RESOLUCIÓN N.° 295/UGIS/14
Buenos Aires, 10 de diciembre de 2014
VISTO:
la Ley de Obras Públicas N° 13.064 (B.O. 28/10/1947), el Anexo I del Decreto N° 481/GCABA/11 (B.O.C.B.A. N° 3.752), el Decreto N° 166/GCABA/14 (B.O.C.B.A. N° 4.393), el Expediente Electrónico N° 14143054/UGIS/14, y;
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita la contratación de la Obra "Red Cloacal en Villa 15, Manzana 28";
Que, a través del Anexo I del Decreto N° 481/GCABA/11, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Obra Menor que rige la presente contratación; Que por Resolución Nº 258-UGIS-14 el titular de la Unidad de Gestión de Intervención Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobó los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, y se llamó a Contratación Directa Nº 12514/14 para el día 7 de Noviembre de 2014 a las 13:00 hs.;
Que se ha procedido a publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, el llamado a Contratación Directa consignado, como así también en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la cartelera del Área de Compras y Contrataciones de la Unidad de Gestión de Intervención Social;
Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas N° 2458/SIGAF/2014 realizada el día 7 de Noviembre de 2014 a las 13:00 hs., se presentó un (1) oferente: Emprendimientos Edilicios del Sur SRL (CUIT N° 30-71239941-0);
Que, mediante Cédula de Notificación PV-2014-16571473-UGIS se notificó fehacientemente a dicha firma acerca del incumplimiento del artículo N° 4.6 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, dado que la documentación integrante no incluye la Póliza de Seguro de Caución en Garantía de Mantenimiento de Oferta, por lo que se estableció un plazo de tres (3) días para acompañar la documentación faltante;
Que, tal como consta INLEG-16970552-UGIS-14 la empresa cumplió con los requerimientos precedentemente expuestos, dada la presentación de la mencionada Póliza de Caución;
Que de acuerdo al análisis técnico efectuado por la Gerencia Operativa de Gestión Técnica mediante Informe N° 17099626-UGIS-14, la firma cumple con todos los requisitos técnicos;
Que en consecuencia la Comisión Evaluadora de Ofertas emitió Acta de Preadjudicación N° 20/14 con fecha 27 de Noviembre de 2014, en la que se pre-adjudica la Obra "Red Cloacal en Villa 15, Manzana 28" a la empresa Emprendimientos Edilicios del Sur SRL (CUIT 30-71239941-0), dado que cumple con todos los requisitos establecidos en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, por el monto total de PESOS QUINIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 68/100 CVOS. ($ 515.561,68);
Que dicha Acta junto al Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 2248/2014 fue exhibida en la cartelera del Área de Compras y Contrataciones de la Unidad de Gestión de Intervención Social del Ministerio de Desarrollo Económico los días 27 y 28 de Noviembre, y 1, 2 y 3 de Diciembre de 2014 y notificada al oferente, sin recibirse, al vencimiento del plazo para efectuar impugnaciones, ninguna presentación al respecto; Que se procedió a imputar al código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que, por Dictamen Jurídico IF-2014-17673275-PGAAPYF, la Procuración General de la Ciudad ha tomado intervención, dando continuidad al trámite de rigor;
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 166/GCABA/14 (B.O.C.B.A. N° 4.393):
EL TITULAR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE INTERVENCIÓN SOCIAL RESUELVE
Art. 1° Apruébase la Contratación Directa Nº 12514/14 y adjudícase a la firma Emprendimientos Edilicios del Sur SRL (CUIT N° 30-71239941-0) la contratación para la realización de la Obra "Red Cloacal en Villa 15, Manzana 28" por la suma de PESOS QUINIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO CON 68/100 CVOS. ($ 515.561,68).
Art. 2º Impútese dicho gasto a las Partidas Presupuestarias correspondientes
Art. 3º Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página de Internet de la Ciudad de Buenos Aries y notifíquese a los interesados. Hecho, remítase al Área de Administración General de la Unidad de Gestión de Intervención Social para la prosecución del trámite. Pedrini
RESOLUCIÓN N.º 50/SSECRE/15
Buenos Aires, 5 de febrero de 2015
VISTO:
El Decreto 78/14; El Informe IF-2015-02167093-SSECRE y el Expediente Electrónico. EX-2014- 18213780-MGEYA-DGEMPR y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Decreto N° 78/2014 se modificó la denominación de la Subsecretaría de Desarrollo Económico por Subsecretaría de Economía Creativa, modificándose, asimismo, la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico, determinándose que la Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades primarias entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover empresas y emprendedores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mismo Decreto mencionado en el párrafo anterior, determinó que la Dirección General Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa, tiene entre sus responsabilidades primarias, diseñar y conducir las políticas referidas al estímulo y la difusión de la práctica y de la cultura emprendedora en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Proponer, desarrollar e implementar programas que promuevan la difusión de la práctica y la cultura emprendedora en sectores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos, empresarios, académicos y de organizaciones no gubernamentales, con el fin de potenciar el apoyo a la actividad emprendedora; Promover la expansión y el fortalecimiento de la red de entidades no gubernamentales orientadas al apoyo, la creación, y/o el desarrollo de nuevos proyectos productivos, comerciales y de servicios en general;
Que Singularity University, es una reconocida Institución académica, con domicilio legal en NASA Research Park en Moffet Field, California, Estados Unidos;
Que el 8 de abril de 2013 el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Singularity University suscribieron un Convenio Marco de Capacitación, registrado bajo el número 3/13, con el objeto de establecer una relación institucional entre las Partes a los fines de que la Institución brinde capacitaciones a través de Programas Ejecutivos sobre distintas tecnologías innovativas, promoviendo la aplicación de estas herramientas en el seno de emprendimientos relacionados con el sistema productivo local;
Que la cláusula TERCERA del Convenio Marco de Capacitación establece que el Ministerio de Desarrollo Económico, o quien éste designe, celebrará, instrumentará y ejecutará todos los actos necesarios para implementar las acciones y proyectos objeto de dicho Convenio;
Que asimismo, resulta importante contar con el apoyo de organizaciones referentes del ecosistema emprendedor local, a fin de difundir las nuevas tecnologías y brindar conocimientos y capacitaciones respecto de las tecnologías exponenciales en materia
de Inteligencia Artificial, Robótica, Biotecnología, Bioinformática, Medicina,
Neurociencia, Redes y Sistemas de Computación, las cuales repercuten positivamente en el mercado productivo local;
Que en tal sentido, se vislumbra convocar el concurso "Impactec. Argentinos para Transformar el Futuro" para impulsar los objetivos mencionados;
Que de conformidad con lo establecido en la ley 1218, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL SUBSECRETARIO DE ECONOMIA CREATIVA RESUELVE
Artículo 1º.- Convócase al concurso "Impactec. Argentinos para Transformar el futuro". Artículo 2º.- Apruébanse las bases y condiciones del presente concurso que se identifican como, Anexo I "Bases y Condiciones", IF-2015-02167093-SSECRE.
Artículo 3º.- Establécese que podrán participar de este Concurso Personas físicas con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que posean, experiencia de trabajo en proyectos con impacto social y uso de tecnologías; Capacidad de liderazgo en proyectos innovadores y gestión de equipos de trabajo; Habilidades emprendedoras.
Artículo 4º.- Establécese que todas las postulaciones deberán realizarse a través del sitio web concursos.buenosaires.gob.ar ingresando a la sección correspondiente al concurso, de acuerdo a lo estipulado en la presente resolución. El plazo de postulación se iniciará el día siguiente de la emisión del acto administrativo de llamado al concurso, hasta las 0 hs. del día 23 de febrero de 2015, horario de Argentina.
Artículo 5º.- Determínese que los 20 postulantes que pasen a la etapa de co-creación de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I "Bases y Condiciones", deberán acompañar la documental ante la Mesa de Entradas de la Dirección General de Emprendedores, sita en Algarrobo 1041 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el horario de 11 a 15 hs.
Artículo 6º.- Determínese que el proyecto seleccionado accederá a una beca en Singularity University, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I "Bases y Condiciones" de presente concurso.
Artículo 7°.- Determínase que esta Subsecretaría de Economía Creativa en su carácter de Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo:
a) Aprobar al emprendedor seleccionado. b) Resolver cuestiones no previstas.
Articulo 8°- Desígnase a la Dirección General Emprendedores, dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa, como Unidad Ejecutora. Establécese que la Unidad Ejecutora tendrá a su cargo:
a) Verificar el cumplimiento de objetivos del Concurso y del Programa b) Realizar un examen sobre la viabilidad de los emprendedores
c) Rechazar aquellos proyectos que no cumplan con los objetivos y condiciones establecidos en las Bases y Condiciones.
d) Disponer el Jurado.
e) Informar a la Autoridad de Aplicación sobre el seguimiento del concurso, conforme las Bases y Condiciones que como Anexo I, IF-2015-02167093-SSECRE forman parte de esta Resolución.
Artículo 9°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico, a la Unidad de Auditoría Interna, a la Dirección General de Contaduría General y a la Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese. Avogadro