8.3.1 COORDINADOR DEL SISTEMA EVALUADOR DE INVALIDEZ 1. Ubicación del Puesto de Trabajo
Departamento de Supervisión de Pensiones y Beneficios.
2. Relaciones Jerárquicas
Reporta a: Intendente de Supervisión de Pensiones y Beneficios. Supervisa a: - Analista Legal del Sistema Evaluador de Invalidez II.
- Analista del Sistema Evaluador de Invalidez II. - Analista Principal Médico del Sistema Evaluador de
Invalidez II.
- Analista del COMEC I. - Analista SEI-COMEC III.
3. Función Básica
Liderar el adecuado funcionamiento del Sistema Evaluador de Invalidez, supervisando el proceso técnico de evaluación, supervisión, análisis y control permanente de los aspectos médico-administrativos vinculados a la evaluación y calificación de la invalidez en el SPP, así como de la
gestión y desempeño de los organismos, entidades y profesionales médicos participantes.
Asimismo, resolver conflictos de interés y consultas de acuerdo con las disposiciones legales, normativas y procedimentales vigentes; así como promover y participar en el desarrollo de proyectos para la mejora continua del Sistema Evaluador de Invalidez.
4. Funciones Específicas
a. Planificar, organizar, programar, dirigir y controlar las
actividades del Equipo, manteniendo informado sobre las mismas al Intendente.
b. Proponer el plan anual de actividades del Equipo, participando
en su desarrollo, seguimiento y reporte periódico de cumplimiento.
c. Monitorear permanentemente y mantener informado al
Intendente sobre el desempeño del personal del Equipo a cargo, proponiendo las áreas y los aspectos que se requieren mejorar y fortalecer para el mejor desarrollo de sus funciones, orientado al logro de los objetivos de la Institución.
d. Diseñar, monitorear y reportar al Intendente los indicadores de
desempeño que se hayan previsto a efectos de medir -con carácter objetivo- el desarrollo y eficiencia de los integrantes del Equipo de Trabajo.
e. Intercambiar con los coordinadores de los Equipos que
conforman el Departamento de Supervisión de Pensiones y Beneficios, información relevante respecto de aquellos aspectos que requieran la aplicación conjunta de medidas de supervisión, control, regulación y/o difusión.
f. Diseñar, proponer e implementar modelos y procesos de
supervisión para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley del SPP, su Reglamento, así como las resoluciones, disposiciones e instrucciones de carácter general o particular, emitidas por la Superintendencia relacionadas al proceso de evaluación y calificación de invalidez, y procedimientos afines.
g. Coordinar el diseño, desarrollo e implementación de los
Planes de Acción del Equipo contemplados en el Planeamiento Estratégico del área y/u otros de proyectos vinculados al Sistema Evaluador de Invalidez.
h. Evaluar la formulación, desarrollo e implementación de indicadores de gestión y desempeño de los comités médicos, así como el monitoreo y control de sus resultados.
i. Coordinar con los comités médicos del SPP, profesionales
médicos, entidades relacionadas así como con los funcionarios de las empresas supervisadas, para asegurar un óptimo flujo de información que facilite el trabajo de supervisión.
j. Supervisar el funcionamiento y gestión de los comités y
comisiones médicas, así como el desempeño de los profesionales médicos y entidades relacionadas que participan en el proceso de evaluación y calificación de invalidez del SPP y en lo que respecta al desarrollo del proceso de evaluación y calificación.
k. Coordinar el proceso de nombramiento de miembros
integrantes de los comités médicos así como, en el caso particular del Comité Médico de la Superintendencia (COMEC), de la Comisión Técnica Médica (CTM), y de los médicos designados por la Superintendencia en el Comité Médico de las AFP (COMAFP), en el proceso de designación de sus miembros.
l. Participar en el proceso de evaluación de los candidatos a miembros representantes de la Superintendencia ante el COMEC, el COMAFP y la CTM, de acuerdo a las disposiciones y directivas internas vigentes.
m. Supervisar la realización del plan de supervisión a los comités
médicos, en concordancia con la normatividad, metodología, manuales y/o procesos técnicos vigentes.
n. Analizar la información contenida en las bases de datos de evaluaciones, dictámenes y gestión de los comités médicos, así como los respectivos informes estadísticos.
o. Coordinar el análisis de información y la elaboración de
estudios, informes, reportes y presentaciones sobre la aplicación de las normas técnicas de evaluación y calificación de invalidez, su problemática, efectos, así como las respectivas propuestas de solución.
p. Coordinar y supervisar, dentro del Equipo, la atención de reclamos y consultas vinculados al Sistema Evaluador de Invalidez, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
q. Evaluar y proponer la aplicación de medidas administrativas para salvaguardar el derecho de los afiliados, beneficiarios o terceros con interés respecto de situaciones irregulares en el proceso de evaluación y calificación de invalidez en el SPP, si se detectan infracciones a la normativa vigente.
r. Atender los requerimientos de información de los diversos
agentes participantes, directos o indirectos, del SPP y, en particular, del Sistema Evaluador de Invalidez.
s. Analizar de manera permanente el comportamiento de los
distintos mercados relacionados con la operatividad del SPP en los aspectos vinculados al ámbito de sus funciones y elaborar los respectivos documentos de trabajo que serán notificados al Intendente para su evaluación.
t. Elaborar y proponer al Intendente, la emisión de normas,
disposiciones complementarias e instrucciones de carácter general o particular, que permitan la implementación y/o adecuación de los modelos y procesos vinculados a la evaluación y calificación de invalidez en el SPP, así como el funcionamiento de los organismos, entidades y profesionales médicos participantes.
u. Revisar los documentos internos y externos elaborados por el
personal del Equipo a cargo y considerar la procedencia de comentarios u observaciones al contenido de los mismos.
v. Centralizar el proceso de formalización de los procedimientos
internos, la formulación de los documentos normativos internos y la mejora de los procesos vinculados al Sistema Evaluador de Invalidez.
w. Coordinar y supervisar el desarrollo, gestión, actualización y mejora de las plataformas de información que se encuentren vinculadas al Sistema Evaluador de Invalidez.
x. Promover y desarrollar acciones para la difusión, orientación y
capacitación en temas vinculados al Sistema Evaluador de Invalidez.
z. Participar en labores que contribuyan al cumplimiento de las normas referidas al Sistema de Control Interno, Seguridad y Salud en el Trabajo, Seguridad de la Información y Continuidad de Negocio.
aa. Brindar apoyo o participar, en los procesos de Planificación y
Presupuesto, Gestión de Recursos Humanos, Proceso de Adquisición de Bienes y Servicios, el Proceso de Formulación de Documentos Normativos Internos y el proceso de Gestión Documental.
bb. Ejecutar otras actividades que le sean asignadas por su jefe
inmediato.
8.3.2 ANALISTA DEL SISTEMA EVALUADOR DE INVALIDEZ II