La veeduría ambiental Mulaló – Loboguerrero surge como mecanismo legal para la incidencia en la construcción de la vía de cuarta generación, para evitar el posible impacto del acuífero del corregimiento de Pavas, poniendo en riesgo la disponibilidad de agua para esta población. La manifestación de nuevas formas de lucha social que se configuran al interior de sociedades en donde las grandes categorías que las agrupan se hacen cada vez más tenues dando lugar a manifestaciones de diferente orden que hacen que las sociedades sean más complejas. La defensa del lugar, en este caso el corregimiento, puede ser vinculada a la práctica de un grupo de actores, desde activistas de movimientos sociales hasta arqueólogos históricos, antropólogos ecológicos, psicólogos ambientalistas, y ecólogos” (Escobar, 2002). En este caso los actores que conforman el grupo veedor no cuentan con una trayectoria referida por acciones legales o de contención, sin embargo todos ellos habitan el lugar y tanto colectivamente como de manera individual le confieren significados que orienta a la organización y defensa de las características del territorio.
El lugar acá referido es el espacio social donde se configura la acción, articulado con las valoraciones ambientales, de tranquilidad y seguridad que ofrece el territorio y que lo convierte en “un buen vividero”.
En la conformación de esta organización fue determinante la participación de aliados estratégicos, que direccionaron las necesidades presentes en el territorio hacia las acciones colectivas de tipo legal, enmarcadas en los mecanismos de participación ciudadana establecidos en la constitución nacional. Esto se dio a partir de redes de colaboración y gestión con un componente de “colegaje” entre quienes conforman la veeduría, siendo un aspecto determinante de la organización interna.
78 Los capitales sociales y culturales jugaron un papel importante tanto en la comprensión de la problemática como en desarrollo y posteriores acciones. Las acciones colectivas se llevan a cabo debido a que se cuenta con los elementos para garantizar la movilización de los recursos internos y externos disponibles (Melucci, 2010).
Las trayectorias y vivencias de los diferentes actores de la veeduría son diversos, existen pocas o nulas conexiones con procesos de organización social o acciones colectivas anteriores. Lo anterior es consecuente con las nuevas formas de lucha como el resultado de la autonomía creciente de las esferas sociales en las sociedades contemporáneas entendiendo teóricamente la noción de sujeto como agente descentrado y destotalizado (Laclau, 1987), de tal manera que las grandes estructuras y marcos sociales pierden la capacidad de explicación.
La organización al interior de la veeduría no cuenta con una estructura definida en términos de roles o acciones; se pueden evidenciar principalmente dos muy claros: el del liderazgo realizado la representante legal y los acciones de interlocución de actores de la veeduría con otros habitantes del territorio. La primera función se desarrolla de manera continua teniendo periodos de mayor actividad que otros con un grado de diligencia y oportunidad altos garantizando el mantenimiento de las estructuras organizativas, que aunque poco complejas se conservan en funcionamiento (Melucci, 2010). De manera contraria, las conexiones con las bases sociales del territorio, aunque se gestionaron de diversas formas no tuvieron un resultado positivo, asunto que debilitó la legitimidad de la veeduría frente a la población asentada en el territorio, los cuales tomaron partido -independientemente de la participación en las acciones colectivas- favoreciendo la posible construcción de la carretera. En términos de Laclau, no hay posición de sujeto cuyos nexos con los demás estén lo suficientemente asegurados y no hay una identidad social completamente adquirida que no esté sujeta en mayor o menor grado a la acción de las prácticas articulatorias
79 (Laclau, 1987), en este sentido, las prácticas que se llevan a cabo en el territorio no permiten que la articulación entre los diferentes actores que conforman la población, lo que se convierte en un limitante para la acción colectiva pues no existe una posición homogénea, que garantice una comprensión de la problemática y participación de la población del corregimiento en las acciones colectivas legales o de contención.
Los resultados de las acciones colectivas a la fecha no son claros, pues aún no existe licencia ambiental expedida por la autoridad correspondiente. Estos procedimientos hacen parte de un orden burocrático que obedece al establecimiento de entidades nacionales gubernamentales y no gubernamentales, con intereses que desbordan la naturaleza de cada una de ellas. Las acciones colectivas llevadas a cabo hacen parte de un entramado de trámites y procedimientos que no garantizan aún el desvío de la carretera y la disminución de impactos sobre el acuífero.
Un logro determinante de la veeduría ambiental fue la socialización de la problemática en diversos escenarios académicos y políticos fuera del territorio, además de la consecución de aliados estratégicos que alerta tanto a la continuidad de las acciones ya realizadas así como a la diversificación de estas. La veeduría ambiental tiene el carácter de “interesados” de manera formal en el proceso de construcción de la carretera, de manera que cualquier decisión técnica se debe poner en conocimiento de los actores de la veeduría. Las decisiones en torno a la construcción de la vía están supeditadas a la racionalidad legal y no propiamente a las valoraciones diversas que sobre el territorio y el agua puedan existir.
Por otro lado, si bien se presenta un conflicto evidenciado en las posiciones contrarias existentes entre actores del territorio y las entidades de orden nacional, por la posible afectación al recurso hídrico, este se encuentra latente y pude considerarse como un conflicto de contenido ambiental
80 (folchi Donoso, 2001), en donde el principal argumento para la acción se encuentra en la preservación del recurso hídrico, sin embardo este asunto no es el único impacto evidenciado por los actores, otros aspectos en juego son la amenaza a la tranquilidad del territorio, la seguridad, la contaminación, entre otros; siendo una amalgama de razones que se argumentan para que se rechace el trazado de la vía, por lo menos en el corregimiento de Pavas. La tensión a la estabilidad histórica conseguida entre la comunidad y su entorno pone de manifiesto reacciones contrarias o de oposición. Si bien estas características le confieren a la situación una apreciación no tan clara, la situación que acontece antecede a un conflicto ambiental en la medida en que los actores locales en respuesta a la presencia de la concesionaria y a las obras en el territorio evidencian esta obra como una realidad, permitiendo que otros actores que aún no están interesados por desconocimiento o falta de interés puedan asumir una posición e incidir en los espacios de participación.
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Otros documentos:
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Carta de la Veeduría de solicitud de informe al consorcio DIS
Carta de la Veeduría para solicitud de conformación de mesas técnicas de concertación
Acción de tutela a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales
Carta de la Veeduría al defensor del Pueblo Bogotá