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Objetivo General

DETERMINAR LA EFECTIVIDAD DE LA JUSTICIA INDÍGENA EN LA COMUNIDAD TSÁCHILA, ASÍ COMO LA APLICACIÓN DE SUS REGLAMENTOS EN LOS TIEMPOS ABORÍGENES HASTA LA ACTUALIDAD Y QUE SI ÉSTOS NO VULNERAN LOS DERECHO FUNDAMENTALES PROTEGIDOS EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.

Con el presente objetivo se llegó a determinar mediante el desarrollo de la Investigación la Efectividad de la Justicia Indígena y su aplicación y se ha llegado a conocer su forma de vida sus costumbres o creencias y como a trascendido con el paso del tiempo y que el presente objetivo ha sido alcanzado mediante desarrollo de todo el presente estudio investigativo que me ha permitido emanar una amplia base teórica así como un marco conceptual donde se pudo analizar el origen y evolución de los Tsáchilas hasta la actualidad. En el marco doctrinario se ha referente a los diferentes tipos de conceptos de Justicia Indígena con la finalidad de poner en conocimiento a la sociedad sobre lo que es la Justicia Indígena en Santo Domingo de los Tsáchilas sus creencias y así poder preservar las etnias para que no desaparezcan con el paso de los años y podamos desplegar conocimientos y con eso no vulnerar algún derecho. .

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Objetivos Específicos

DETERMINAR CUALES SON LOS REGLAMENTOS O ESTATUTOS DENTRO DE LA COMUNIDAD TSÁCHILA.

Con este objetivo se pudo determinar los reglamentos o estatutos Tsáchilas dentro de las Comunas. Estas son leyes que rigen la conducta de sus habitantes y que como la ley ordinaria también se pueden reformar a medida que surtan las necesidades dentro de la población indígena aunque sin embargo hay normativas que no se pueden reformar como es el caso de estatutos que tengan más de cuarenta años. Los problemas que más se suscitan dentro de las comunas ha sido sin lugar a duda las de territorio ya que eso ha trascendido históricamente hasta la actualidad.

DETERMINAR SI LOS REGLAMENTOS SON APLICABLES A LOS HABITANTES DE LA COMUNIDAD TSÁCHILA.

Los reglamentos o estatutos Tsáchilas ciertamente estos reglamentos si son aplicables a todos los habitantes que es conformado por el pueblo Tsáchilas y que estas se deben de cumplir a cabalidad sin excusa alguna y que si es necesario llegarse a atribuir al infractor una sanción bastante dura.

DETERMINAR SI LAS COMUNAS TSÁCHILAS CONOCEN DE JUSTICIA INDÍGENA Y SI EL JEFE DE LA COMUNA ENSEÑAN ESTOS ESTATUTOS EN LA ACTUALIDAD.

Este objetivo específico se alcanza mediante la investigación y que a la vez nos da un amplio conocimiento de que dentro de las comunas si se enseña sobre sus costumbres o creencias o sobre los leyendas o historias mágicas que hacen volar la imaginación de grandes y pequeños. Los Tsáchilas desde que son muy pequeños les enseñan sobre los reglamentos que se rigen dentro de la comuna por parte del jefe de la comuna que enseña todo lo referente a las costumbres de la comuna.

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ANALIZAR SI LOS REGLAMENTOS O ESTATUTOS NO VIOLENTAN DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS.

Analizando lo investigado si los reglamentos o estatutos Tsáchilas violentan o no los derechos fundamentales pues desde mi punto de vista no ya que ellos tratan de llegar siempre a un conciliación cuando existe un problema y lo hacen de la manera en que ninguno quede sin lo que se merece, lo que ellos tratan es de enseñar sus reglamentos para que no sean quebrantado y tratar vivir todos como familia.

ESTABLECER EN QUE CASOS SE APLICA ACTUALMENTE LOS ESTATUTOS DE LA JUSTICIA INDÍGENA TSÁCHILA.

Históricamente los inconvenientes ha sido por vecindad, daño de la propiedad por animales caseros y ciertos conflictos de tierras pero en la actualidad han ido apareciendo otros problemas como el robo, violaciones, convivencia de Tsachilas con mestizos, pérdida de identidad y rentas de tierra en estos caso se aplica en la actualidad los estatutos.

Fundamentación jurídica para la propuesta.

Mediante el presente informe jurídico se puede determinar que los Tsáchilas es una cultura étnica más importante que posee la ciudad de Santo Domingo de los colorados. Los Tsáchilas tienen la identidad bien marcada, el vestido, la pintura roja en los cabellos masculinos, su lengua que es el Tsafiki que hasta la actualidad todos siguen utilizando, tiene su propia alimentación, tiene poderes curativos del cual se tiene gran reputación los pones o Chamanes que tienen unos estatutos enmarcado en sus costumbres. .

Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas como son los Tsáchilas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de la participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los Derechos Humanos reconocidos

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en Instrumentos Internacionales. El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena serán respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La Ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria establecida en la Constitución de la República del Ecuador del Título IV Capitulo Cuarto en su Art. 171 de Función Judicial y Justicia Indígena.

La Constitución da el derecho a que cada persona tome el derecho a tener su propia identidad cultural como es en el caso de los Tsáchilas ellos tienen su propia cultura, de conocer sobre ellas, de construir cultura, y como lo respalda la Constitución en el Art. 21 “Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas. No se podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos reconocidos en la

Constitución” y en la declaración de las Naciones Unidas menciona en su Art.

5 en el Derecho de los Pueblos Indígenas que Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado. Como se puede ver la Constitución y en la declaración de las Naciones Unidas dan esta declaración a los pueblos indígenas da la oportunidad de conservar sus cultura, social y económica para que sean aplicados a todas sus actividades diarias pero siempre y cuando respetando los derechos de las demás personas.

Actualmente los Tsáchilas están inmersos dentro de la economía, por medio del comercio de banano, frutas tropicales, ganadería y algunos en la medicina ancestral y para la sociedad se han convertido en un atractivo turístico. La comunidad Tsáchila se está atravesando por un momento crucial de su vida hasta el punto de correr el riesgo de perderse ya que actualmente solo existen

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2.640 censadas a diferencia de los 1043 personas censadas en el año 1984, lo cual es un aliciente del crecimiento de la población , es por ellos que si los Tsáchilas no promueven ante sus miembros la lucha tenaz por mantenerse llegaría a ese riesgo de desaparecer, ya que los jóvenes Tsáchilas de las últimas generaciones ya no conservan los elementos de sus vestuarios que eran muy propios yt que los diferenciaban de los mestizos, esto es por enajenación, y perturbación de su cultura y tradiciones o ya sea por el contacto con otras costumbres o por la falta de valoración de la propia.

Con este Informe Jurídico quiero llegar a la ciudadanía a que conozca más de los Tsáchilas y así podamos ver la importancia de esta tribu y que podamos rescatar la maravillosa cultura que tiene la ciudad de Santo Domingo ya que en la actualidad los Jóvenes Tsáchilas están perdiendo ya este arraigo de sus creencias y es ahí donde hay que trabajar más porque ellos son el futuro de los Tsáchilas.

Porque nuestra Constitución manda a que a que reconozcamos nuestras raíces milenarias forjadas por mujeres y hombres de distintos pueblos, que celebremos a la naturaleza, a la Pacha Mama de la que somos parte y que es vital para nuestra existencia, que invoquemos el nombre de Dios y reconociendo nuestras diversas formas de religiosidad y espiritualidad, a que apelemos a la sabiduría de todas las cultura que nos enriquecen como sociedad, nos manda a que como herederos de las luchas de liberación frente a todas las formas de liberación y colonialismo. Pero sobre todo la Constitución nos manda a que Construyamos una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay, que seamos una sociedad que construya respeto en todas sus dimensiones como la dignidad de las personas y las colectividades. Todos esto mencionado en su Preámbulo nos lleva a comprender que no solo los pueblos indígenas tienen derecho a preservar su cultura sino que nosotros, como pueblo, como hijos de una misma patria debemos respetar, reconocer y ayudar a construir la costumbre Tsáchila que tiene riesgo de extinguirse.

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Conclusión del informe:

 Después de analizar los artículos antes mencionados de la Constitución de la República del Ecuador se puede determinar que los pueblos indígenas como los Tsáchilas están amparados en la Constitución, ellos tienen derecho a construir cultura a tomar decisiones para el bien de su comunidad ya que en la actualidad esté pueblo indígena tiene un riesgo de perderse. Es por eso que debemos respetar esta Cultura y permitir que siga existiendo y ayudar a que los Tsáchilas sigan practicando sus costumbres pues como ya he mencionado anteriores veces son los que identifican a Santo Domingo, como ciudad, como pueblo ya que es una de las tribus más importante que tiene nuestra provincia, no por nada lleva ese nombre y sería muy lamentable con el paso del tiempo deje de existir por falta de interés común de querer preservar esta etnia.  Si nos ponemos a observar nos daremos cuenta que los Tsáchilas tanto

hombres como los hombres solo continúan utilizando de su vestimenta autóctona el pintado de achiote en el cabello y mientras que algunas mujeres aún utilizan el tunán como parte de su atuendo. Esto no sucede con los jóvenes Tsachilas que ellos optan por la vestimenta que está de moda y es precisamente en ese sector que está en riesgo de perderse la cultura Tsáchila.  A pesar del contacto con la sociedad mestiza los Tsáchilas siguen conservando las costumbres entre una de ellas es el lenguaje Tsafiki y la práctica de la medicina ancestral como son los rituales, ceremonias, tradiciones, etc. Pero también es muy cierto que si las autoridades como el Estado mismo. La Municipalidad de Santo Domingo y la población no forman parte de este rescate de la cultura Tsáchila tiene el riesgo de extinguirse y de perderse lo caracteriza a Santo Domingo de los Tsáchilas.

 Se debe prestar distintas a los Tsáchilas distintas formas informativas para llegar a la población como son la radio, la televisión o la prensa y un deber que todos debemos de cumplir en especial el Estado para que se pueda informar sobre las etnias que existen en nuestro país.

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