En esta parte del trabajo se hará una comparación de todos los elementos involucrados en el costo de la mano de obra de Colombia y Chile; su objetivo es analizar el impacto que tienen todas estas variables al calcular el costo de un empleado en cualquiera de los dos países y para su comparación se deben establecer los siguientes parámetros:
En cuanto a la Seguridad Social:
Al igual que en Colombia, en Chile la pensión es un seguro que cubre al trabajador de la invalidez, vejez y sobrevivencia, pero existen diferencias fundamentales que son muy significativas en el momento de calcular el costo de esta pensión para un empleador, por ejemplo en Colombia este aporte lo asumen las dos partes en diferentes proporciones, el empleador asume un 12% y el trabajador asume un 4% para completar el aporte total que es de un 16%, en Chile este aporte lo asume única y exclusivamente el trabajador y es sobre un 10% de su salario mensual, aparte de este aporte el empleador debe pagar un seguro de invalidez y sobrevivencia de 1.87% sobre el salario mensual del trabajador, en Colombia solo se paga la pensión y ahí está incluido todo. En cuanto a la Salud en Colombia también se asume por ambas partes de la siguiente manera, el empleador asume un 8.5% y el trabajador un 4% esto para un total del 12.5%, en Chile este aporte es asumido 100% por el empleador y corresponde al 7% sobre el total del salario mensual del trabajador. Por último se analizarán los Riesgos profesionales o Accidentes de trabajo, en ambos países se tiene un intervalo para clasificar los riesgos a los que está expuesto un trabajador en la empresa, en Colombia el intervalo está entre el 0.522% al 8.7%, en Chile está entre el 0.95% y el 3.4% en ambos países lo asume 100% el empleador.
En cuanto a los Aportes Parafiscales en Colombia ascienden al 9% de la remuneración mensual del empleado y se distribuye así: Sena 3%, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar 4% y Cajas de Compensación 2%. En Chile este concepto no existe propiamente, pues no es obligación que los trabajadores pertenezcan a una caja de compensación familiar, sin embargo cuando se pertenece a un sistema de salud se distribuye el aporte de la siguiente manera: 6.4% para la salud y 0.6 para la caja de compensación.
Para las prestaciones Sociales el análisis es el siguiente:
Para los empleados de Chile la Prima no existe, existe algo parecido que es el aguinaldo y que se paga por el empleador en determinados meses del año pero tiene una gran diferencia con Colombia porque allí no es obligatoria, en Colombia la prima de servicios legal se le da a los trabajadores dos veces al año, generalmente es en los meses de Junio y Diciembre y equivale al valor del salario mensual que devengue el empleado.
En lo que concierne a las vacaciones en ambos países son 15 días de salario, pero la gran diferencia radica en que en Chile no son acumulables e inevitables, esto implica que todos los empleados tienen que tomar sus vacaciones en el momento que cumplan las condiciones para tenerlas. Aquí en Colombia en casos especiales se pueden pagar en dinero hasta la mitad del tiempo y el resto tomar libre (Senado de la República de Colombia). En cuanto a las cesantías en Chile se pagan de acuerdo al tipo de contrato y se pagan como se explica en el numeral 18, el monto máximo es de un 3% sobre el salario mensual del trabajador, en Colombia son el 8.33% sobre el salario más el subsidio de transporte que el trabajador recibe mensualmente y se le dan al trabajador al momento de liquidarlo o se le consignan en un fondo de cesantías según el tipo de contrato.
A continuación se analizara las remuneraciones constitutivas de salario:
Como primera variable tenemos el salario, en Chile el salario mínimo legal es de $ 165.000 pesos chilenos que equivale a U$ 299,13 y $ 555.902 colombianos acorde al dólar, con este salario mínimo legal Chile es uno de los países en América del Sur que mejor remuneración tiene para sus trabajadores. A diferencia de Colombia no hay diferenciación en la jornada diurna y nocturna, aunque ya se está tramitando en el congreso una ley que establezca la diferencia.
En cuanto a las horas extras vemos que en Chile no tienen privilegios las horas extras nocturnas o festivas frente a las diurnas o en jornada ordinaria, todas las horas extras se pagan con un recargo del 50% del valor de la hora, calculado teniendo en cuenta todas las horas trabajadas y no pagas como se calcula en Colombia.
En cuanto a los otros elementos que son constitutivos de salario en Chile están las participaciones, gratificaciones y comisiones, estas últimas coinciden con Colombia porque también allí son constitutivas de salario.
Sobre las remuneraciones no constitutivas de salario se puede decir que también coinciden con Colombia por ejemplo la alimentación y las bonificaciones, sin embargo en Chile no es constitutivo de salario la asignación para la movilización, mientras que en Colombia el subsidio de trasporte si lo es, pero con la salvedad que solo se afecta por el factor prestacional de las prestaciones sociales en las cuales se tiene en cuenta como base de liquidación.
De todo lo anterior se puede concluir entonces que el factor prestacional de Chile (16.98%) es muy inferior al de Colombia (51.842%), por tal motivo puede ser muy atractivo para los empresarios colombianos incursionar en ese país desde la perspectiva de inversionista, socio inversionista, aliado financiero o propietario de empresa.