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EXPERIMENTAL PERFORMANCE EVALUATION

conduce, orienta, supervisa y evalúa las actividades relacionado con el patrimonio fiscal en las unidades orgánicas del Gobierno Regional de Ucayali.

Es la Unidad responsable del registro, administración, custodia, disposición, así como controlar las acciones de gestión patrimonial de los bienes de propiedad del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali; tiene las funciones siguientes: a) Coordinar y realizar el planeamiento del registro, administración, disposición y

control de los bienes de propiedad del Gobierno Regional.

b) Programar, dirigir y controlar las acciones de gestión patrimonial del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali.

c) Recopilar toda la información registral, administrativa, documental y técnica del patrimonio sobre lo que el Gobierno Regional ejerce su derecho real. d) Canalizar, registrar, codificar y efectuar las adquisiciones y transferencias del

patrimonio del Gobierno Regional.

e) Identificar y codificar los bienes patrimoniales adquiridos por el Gobierno Regional, bajo cualquier modalidad.

f) Elaborar y actualizar el registro de los bienes muebles e Inmuebles, manteniendo el margesí actualizado.

g) Coordinar con Oficina Regional de Administración las solicitudes y aprobaciones de las altas, bajas y enajenaciones de los bienes del Gobierno Regional.

h) Cautelar la conservación, seguridad de los muebles, inmuebles, maquinarias y otros bienes de la institución.

i) Realizar anualmente el inventario de los bienes regionales para verificar el

destino y uso final de los mismos.

j) Establecer mecanismos aplicables al registro, inscripción y fiscalización de los

bienes de propiedad estatal con excepción de los de propiedad de los Gobiernos Locales de acuerdo a la normatividad vigente.

k) Tramitar las rectificaciones de áreas, linderos de los predios y en general todas las acciones regístrales necesarias para el saneamiento físico-legal del patrimonio regional.

l) Emitir dictamen previo sobre la transferencia de bienes correspondiente al

patrimonio regional en coordinación con la Oficina Regional de Administración. m) Formular, revisar y actualizar las especificaciones técnicas que sirven de fundamento para la contratación de cobertura de seguros de los bienes patrimoniales del Gobierno Regional.

n) Suscribir las actas de transferencia, incineración y/o destrucción de bienes muebles.

o) Remitir a la Superintendencia de Bienes Nacionales, copia de los expedientes que sustentan la disposición, administración y gestión patrimonial de los bienes patrimoniales.

p) Valorizar mediante tasación los bienes que serán dados de baja incluyendo los que van a ser objeto de disposición final.

q) Supervisar y controlar las acciones que en materia de gestión patrimonial realicen las Unidades Ejecutoras transferidas al Pliego del Gobierno Regional del Departamento del Ucayali, en el marco del proceso de descentralización. r) Las demás funciones análogas que le asigne la Oficina Regional de

Administración.

Artículo 65°.- La Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, es el órgano de apoyo que

conduce, orienta, supervisa, evalúa las acciones y procesos del Sistema de Personal en las unidades orgánicas del Gobierno Regional. Tiene las funciones siguientes:

a) Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la administración de recursos humanos de acuerdo con la política institucional, y dispositivos legales vigentes.

b) Proponer y participar en la determinación de las políticas regionales de personal, en concordancia con los lineamientos y la normatividad del Sistema Nacional de Personal.

c) Desarrollar estudios e investigación relacionados con el ingreso, retiro y permanencia del personal.

d) Promover y desarrollar programas de asistencia médica, acciones de bienestar social y recreación para los trabajadores del GOREU.

e) Elaborar y proponer en coordinación con la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional programas de capacitación y desarrollo para los servidores del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali.

f) Formular procedimientos y reglamentos internos de trabajo.

g) Procesar resoluciones de acuerdo a la delegación de sus atribuciones referente al Sistema de personal.

h) Registrar y actualizar y velar por la seguridad del registro y escalafón del personal.

i) Procesar los expedientes y documentos relacionados con el movimiento de personal, otorgamiento de beneficios sociales y otros de conformidad con la normatividad vigente.

j) Elaborar la planilla única de pagos del personal activo y cesante.

k) Elaborar y mantener actualizado el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, y Cuadro Nominal de Personal – CNP.

l) Proporcionar información y asesoramiento técnico en materia de su competencia a los órganos del GOREU.

m) Otras funciones que le sean asignadas.

Artículo 66º.- La Oficina Ejecutiva de Contabilidad, es el órgano técnico - normativo, conduce,

orienta y evalúa las acciones diversas del sistema contable, consolidando al nivel de pliego los balances, estados financieros y estados presupuestales. Tiene las funciones siguientes:

a) Programar, organizar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar las actividades relacionados con los aspectos contables de conformidad con los dispositivos legales vigentes.

b) Formular los balances y demás estados financieros e informes requeridos para la toma de decisiones y para el control y evaluación de la ejecución presupuestal.

c) Proporcionar información y asesoramiento en asuntos de su competencia a las dependencias del Gobierno Regional de Ucayali.

d) Presentar y brindar información contable en forma oportuna con la sustentación técnica respectiva, en los plazos establecidos o cuando le sea requerida. e) Registrar la contabilidad presupuestaria del Gobierno Regional de Ucayali a

nivel de programas, sub programas, proyectos, partidas especificas y fuentes de financiamiento consolidado de acuerdo a la normatividad del sistema. f) Coordinar y orientar con las Direcciones Regionales Sectoriales de la

jurisdicción con la finalidad de lograr una eficiente y fluida administración financiera y presupuestaria.

g) Elaborar la memoria anual en el aspecto financiero para su presentación a las instancias de control.

h) Mantener actualizado la totalidad de registros contables, principales y auxiliares.

i) Ejercer el control previo y concurrente de la ejecución presupuestaria ajustándose a los calendarios de compromiso y autorizaciones de giro correspondientes y basándose en los presupuestos analíticos.

j) Revisar y visar los expedientes de gastos y rendiciones de cuenta en la Sede Central.

k) Consolidar los informes sobre implementación de medidas correctivas que formule el órgano de control institucional.

l) Informar sobre los expedientes de gastos y/o rendiciones de viáticos que no se adecuan a lo dispuesto por las normas legales.

m) Desplegar el control previo en la documentación contable y financiera antes del compromiso y giro, dando cumplimiento a través de su visación o devolviendo a las dependencias y/o oficinas,

n) Coordinar, controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos, funciones, actividades de control previo y las medidas correctivas que correspondan. o) Otras funciones que le sean asignadas.

Artículo 67º.- La Oficina Ejecutiva de Tesorería, órgano técnico normativo que conduce,

orienta y evalúa las acciones del sistema de tesorería. Tiene las siguientes funciones:

a) Asegurar el normal funcionamiento del proceso integral del manejo de fondos públicos en sus etapas de programación, control, recaudación y ejecución de pagos.

b) Conducir, racionalizar, controlar y evaluar las acciones referidas al uso de fondos para pagos en efectivo y de otra modalidad estableciendo los procedimientos necesarios.

c) Supervisar y controlar la ejecución del calendario de compromisos.

d) Proponer y establecer las medidas de seguridad para el giro de cheques y traslado de fondos en efectivo, así como de la recepción y custodia de cheques.

e) Controlar y/o efectuar los ingresos y/o desembolsos de fondos por las distintas fuentes de financiamiento.

f) Formular normas complementarias referidas a la programación de caja, captación de ingresos propios custodia de valores, distribución y utilización de fondos.

g) Programar las necesidades de fondos para el pago de compromisos y obligaciones contraídas por la institución.

h) Conducir el proceso de conciliación bancaria correspondiente.

i) Conducir las acciones referidas a las conciliaciones financieras y presupuestales con los entes rectores del nivel nacional.

j) Efectuar previa coordinación con la Gerencia de Administración las solicitudes correspondientes para la apertura de cuentas y sub cuentas bancarias.

Artículo 68º.- La Oficina Ejecutiva de Logística, es el órgano de apoyo, que conduce, orienta,

supervisa y evalúa las actividades de abastecimiento en las unidades orgánicas del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali.

Es la responsable de promover la unidad, racionalidad, eficiencia y eficacia en el suministro de bienes y prestación de servicios auxiliares y servicios no personales para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno Regional de Ucayali; tiene las funciones siguientes:

a) Formular, coordinar y definir los lineamientos de políticas, transferencias y otros medios que no signifiquen egreso fiscal.

b) Organizar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con el Sistema de Abastecimiento y servicios auxiliares en concordancia con la política institucional y dispositivos legales vigentes.

c) Elaborar el plan de contrataciones y adquisiciones del Gobierno Regional en concordancia de las normas vigentes en la materia.

d) Proponer a la Alta Dirección, en coordinación con la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional las medidas de simplificación y procedimientos para la ejecución oportuna del suministro de bienes y/o servicios a las oficinas del Gobierno Regional de Ucayali.

e) Mantener actualizado el registro de proveedores, así como los catálogos de bienes.

f) Formular el plan de obtención de bienes, efectuar su verificación, almacenamiento, custodia y distribución en el Gobierno Regional de Ucayali. g) Asistir al Comité de Adjudicación en las licitaciones y concursos, coordinando

con Asesoría Jurídica la formulación de contratos para la adquisición.

h) Cautelar por el mantenimiento, conservación, seguridad y control de los muebles, inmuebles, maquinaria y otros materiales de la institución.

i) Asegurar y mantener en condiciones operativas el sistema de comunicación e impresión.

j) Otras funciones que le sean asignadas.

CAPÍTULO IX

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