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Chapter 3 : Theoretical Frameworks

3.5 The connection of theories in this study

Para Gautier hay dos fuentes principales de futuros ingenieros: el Cuerpo General y los ingenieros militares, y espera una avalancha de estos últimos dadas las ventajas que supone el ingreso en un Cuerpo nuevo. No obstante no se produce la avalancha que pensaba el Ingeniero General y muchos de los historiadores culpan a Gautier porque finalmente anuló todas las ventajas que suponía entrar en un Cuerpo nuevo.

Como incorporaciones en estos años hemos localizado las siguientes494:

• En 1773 en la relación que Gautier realiza el 29 de diciembre cita a Luis de Meovilhon que

“ha servido de Yngeniero dèl exercito”.

• En 1775 Gautier quiere incorporar al Cuerpo Julián Sánchez Bort

• En 1776 se concede la Patente de Ingeniero de Marina al Teniente de Ingenieros del

Ejército Miguel Traversi, aunque no mantiene por mucho tiempo su permanencia en el Cuerpo, ya que en 1.783 se retira como Capitán del Puerto de Valencia con las 2/3 partes de su sueldo.

• En 1778 Feliciano Minguez, ingeniero ordinario solicita su ingreso

• EN 1782. Vicente Ignacio Imperial Digueri, encargado de las obras de las obras de la

nueva población de San Carlos como Subteniente (Ingeniero Delineador) y Teniente (Ingeniero extraordinario) que pasa en 1774 al Cuerpo General como Alférez de Navío solicita el 17 de mayo de 1782 incorporarse al Cuerpo de Ingenieros de Marina con el empleo de Ingeniero Jefe o en 2ª.

• Se ha localizado un caso de rechazo a Antonio Sánchez Ochando, ingeniero con empleo

de capitán de infantería, al que se le denegó su ingreso (14 de marzo de 1776) por considerar que solo quería mantener su destino en América.

En tiempos de Romero se tiene la sensación de que muchos Ingenieros del Ejército solicitan la agregación al Cuerpo, y algunos con grados de teniente hacia arriba y sobre todo con una formación y conocimientos dispersos que nada benefician a los de Marina.

El examen realizado por el Ingeniero Ordinario Tomás Lecocq es tan malo (Ver comentarios punto 6.5.10) y aunque ingresa el Ingeniero General se plante la idoneidad de admitir Ingenieros del Ejército con graduación superior a subteniente o marinos por encima de Alférez de Fragata y propone al Ministro una serie de medidas:

• Limitar el grado de los oficiales para acceder al Cuerpo

• Prohibir el acceso de Ingenieros del Ejército de cualquier graduación.

y para ello le escribe una carta al ministro495 en la que reconoce que la falta de la Academia donde los ingenieros deberían formarse recomienda limitar el grado de los aspirantes para

493

ACM. Ingenieros. Generalidad. Leg 3410. Cordova a Valdés el 03.03.1789

494 AGS, Marina, Leg. 76 y 79

495 Corpus Documental. Documento Número 4.31. Carta de 11.04.1789 proponiendo como deben

que, agregados puedan formarse en los Cursos de Estudios superiores y solo los que obtengan sobresaliente en los exámenes nombrarlos ingenieros. La idea parece aceptable y en menos de veinte días el 28 se dicta la R.O 496 correspondiente que necesaria de varias aclaraciones:

• La primera matización tiene fecha del día siguiente en el sentido de que oficiales les afecta

dicha orden en el sentido siguiente: “No es de su Rl. Voluntad tenga efecto para los Ingenieros propietarios, ni los que actualmente por estar ya examinados,….. limitando solamente la necesidad de estos estudios mayores para aquellos Ingenieros Subalternos propietarios que no han verificado aun sus examenes, ni mal, ni bien….”

• La segunda es del 2 de mayo aclara que a los que posean la plaza en propiedad solo se

les exigirán los exámenes de Ordenanza: “ los ingenieros propietarios que cita no deven

practicar pa. obtener sus ascensos, mas qe.los examenes mandados verificar ante el

Director de la Academia de Guardias Marinas como se ha hecho hasta ahora”

A Romero no le basta que la graduación sea como máximo subteniente, quiere ir más lejos y aprovechando la negativa de agregación a Francisco García Miralles a la que razona por los inconvenientes inherentes al paso de una clase de ingenieros a otra de distinta formación facultativa “quando cada uno de por si tiene ciertas materias peculiares que necesitan mucho estudio, aplicación u genio para poseerlas” 497 consigue el 15 de mayo una rectificación completa de las restricciones para el ingreso de los Ingenieros del Ejército que el propio Romero acusa recibo de la siguiente forma “Por oficio de V.E. con fecha de oy, quedo enterado de haver resuelto el Rey, que en losucesivo no se admita en el Cuerpo de Ingenieros de Marina, oficial alguno de igual Cuerpo del exercito sea dela clase que fuere. Madrid 3 de junio de 1789”498:

Por su parte los Ingenieros del Ejército cuando están valorando internamente la primera resolución reciben la de fecha 15 de mayo 1789 prohibiendo el acceso con cualquier graduación499. La resolución que parte analizando el caso de García Miralles da el salto cualitativo de total acceso: La comunicación formal de Valdés a Caballero (Ingeniero General del Ejército) se produce el 3 de junio con la comunicación siguiente:

“S.M, ha hallado mui gustar las reflexiones con que V.E. manifestó entre otros inconvenientes a los que resultan al servicio si se conceden estos pases de un Cuerpo facultativo a otro quando cada uno de por si tiene ciertas materias particulares que necesitan mucho estudio, aplicacion y genio para poseerlas, no siendo facil lograrlo sin olvidar los Yngenos del exercito la practica y conocimtos. de su profesion mientras se

habilitan al examen que deben ejecutar antes de obtener su ingreso en Marina..” 500.

Esta resolución da un salto cualitativo cuando continúa:

“y que por punto general no se de curso a ninguna pretension semejante de los Ingenos. de exercito de qualquier clase, debiendo seguir todos la carrera que han abrazado sin separarse de ella, hasta que por sus meritos y antigüedad de servicio se hagan acreadores a las gracias y premios que les correspondan”.

En esta misma fecha se le comunica a Jerónimo Caballero que no se admitirán en el Cuerpo

más oficiales procedentes del correspondiente del ejército501 y las razones que se señalan son:

496 Corpus Documental. Documento Número 4.32. R.O de fecha 28.04.1789 limitando la graduación para

poder solicitar el ingreso en el cuerpo.

497 AGMAB. Ingenieros. Asuntos Particulares. Leg. 3417.

498 AGMAB. Ingenieros. Asuntos Particulares. Leg. 3417.

499 Corpus Documental. Documento Número 4.33. Minuta de Real Orden prohibiendo el pase de los

Ingenieros del Ejécito a los de Marina

500 AGS. Guerra Moderna, Leg. 3002. Minuta 03.06.1789

501 Corpus Documental. Documento Número 4.34. Comunicación al Ingeniero General del Ejército de la

• La eventual posibilidad de ascensos más rápidos que en el ejército puede incentivar las peticiones de ingreso.

• Los Ingenieros del Ejército son admitidos como agregados, destinados a los

departamentos o comisiones con los empleos originales hasta la aprobación del examen. • Para aprobarlo han de estudiar y practicar arquitectura naval, hidráulica y maniobras, al

mismo tiempo que no practican las actividades propias de su original carrera, y quién sabe si también los conocimientos que aprendieron.

• Como no tienen asegurada su plaza en el Cuerpo de Ingenieros de Marina, puede ocurrir

que deban volver después de varios años (5-10) a su Cuerpo original con unas graduaciones que probablemente no irán acompañadas de los conocimientos adecuados. Por tanto a partir de 1789 no solo queda vetado el ingreso de Ingenieros del Ejército en los de Marina, sino también la simple tramitación de la solicitud.

Años después se produciría la escisión de los Ingenieros del Ejército y aparecieron los ingenieros de caminos, canales y puertos con los que los Ingenieros de Marina disputaran la permanencia de sus competencias otorgadas la R.O. de 8 de febrero de 1781 que asumía las competencias de las Ordenanzas del Cuerpo de 1770 y 1772. (Ver punto 13.5)

Los conflictos entre los ingenieros de marina y los del ejército y sus pases respectivos están tratados con certeras opiniones en la obra de Martine Gallard: Les Ingenierieurs militaires espagnols de 1710 a 1803”, tanto a las inquietudes que expresa el Ingeniero General del Ejército sobre la inquietud que la nueva Ordenanza provoca en sus hombres, como del pase de los ingenieros. En cuanto a la prohibición de paso dice:

“En 1789, la peur de voir des ingénieurs militaires passer dans le corps de la marina…. provoqua la publication d´un Ordre Royal le 15 mai 1789 qui interdisait le passage ou l´egrégation au corps des ingénieurs de la marine. En fait, sur les 111 ingénieurs répertoriés de 1773 à 1797, il n´y euts que deux ingénieurs issus du corps du génie

militaire, dont un ne reçut pas l´autorisation de changer de corps”.502