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Part II Modifications Towards Second Generation Optical Imager

Chapter 5: Conclusions and Future Work

5.1 Conclusion

El triste final de Cipriano Catriel y su tribu, al que nos hemos referido, se produjo en un momento de gran ansiedad por la política de tierras. Es significativa en este sentido la polémica que tuvo lugar en el congreso, entre los diputados Álvaro Ba- rros y Aristóbulo del Valle en 1875, muy poco tiempo después de la muerte de Catriel (Barros 1975: 33-34). Valle defendía la parcelación de la tierra y la instala- ción de colonias agrícola-pastoriles, en tanto que Barros –cuyo discurso ya había experimentado los cambios antes citados– sostenía que el mínimo de tierras que tenía que poseer un ciudadano eran 1.000 hectáreas. Ganó el debate la propuesta de Valle, reflejada en la ley de tierras de 1875 que permitía entregar a cada colono cien hectáreas de terreno, con posibilidad de comprar otro lote igual a precio de fomento. Esta ley influyó en la entrega de tierras a los indios para la formación de colonias que se produjo después de la conquista del desierto.

Hacia finales de la década de 1870, ya empiezan a apreciarse cambios impor- tantes en el contenido e intenciones de las donaciones. Por un lado se reafirma las

solicitudes de fomentar los asentamientos en forma de colonias que en realidad estaban aprobados desde 1867, bajo la presidencia de Mitre. Por el otro, en 1879, se alcanzan las márgenes del Río Negro con la derrota total de los últimos caciques autónomos de la parcialidad ranquelina. A partir de entonces se acelerará la dona- ción de tierras, sobre todo desde 1881. Se imponen nuevos condicionamientos, como una cláusula prohibiendo la enajenación de los terrenos cedidos para impedir la indefensión de los indios en manos de los especuladores, lo que implicaría el retorno de aquellos a antiguas prácticas. Es la misma cláusula que se incorporará a otras donaciones, como las que se dan como premio a los veteranos del ejército de la campaña al desierto. Pero además, las argumentaciones a favor de las donaciones a los indios van a incorporar mandatos y razones nuevas. Ejemplo de ello es una orden firmada en enero de 1881 por el presidente de la República y general en jefe de la tercera campaña al desierto, general Roca:231

Considerando: Que la tribu del Cacique Nahuel Payan de la frontera Norte de Buenos Aires ha sido dispersada según las ordenes del Ministerio de la Guerra distribuyendo a los indios y familias en los Establecimientos rurales, con el fin de que perdiendo sus hábitos de Tribus morigeren sus costumbres por medio del trabajo. Que de esta tribu quedan el Cacique y los Capitanejos á quienes en atención a su condición y servicios anteriores el Gobierno está en el deber de atender y contribuir a que se proporcionen los medios independientes de subsistencia sobre la base del trabajo como medio civili- zador.

El Presidente de la Republica en Acuerdo de Ministros, Resuelve: Autorizar al Ministe- rio de la Guerra para invertir la suma de dos mil cuatrocientos pesos fuertes en la com- pra de dos suertes de chacra en el Partido de Junín para ser donadas con prohibición de enajenarlas al Cacique Nahuel Payan y los Capitanejos Chenquelen, Farias, Nculpan y Juan Negrete distribuyéndoles además, los instrumentos y elementos de labranza nece- sarios para que se establezcan y fijen en ellas su residencia; cesando desde entonces el racionamiento que actualmente se les hace a cuyo servicio se imputará este gasto.232 En este decreto que ordenaba la entrega de tierras a un cacique amigo, colaborador de la campaña al desierto, confluyen muchas de las condiciones que hemos visto en casos previos: cesión de tierras, entrega de medios de labranza y el mismo afán civilizador. Pero hay algunos cambios fundamentales, unos de matiz y otros de bulto. A diferencia de los casos que hemos visto en las décadas anteriores, en 1881 los indios a los que se hacía referencia ya habían sido dispersados y distribuidos en establecimientos rurales. No se trata de un acuerdo firmado por las dos partes y basado en la necesidad y la conveniencia, porque la sociedad mayoritaria ya había traspasado las márgenes del río Negro y no quedaba espacio dentro de esos límites

231 Julio A. Roca fue presidente de la República entre 1880 y 1886.

232 Acuerdo firmado por Roca, A. del Viso, Benjamin Victorica, Bernardo de Yrigoyen, y M.D. Pizarro, Buenos Aires, 24 de enero de 1881.

para los indios autónomos. Nos encontramos ahora ante un decreto presidencial, emitido por una de las partes y aceptado en silencio por la otra.

En otras palabras, ya no se trata del tradicional acuerdo de protección por pro-

tección, porque la sociedad mayoritaria ya no lo necesita y la capacidad de decisión

de los indígenas ha sido anulada. Pero tampoco es un acuerdo de protección por

avituallamiento. Si bien el gobierno sigue reconociendo los servicios prestados por

los indios –“en atención a su condición y servicios anteriores”– considera que su obligación consiste en proporcionales medios independientes de subsistencia. El trabajo será, como decía Pedro Andrés García en 1813, el medio civilizador. Pero no es ya un desideratum hacia el futuro, un horizonte al que se debe llegar en un proceso gradual de aprendizaje y acomodamiento a costumbres que no son las pro- pias. Se trata ahora de una obligación inmediata, porque en cuanto se instalen en las tierras cedidas cesará el racionamiento. Esto último aceleraría el proceso de empobrecimiento de muchos indios, porque no pudieron adaptarse a cambios cultu- rales impuestos de manera súbita, sin ritmos ni secuencias. Por otra parte, la “con- quista de las 15.000 leguas” abriría el camino a la creación de latifundios con el apoyo de los bancos y el sistema crediticio. En ese contexto muchos dirigentes nativos perderán las tierras donadas –lo mismo que los labradores con pocos recur- sos– y la palabra “indio” será cada vez más sinónimo de “pobre”; al punto que aquellos que consiguiesen escapar del estado de miseria se incorporarían con nota- ble celeridad a la masa indefinida de la población criolla.233

Pero los procesos que hemos delineado hasta aquí no se entenderían cabalmen- te si no se tuviera en cuenta que todos ellos se produjeron en el cruce de dos hitos importantes, que contribuyeron a cerrar el itinerario de la ciudadanía cívica.

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