entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, de conformidad con las atribuciones reglamentarias de la presente ley y demás disposiciones aplicables.
Transitorios
Primero.- La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo.- Para el año 2015 deberán cumplirse en el ámbi- to de todo el territorio nacional los siguientes objetivos. a) Para el año 2010 deberán reducirse, por los medios esti- pulados en el reglamento de la presente ley, en 50% los re- siduos de envases y embalajes puestos en el mercado na- cional, producidos en México e importados.
b) Para el año 2015 deberán reducirse, por los medios esti- pulados en el reglamento de la presente ley, en 85% los re- siduos de envases y embalajes puestos en el mercado na- cional, producidos en México e importados.
Tercero.- La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales expedirá el reglamento de esta ley a los seis me- ses de entrada en vigor.
Dado en el Palacio Legislativo.— San Lázaro, a 27 de abril de 2004.— Dip. Jesús Martínez Alvarez (rúbrica.)»
El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña:
Gracias, diputado.
Intégrese el texto íntegro en el Diario de los Debates y túrnese a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
ESTADOS DE BAJA CALIFORNIA SUR Y QUINTANA ROO El Presidente diputado Antonio Morales de la Peña: Tiene la palabra el diputado Maximino Fernández Avila, para presentar una iniciativa con proyecto de decreto, por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el día 7 de octubre de 2004, para conmemorar el trigésimo aniversario de la crea- ción de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, suscrita por diputados integrantes de la Comisión de Go- bernación.
El diputado Maximino Alejandro Fernández Avila: Con su venia, señor Presidente; compañeras y compañeros diputados:
Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del hono- rable Congreso de la Unión, el día 7 de octubre de 2004, para conmemorar el trigésimo aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo.
Antecedentes
Desde la creación de la República Mexicana en 1824 has- ta el 8 de octubre de 1974, fecha de publicación en el Dia-
rio Oficial de la Federación, del decreto por el que se re-
forman el artículo 43 y demás relativos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los territorios federales de Baja California Sur y Quintana Roo, recibie- ron distintas formas de reconocimiento constitucional, sin que se les reconociera plenamente como partes integrantes de la Federación.
Con dicha resolución se atendió un reclamo histórico que los habitantes de los territorios habían planteado en innu- merables ocasiones: adoptar la naturaleza jurídica y políti- ca del estado libre y soberano que los pondría en igualdad de circunstancias respecto al resto de los estados de la Re- pública Mexicana.
A lo largo de casi tres décadas, los estados de Baja Cali- fornia Sur y Quintana Roo han formado parte del pacto fe- deral, con dinámicas propias y han contribuido al engran- decimiento de la nación mexicana con singulares esfuerzos y con un fuerte ímpetu democrático.
Antecedentes legislativos
El 21 de enero del año en curso fue turnada a la Comisión de Gobernación para su análisis y dictamen, la iniciativa de proyecto de decreto para que se declare el año 2004 trigé- simo aniversario de la creación de los estados de Baja Ca- lifornia Sur y Quintana Roo, presentada por el H. Congre- so de Baja California Sur.
La iniciativa, en términos generales, busca conmemorar el aniversario de la promulgación del decreto por el que se crearon como entidades federativas los hasta entonces te- rritorios de Baja California Sur y Quintana Roo.
La forma propuesta por el honorable Congreso de Baja Ca- lifornia Sur para esta conmemoración, fue que el Congreso de la Unión expidiese un decreto donde se declare el año 2004 trigésimo aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo y ordenase la inclusión de esta leyenda en todos los documentos oficiales que se generan hasta el 31 de diciembre de 2004.
Sin embargo, tras el estudio y discusión al seno de la co- misión, los legisladores abajo firmantes y dada la impor- tancia del hecho que nos conmemora, acordamos retomar el espíritu de la iniciativa presentada por el honorable Con- greso de Baja California Sur y dar respuesta favorable a la misma, a través de la presentación de una nueva iniciativa de decreto más extensa en cuanto a sus efectos.
Si bien es cierto que el año 2004 ya ha iniciado, considera - mos aún oportuno el resolver de manera favorable esta pro- puesta, que presenta la clara oportunidad de reafirmar el espíritu federalista de esta soberanía.
Consideramos que la manera más apropiada de celebrar este hecho que merece ser recordado como símbolo de uni- dad nacional, es la convocatoria de una sesión solemne de la Cámara de Diputados, manera habitual en que el Poder Legislativo Federal celebra un importante evento.
Se propone como fecha para la celebración de la sesión so- lemne el 7 de octubre, en razón de que el decreto por el que se suprimió la figura de territorio en el sistema jurídico me- xicano y por el que se erigen las entidades federativas de Baja California Sur y Quintana Roo, fue publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 8 de octubre de 1974.
Por lo anteriormente expuesto y como conclusión de los trabajos de estudio y análisis de la iniciativa con proyecto
de decreto para que se declare el año 2004 Trigésimo Ani- versario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo, presentada el 21 de enero de 2004 por el honorable Congreso de Baja California Sur y para ratifi- car nuestro compromiso con el pacto federal consagrado en el artículo 40 de nuestra Carta Magna, los que suscribimos, diputados miembros de la Quincuagésima Novena Legisla- tura, sometemos a la consideración de la Cámara de Dipu- tados del Congreso de la Unión, la siguiente
Iniciativa de decreto por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 7 de octubre de 2004 para conmemorar el trigésimo aniversario de la creación de los estados de Baja California Sur y Quintana Roo. Artículo Primero.- Se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados el día 7 de octubre del 2004 en el Pa- lacio Legislativo de San Lázaro, para conmemorar el XXX Aniversario de la creación de los estados de Baja Califor- nia Sur y Quintana Roo.
Artículo Segundo.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados definirá el orden del día y protocolo de la sesión solemne referida en el artículo anterior y deberá invitar, de manera oficial, a los integrantes de la Mesa Directiva de la Junta de Coordinación Política y de las comisiones del Fe- deralismo y Desarrollo Municipal, de Gobernación y de Puntos Constitucionales de la Cámara de Senadores, a los gobernadores de los estados de Baja California Sur y Quin- tana Roo, así como a las mesas directivas de los congresos de la entidades federativas mencionadas.
Transitorio.
Unico.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo.— San Lázaro, México, DF, a los 20 días del mes de abril de 2004.
Es cuanto, señor Presidente.
«Escudo Nacional de los Estados Unidos Mexicanos.— Cámara de Diputados.— LIX Legislatura.— Comisión de Gobernación.
Iniciativa con proyecto de decreto, por el que se convoca a una sesión solemne de la Cámara de Diputados del H. Con- greso de la Unión el 7 de octubre de 2004 para conmemo-
rar el Trigésimo Aniversario de la Creación de los Estados de Baja California Sur y de Quintana Roo, suscrita por di- putados integrantes de la Comisión de Gobernación. Honorable Asamblea:
Los que suscribimos, diputadas y diputados federales a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Con- greso de la Unión, integrantes de la Comisión de Goberna- ción, en uso del derecho de iniciativa que nos concede la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso Gene- ral, presentamos ante el Pleno de la Cámara de Diputados esta iniciativa de decreto para conmemorar el Trigésimo Aniversario de la creación de los estados de Baja Califor- nia Sur y Quintana Roo, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS