Artículo 74º.- La Gerencia Regional de Desarrollo Social, es responsable de integrar las
funciones específicas regionales de los sectores educación, cultura, ciencia y tecnología, recreación, deportes, salud, vivienda, trabajo, promoción del empleo, micro y pequeña empresa, población, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades, así como velar por los derechos de las personas con discapacidad promoviendo su desarrollo e inclusión, depende de la Gerencia General Regional, responsable de asistir a las sesiones de Directorio de Gerentes. Los órganos internos que lo conforman son los siguientes:
- Instituto Regional de Comunidades Nativas - IRDECON - Sub Gerencia de Promoción y Desarrollo Humano. - Aldea Infantil San Juan.
- Sub Gerencia de Proyectos.
Las funciones de la Gerencia Regional de Desarrollo Social son las siguientes:
En Materia de Población:
a) Programar acciones que impulsen una distribución territorial de la población en función a las potencialidades del desarrollo regional, sobre la base de los planes de ordenamiento territorial y de la capacidad de las ciudades para absorber flujos migratorios.
b) Formular, coordinar y supervisar estrategias que permitan controlar el deterioro ambiental y de la salud en las ciudades; evitar el poblamiento en zonas de riesgo para la vida y la salud en coordinación con los gobiernos locales, garantizando el pleno respeto de los derechos constitucionales de las personas.
c) Promover la educación e información en materia de población, contribuyendo a consolidar una cultura demográfica, propiciar en todos los grupos y sectores sociales hábitos de vida saludables y practicas orientadas a la solución de los problemas de la población, en especial la reversión de los saldos migratorios negativos provinciales, la redistribución espacial de la población y la atención al envejecimiento demográfico.
d) Promover la incorporación de criterios y previsiones demográficas en los planes y programas de desarrollo urbano y regional, en coordinación con los gobiernos locales.
e) Generar alternativas a la emigración rural a través del fortalecimiento de capacidades productivas, el mejoramiento de la infraestructura y el
equipamiento de los centros poblados que permitan la atención a las necesidades de la población rural dispersa y aislada.
f) Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, evaluar y controlar los programas en materia de población en el ámbito regional, en concordancia con la política y el plan nacional de población, en coordinación con los Gobiernos Locales.
Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades:
a) Coordinar y evaluar la ejecución por los gobiernos locales de las políticas sectoriales y el funcionamiento de los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social del estado, con énfasis en la calidad de los servicios, la igualdad de oportunidades, con equidad de género y el fortalecimiento de la economía regional. El Gobierno Nacional coordina el cumplimiento de la ejecución por los Gobiernos Regionales, lo que les compete de las políticas y programas señalados en el presente inciso.
b) Formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia política, familiar y sexual. c) Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación internacional y las empresas
privadas en los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social. d) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientadas a la inclusión,
priorización y promoción de las comunidades campesinas y nativas en el ámbito de su jurisdicción
e) Formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad.
f) Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del Gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales.
g) Promover la participación ciudadana en la planificación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas.
Artículo 75º.- El Instituto Regional de Desarrollo de Comunidades Nativas, IRDECON. Tiene
las siguientes funciones:
a) Plantear estrategias orientadas a revalorizar la identidad cultural indígena. b) Formular y proponer las políticas y objetivos regionales de desarrollo integral
de las comunidades nativas.
c) Promover, coordinar y gestionar acciones conducentes a la organización de unidades productivas.
d) Coordinar, gestionar y concertar con los gobiernos locales, entidades públicas y privadas, las acciones de apoyo, fomento y capacitación.
e) Establecer niveles de coordinación permanente con las Direcciones Regionales Sectoriales y Gerencias Sub Regionales.
f) Coordinar y mantener relaciones permanentes con los organismos e instituciones nacionales e internacionales que desarrollan y/o financian programas o proyectos en comunidades nativas.
g) Mantener actualizado el registro de organizaciones de comunidades nativas en el ámbito regional, y el registro de entidades privadas que desarrollan labores en comunidades nativas.
h) Formular y proponer ante el Gobierno Regional de Ucayali dispositivos legales referentes a comunidades nativas.
i) Las demás funciones que le asignen.
Artículo 76º.- La Sub Gerencia de Promoción y Desarrollo Humano, órgano de la Gerencia
Regional de Desarrollo Social. Tiene las siguientes funciones:
a) Formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas y normas institucionales en relación con las entidades públicas, privadas y sociales que operan en la jurisdicción.
b) Promover la concertación y participación de la población en la ejecución y vigilancia de los programas sociales.
c) Promover la participación sectorial en la formulación de planes de desarrollo y estratégicos en el corto, mediano y largo plazo.
d) Fomentar la especialización y capacitación de los servidores públicos a nivel sectorial.
e) Promover y generar planes, programas y proyectos tendientes a mejorar la calidad de vida y elevar el desarrollo humano de la población, especialmente aquella que se encuentra en extrema pobreza.
f) formular y proponer lineamientos y estrategias para la prevención de conflictos sociales.
g) Diseñar estrategias para realizar para realizar acciones de prevención y resolución de conflictos sociales.
h) implementar programas de fortalecimiento de capacidades en materia de prevención, y resolución de conflictos sociales.
i) Desarrollar programas de capacitación en el uso de metodologías, herramientas y procedimientos en la gestión de conflictos sociales.
j) Fortalecer las capacidades de gestión de las unidades responsables de la gestión de conflictos sociales.
k) Las demás funciones que le asignen.
Artículo 77º.- La Aldea Infantil San Juan, encargado de promover el bienestar y desarrollo
integral de grupos de menores en condiciones de abandono familiar. Tiene las siguientes funciones:
a) Dirigir, orientar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades que se desarrollan en la Aldea Infantil San Juan.
b) Captar a los niños en abandono mediante la investigación, evaluación e internamiento en coordinación con el Juzgado de la Familia.
c) Conducir a los niños tutelados hasta la mayoría de edad desarrollando sus capacidades y aptitudes.
d) Promover la capacitación propiciando el desarrollo de áreas productivas, implementación de talleres, con la finalidad de inducir en el adolescente la superación por medio del trabajo.
e) Administrar los recursos económicos financieros provenientes de transferencia de Tesoro Público, Ingresos Propios, donaciones, etc.
f) Brindar la protección y el cuidado necesario en el aspecto emocional, social y biológico.
g) Apoyar y asesorar a las madres y tías sustitutas para que cumplan sus funciones y responsabilidades con eficiencia y eficacia, integrándose y cumpliendo el rol de madres que les compete de acuerdo a sus funciones. h) Efectuar coordinaciones con instituciones públicas, privadas, organizaciones no
gubernamentales, organizaciones benéficas para conseguir apoyo o donaciones que beneficien a la aldea.
i) Preparar a los niños que serán adoptados por parejas de familias, nacionales o extranjeros, elaborando un informe técnico (psicológico, médico y social) y reglamentos determinados por la Fundación por los Niños del Perú en coordinación con la Gerencia Regional.
j) Las demás funciones que le asignen.
Artículo 78º.- La Sub Gerencia de la Juventud y Personas con Discapacidad, órgano que
pertenece a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, que busca garantizar las condiciones básicas para los jóvenes, así como la inclusión plena y efectiva en la sociedad de la persona con discapacidad. Tiene las siguientes funciones:
a) Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas y programas regionales en materia de juventud y persona con discapacidad.
b) Promover la implementación y ejecución de las políticas nacionales, regionales en materia de juventud.
c) Vigilar el cumplimiento de la normatividad existente en materia de juventud. d) Promover la producción de información e investigación de las actividades,
carestías y problemas de la juventud.
e) Suscitar la participación responsable y solidaria de los jóvenes dentro de la cultura de paz, institucionalidad y democracia.
f) Informar a la Gerencia Regional sobre los resultados de las políticas y planes aprobados e implementados en materia de juventud.
g) Contribuir en la coordinación de las políticas públicas, planes y acciones juveniles en la región.
h) Fortalecer y fomentar la participación juvenil en los distintos espacios políticos y sociales.
i) Promover el desarrollo de capacidades para el trabajo que contribuyan a la empleabilidad de la juventud.
j) Promover el respeto por la diferencia y la aceptación de la persona con discapacidad como parte de la diversidad y condición humana.
k) Promover y ejecutar campañas para la toma de conciencia respecto de la persona con discapacidad.
l) Proponer normatividad regional de los derechos, dignidad y responsabilidad del ente regional y la sociedad de la persona con discapacidad.
m) Difundir información relacionadas a la discapacidad, programas y servicios disponibles para las personas con discapacidad.
n) Administrar el registro regional de la persona con discapacidad en el ámbito de su jurisdicción.
o) Fortalecer las capacidades de gestión de las unidades responsables de la gestión de conflictos sociales de su competencia.
p) Promover la participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad de la persona con discapacidad.
q) Velar por la igualdad de oportunidades para la persona con discapacidad. r) Las demás funciones que le asignen.
Artículo 79º.- La Sub Gerencia de Proyectos, órgano que pertenece a la Gerencia Regional
de Desarrollo Social. Tiene las siguientes funciones:
a) Promover, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las políticas de los sectores básicos y de desarrollo humano y social, así como los programas y proyectos en el campo de su competencia.
b) Diseñar y ejecutar estrategias de desarrollo humano y social con énfasis a estrategias de información y comunicación.
c) Asegurar que los enfoques de Interculturalidad, equidad de género, inclusión social, capital humano, capital social, participación y sostenibilidad se implementen en los programas y proyectos sectoriales en coordinación con las organizaciones de la sociedad civil para garantizar su implementación.
d) Diseñar y formular planes, programas y proyectos de interés social en el campo de su competencia.
e) Formular proyectos de impacto en el área de competencia de la Gerencia Regional en el marco de las normas dictadas por el Sistema Nacional de Inversión Pública y directivas internas.
f) Elaborar propuestas de estudios y proyectos con opinión técnica del sector concerniente a prioridades sectoriales.
g) Las demás funciones que le asignen.