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4.1 Exploration Sampling

4.2.4 Conclusions General

Supervisor Principal de Pensiones y Beneficios Jefe de Supervisión de Pensiones y Beneficios Supervisor de Pensiones y Beneficios I Supervisor de Pensiones y Beneficios II Supervisor de Pensiones y Beneficios III 7.3 Descripción y Especificaciones de los Puestos de Trabajo

7.3.1 COORDINADOR DEL EQUIPO DE SUPERVISIÓN DE PENSIONES Y BENEFICIOS

1. Ubicación del Puesto de Trabajo

Departamento de Supervisión de Pensiones y Beneficios.

2. Relaciones Jerárquicas

Reporta a: Intendente de Supervisión de Pensiones y Beneficios.

Supervisa a: - Jefe de Supervisión de Pensiones y Beneficios.

- Supervisor Principal de Pensiones y Beneficios.

- Supervisor de Pensiones y Beneficios I. - Supervisor de Pensiones y Beneficios II. - Supervisor de Pensiones y Beneficios III.

3. Función Básica

Desarrollar y coordinar planes de supervisión in situ a las AFP con el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, así como el seguimiento de las recomendaciones señaladas en los informes de visita de inspección, en materia de Pensiones y Beneficios.

Desarrollar procesos de supervisión especial, extra situ en materia de Pensiones y Beneficios a los entes participantes del SPP, en función a la normativa y de acuerdo con las disposiciones legales y normas vigentes, así como al Programa de Supervisión Anual (PSA) a su cargo y en materia de Pensiones y Beneficios.

4. Funciones Específicas

a. Planificar, organizar, programar, dirigir y controlar las

actividades del Equipo, manteniendo informado sobre las mismas al Intendente.

b. Proponer el plan anual de actividades del Equipo, participando

en su desarrollo, seguimiento y reporte periódico de cumplimiento.

c. Diseñar, monitorear y reportar al Intendente los indicadores de

desempeño del personal del Equipo a cargo bajo un modelo de indicadores de gestión preferentemente orientado a resultados concretos y medibles, proponiendo las áreas y los aspectos que se requieren mejorar y fortalecer para el mejor desarrollo de sus funciones, orientado al logro de los objetivos de la Institución.

d. Mantener informado al Intendente, de toda observación

producto del desarrollo del trabajo y labores relacionadas con la naturaleza de sus funciones.

e. Intercambiar con los coordinadores de los Equipos que

conforman el Departamento de Supervisión de Pensiones y Beneficios, información relevante respecto de aquellos aspectos que requieran la aplicación conjunta de medidas de supervisión, control, regulación y/o difusión.

f. Supervisar el cumplimiento de todas las disposiciones que se

encuentran establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley del SPP, su Reglamento, así como las resoluciones, disposiciones e instrucciones de carácter general o particular, emitidas por la Superintendencia, relacionadas a Pensiones,

Bonos, Garantías Estatales, Beneficios, Riesgos

Previsionales, Solución de controversias o conflictos de interés no presentados por el afiliado o beneficiario y Sistema Evaluador de Invalidez.

g. Diseñar los procesos y modelos de supervisión que permitan

monitorear el desarrollo de los mercados de Pensiones,

Previsionales, así como, la solución de controversias o conflictos de interés no presentados por el afiliado o beneficiario y del Sistema Evaluador de Invalidez, incluyendo aquellos que son de responsabilidad de las empresas de seguros y/o entidades vinculadas a la administración de riesgos previsionales y/u otorgan rentas vitalicias previsionales.

h. Colaborar en el proceso de diseño y actualización de los

procedimientos que permitan verificar la idoneidad de la gestión de pensiones y beneficios de las empresas y/o entidades supervisadas, solicitando la participación del área pertinente en los diversos procesos.

i. Centralizar el proceso de formalización de los procedimientos

internos, la formulación de los documentos normativos internos y la mejora de los procesos, así como de los temas asignados por el Intendente.

j. Coordinar con los funcionarios de las empresas supervisadas,

y entidades relacionadas, para asegurar un óptimo flujo de información que facilite el trabajo de supervisión.

k. Diseñar el PSA referido a la supervisión de los mercados de

Pensiones, Bonos, Garantías Estatales, Beneficios, Riesgos Previsionales; así como, solución de controversias o conflictos de interés no presentados por el afiliado o beneficiario y, Sistema Evaluador de Invalidez, incluyendo a las empresas de seguros y/o entidades vinculadas a la administración de riesgos previsionales y/u otorgan rentas vitalicias previsionales.

l. Desarrollar y coordinar planes de supervisión in situ a las AFP

con el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, así como el seguimiento de las recomendaciones señaladas en los informes de visita de inspección, en materia de Pensiones y Beneficios.

m. Evaluar y diseñar propuestas para el desarrollo y supervisión

de los productos vinculados con los beneficios y pensiones que otorguen las empresas de seguros en el marco de la Ley del Sistema Privado de Pensiones, a solicitud de la Intendencia General y/o la Superintendencia Adjunta.

n. Desarrollar procesos de supervisión especial, extra situ en materia de Pensiones y Beneficios, en función a la normativa y de acuerdo con las disposiciones legales y normas vigentes,

así como al PSA a su cargo, y en materia de Pensiones y Beneficios.

o. Realizar las gestiones necesarias con la Superintendencia

Adjunta de Seguros, en su calidad de órgano instructor, respecto del inicio, opinión técnica y la fase de resolución de los procesos administrativos sancionadores que tengan su origen en el incumplimiento de la normativa del Sistema Privado de Pensiones que involucre a las compañías de seguros.

p. Diseñar y actualizar las guías de visitas de inspección a emplearse en los planes de supervisión -regulares o especiales- que se realicen a las entidades reguladas, así como diseñar los cuadros de procesos, test de auditoría, flujogramas y demás documentos de trabajo a ser utilizados.

q. Diseñar esquemas de supervisión que permitan controlar y

fiscalizar el oportuno y adecuado otorgamiento de las prestaciones a los afiliados, así como controlar la correcta metodología empleada por las AFP, empresas de seguros y/o entidades vinculadas a la administración de riesgos previsionales y/u otorgamiento de rentas vitalicias previsionales, y la Caja de Pensiones Militar Policial en el tratamiento de dichos procesos. Este último supuesto, en el marco de la labor de apoyo a las funciones del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, y a requerimiento de éste.

r. Diseñar el esquema de evaluación de las actividades de los

Auditores Internos y Externos, de revisión de los Informes y de ser el caso, los papeles de trabajo, a fin de evaluar el grado de cumplimiento de su plan de trabajo, las funciones e independencia del equipo de profesionales, así como, las acciones de seguimiento sobre sus propias recomendaciones y las efectuadas por otros organismos de control, en coordinación con el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales y en lo que compete a Pensiones y Beneficios.

s. Diseñar, monitorear y revisar una política de sanciones que será aplicada a las empresas supervisadas, en el ámbito de su competencia.

t. Supervisar la elaboración del Informe de Visita y sus anexos

correspondientes, cuyo contenido incluya las observaciones y recomendaciones clasificadas por temas y orden de

importancia; además, una conclusión final sobre la situación de la AFP en lo que compete al tema de Pensiones y Beneficios, y en coordinación con el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales.

u. Supervisar el uso y operatividad del acceso remoto a las

bases de datos de beneficios de manera permanente; así como del proceso de validación de la información sustentatoria de los pagos de beneficios remitida por las AFP como parte del Informe Diario, así como coordinar permanentemente con los responsables de las empresas supervisadas, para asegurar un óptimo flujo de información que facilite el trabajo de supervisión de beneficios.

v. Coordinar y supervisar la gestión, actualización, mejora y

desarrollo de la Plataforma de Información del Departamento de Supervisión de Pensiones y Beneficios vinculada a la

centralización de información relacionada con

pronunciamientos de carácter general.

w. Monitorear y proponer al Intendente la emisión de normas

complementarias que permitan la implementación y/o adecuación así como supervisión de los procesos, modelos o mercados vinculados a Pensiones y Beneficios.

x. Monitorear y proponer al Intendente nuevos procedimientos

de supervisión para mejorar el alcance y efectividad.

y. Participar como expositor en los programas de difusión

externa y/o interna que organice la Superintendencia.

z. Participar en las Comisiones y Equipos de Trabajo a los que

se le designe.

aa. Participar –por instrucción del Intendente- en el proceso de diseño de labores relacionadas a los demás equipos del Departamento.

bb. Participar en labores que contribuyan al cumplimiento de las

normas referidas al Sistema de Control Interno, Seguridad y Salud en el Trabajo, Seguridad de la Información y Continuidad de Negocio.

cc. Brindar apoyo o participar, en los procesos de Planificación y

Presupuesto, Gestión de Recursos Humanos, Proceso de Adquisición de Bienes y Servicios, el Proceso de Formulación

de Documentos Normativos Internos y el proceso de Gestión Documental.

dd. Ejecutar otras actividades que le sean asignadas por su jefe

inmediato.

7.3.2 JEFE DE SUPERVISIÓN DE PENSIONES Y BENEFICIOS

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