2 Arithmetic expressions in Consumer Applications
3.2 Optimizing linear computations with constant multiplications
3.2.2 Common Subexpression Elimination by iteratively eliminating
Al ser este ensayo un contexto de análisis y disposiciones legales, brinda a la ciudadanía un aporte jurídico para posteriores investigaciones sobre el tema, sin perjuicio que sea modificado de acuerdo a las aportaciones y cambios legales de las normas vigentes.
3.8. Conclusiones parciales del capítulo
El objeto del presente marco propositivo, fue elaborar un ensayo jurídico científico sobre el delito de odio racial y el principio constitucional de la igualdad de las personas, con la finalidad de evitar la violación de este principio, por parte de los oficiales de la Fuerza Pública en contra del afroecuatoriano y garantizar el total cumplimiento de las disposiciones constitucionales sobre el tema.
El ordenamiento jurídico plasmado en el ensayo antes mencionado está formado por un conjunto de normas jurídicas y argumentaciones personales que justifican la inobservancia del principio constitucional de la igualdad de las personas hacia los afroecuatorianos de la carrera policial.
Se puede rescatar que en nuestra Constitución y Leyes protegen y sancionan toda forma de discriminación, pero no todos las instituciones públicas y privadas ejecutan actos o acciones en contra de la discriminación, por lo que conlleva a que estas actitudes negativas sigan ejecutándose y ocasionen vulneración de derechos.
El contexto de argumentaciones legales, brinda una herramienta fundamentada para el total empoderamiento para dar cumplimiento al principio constitucional de la igualdad, con la finalidad de que el mismo no sea inválido ante las autoridades fiscales, y no se desvirtué el delito cometido y pueda ser sancionado como tal, y no por otra figura jurídica acoplada según el criterio fiscal.
77 CONCLUSIONES GENERALES
El delito de odio racial, al ser denunciado ante las autoridades respectivas, no es considerado como tal, al contrario, las autoridades desvirtúan este delito dándole otra figura jurídica, el de las injurias graves, de este modo no se accede a la justicia por el delito de odio racial.
La naturalización del trato comunicacional entre los oficiales y los subalternos de la carrera policial, incrementa la utilización de la palabras despectivas y segregativas, que disfrazan los actos discriminatorios y raciales hacia los afroecuatorianos, las cuales pueden configurarse un delito de odio; y vulnerar derechos amparados en nivel jerárquico.
El desconocimiento del delito de odio racial, al ser nuevo en las disposiciones penales, dificulta su denuncia, por ende no se cuenta con un índice sustentable en la Fiscalía que justifique la violación a este principio de la igualdad de las personas.
La Policía Nacional tiene un Reglamento de Disciplina antiguo en el que no se sancionan los actos de discriminación racial, como mecanismo de prevención interno antes estas situaciones.
Se desconoce las medidas adoptadas por la institución de la Fuerza Pública, como un procedimiento sancionador para las actitudes de discriminación racial, por cuanto los datos estadísticos revelan que no se tomó medidas para sancionar estas actitudes nocivas y vulneradoras de derechos, pese a la existencia de actos discriminatorios o de acciones consideradas delitos de odio.
A pesar de la aceptación de la existencia de la discriminación racial, que puede configurarse un delito de odio dentro de la institución, hay un índice bajo de deserción de los miembros de la Fuerza Pública, por esta razón de concluye la existencia de tolerancia y naturalización de los actos nocivos que violentan el principio constitucional de la igualdad.
Los datos estadísticos revelan que las personas que se autoidentifican como no afroecuatorianos, consideran que no existen discriminación racial, la contario de la personas autoidentificadas como afroecuatorianos manifiestan en su gran mayoría ser
78
víctimas de discriminación por una o más ocasiones, por lo que considero que el primer grupo al cual hago referencia no puede entender la humillación a lo que se someten al sufrir algún tipo de discriminación.
79 RECOMENDACIONES
Sugerir a las autoridades respectivas dar la figura jurídica correspondiente al delito cometido, consultando las disposiciones legales vigentes, a fin de contribuir con la aplicación de la sanción respectiva y por ende ejercer justicia.
Los miembros de la Fuerza Pública son formados y capacitados en Derechos Humanos, pero dentro de su institución se debería incrementar el buen trato y lo que implica esta temática, así como establecer códigos de convivencia que armonicen las relaciones personales dentro y fuera de su institución.
Concientizar a la población Afroecuatoriana sobre el principio de la igualdad y de los delitos de odio, y la desnaturalización estas acciones y se contara con personas capaces de reclamar sus derechos así como también la buena aplicación de principios y normas constitucionales, que garantizan el buen vivir.
Se recomienda actualizar el Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional con la finalidad de dejar sin efectos acciones caducas a la realidad nacional y actual. A la vez incrementar este tipo de actos o acciones vergonzosas a nivel personal e institucional.
Adoptar mediadas de sanción, dentro de una esfera de educación, enseñanza, cultura e información para combatir los perjuicios promoviendo la compresión, la tolerancia, la amistad y la difusión de los documentos legales vigentes inherentes a la temática.
Realización de una auto investigación institucional de la discriminación, con el objetivo de investigar las violaciones de derechos y vigilar la aplicación del principio constitucional de la igualdad y de esta manera contar con datos estadísticos internos sobre esta problemática y la deserción de los miembros de la institución por esta causal.
Formulación de actividades acorde al ejercicio de sus funciones sobre las cuestiones relativas a la discriminación en general ya que es de vital importancia la erradicación de actos de discriminación de cualquier índole, de manera permanente y periódica que combatan los perjuicios que conduzca a la violación de principios y normas constitucionales.
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85 ANEXOS
Anexo 1
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
ENCUESTA SOBRE DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE RAZA ENTRE LOS MIEMBROS DE LA POLICÍA NACIONAL, COMANDO IMBABURA N° 2
OBJETIVO: La presente encuesta tiene fines académicos, por lo que los datos que se obtengan de ella no serán difundidos por ningún medio físico o magnético, asegurando la reserva absoluta de las opiniones que en ella se expresen, por lo tanto se le solicita responder con libertad y honestidad a los diferentes ítems propuestos.
I. DATOS DE IDENTIFICACIÓN:
PREGUNTA 1. ¿CUÁL ES SU SEXO? HOMBRE: _____ MUJER: _____
PREGUNTA 2: ¿QUÉ EDAD TIENE? _______
PREGUNTA 3: ¿CUÁL ES SU OCUPACIÓN? POLICÍA: ________ FISCAL: __________
PREGUNTA 4: ¿QUÉ TIEMPO TRABAJA EN LA INSTITUCIÓN? DE 0 A 5 AÑOS: _____ DE 6 A 10 AÑOS: ____
DE 11 A 15 AÑOS: _____ DE 16 A 20 AÑOS: ___
PREGUNTA 5: ¿CUÁL ES SU ESTADO CIVIL? CASADO (A): _____ SOLTERO (A): _______
DIVORCIADO (A): ______ VIUDO (A): ______
UNIDO (A): ______
PREGUNTA 6: ¿CÓMO SE AUTOIDENTIFICA SEGÚN SU CULTURA Y COSTUMBRES?
INDÍGENA ____ AFROECUATORIANO (A) ____ NEGRO (A) _____ MULATO (A) ____
MONTUBIO (A) ____ MESTIZO (A) _____ BLANCO (A) ____ OTRO (A) ____
II. INFORMACIÓN SOBRE DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE RAZA
PREGUNTA 7. ¿CONOCE USTED QUÉ ES LA DISCRIMINACIÓN? SÍ _____ NO _____
PREGUNTA 8. DE LAS SIGUIENTES OPCIONES CUÁL CREE USTED QUE DESCRIBE MEJOR LA DISCRIMINACIÓN:
A. Dar trato de inferioridad a una persona o colectividad. ______
B. Dar trato sin preferencias a una persona o colectividad. ______
PREGUNTA 9. ¿CONOCE USTED SI LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA GARANTIZA LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN
DE LAS PERSONAS Y PUEBLOS? SÍ ______ NO ______
PREGUNTA 10. ¿QUÉ CREE USTED QUE SE DEBE HACER CON LAS ACTITUDES O ACCIONES DISCRIMINATORIAS?
A. SANCIONARLAS: ______ B. PERMITIRLAS: ______ C. NADA SON CULTURALES: ______
PREGUNTA 11. ¿CREE USTED QUE EN SU INSTITUCIÓN SE HAN DADO SITUACIONES DE DISCRIMINACIÓN CONTRA ALGÚN
COMPAÑERO O COMPAÑERA? SÍ _____ NO _____
SI RESPONDIÓ QUE SÍ CONTESTE LA SIGUIENTE PREGUNTA:
PREGUNTA 12: ¿SE TOMÓ ALGUNA MEDIDA PARA SANCIONAR O EVITAR QUE SE SIGAN DANDO ESTAS ACCIONES
DISCRIMINATORIAS? SÍ _______ NO _______
PREGUNTA 13: ¿CONOCE USTED SI ALGUNA DE ESTAS ACCIONES HIZO QUE UN COMPAÑERO O COMPAÑERA ABANDONE
LA INSTITUCIÓN? SÍ ______ NO ______
III. INFORMACIÓN SOBRE DELITOS DE ODIO
PREGUNTA 14. ¿CONOCE USTED QUÉ SON LOS DELITOS DE ODIO? SÍ ______ NO ______
PREGUNTA 15. DE LAS SIGUIENTES OPCIONES CUÁL CREE USTED QUE DESCRIBE MEJOR LOS DELITOS DE ODIO:
A. ES UNA CONDUCTA VIOLENTA MOTIVADA POR PREJUICIOS RACIALES. ______
B. ES UNA CONDUCTA VIOLENTA MOTIVADA POR MIEDO A LOS NEGROS. ______
PREGUNTA 16. ¿CONOCE USTED SI EL CÓDIGO PENAL SANCIONA LOS DELITOS DE ODIO CONTRA LAS PERSONAS O
PUEBLOS? SÍ ______ NO ______
PREGUNTA 17. ¿CREE USTED QUE EN SU INSTITUCIÓN SE HAN DADO SITUACIONES QUE SE PUEDAN CONSIDERAR COMO
DELITOS DE ODIO CONTRA ALGÚN COMPAÑERO O COMPAÑERA? SÍ _____ NO _____
SI RESPONDIÓ QUE SÍ CONTESTE LA SIGUIENTE PREGUNTA:
PREGUNTA 18. ¿SE TOMÓ ALGUNA MEDIDA PARA SANCIONAR O EVITAR QUE SE SIGAN DANDO ESTAS ACCIONES?
SÍ _______ NO _______
PREGUNTA 19. ¿CONOCE USTED DE ALGÚN CASO DE DELITO DE ODIO QUE ESTÉ SIENDO JUZGADO EN ALGUNA CORTE DE
JUSTICIA DE IMBABURA? SÍ ______ NO ______
Anexo 2
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
PERFIL DE TESIS
TEMA: “EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA IGUALDAD Y LOS DELITOS DE ODIO.”
AUTOR: SRTA. TNLG. MARÍAJOSÉ ESPINOSA ASESOR: DR. ERNESTO GUAJÁN
I. TEMA: “EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE LA IGUALDAD Y LOS DELITOS DE ODIO.”
II. EL PROBLEMA
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La discriminación racial entendiéndose como está a toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada por motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico, es una problemática que tiene por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad de derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas políticas, económicas, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública”.
Al ser el Estado Ecuatoriano un país intercultural y plurinacional garantiza el principio constitucional de la igualdad de los ecuatorianos y ecuatorianas, acogiendo a la variedad de etnias acentuadas en el territorio ecuatoriano, sin embargo la existencia de la intolerancia y la discriminación racial a los diferentes grupos étnicos, ha desencadenado no solo exclusión de esta minoría afectada, sino también la violación física, moral, psicológica y jurídica por tal razón se a tipificado en el Código Penal vigente el delito de odio para que sean punibles las conductas ilícitas basadas en la discriminación y en cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, raza, sexo, religión, origen nacional o étnico, orientación o identidad sexual, edad, estado civil o discapacidad.
El trato discriminatorio se puede dar en el plano de las relaciones interpersonales, en el ámbito de la esfera pública, siendo más latente en los grupos afroecuatorianos, a pesar de que la norma constitucional establece que los pueblos afroecuatorianos, a no ser víctimas de racismo, xenofobia o cualquier otra forma de discriminación o intolerancia y al derecho de reparación y resarcimiento por el hecho de verse afectados por estos actos, violando, preceptos constitucionales, teniendo como consecuencias inseguridad jurídica.
El texto constitucional consagra como un deber primordial del Estado, el garantizar “el efectivo goce” de los derechos establecidos en la Constitución e Instrumentos Internacionales de derechos humanos ratificados por el Ecuador, exigiendo su inmediata
aplicación en los ámbitos público, administrativo y judicial. El ejercicio de estos derechos se regirá por principios de igualdad y no discriminación como lo establece la Constitución de la República “Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.
A pesar de existir y estar en vigencia el texto constitucional, no se aplica, siendo la calle, como espacio de encuentros y desencuentros, es el lugar donde más se sufre la discriminación, siguiendo su orden el barrio, las oficinas de trabajo y se estima que las Instituciones Públicas son las entidades más discriminadoras, como es la Policía Nacional, en el que dicha institución, ocasiona abusos físicos, psicológicos, y jurídicos al realizar un trato inhumano, amenazas, intimidación, a los afroecuatorianos, configurándose de esta manera el delito de odio ya que de acuerdo con la reformas al Código Penal vigente en que se tipifica el delito de Odio, como “el que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, sexo, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, edad, estado civil o discapacidad.”
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
El delito de odio racial por parte de los oficiales de la Fuerza Pública, en contra de los afroecuatorianos, conlleva a la violación del principio Constitucional de la igualdad de las personas.
DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA LUGAR
Esta investigación se llevará a efecto en la Fiscalía del cantón Ibarra.
TIEMPO
El objeto de estudio lo realizaré en el periodo comprendido entre mayo del 2009 hasta mayo del 2011.
III.- OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Diseñar un ensayo jurídico científico sobre el delito de odio racial por parte de los oficiales de la Fuerza Pública, en contra de los afroecuatorianos, con el fin de que no se viole el Principio Constitucional de la igualdad de las personas.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
* Analizar desde el punto de vista jurídico el delito de odio racial por parte de los oficiales de la Fuerza Pública.
* Determinar los casos o procesos presentados por el delito de odio racial en la Fiscalía del cantón Ibarra.
* Investigar la aplicación del Principio Constitucional de la igualdad.
* Validar la idea a defender.
IV.- OBJETO ESTUDIO Y CAMPO DE ACCIÓN.
OBJETO DE ESTUDIO
La investigación y el estudio sobre el delito de odio racial por parte de los oficiales de la Fuerza Pública, en contra de los afroecuatorianos, y la violación del principio Constitucional de la igualdad, se lo va a realizar dentro del Derecho Constitucional y Penal, ya que el mayor índice víctimas de discriminación racial es el pueblo afroecuatoriano cuyos derechos se encuentran establecidos en la Constitución de la República.
CAMPO DE ACCIÓN
El delito de odio racial por parte de los oficiales de la Fuerza Pública, en contra de los afroecuatorianos en la ciudad de Ibarra, como violación al Principio Constitucional de la igualdad de las personas.
V.- IDEA A DEFENDER
Con la elaboración de un ensayo jurídico que realice sobre el delito de odio racial por parte de los oficiales de la Fuerza Pública, en contra de los afroecuatorianos, se evitará la existencia de una violación del Principio Constitucional de igualdad de las personas.
VI. METODOLOGÍA A EMPLEAR
Los métodos e instrumentos de nivel teórico y empíricos que voy a emplear en la presente investigación para dar respuestas organizadas y fundamentadas a los objetivos específicos y así lograr el objetivo general y solucionar el problema de investigación son:
Método analítico – jurídico
El análisis jurídico es la descomposición de algo en sus elementos. El método analítico consiste en la separación de las partes de un todo para estudiar las en forma individual.
En la Investigación documental es aplicable el método analítico jurídico ya que se procede a la revisión ordenada y a un análisis jurídico minucioso del delito de odio y del principio a la igualdad por separado.
Método inductivo – deductivo
El método deductivo es aquel que parte de datos generales aceptados como válidos para