RESOLUCIÓN N.° 88/ENTUR/15
Buenos Aires, 9 de octubre de 2015
VISTO:
Las Leyes Nros. 600, 2.627 y 4.685, la Resolución Nº 17/ENTUR/14, el Expediente Electrónico Nº 19.778.630-DGPRT/15 y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud presentada por Infobyte S.A., tendiente a obtener el auspicio institucional por parte del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la conferencia "Ekoparty Security Conference", a realizarse del 21 al 23 de octubre de 2015, en Ciudad Cultural Konex sito en Sarmiento 3131, Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley Nº 2.627 y su modificatoria Nº 4.685, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley Nº 600 declara al Turismo una actividad socioeconómica de interés público y cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 8º de la norma prevé las atribuciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo, entre otras: fomentar y apoyar la iniciativa que contribuya a la promoción del turismo y a la excelencia de los servicios; y crear las herramientas necesarias para posicionar a Buenos Aires como sede de congresos, ferias, exposiciones y convenciones;
Que conforme la Resolución Nº 17/ENTUR/14, la Dirección General de Promoción Turística tiene entre sus responsabilidades primarias, analizar e informar respecto la procedencia de las solicitudes de auspicios y/o declaraciones de interés de eventos que se realizan en la ciudad y que sean presentadas ante el Ente de Turismo;
Que la Dirección General de Promoción Turística de este organismo propicia el otorgamiento del auspicio solicitado, ello en vista a la importancia que representa para nuestra Ciudad contar con la conferencia técnica de seguridad informática más importante de la región, comprometida con la divulgación de investigaciones científicas, cuya finalidad posee un evidente interés comunitario para el desarrollo profesional y el crecimiento tecnológico de nuestro país, con un completo programa de capacitación y actualización en temas de interés para el sector con reconocidos disertantes de todo el mundo;
Que la presente solicitud no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1º.- Otórgase el auspicio institucional para la "Ekoparty Security Conference", a realizarse del 21 al 23 de octubre de 2015, en Ciudad Cultural Konex sito en Sarmiento 3131, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Déjase constancia que el presente auspicio no implica exención de aranceles, tasas y/o contribuciones y no ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni implica autorización alguna para ejercer funciones que son propias del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al requirente, remítase copia a la Dirección General de Promoción Turística, dependiente del Ente Turismo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. De Andreis
RESOLUCIÓN N.° 89/ENTUR/15
Buenos Aires, 9 de octubre de 2015
VISTO:
Las Leyes Nros. 600, 2.627 y 4.685, la Resolución Nº 17/ENTUR/14, el Expediente Electrónico Nº 17.581.679/15;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud presentada por el Dr. Esteban Avigliano, en su calidad del colaborador del Comité Organizador, tendiente a obtener el auspicio institucional por parte del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el "VIII Congreso de Ecología y Manejo de Ecosistemas Acuáticos Pampeanos (EMEAP 2015)“, a realizarse del 15 al 19 de noviembre del 2015, en el Museo Argentino de Ciencias Naturales "Bernardino Rivadavia" sito en Av. Angel Gallardo 470, Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley Nº 2.627 y su modificatoria Nº 4.685, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley Nº 600 declara al Turismo una actividad socioeconómica de interés público y cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 8º de la norma prevé las atribuciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo, entre otras: fomentar y apoyar la iniciativa que contribuya a la promoción del turismo y a la excelencia de los servicios; y crear las herramientas necesarias para posicionar a Buenos Aires como sede de congresos, ferias, exposiciones y convenciones;
Que conforme la Resolución Nº 17/ENTUR/14, la Dirección General de Promoción Turística tiene entre sus responsabilidades primarias, analizar e informar respecto la procedencia de las solicitudes de auspicios y/o declaraciones de interés de eventos que se realizan en la ciudad y que sean presentadas ante el Ente de Turismo;
Que la Dirección General de Promoción Turística de este organismo propicia el auspicio solicitado ello en vista a la importancia de este congreso nacional, que se realiza cada dos años en diferentes ciudades del país y convoca una gran cantidad de investigadores científicos tanto nacionales como internacionales;
Que, asimismo, la referida Dirección General sostiene, que el evento constituye un importante aporte para el fomento del turismo receptivo y para posicionar a la ciudad como sede de Eventos y Congresos;
Que la presente solicitud no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1º.- Otórgase el auspicio institucional para el "VIII Congreso de Ecología y Manejo de Ecosistemas Acuáticos Pampeanos (EMEAP 2015)"; a realizarse del 15 al 19 de noviembre del 2015, en el Museo Argentino de Ciencias Naturales "Bernardino Rivadavia" sito en Av. Angel Gallardo 470, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Déjase constancia que el presente auspicio no implica exención de aranceles, tasas y/o contribuciones y no ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni implica autorización alguna para ejercer funciones que son propias del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al requirente, remítase copia a la Dirección General de Promoción Turística, dependiente del Ente Turismo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. De Andreis
RESOLUCIÓN N.° 90/ENTUR/15
Buenos Aires, 9 de octubre de 2015
VISTO:
La Ley N° 70, el Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10 y 59/MHGC/15, la Resolución Conjunta Nº 03/MHGC/MJGGC/SECLYT/15, la Disposición Nº 09/DGCG/10 y su modificatoria Nº 183/DGCG/13 y el Expediente Nº 1.827.532-ENTUR/15;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 70 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que por el Decreto Nº 67/10, se aprobó el régimen para la asignación de fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme el artículo 16 del Anexo I del Decreto N° 67/10 “El titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobará los gastos, mediante Acto Administrativo, de acuerdo a la reglamentación, siendo responsable de la oportunidad, merito y convivencia de dichas erogaciones“;
Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la reglamentación del mencionado Decreto;
Que en el Anexo II de la de la Resolución N° 59/MHGC/15, se determinan los montos de las cajas chicas comunes por jurisdicción y reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que, en el Anexo III se establecen los montos máximos de gastos por comprobante y la cantidad de reposiciones de fondos por ejercicios;
Que la Disposición N° 9/DGCG/10 modificada por la Disposición N° 183/DGCG/13, se aprobaron los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondos con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones;
Que por el punto 1 del Anexo III de la Disposición N° 183/DGCG/13 establece que dicho acto administrativo aprobará como Anexos las planillas 2 y 3 del Anexo V de la citada Disposición;
Que la Resolución Conjunta Nº 03/MHGC/MJGGC/SECLYT/15 estableció que el procedimiento de solicitud, rendición y reposición de Caja Chica Común deberá tramitar por expediente electrónico;
Que por Expediente Nº 1.827.532-ENTUR/15 se rinden los fondos recibidos en concepto de Caja Chica Común del año 2015 de la Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que se han adjuntado a la presente, los Anexos de Firma Conjunta IF-27923495-ENTUR/15 y Conjunta IF-27923879-IF-27923495-ENTUR/15, como establece la Resolución Conjunta Nº 03/SECLYT/15;
Que la adquisición de bienes y servicios en cuestión encuadra dentro de las previsiones de los artículos 4° y 10º del Anexo I del Decreto Nº 67/10.
Por ello, conforme al procedimiento establecido en la normativa vigente,
EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébanse los gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común Nº 05 del año 2015 de la Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la suma total de PESOS VEINTIUNMIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 25/100 ($21.371,25) y las planillas que como Anexos de Firma Conjunta forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que involucra la presente medida se encuentra imputado contra el presupuesto del ejercicio 2015.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Auditoria Interna del Ente de Turismo y pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente de Turismo. Cumplido, archívese. De Andreis
RESOLUCIÓN N.° 91/ENTUR/15
Buenos Aires, 13 de octubre de 2015
VISTO:
Las Leyes Nros. 600, 2.627 y 4.685, la Resolución Nº 17/ENTUR/14, el Expediente Electrónico Electrónico Nº 27.072.069/DGPRT/15;
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud presentada por la Asociación de Estudiantes por la Ciencia de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires A.E.C.U.B.A tendiente a obtener el auspicio institucional por parte del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el "XXVI Congreso Científico Argentino de Estudiantes de Medicina", a realizarse del 14 al 17 de octubre del 2015 en la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Ley Nº 2.627 y su modificatoria Nº 4.685, se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley Nº 600 declara al Turismo una actividad socioeconómica de interés público y cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 8º de la norma prevé las atribuciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo, entre otras: fomentar y apoyar la iniciativa que contribuya a la promoción del turismo y a la excelencia de los servicios; y crear las herramientas necesarias para posicionar a Buenos Aires como sede de congresos, ferias, exposiciones y convenciones;
Que conforme la Resolución Nº 17/ENTUR/14, la Dirección General de Promoción Turística tiene entre sus responsabilidades primarias, analizar e informar respecto la procedencia de las solicitudes de auspicios y/o declaraciones de interés de eventos que se realizan en la ciudad y que sean presentadas ante el Ente de Turismo;
Que la Dirección General de Promoción Turística de este organismo propicia el otorgamiento del auspicio solicitado, ello en vista a la importancia que representa para nuestra Ciudad contar con este prestigioso evento anual que recibe destacados disertantes, autores de trabajos de investigación, jurados y estudiantes de todo el país, de Chile, Brasil y Uruguay;
Que, asimismo, la referida Dirección General sostiene que el evento constituye un significativo aporte para el fomento del turismo receptivo y de reuniones;
Que la presente solicitud no conlleva pedido de exención de aranceles, tasas y/o contribuciones, ni ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1º.- Otórgase el auspicio institucional para el "XXVI Congreso Científico Argentino de Estudiantes de Medicina", a realizarse del 14 al 17 de octubre del 2015 en la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Déjase constancia que el presente auspicio no implica exención de aranceles, tasas y/o contribuciones y no ocasiona erogación alguna al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni implica autorización alguna para ejercer funciones que son propias del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al requirente, remítase copia a la Dirección General de Promoción Turística, dependiente del Ente Turismo de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. De Andreis
RESOLUCIÓN N.° 93/ENTUR/15
Buenos Aires, 13 de octubre de 2015
VISTO:
El Decreto 501/12, la Resolución Nº 1.769/MHGC/12, la Resolución Conjunta Nº 18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12, y el Expediente Nº 280.873/ENTUR/15 y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto tramita la aprobación del gasto realizado en concepto de movilidad por los agentes de esta Presidencia, correspondiente al tercer trimestre del año 2015;
Que por Decreto Nº 512/12 aprobó el régimen de asignación de gastos de movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución Conjunta Nº18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12 aprobó el procedimiento administrativo electrónico que debe observarse para la tramitación de la solicitud, rendición y devolución de gastos de movilidad;
Que la citada Resolución establece que la repartición solicitante de fondos, responsable de su rendición, debe confeccionar una planilla de conformidad con el Modelo Nº 5 - modelo de planilla de resumen trimestral - del Anexo III de la norma, la cual debe ser firmada por uno de los responsables de los fondos y por el máximo responsable de la repartición solicitante;
Que el mentado acto administrativo dispone que debe generarse un Anexo Firma Conjunta correspondiente a la planilla de aprobación del gasto mencionado, el cual obra en las presentes actuaciones;
Que los gastos correspondientes a la rendición de movilidad del tercer trimestre del año 2015 de la Presidencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ascienden a la suma de PESOS OCHO MIL ($8.000,00);
Que asimismo se han respetado los montos establecidos por la Resolución Nº 1.769/MHGC/12;
Que se ha corroborado la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones realizadas y afectadas al régimen respectivo;
Que se han realizado las adecuaciones presupuestarias contempladas en la normativa vigente, con cargo al presente ejercicio.
Por ello, y en el uso de las facultades conferidas por la Resolución Conjunta Nº18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12,
EL PRESIDENTE DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébanse los gastos de Movilidad originados en las prestaciones de los agentes de esta Presidencia correspondientes al Tercer Trimestre del año 2015, por la suma total de PESOS OCHO MIL ($8.000,00), y la Planilla que como Anexo Firma Conjunta IF-2015-28571242-ENTUR, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Unidad de Auditoria Interna y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, ambas del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. De Andreis