7.3 Experiments and Results
7.3.3 Interaction Tools Human vs Computer Output
Cuando Bea tenía 8 años sus padres se separaron. Poco tiempo des- pués, su madre rehízo su vida con una nueva pareja. El divorcio había sido complicado y Bea, a diferencia de sus hermanos, lo llevó mal. Mos- traba poca autoestima, tenía síntomas de depresión y, como su madre cuenta, “lloraba de repente sin saber por qué”.
Cuando Bea tenía 12 años se inició una pequeña disputa en casa. Su hermana pequeña quería acompañar a su madre a hacer unos recados, por lo que Bea se quedaría a solas con la pareja de su madre. “Tú no me puedes dejar sola”, le recriminó Bea a su hermana. Al observar la escena, la madre entendió que algo pasaba y, tras una conversación delicada con sus hijas, Bea reconoció entre llantos que el novio de su madre abusaba de ella. La madre inmediatamente cogió a sus hijas, se fue a casa de su hermana y echó a su novio de la casa.
Aunque Bea sólo quería “que aquello terminara, que no se enterara nadie”, además de a su madre tuvo que contar su caso a la pediatra del centro de salud, a los profesionales del hospital donde le pusieron en tratamiento contra enfermedades de transmisión sexual y a una jueza del juzgado, antes de ser citada para la prueba pericial en la que un psicólogo determinaría si su testimonio era creíble o no.
El informe pericial consideró que Beatriz mentía, y fue tajante al alegar la causa: con 12 años Beatriz no sabía qué quería ser de mayor y en- tendía que esta historia le podía llevar a poder vivir de ayudas públicas. Según se lee en el mismo, la perito no analizó el discurso de la niña aplicando el SVA ni ninguna otra metodología. Sacó la citada conclusión basándose en que la niña parecía tranquila aunque las manos le suda- ban, y este detalle le llevó a interpretar que a pesar de las apariencias Bea realmente estaba nerviosa, y por tanto, si podía aparentar que estaba tranquila era porque estaba acostumbrada a fingir y mentir. La madre de Bea está convencida de que su hija dice la verdad. Bea le ha repetido expresiones que el abusador usaba cuando la tocaba y que eran las mismas que empleaba cuando mantenía relaciones sexuales con la madre. Ahora no sabe si recurrir y hacer pasar a su hija por juzgados y declaraciones de nuevo, o tratar de olvidar y “ser fuerte y seguir adelante”. Tiene miedo de que, en un futuro, su hija sufra pen- sando que no fue creída y que nadie fue castigado por lo que a ella le hicieron pasar.
El error de Otelo y la poca sistematización en la aplicación de las téc- nicas adecuadas para valorar la credibilidad del testimonio de niños, ni- ñas y adolescentes víctimas de abusos sexuales están muy relacionados con las condiciones y la forma en la que las y los psicólogos forenses se han introducido en los juzgados. La propia Asociación de Psicólogos Forenses de la Administración de Justicia30 advierte que la regulación
de sus competencias tiene debilidades y que faltan medios humanos o materiales, lo que podría afectar a la calidad de su labor y, por tanto, limitar la autoridad científica que puede o no otorgar un juez a un infor- me de credibilidad del testimonio.
En 1983 se empezó a introducir en la Administración de Justicia la figu- ra del psicólogo forense, como apoyo en los procesos de divorcio con disputas sobre la custodia de hijos e hijas. A partir de ese momento, las características y funciones de esta figura han estado vinculadas con el proceso de transferencia de las competencias de justicia del Estado Central a las Comunidades Autónomas.31.XLIII
La falta de regulación común, similar a la que se aplica a los médicos forenses, ha hecho que los procesos de selección, los requisitos para el ejercicio o las funciones de los psicólogos forenses varíen considerable- mente entre las distintas Comunidades Autónomas; en algunos casos, estas diferencias hacen imposible que se pueda garantizar su autoridad científica y su especialización. Por ejemplo, en las Comunidades Autó- nomas de Madrid, Valencia o Andalucía no hay procesos de selección específicos, lo que lleva a que una o un psicólogo de la Administración sin formación acreditativa en psicología forense y que quizá lleve déca- das dedicado a la psicología clínica y tratando, por ejemplo, a ancianos en una residencia, pueda optar a una plaza en una clínica forense. Así, este profesional podría pasar, de la noche a la mañana y sin que medie obligatoriamente formación ad hoc, a valorar la credibilidad del testi- monio de un o una menor de edad que asegura haber sido víctima de abusos sexuales. En otras Comunidades Autónomas como Galicia, el proceso de acceso a esta ocupación consiste en inscribirse en una bolsa de empleo dependiente de los Colegios Oficiales de Psicólogos sin que exista un requisito uniforme para acreditar la pericia de las personas inscritas.
La formación de las y los psicólogos forenses es también diversa. Aun- que durante los años 90 del siglo pasado fueron apareciendo algunos títulos propios de másteres en psicología forense, para la contratación por la Administración Pública no es obligatorio que hayan cursado uno de estos postgrados. Así que la formación previa puede limitarse a al- guna asignatura optativa cursada en la Facultad de Psicología que, ade- más, han ido desapareciendo al pasar de Licenciatura a Grado.XLIII
30 Más información en www.psicologosforenses.org.
31 A fecha de publicación de este informe las competencias de Justicia estaban transferidas en las siguientes comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Madrid, Navarra, País Vasco y La Rioja. Siguen dependiendo de la Administración Central en Baleares, Castilla y León, Castilla La Mancha, Extremadura, Murcia y los servicios centrales de salas como la Audiencia Nacional.
Los profesores de psicología forense que Save the Children ha entrevis- tado en el transcurso de esta investigación compartían la misma queja: ellos dan clases en las Facultades de Derecho y no en las de Psicología porque a las y los psicólogos apenas se les forma en esta materia. Sin un marco legal que regule el acceso, la acreditación previa, unos procesos selectivos homogéneos, el periodo formativo o cómo ha de ser la rotación por las distintas jurisdicciones de las y los psicólogos forenses (una o un mismo psicólogo puede ocuparse de hacer informes sobre custodias y pasar a encargarse de la credibilidad del testimonio o del análisis de las capacidades o incapacidades legales de una o un acusado), son muchas las vocesXLIV que demandan un estatuto orgánico
propio que regule un Cuerpo Nacional de Psicología Forense (similar al Cuerpo Nacional de Médicos Forenses). Este debate ha llegado al Con- greso de los Diputados mediante una Proposición No de Ley aprobada en la Comisión de Justicia que nunca llegó a aplicarse.32
De acuerdo con una sentencia del Tribunal Constitucional,33 las y los
psicólogos forenses han de estar colegiados en los Colegios Oficiales de Psicólogos para garantizar, como en otras profesiones, unos estándares de prestación del servicio. Sin embargo, en varias Comunidades Autó- nomas no se exige la colegiación. Ya sea a través del colegio profesional o por otra vía, es necesario definir mecanismos claros de responsabili- dades, incompatibilidades y rendición de cuentas.
32 El 15 de octubre de 2013 el Grupo Parlamentario Popular presentó una Proposición No de Ley, aprobada luego en la Comisión de Justicia, que demandaba la unificación de criterios y la formación de los psicólogos forenses de la Administración de justicia.
Andalucía Son funcionarios sin cuerpo específico; cualquier psicólogo/a puede solicitar un puesto de psicólogo forense sin acreditar experiencia o conocimiento. En ocasiones, por necesidades de personal se ha contratado a empresas con servicios específicos de psicólogos a través de convocatorias públicas para la contratación de asistencias técnicas No No
Cataluña Hasta las últimas oposiciones han sido funcionarios sin cuerpo específico. Actualmente están en curso unas oposiciones específicas de psicólogo en el ámbito de ejecución penal que serán la única vía de acceso.
Hasta las últimas oposiciones ninguna formación específica. A partir de las oposiciones de psicólogo en el ámbito de ejecución penal, se incluye en el temario formación específica. No
Comunidad de Madrid Son funcionarios sin cuerpo específico. Cualquier psicólogo puede solicitar un puesto de psicólogo forense sin acreditar experiencia o conocimiento.
No No
Comunidad Valenciana A través de concurso oposición, forman un cuerpo específico. Cuando los forenses oficiales están saturados, y especialmente en materia de “familia” y no de penal, se le puede pedir ayuda al Colegio de Psicólogos.
No; se valora formación,
pero no se exige. No
País Vasco Forman un cuerpo funcionarial específico propio de psicólogos forenses. Cuando se contrata a personal laboral para estas funciones se exige, igualmente, que se trate de psicólogos forenses.
No No
CC.AA. Sistema de acceso Formación necesaria en psicología forense Se les exige colegiación