de Vigilancia Ambiental debe encaminarse a detectar las desviaciones, bien de los efectos previstos, bien de las medidas correctoras indicadas en el presente Estudio de Viabilidad Medioambiental, ya que muchos de los efectos se estiman de manera predictiva y la eficacia de las medidas correctoras previstas no están probadas en todas las situaciones. Del mismo modo, se considera como un sistema abierto, con capacidad de modificar, cambiar o adaptar el proyecto a las situaciones que se planteen. Es decir, debe servir como mecanismo de retroalimentación mediante el cual los resultados obtenidos sirvan para modificar los objetivos iniciales y en general permitir la revisión periódica del programa inicialmente planteado.
De esta forma, también se permite la detección de efectos no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, ya que en un estado a priori no es posible concretar un conocimiento profundo de ciertos aspectos con lo que se pueden establecer prioridades y necesidades de proyectos de investigación concretos.
En general, un Programa de Vigilancia Ambiental debe tener, además de unos objetivos perfectamente definidos, un programa de desarrollo temporal, articulado en varias fases íntimamente relacionadas con el progreso del proyecto. Esta situación supone que el Programa de Vigilancia no se defina como un plan secuencial, debiendo interpretarse entonces como una asistencia técnica, de tal manera que se consiga evitar o subsanar los posibles problemas que pudieran aparecer tanto en aspectos ambientales generales, como en la aplicación de las medidas preventivas y correctoras concretas.
El objetivo que se persigue es evitar que se provoquen los impactos imputables al proyecto, así como determinar cuáles son las labores a ejecutar en cada momento y caso, para corregir o minimizar las alteraciones generadas, de tal manera que, una vez finalizada la ejecución y ya en funcionamiento, sea compatible con el desarrollo sostenible del territorio.
La mayor parte de las actuaciones encaminadas a evitar o minimizar los impactos potenciales que pueden generar la explotación se adoptan en la fase de redacción del proyecto, como medidas preventivas, ya que es en estas etapas cuando las medidas son eficaces y los resultados más constatables.
El Programa de Vigilancia Ambiental debe, en todo momento, coordinarse por un Director Ambiental de Obra, cargo ocupado por técnico con titulación competente, que, en concierto con la Dirección Facultativa, revisará la eficacia de las medidas correctoras o preventivas implantadas, así como las posibles modificaciones, siendo además el responsable de emitir los informes oportunos a las administraciones competentes.
7.2. OBJETIVOS.
Los principales objetivos del Programa de Vigilancia Ambiental que se pueden establecer son los siguientes:
- Comprobar la evolución de los impactos previstos, de forma que no se superen las magnitudes asignadas en el Estudio de Impacto Ambiental, así como reducir dichas magnitudes al mínimo posible.
- Establecer un sistema que garantice el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras contenidas tanto en el Estudio de Viabilidad Medioambiental como en la Declaración de Impacto Ambiental.
- Comprobar y verificar que las medidas correctoras propuestas son realmente eficaces y reducen la magnitud de los impactos detectados. En caso de que las medidas correctoras no fueran lo suficientemente eficaces, diseñar nuevas medidas para minimizar las afecciones al medio.
- Permitir la valoración de los impactos que sean difícilmente cuantificables o detectables en la fase de estudio, pudiendo diseñas nuevas medidas correctoras en el caso de que las existentes no sean suficientes.
- Realizar un seguimiento directo de los trabajos producidos mediante la construcción. - Proporcionar información de aspectos medioambientales poco conocidos.
7.3. CRONOGRAMA Fase Preliminar
Se realizará un análisis de las medidas protectoras y correctoras propuestas en el presente Estudio de Impacto Ambiental y en lo que se dictamine en la Declaración de Impacto Ambiental, con objetivo de realizar un Informe Preliminar, donde se establezcan de forma clara los siguientes aspectos:
- Acciones con mayor importancia desde el punto de vista de generación de impactos.
- Elementos del medio y zonas concretas que realmente van a verse afectadas.
- Magnitud prevista para cada uno de los impactos.
- Medidas protectoras y correctoras propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental (y en su caso, las propuestas de forma adicional por el Órgano Ambiental con competencia DIA y en aquellas derivadas de las distintas Administraciones Autonómicas y Locales).
Fase de Inicio
Se realizará un Seguimiento Ambiental durante la fase de inicio, consistente en la adecuación de la parcela de actuación, delimitación de la zona de instalaciones y servicios, montaje de infraestructuras, etc.
En la fase de inicio hay que destacar el papel fundamental que deben jugar la Dirección, tanto Ambiental como Facultativa de las Obras para el seguimiento ambiental de las mismas, ya que ambos tendrán capacidad de control sobre el terreno tanto del cumplimiento efectivo de las medidas protectoras y correctoras, como de las formas de actuación potencialmente generadoras de impacto. Hay que mencionar que el Estudio de Impacto Ambiental es un instrumento fundamentalmente preventivo, por lo que el éxito de su aplicación no debe
plantearse tanto por su capacidad para corregir impactos como por su efectividad para evitarlos, de manera que éstos no lleguen a producirse.
Antes del inicio de las labores se procederá a:
- Señalización de todos los elementos asociados a la construcción y revegetación de todo el territorio afectado y comprobación de que en estas zonas no existe ningún tipo de elemento singular desde el punto de vista litológico, arqueológico, edafológico, biótico, paleontológico, etc.
-Comprobación a priori que no se afecta ningún elemento que no haya sido identificado en el inventario.
-Comparar la temporalización de las obras con las épocas de mayor afluencia de fauna potencialmente a proteger y de población (tráfico de vehículos, horarios, etc.).
A la finalización de esta fase se elaborará por parte de la Dirección Ambiental de Obra un Informe de la Fase de Inicio.
Fase de construcción
Durante la fase de ejecución/construcción se procederá al control de la aplicación de todas las medidas protectoras especificadas en el presente Estudio.
Durante las labores de explotación se procederá a:
- Comprobara que las obras son las indicadas en el proyecto original, evaluándose cualquier variación. - Vigilancia de las emisiones de polvo, ruido y vibraciones que puedan afectar a las carreteras, construcciones próximas y fauna.
- Se comprobaran diariamente los pronósticos climáticos y otras variables climáticas que permitan programar adecuadamente las tareas de obra.
Respecto a la geomorfología y suelo:
- Se controlará la no aparición de vertederos y deshechos de material de obra en terrenos adyacentes a las obras y que se efectúa su traslado a vertederos controlados.
- Las cajas, embalajes, deshechos, etc. y el material desechado que no cumpla las normas de calidad deben ser eliminados en lugares aptos para el vaciado de escombros.
- El trabajo con tierra vegetal, se controlará el que no se operen con ella los días lluviosos o en los que la tierra esté excesivamente apelmazada.
- Al final de las obras se desmantelarán todas las instalaciones provisionales de obra una vez se finalice ésta.
Respecto a la fauna y flora:
las afecciones sobre la fauna y flora, incluyendo los períodos de nidificación de especies de interés.
El desarrollo del Programa de Vigilancia durante la Fase de Ejecución del proyecto conllevará la elaboración de una serie de informes periódicos que serán remitidos al Órgano con competencia en materia ambiental y a la Administración Autonómica o Local con competencia que lo solicite.
De esta forma, con una periodicidad trimestral, se elaborarán informes de seguimiento del proyecto en los que se contemplarán los resultados obtenidos del cálculo del sistema de indicadores establecido, el cual evidenciará la aplicación de las medidas propuestas y, en su caso, los problemas detectados, siendo de gran importancia el reflejar en dichos informes la detección, en su caso, de impactos no previstos
Además, se realizará un informe anual sobre el cumplimiento del Programa de Vigilancia Ambiental, en el cual será presentada ante la administración, donde además de contemplarse lo indicado para los informes trimestrales, se tendrán en consideración los siguientes aspectos:
- Resultados del sistema de indicadores.
- Grado de eficacia de las medidas protectoras adoptadas.
- Evaluación de las medidas adoptadas anteriormente, adjuntando material fotográfico.
- Nuevas medidas a adoptar, basándonos en los posibles desvíos de impactos no detectados anteriormente o en la corrección de las medidas propuestas por resultar éstas ineficaces.
Siempre que se detecte alguna afección al medio, de carácter negativo, la cual no haya sido prevista y que precise una actuación para ser evitada o corregida, se emitirá un informe con carácter urgente aportando toda la información necesaria para actuar en competencia. Así mismo, podrán emitirse informes especiales cuando cualquier aspecto de la obra genere unos impactos superiores a los previstos.
Fase de Funcionamiento
Una vez finalizada la ejecución del proyecto y ya en la fase de funcionamiento, se desarrollará un seguimiento ambiental del área de actuación mediante una visita trimestral, a fin de comprobar si los posibles impactos generados, han sido adecuadamente minimizados e incluso eliminados, a la vez que se comprobará que no hayan aparecido impactos no previstos en el presente Estudio de Viabilidad Medioambiental.
Esta revisión de la situación se apoyará también en el sistema de indicadores establecido para esta fase del proyecto.
El desarrollo del Programa de Vigilancia durante la fase de funcionamiento conllevará la elaboración de una serie de informes trimestrales que serán remitidos al órgano con competencia ambiental.
En ellos deberá tener un especial interés el seguimiento de las labores de revegetación y seguimiento de la eficacia de todas las medidas correctoras.
Pasados dos años y a la vista de los resultados obtenidos, se determinará la necesidad o no de continuar la vigilancia ambiental.
7.4. INDICADORES SELECCIONADOS PARA LA RECOGIDA DE DATOS
La mayoría de los impactos ambientales generados y las medidas correctoras planteadas no tienen un sencillo seguimiento mediante un indicador específico, tratándose más bien de la realización o no de dichas acciones. Por ello, en el Programa de Vigilancia Ambiental, se realizará una revisión del cumplimiento de lo especificado en el Estudio con el fin de comprobar el correcto desarrollo del proyecto.
A continuación se determinan aquellos indicadores que se utilizarán para el seguimiento de las actuaciones llevadas a cabo por el proyecto, así como el método de recogida de los datos necesarios para la resolución de los mismos:
- Una vez por semana, se medirá con un sonómetro el nivel sonoro producido en varias zonas del proyecto con el fin de comprobar que no se superan los niveles establecidos en la legislación.
- Colocados los filtros en las salidas de humos que puedan haber en el camping, se realizará una prueba para comprobar la eficacia y correcta colocación de estos.
- Una vez realizadas las instalaciones de alcantarillado y puesto en funcionamiento el alojamiento rural, se comprobará que los cambios necesarios en la estación depuradora de aguas residuales, para poder cubrir el aumento del caudal recibido y los requerimientos de los diferentes parámetros de DBO, DQO, etc., han sido realizados correctamente.
- Se comprobará, una vez acabado el proyecto, el estado de la revegetación realizada en los alrededores del alojamiento y en las parcelas de acampada, reemplazando pies muertos y realizando riegos periódicos que serán reducidos hasta ser eliminados, una vez asentada la vegetación.
Guillena (Sevilla), Diciembre de 2.017
Fdo.: Esteban Romero Ledesma. VºBº: El Promotor
Arquitecto . ALMADEN RURAL S.L.