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8 How can Conceptual Metaphors be used to Inform Design Decisions?

8.2 Study Design 1 Participants

8.2.2.1 Development of the Study Materials

Partiendo de lo antes expuesto, que la defensa permanente del entorno ecológico no es propiedad de defensa como bandera política exclusiva, sino lo es de todos los mexica- nos solidaria y responsablemente, siendo a través de los partidos políticos donde habrá de iniciar esta cultura en be- neficio de la propia supervivencia futura de los mexicanos, es por lo que nos atrevemos a proponer esta iniciativa con carácter de urgente e inaplazable.

Por lo antes expuesto, someto a la consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de decreto por el cual se adiciona un inciso h) al articulo 27 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Iniciativa con proyecto de decreto por el que reforma y adiciona un inciso h) al artículo 27 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para que- dar como sigue:

Artículo Único. Se reforma y adiciona con un inciso h) al artículo 27 del Código Federal de Instituciones y Procedi- mientos Electorales, para quedar como sigue.

Artículo 27

1. Los estatutos establecerán: a) ... b) ... c) ... d) ... e) ... f) ...

g) ... Las sanciones aplicables a los miembros que infrinjan sus disposiciones internas y los correspon- dientes medios y procedimientos de defensa; y h) Contar dentro de sus órganos estatutarios con una cartera responsable de las políticas ambien- tales y de desarrollo humano sustentable.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguien- te de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Palacio Legislativo, a 15 de marzo de 2005.— Dip. Jesús

González Schmal (rúbrica).»

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias, señor diputado González Schmal. Y, de acuerdo con su solicitud, favor de insertarlo íntegro en el Diario de los Debates y se turna la iniciativa a la Comisión de Gobernación.

LUIS CABRERA LOBATO La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: A continuación, tiene la palabra nuestro com- pañero diputado René Meza Cabrera, del grupo parlamen- tario del Partido Revolucionario Institucional, para presen- tar iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el recinto de la Cámara de Diputados el nombre de Luis Cabrera Lobato.

El diputado Fidel René Meza Cabrera: Con permiso, ciudadano Presidente:

«Iniciativa con proyecto de decreto, para inscribir con le- tras de oro en el recinto de la Cámara de Diputados el nombre de Luis Cabrera Lobato.

El suscrito, René Meza Cabrera, diputado federal en ejer- cic io, miembro del grupo parlamentario del Partido Revo- lucionario Institucional, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,

presenta proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el recinto de la Cámara de Diputados, el nombre de Luis Cabrera Lobato, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

“La Revolución es la Revolución”, con esta frase premoni- toria, acuñada en 1911 con motivo del movimiento armado maderista, Luis Cabrera anunciaba la sangrienta revolu- ción, que a partir de 1913 y hasta 1920, recorrió los cam- pos, poblados y ciudades de la República mexicana, causan- do la muerte de un millón de personas y una devastación que duraría dos décadas en comenzar a recuperarse.

Testigo de esta turbulenta etapa de nuestra historia, fue Luis Vicente Cabrera Lobato, nacido en 1876 en la aromá- tica Zacatlán de las Manzanas del estado de Puebla y tam- bién uno de sus principales protagonistas.

Luis Cabrera maestro, poeta, escritor, abogado, sociólogo, políglota, político, hacendista, tribuno, conferencista, le- gislador y periodista; con el seudónimo de Lucas Rivera comenzó a escribir ensayos y poemas y después con el de licenciado Blass Urrea” -anagrama de Luis Cabrera Loba- to-, se hizo famoso al participar en enconadas polémicas y escribir audaces, irónicos y certeros artículos periodísticos, que a lo largo de su vida, lo hicieron temido por la mordaz critica con la cual zahería a los funcionarios públicos y po- líticos de su época, sin distinción de partidos y tendencias doctrinarias.

“Ideólogo de la Revolución”, fue el mote que se le dio, por- que era notorio que sus ideales permearon el pensamiento del periodo revolucionario y fue el “cerebro” de don Ve - nustiano Carranza y cuando el Primer Jefe del Ejercito Constitucionalista, planificó las reformas a la Constitución de 1857, Luis Cabrera Lobato fue uno de sus asesores y aunque no formó parte de los diputados constituyentes, si fue de los principales redactores del proyecto de nuestra Carta Magna.

Pletórica de importantes acontecimientos está configurada la biografía de Luis Cabrera Lobato y para narrarla serían necesarios varios volúmenes, por lo que sólo y brevemen- te me referiré a sus faceta de legislador.

Diputado federal en las XXVI y XXVII Legislaturas, en la XXVI, famosa por ser la primera en que sus integrantes no fueron designados por don Porfirio Díaz, sino que fueron electos en los comicios del 30 de junio de 1911, Luis Ca-

brera Lobato fue componente del Bloque Liberal Renova- dor, como fueron nombrados lo diputados “maderistas” que en reñidos debates con el Cuadrilátero formado por cuatro distinguidos diputados reaccionarios o “porfiristas”, dieron vida a las controversias parlamentarias de la época, en las cuales sobresalió Cabrera, como el más aguerrido de los Renovadores.

La nomina de los héroes de la revolución de 1910, que ya están inscritos en los Muros de Honor de este recinto par- lamentario, no estará completa hasta que figure entre ellos el nombre de Luis Cabrera Lobato.

Por ello propongo que con fundamento en el artículo 169 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso Ge- neral de los Estados Unidos Mexicanos:

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le concede el artículo 70 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Decreta

Artículo Único. Inscríbase con letras de oro en los muros del Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el nombre de

Luis Cabrera Lobato. Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día si- guiente de su publicación en el Diario Oficial de la Fede- ración.

Segundo. Existiendo aún descendientes directos de este distinguido mexicano, la Cámara de Diputados les exten- derá invitación oficial, para que estén presentes en la se- sión en que se devele el nombre de su ilustre ascendiente. Sala de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 15 de marzo de 2005.— Dip. René Meza Cabrera (rúbrica).» Muchas gracias.

La Presidenta diputada María Marcela González Salas y Petricioli: Muchas gracias a usted, diputado Meza Ca- brera. Se turna la iniciativa a la Comisión de Reglamen- tos y Prácticas Parlamentarias.

ARTICULO 55 CONSTITUCIONAL