Se entiende por convivencia escolar a las interacciones que se dan a diario entre los miembros de una institución educativa, la cual se ha determinado como un factor importante que favorece la calidad de los procesos de enseñanza - aprendizaje.
Al respecto, las autoridades educativas han visualizado que una educación de calidad no depende sólo de una adecuada instrucción de contenidos pedagógicos, sino también de la incorporación de elementos orientados a generar una convivencia escolar favorable, posibilitando una formación integral de los alumnos y alumnas.
Partiendo de la algunas bases legales, la ley orgánica de educación en su artículo 2, en los principios literales b), f) , y j) “señala que todos los ecuatorianos tienen derecho a una educación integral, donde la educación tiene sentido moral, histórico y social, se inspira en los principios de nacionalidad, democracia, justicia social, paz, defensa de los derechos humanos…..”. Por su parte el código de la niñez y adolescencia en sus artículos 38 literal b) subraya que “se debe promover y practicar la paz, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, la no discriminación, la tolerancia, la valoración de las diversidades, la participación, el diálogo, la autonomía y la cooperación”. Por su parte, la convención sobre los derechos del niño postula además en sus artículos 28 y 29 que la comunidad educativa deben conocer y aplicar sus derechos y deberes para mejorar la convivencia dentro y fuera de las instituciones educativas.
De acuerdo a los artículos 179 numeral 6 de la constitución política del Ecuador y del artículo 24 de la ley orgánica de educación, acuerdan institucionalizar el código de convivencia en todas las instituciones educativas del país, en los diferentes niveles y modalidades del sistema educativo. Éste debe llegar a convertirse en el nuevo parámetro de la vida escolar, acuerdo, No 182. (MEC, 2007)
Como se puede entender, es necesario un acuerdo de convivencia en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, que propicie cambios en la cultura escolar, con conductas inherentes al respeto de los derechos humanos, como también al desarrollo de la cultura ciudadana, la resolución alternativa de conflictos y el mejoramiento de la calidad del aprendizaje. Para tal fin se ha institucionalizado el código de convivencia el cual tiene ciertos principios.
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Código de Convivencia
El código de convivencia es la creación y adecuación de los estilos de convivencia a los requerimientos de la sociedad actual, la convivencia en ese sentido tiene que ser un proyecto flexible capaz de retroalimentarse creativamente a través del aporte y cuestionamiento de todos los integrantes de la comunidad educativa.
El código de convivencia es un conjunto de principios, que enfocados en la doctrina de la protección integral, orientan los comportamientos personales y sociales, en búsqueda de una convivencia armónica en democracia. El código de convivencia apunta a facilitar la búsqueda del consenso a través del diálogo en la resolución de conflictos donde también se brinda y garantizas la trayectoria escolar de los niños y adolescentes, aplicando criterios de inclusión, fomentando la práctica ciudadana y de democracia. (Esparza, 2009)
Fases para la elaboración del código de convivencia
Se debe considerar al respecto, que cada institución educativa es autónoma en su proceder y que lo importante es que dentro del código de convivencia estén todos los principios y criterios que se exigen para su aplicación. Se debe tener en cuenta las siguientes fases, resumiendo y tomando como referencia el documento realizado por la Dirección Provincial de Educación de Loja, junto con el MIES, el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia y el Plan Internacional CARE. (Esparza, 2009)
a. Sensibilización: La construcción del código de convivencia es importante y de eso debe tener conciencia la comunidad educativa, se lo puede lograr mediante.
- Talleres de formación.
- Diálogos con los actores de la comunidad educativa. - Conferencias con temas específicos y de interés general. - Convivencias, etc.
b. Conformación del comité institucional: Debe estar conformado por el rector, o director de la escuela o profesor unidocente, el comité central de padres de familia, presidente de la organización comunitaria, presidente o vicepresidente del consejo estudiantil. Para la conformación de este comité se considera la paridad o equidad de género, la interculturalidad. Las funciones de ‘este comité será el de organizar el
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cronograma de institucionalización del código de convivencia, con la participación activa de toda la comunidad educativa.
c. Conformación del comité de redacción: Se integrara por el director, un docente, representante del comité central de padres de familia y el presidente del consejo estudiantil. Las funciones del ‘este comité están determinadas en el artículo 13 del acuerdo ministerial No 182.
d. Diagnóstico de la comunidad educativa: Para este diagnóstico se debe tener en
cuenta tres aspectos: el socioeconómico, el psicopedagógico, y el normativo. El diagnostico permite identificar la realidad de la comunidad educativa. Se debe usar diferentes estrategias, de acuerdo a la población. En el caso de los adultos se lo debe hacer a través de diversas reuniones, mapeo de actores, diagrama institucional etc. En el caso de los menores se lo hará con talleres de pintura, o música, actividades lúdicas etc.
e. Socialización del diagnóstico, acuerdos y compromisos: Se lo debe hacer en asamblea ampliada, los resultados son el punto de partida para llegar a los acuerdos y a los compromisos. Ellos servirán como base para la redacción final del código de convivencia. La recolección de estos datos, pueden organizarse en una tabla como la siguiente.
Problema Compromisos
Yo me comprometo a…
Acuerdos comunes
¿Qué vamos a hacer entre todos?
f. Diseño y redacción del código de convivencia: Con los elementos recogidos en el proceso de sensibilización y del diagnóstico, el comité de redacción empezará a elaborar el código de convivencia de acuerdo al siguiente esquema:
CÓDIGO DE CONVIVENCIA