F
FOONNCCAAPP
OBJETIVOS: FONCAP ofrece diversas líneas de crédito que se adaptan al proyecto y tipología de la Institución que lo presenta. Las áreas técnicas de FONCAP brindan el asesoramiento inicial para completar la propuesta en términos institucionales y financieros y orientar a la institución a la línea de crédito adecuada al proyecto. BENEFICIARIOS: Instituciones de derecho privado (incluyendo figuras mixtas con mayoría privada) formalmente constituidas y vinculadas al sector de la microempresa urbana y rural. En todos los casos los destinatarios finales de los créditos deberán ser microempresas urbanas o pequeñas producciones rurales, según los criterios definidos por FONCAP.
DESTINOS:
• Constitución y/o fortalecimiento de operatorias de crédito
• Adquisición asociativa de capital de trabajo y/o bienes de consumo durable para su uso en la actividad de las microempresas urbanas o pequeñas producciones rurales asociadas
• Financiamiento de desarrollos productivos y/o comerciales en sectores de actividad específicos de microempresas
PROCEDIMIENTO:
• La institución presenta su propuesta, empleando los formularios provistos por FONCAP
• Las áreas técnicas de FONCAP preevalúan el proyecto, y toman contacto con la institución brindando la asistencia técnica necesaria para completar la propuesta en términos institucionales y financieros (documentación requerida por la línea de crédito acordada)
• Se elabora la propuesta de financiamiento, con cronogramas e indicadores institucionales de cumplimiento por parte de la institución
• Se presenta el proyecto al Directorio de FONCAP para su aprobación o rechazo
• Se firman los contratos entre la institución y FONCAP
• En función de los cronogramas aprobados se realizan los desembolsos
• Durante la ejecución del proyecto FONCAP cumple tareas de monitoreo, auditorías y apoyo técnico a la operación
REQUISITOS:
• Institución con Personería Jurídica
• Antigüedad de trabajo de la Institución: 2 años
• Institución con capacidad legal y jurídica para endeudarse con terceros y otorgar préstamos, reflejadas en el Estatuto
• Elaboración de un plan de acción que demuestre la viabilidad de la operatoria y la capacidad de repago de la institución
• Garantías en función del proyecto, a satisfacción de FONCAP CONTACTO:
FONCAP S.A. Fondo de Capital Social - Perú 143 - Piso 11 (C1067AAC) Buenos Aires, Argentina
Telefono: (54-11) 5217-0621 Líneas rotativas E-mail: [email protected]
Web: www.foncap.com.ar
MAGyP - Ministerio DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA DE LA NACIÓN
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CRRÉÉDDIITTOOSSCCOONNTTAASSAABBOONNIIFFIICCAADDAA
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca con el objetivo de facilitar el acceso y reducir el costo del crédito a los productores implementa convenios de
bonificación de tasa de interés con distintos bancos para líneas crediticias que financian inversiones y capital de trabajo. Los convenios que se encuentran vigentes a la fecha son:
Sector Avícola:
Banco de Entre Ríos (BERSA)
Sector Ganadero:
Banco de Entre Ríos (BERSA)
Sector Porcinos:
Banco de Entre Ríos (BERSA)
Sector Lácteo:
Banco de Córdoba
Banco de Entre Ríos (BERSA) Banco de la Pampa
Banco de la Provincia de Buenos Aires (BAPRO)
5-Reprogramación de Pasivos:
Banco de la Nación Argentina: Programa de Reprogramación de Pasivos CONTACTO:
DIRECCIÓN DE FINANCIAMIENTO E INVERSIÓN - Paseo Colón 982 Of. 162 3er Piso 0800-555-3462 - 4349-2773 – [email protected]
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PRROOSSAAPP--IIIIIICCOONNVVOOCCAATTOORRIIAAAAPPOORRTTEESSNNOORREEEEMMBBOOLLSSAABBLLEESS((AANNRR))
OBJETIVOS: Promover inversiones en encadenamientos productivos que, a través de su integración, tiendan al incremento de la competitividad, la innovación y la generación de empleo.
BENEFICIARIOS: personas de existencia física o jurídica que se desempeñen como Productores Primarios (micro, pequeños y medianos) del sector agropecuario, Empresas (MiPyMES) del área agroindustrial manufacturera, transformadora, acondicionadora o acopiadora y/o aquellas prestadoras de servicios vinculadas con el sector, todos los cuales deben pertenecer a una misma cadena productiva y conformar un Grupo Asociativo.
Se considera Grupo Asociativo, a los fines de esta convocatoria, a los grupos conformados de la siguiente manera:
Por Productores Primarios y MiPyMES del área agroindustrial y/o de servicios.
Por Productores Primarios cuyo Plan de Negocios tenga por objeto: inversiones en la producción primaria y/o en la
transformación/industrialización de la producción primaria y/o en la prestación de servicios.
DESTINOS:
a) Inversiones y gastos destinados a completar o mejorar fases del proceso productivo de la cadena.
En el caso de adquisición de vehículos de carga o utilitarios, deberá justificarse debidamente la misma, en función de los objetivos y naturaleza del proyecto. b) Gastos asociados a certificaciones, controles de calidad y capacitación. c) Gastos asociados a activos intangibles como marcas, patentes, certificados, inscripciones.
d) Honorarios por trabajos de Consultoría directamente relacionados con el objetivo del Plan de Negocios (el máximo será del 10% del plan de negocios).
f) Otros gastos que resulten incrementales por la ejecución del Plan de Negocios, los que deberán ser debidamente justificados.
MODALIDAD: Aportes No Reembolsables. MONTO MÁXIMO:
MiPyMEs agroindustriales y/o de servicios articuladas verticalmente con productores primarios: hasta el 30% (treinta por ciento) de los gastos incrementales elegibles, no pudiendo exceder el aporte a cada beneficiario, por todo concepto, la suma de $250.000 (pesos doscientos cincuenta mil).
Productores primarios integrados horizontal y/o verticalmente: hasta el 30% (treinta por ciento) de los gastos incrementales elegibles, no
pudiendo exceder el aporte a cada beneficiario, por todo concepto, la suma de $40.000 (pesos cuarenta mil).
Patrocinador: no deberá superar el 10% (diez por ciento) del total de ANR otorgado al conjunto de los beneficiarios, participantes del Plan de Negocios (excluyendo el monto correspondiente, con un tope máximo de $50.000. El Aporte No Reembolsable total a otorgar al Grupo Asociativo no podrá superar el 30% (treinta por ciento) del monto total de los gastos elegibles del Plan de
Negocios, considerando los tres tipos de beneficiarios, y tendrá como tope máximo la suma de $ 900.000 (Pesos novecientos mil), por todo concepto. Ningún
beneficiario podrá recibir, más del 60% del total del ANR otorgado al grupo asociativo. El porcentaje a otorgar de ANR, para el conjunto de los productores primarios, deberá ser como mínimo el 30% del monto total del beneficio otorgado al Plan de Negocios.
DESEMBOLSO: El ANR se efectivizará a cada beneficiario bajo la modalidad de reembolso de pagos efectivamente realizados. Con carácter previo al desembolso se efectuará la verificación y aprobación de la rendición de gastos (de ANR y contraparte), que debe ser acompañada de un informe técnico y de avance
trimestral, que serán también verificados. Los reembolsos aprobados se abonarán dentro del trimestre posterior a la presentación, mediante transferencia bancaria. CONTACTO:
Las Bases, condiciones y la documentación respectiva podrán:
Descargarse de la página Web del Programa: www.prosap.gov.ar
Retirarse en la sede del PROSAP: Belgrano 450 Piso 1º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Código Postal (C1092AAR). Horario de atención: 10 a 17 horas.
Solicitarse por correo electrónico: [email protected]
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PRROOGGRRAAMMAADDEERREECCOONNVVEERRSSIIOONNDDEEAARREEAASSTTAABBAACCAALLEERRAASS
El Proyecto de Reconversión de Áreas Tabacaleras (PRAT), con financiamiento del Fondo Especial del Tabaco (FET) tiene como objetivo principal orientar, coordinar y supervisar las acciones tendientes a alcanzar la modernización, reconversión, complementación y diversificación de las áreas tabacaleras, tanto en la producción primaria como en la cadena agroindustrial asociada, cuidando el medio ambiente y el bienestar del productor y consumidor.
OBJETIVOS:
Mejorar el sistema de comercialización del tabaco y desarrollar su producción.
Fomentar la complementación de la producción tabacalera con otras primarias y agroindustriales diversificando los ingresos y disminuyendo los riesgos.
Apoyar la diversificación, tecnificación y reconversión del sector tabacalero mediante la asistencia técnica y la capacitación de los productores.
Apoyar al productor tabacalero con créditos diferenciados para la diversificación, tecnificación y reconversión de su explotación.
Impulsar la superación de problemas vinculados con el régimen de la tenencia de la tierra
Acciones tendientes a mejorar las cualidades del tabaco, tanto en lo que hace a su impacto en el ecosistema, como en lo concerniente a la salud del fumador y el bienestar del productor.