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Constructing an analytical framework for the study of strategic

Para hacer frente a los costos asociados con la paternidad que, como se ha indicado, impactan principalmente a las mujeres, y sobre todo a las del grupo en edad de alta fertilidad, proponemos un conjunto de iniciativas legislativas y de política pública que abarquen las percepciones culturales de la crianza y del cuidado infantil.

Siguiendo la línea de académicos como England y Folbre (1999), Folbre y Weisskopf (1998), y Gornick y Meyers (2003), creemos que nuestras sociedades de­ berían trabajar en un nuevo contrato social que fomente la idea de que el deber de cuidar a cada miembro de la sociedad es una responsabilidad compartida. Este tipo de perspectiva requiere ingeniería social diseñada tanto para movilizar a cada miem­ bro de la sociedad a reconocer los beneficios y los aumentos en productividad eco­ nómica que se derivarían de una división más equitativa de la responsabilidad de criar a los hijos, como en los cambios institucionales necesarios para impulsar la participación de ambos padres en dicha actividad. Además, concordamos con Fol­ bre y England (1998) en que una perspectiva más inteligente para pensar estos asuntos forzosamente implica revisitar la cuestión de quién cubre los costos del

cuidado infantil. Según el análisis de dichos académicos, aunque la sociedad –en su conjunto– goza de los beneficios de una tasa de nacimiento estable, no ayuda a cu­ brir los costos de “producir” hijos; al contrario, los que cuidan a estos nuevos miem­ bros de nuestras sociedades (en su mayoría, las mujeres) lo hacen por sí solos. Por lo tanto, es necesario socializar los costos del cuidado infantil, ampliando los apor­ tes públicos para la crianza. Uno de los mecanismos que proponemos para sociali­ zar el costo del cuidado infantil es eliminar el costo adicional de seguridad social –que en la actualidad es cubierto por el empleador al contratar a un trabajador sustituto– y trasladarlo al Estado.

Sin embargo, existen otros costos asociados con la crianza que a primera vista parecen más difíciles de ser cubiertos mediante impuestos o contribuciones estata­ les. Entre otros, los costos organizacionales que cubren las empresas por las licencias por maternidad. Nuestra recomendación de política pública en este caso se cen tra en suprimir las diferencias por género dentro de la legislación actual. Se pueden lograr más paridad y más beneficios mediante medidas diseñadas a promover li­ cencias por paternidad con el mismo alcance que con las licencias por maternidad vigentes. Además, podrían generarse incentivos que fomenten un entorno donde ambos géneros opten por utilizar dichas licencias. Por otro lado, ofrecer licencias análogas –o, al menos, muy similares– a ambos géneros podría incentivar que los hombres también tomen licencia posparto.29 Países como Suecia, Finlandia y Cana­

dá han optado por esta posibilidad y lo han hecho exitosamente. En el caso de Sue­ cia, el interés del gobierno fue dar incentivos a ambos géneros para aumentar su participación en la crianza, así como promover la paridad de género y la participación de las mujeres en el mercado laboral. Según el gobierno de Suecia:

Es importante que los hombres (también) aprovechen las licencias familiares. Es pro­ bable que un aumento en la cantidad de licencias por paternidad produzca un cambio en las actitudes de gerentes. Además, los individuos en cargos directivos empezarían a ver las licencias para ambos géneros como una parte natural de la planificación y organización empresarial. Y este tipo de cambio de actitud es necesario si la sociedad quiere asegurarse de que hombres y mujeres se sientan cómodos al decidir tomar una licencia sin temer arriesgar su futuro profesional ni oportunidades de desarrollarse dentro de la organización [Ekberg, Eriksson y Friebel, 2013, pp. 132].

Otra razón para aumentar la cantidad de licencias por paternidad utilizadas por los hombres es que las posibilidades de que las mujeres alcancen la equidad de género en términos de oportunidades laborales siempre serán limitadas si son ellas las responsables exclusivas de cuidar el hogar y los hijos. Si las responsabilidades de 29 Al diseñar este tipo de licencia es importante considerar que es poco probable que los hombres

soliciten todo el periodo de tiempo disponible. Por lo tanto, países como Dinamarca ofrecen las licen­ cias de la siguiente manera: o 12 semanas, o nada. Si no aprovechan la totalidad del tiempo dispo­ nible la familia lo pierde. Finlandia, Noruega y Suecia también han limitado la manera en que los hombres pueden aprovechar sus respectivas licencias: es un sí, o un no (Gornick y Meyers, 2003).

cuidado infantil fueran compartidas de forma más equitativa, sería más factible una distribución más equitativa de interrupciones laborales y las mujeres tendrían más acceso a desarrollo y progreso dentro de sus carreras profesionales (Ekberg et al., 2013). Para lograr estos fines, el gobierno de Suecia reformó su sistema de licen­ cias en 1995, ampliándolo para incluir un mes de licencia por paternidad. Ekberg et

al. (2013) analizaron el impacto de dicha reforma en términos de un posible aumen­

to en el aprovechamiento de licencias por paternidad por parte de ambos géneros, así como si dicho aprovechamiento generó un efecto de largo plazo sobre los resul­ tados en el empleo de hombres y mujeres. Encontraron que los incentivos de corto plazo son efectivos, porque la cantidad de licencias por paternidad otorgadas se incrementó 50%; sin embargo, esto no ha redundado en tasas de participación mas­ culina más altas en cuanto al cuidado infantil.

Dada la percepción cultural de que los costos del cuidado infantil y la crianza de los hijos son de la responsabilidad exclusiva de las mujeres, las personas pueden evaluar a las madres que trabajan como menos competentes, menos comprometidas con su trabajo y potencialmente menos confiables. Las recomendaciones de po­ lítica pública tienen por objetivo proponer cambios culturales que pongan de relie­ ve la importancia de ambos padres tomando un papel activo en condiciones de equidad respecto del cuidado infantil, la crianza infantil y, en general, las tareas domésticas. Una iniciativa interesante se llama Equipares. Es una medida impulsa­ da por el Ministerio de Trabajo de Colombia que está diseñada para “transformar las estructuras de trabajo y la gestión de recursos humanos en el interior de las empre­ sas, buscando eliminar posibles desigualdades de género que hacen que la empresa desaproveche su recurso humano”.30 La iniciativa incluye una campaña publicitaria

en la televisión, uno de cuyos anuncios incluye una mujer quien, mientras empuja un carro de supermercado está jalando a un hombre sentado en un escritorio. El narrador del anuncio dice, “Sin tu ayuda, ella debe esforzarse el doble. Cuando apo­ yes a tu pareja, sus oportunidades laborales mejoran. Apoya la equidad laboral: es cuestión de desarrollo.” Aunque este aspecto de la iniciativa es interesante porque enfoca su mensaje directamente hacia los hombres, con el fin de enfatizar la impor­ tancia de contribuir a las responsabilidades domésticas, los anuncios no aparecie­ ron con mucha frecuencia en la televisión nacional. Iniciativas similares dirigidas a los empleadores –señaladamente los principales objetivos de Equipares– también son deseables para cambiar la creencia de que las mujeres en general, y las madres en particular, son menos comprometidas que los hombres a superar las exigencias del lugar de trabajo, lo cual las convierte en candidatos menos atractivos que sus contrapartes masculinas cuando individuos de ambos géneros se están postulando para el mismo cargo.

30 Andrea Castaño, líder del Grupo de Equidad Laboral con Enfoque Diferencial de Género del Minis­

terio del Trabajo. Disponible en: http://www.mintrabajo.gov.co/mayo­2013/1859­sello­de­equidad­ laboral­logra­mayor­igualdad­y­competitividad­en­las­empresas.html (Última fecha de acceso, 14 marzo de 2014).

Sin duda, la distribución equitativa de responsabilidades de crianza entre los géneros en términos de ausencias, licencias o emergencias familiares debería resul­ tar en una reducción de las ausencias por parte de las mujeres en el mercado laboral, además de facilitar que contribuyan en la misma medida que los hombres en la acu­ mulación de capital humano. Lograr equidad de género en términos de licencias familiares debería contribuir a una reducción en la brecha salarial por género, por­ que dicha disparidad se debe en parte a la intermitencia laboral femenina producida por licencias por maternidad, así como otras licencias de largo y medio plazo otor­ gadas a las trabajadores para que atiendan a las exigencias de cuidado infantil u otras responsabilidades familiares. Reducir la brecha entre licencias por maternidad y li­ cencias por paternidad también ayudaría a desincentivar la lógica de que, a la hora de escoger entre dos postulantes igualmente calificados, pero de distintos géneros, se prefiera a los varones. Esto es especialmente relevante en el caso de mujeres en edad reproductiva o quienes son madres, porque bajo el nuevo esquema todos los empleadores compartirían de forma más equitativa los costos de licencias por ma­ ternidad o paternidad para los potenciales futuros padres y madres, así como el costo de licencias familiares para trabajadores de ambos sexos que ya tienen hijos.

Conclusiones

Nuestro estudio explora el impacto de la Ley 1468 de 2011 –la cual amplió la licen­ cia por maternidad de 12 a 14 semanas (un aumento de 17%)– en el empleo de las mujeres. Nuestros hallazgos indican que adoptar esta legislación aumenta la proba­ bilidad de que las mujeres entre los 18 y los 30 años (el grupo de tratamiento) estén inactivas en relación con las mujeres entre los 40 y los 55 años (el grupo de control). Por otro lado, mostramos que la probabilidad de que la informalidad y el autoem­ pleo aumente para mujeres en edad de alta fertilidad es más alta respecto de sus contrapartes en edad de baja fertilidad. Nuestros resultados son sólidos a través de grupos demográficos así como de periodos temporales, lo cual sugiere un efecto causal de la ampliación de las licencias por maternidad.

Igual que Autor et al. (2006), nuestro estudio no intenta ofrecer un análisis general de todas las leyes que abarcan la protección de la maternidad. El hecho de que existan algunos efectos sobre el mercado laboral en el caso de mujeres en edad reproductiva indica que cualquier protección legislativa viene con su correspon­ diente costo. Por lo tanto, hay que ligar este tipo de ley a otras medidas normativas que prohíban que los empleadores excluyan a la población beneficiaria del mercado laboral. Nuestra recomendación es diseñar una política de “licencia por materni­ dad y por paternidad” y asegurar que ambos géneros pueden aprovecharla de la misma manera o una muy similar, así como socializar el costo adicional, en térmi­ nos de seguridad social, del trabajador que reemplaza a la mujer que está con licen­ cia por maternidad; un costo que, en la actualidad, está cubierto exclusivamente por el empleador.

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Apéndice A

Efecto marginal de la Ley 1468 de 2011 en el mercado laboral de las mujeres

Escenario base†

Efecto marginal (1) (2) (3) (4)

Nivel

educativo Estado civil Cabeza de familia Inactividad Desempleo Informalidad Autoempleo Alto 0 0 0.007***(0.002) (0.003)­.004 (0.004)0.008* (0.002)0.004* Alto 0 1 0.005***(0.001) (0.003)­.003 (0.004)0.008* (0.002)0.005* Alto 1 0 0.009***(0.002) (0.003)­.004 (0.004)0.008* (0.003)0.005* Alto 1 1 0.008***(0.002) (0.003)­.003 (0.004)0.008* (0.003)0.005* Bajo 0 0 0.009***(0.002) (0.003)­.004 (0.003)0.006* (0.003)0.005* Bajo 0 1 0.007***(0.002) (0.003)­.003 (0.003)0.006* (0.003)0.006* Bajo 1 0 0.010***(0.003) (0.003)­.004 (0.002)0.005* (0.003)0.006* Bajo 1 1 0.009***(0.002) (0.003)­.003 (0.002)0.005* (0.004)0.006*

Se estiman los efectos marginales para una mujer en el grupo de tratamiento mediante muestreo; es de 23.87 años de edad, vive en un hogar compuesto de 4.51 miembros y 1.07 niños, su estrato económico es 2.27, viviendo en Bogotá en junio de 2012, sin pareja y no es cabeza de familia. El nivel educativo se determina en función de los años de educación; se considera que la persona tiene un “Nivel educativo alto” si tiene más de 11 años de educación. Estado civil: el valor 1 indica que no vive con pareja, mientras el valor 0 indica las demás situaciones. Errores estándar se indican entre paréntesis.

* Los coeficientes son significativos al nivel de 10%. ** Los coeficientes son significativos al nivel de 5%. *** Los coeficientes son significativos al nivel de 1%.

Apéndice B

Efecto marginal de la Ley 1468 de 2011 sobre el mercado laboral de las mujeres

Todas las regiones metropolitanas†

(1)

Inactividad Desempleo (2) Informalidad (3) Autoempleo(4) Efecto marginal bajo Nivel educativo alto bajo Nivel educativo alto bajo Nivel educativo alto bajo Nivel educativo alto

Barranquilla 0.010***(0.003) 0.010***(0.003) (0.003)­.004 (0.003)­.004 (0.002)0.003* (0.004)0.007* (0.003)0.006* (0.003)0.005* Bogotá 0.009***(0.002) 0.008***(0.002) (0.003)­.004 (0.003)­.004 (0.003)0.005* (0.004)0.008* (0.002)0.006* (0.002)0.004* Cartagena 0.010***(0.003) 0.010***(0.003) (0.003)­.004 (0.003)­.004 (0.002)0.004* (0.004)0.008* (0.003)0.007* (0.003)0.006* Manizales 0.010***(0.003) 0.009***(0.003) (0.004)­.004 (0.004)­.004 (0.003)0.006* (0.004)0.008* (0.002)0.005* (0.002)0.004* Montería 0.010***(0.003) 0.008***(0.002) (0.003)­.004 (0.003)­.004 (0.002)0.003* (0.004)0.007* (0.003)0.006* (0.003)0.005* Villavicencio 0.010***(0.003) 0.009***(0.002) (0.003)­.004 (0.003)­.004 (0.002)0.004* (0.004)0.008* (0.003)0.006* (0.003)0.005* Pasto 0.010***(0.003) 0.009***(0.002) (0.003)­.004 (0.003)­.004 (0.001)0.003* (0.004)0.007* (0.003)0.006* (0.003)0.005* Cúcuta 0.010***(0.003) 0.009***(0.002) (0.004)­.004 (0.003)­.004 (0.001)0.003* (0.004)0.007* (0.003)0.007* (0.003)0.006* Pereira 0.010***(0.003) 0.009***(0.002) (0.004)­.005 (0.004)­.005 (0.002)0.005* (0.004)0.008* (0.003)0.006* (0.003)0.005* Bucaramanga 0.009***(0.002) 0.007***(0.002) (0.003)­.004 (0.003)­.004 (0.002)0.004* (0.004)0.008* (0.003)0.007* (0.003)0.006* Ibagué 0.009***(0.002) 0.007***(0.002) (0.004)­.005 (0.004)­.004 (0.002)0.004* (0.004)0.008* (0.003)0.006* (0.003)0.005* Cali 0.010***(0.003) 0.008***(0.002) (0.004)­.004 (0.003)­.004 (0.002)0.005* (0.004)0.008* (0.003)0.006* (0.003)0.005*

Se estiman los efectos marginales para una mujer en el grupo de tratamiento mediante muestreo; es de 23.87 años de edad, vive en un

hogar compuesto de 4.51 miembros y 1.07 niños, su estrato económico es 2.27, en junio de 2012; la mujer puede tener (i) un nivel educativo alto (igual o mayor a 12 años de educación), o (ii) un nivel educativo bajo (un máximo de 11 años de educación). Errores estándar se indican entre paréntesis.

* Los coeficientes son significativos al nivel de 10%. ** Los coeficientes son significativos al nivel de 5%. *** Los coeficientes son significativos al nivel de 1%.

Apéndice C

Efecto marginal de la Ley 1468 de 2011 sobre el mercado laboral de las mujeres

Inferencias temporales alternativas†

Efecto marginal

(1)

Inactividad Desempleo (2) Informalidad (3) Autoempleo (4) Nivel

educativo Estado civil Cabeza de familia

Panel A. Al eliminar los dos meses previos y los dos meses posteriores a la promulgación de ley Alto 0 0 0.007***(0.002) (0.003)­.004 (0.004)0.008* (0.002)0.005* Alto 0 1 0.005*** (0.001) (0.003)­.003 (0.004)0.008* (0.003)0.005* Alto 1 0 0.009*** (0.003) (0.003)­.004 (0.004)0.008* (0.003)0.006* Alto 1 1 0.008*** (0.002) (0.003)­.003 (0.004)0.008* (0.003)0.006* Bajo 0 0 0.009***(0.002) (0.003)­.004 (0.003)0.006* (0.003)0.006* Bajo 0 1 0.007***(0.002) (0.003)­.003 (0.003)0.006* (0.003)0.007* Bajo 1 0 0.011***(0.003) (0.003)­.004 (0.003)0.005* (0.003)0.007* Bajo 1 1 0.010***(0.003) (0.003)­.003 (0.003)0.005* (0.004)0.008* Panel B. Al eliminar los dos meses previos y cuatro meses posteriores a la promulgación de ley

Alto 0 0 0.008***(0.002) (0.003)­.005 (0.004)0.007* (0.002)0.004* Alto 0 1 0.006*** (0.001) (0.003)­.005 (0.004)0.007* (0.003)0.005* Alto 1 0 0.011*** (0.003) (0.003)­.005 (0.004)0.007* (0.003)0.005* Alto 1 1 0.009*** (0.002) (0.003)­.004 (0.004)0.007* (0.003)0.006* Bajo 0 0 0.010***(0.002) (0.003)­.005 (0.003)0.005* (0.003)0.006* Bajo 0 1 0.008***(0.002) (0.003)­.005 (0.003)0.005* (0.003)0.007* Bajo 1 0 0.012***(0.003) (0.003)­.005 (0.003)0.005* (0.004)0.007* Bajo 1 1 0.011***(0.003) (0.003)­.005 (0.003)0.005* (0.004)0.007*

Panel C. Al eliminar los dos meses previos y los seis meses posteriores a la promulgación de ley Alto 0 0 0.010***(0.002) (0.003)­.005 (0.004)0.008* (0.002)0.005* Alto 0 1 0.007*** (0.001) (0.003)­.004 (0.004)0.008* (0.003)0.005* Alto 1 0 0.013*** (0.003) (0.003)­.005 (0.004)0.008* (0.003)0.006* Alto 1 1 0.011*** (0.002) (0.003)­.004 (0.004)0.008* (0.003)0.006* Bajo 0 0 0.012***(0.002) (0.003)­.005 (0.003)0.006* (0.003)0.006* Bajo 0 1 0.010***(0.002) (0.003)­.005 (0.003)0.006* (0.004)0.007* Bajo 1 0 0.014***(0.003) (0.003)­.005 (0.003)0.005* (0.004)0.007* Bajo 1 1 0.013***(0.003) (0.003)­.004 (0.003)0.005* (0.004)0.008*

Se estiman los efectos marginales para una mujer en el grupo de tratamiento mediante muestreo; es de 23.87 años de edad, vive en un hogar compuesto de 4.51 miembros y 1.07 niños, su estrato económico es 2.27, viviendo en Bogotá en junio de 2012. Los efectos margina­ les se estimaron para varios escenarios combinando tres variables ficticias: El nivel educativo, que se determina en función de los años de educación; se considera que la persona tiene un “Nivel educativo alto” si tiene más de 11 años de educación. El estado civil toma el valor de 1 si el individuo tiene pareja, mientras el valor 0 indica las demás situaciones; la variable “Cabeza de familia” toma el valor de 1 cuando el individuo es el cabeza de familia y el valor 0 en las demás situaciones. Errores estándar se indican entre paréntesis.

* Los coeficientes son significativos al nivel de 10%. ** Los coeficientes son significativos al nivel de 5%. *** Los coeficientes son significativos al nivel de 1%.

Apéndice D

Efecto marginal de la Ley 1468 de 2011 sobre el mercado laboral de los hombres†

Efecto marginal

(1)

Inactividad Desempleo (2) Informalidad (3) Autoempleo (4) Nivel

educativo Estado civil Cabeza de familia

Alto 0 0 (0.002)­.002 (0.003)0.004 0.009**(0.003) (0.002)­.001 Alto 0 1 (0.001)­.002 (0.002)0.003 0.009**(0.003) (0.002)­.001 Alto 1 0 (0.002)­.001 (0.002)0.003 0.009**(0.003) (0.002)­.001 Alto 1 1 (0.002)­.001 (0.001)0.002 0.008**(0.003) (0.002)­.001 Bajo 0 0 (0.002)­.002 (0.003)0.004 0.007**(0.003) (0.003)­.001 Bajo 0 1 (0.002)­.001 (0.002)0.003 0.008**(0.003) (0.003)­.001 Bajo 1 0 (0.003)­.001 (0.002)0.003 0.008**(0.003) (0.003)­.001 Bajo 1 1 (0.002)­.001 (0.001)0.002 0.009**(0.003) (0.003)­.001

Se estiman los efectos marginales para un hombre en el grupo de tratamiento, usando el muestreo; es de 23.79 años de edad, vive en un hogar compuesto por 4.48 miembros y 0.77 niños, su estrato económico es 2.24, viviendo en Bogotá en junio de 2012. Los efectos