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3. The Method
El atraso en que, aparentemente bajo todos los aspectos, se hallaban esos hombres nuevos de las Antillas y Tierra Firme, fue motivo para que nacieran una serie de intereses contrapuestos en torno a si se les podía exigir trabajar o no. ¿Debían ser compelidos a que trabajaran regularmente para aumentar su nivel de vida? ¿Se les podía pedir el trabajo en las minas para beneficio de los españoles a cambio de un salario justo? ¿Era lícito implantar en las Indias un sistema feudal semejante al que existió en Europa? Filósofos y teólogos dis- cutirán acaloradamente sobre esta cuestión, mientras algunos conquistadores se enriquecían con avidez a costa del sufrimiento, y hasta de la muerte, de aquellos aborígenes. También los indios vieron disminuida su libertad por medio de tales instituciones reguladoras del trabajo tales como los repartimientos o las encomiendas.
Entre los conquistadores del Nuevo Mundo se daban aspiraciones de tipo feudal: pensaban convertirse en verdaderos señores feudales al estilo de la Edad Media. Veían nece- sario proceder al desarrollo de los nuevos territorios, para lo que consideraban indispensable la colaboración de los indígenas mediante su trabajo. Pero estos últimos se mostraban reacios al sistema laboral que querían imponerles.
En los Reinos españoles medievales era importante el papel que desempeñaba el co- mendador de una Orden militar (Santiago, Calatrava, Alcántara o Montesa), a quien el maestre de la misma le había encomendado, valga la redundancia, un territorio que por eso recibía el nombre de encomienda. Todo ello será así hasta que, debido a las injusticias —tan bien ilustradas en las comedias de Lope de Vega o Calderón, en que los Reyes Católicos aparecen como protectores del pueblo oprimido frente a los abusos de algunos comendadores—, la Corona se incorpora esas Órdenes, cuyo Gran Maestre será el Rey477.
Como ya tuvimos ocasión de ver, la libertad del indio fue proclamada por la Reina Isabel desde los momentos iniciales del Descubrimiento, incluso contra el parecer de Colón, los conquistadores y, en definitiva, contra la mentalidad esclavista que en ese tiempo estaba generalmente extendida por Europa. En las Instrucciones que los Reyes dirigen en 1501 al
477 Las Órdenes de Santiago, Calatrava y Alcántara fueron incorporadas a la Corona por Fernando e Isabel. La
Orden de Montesa se incorpora a la Corona más tarde, con Felipe II. Posteriormente el nombramiento de
comendador será sólo honorífico, a título de condecoración, tanto de las Órdenes nacidas durante la Reconquista
(Santiago, Calatrava, Alcántara, Montesa), como de las demás Órdenes de Caballería modernas (Carlos III, Isabel la Católica, Alfonso X el Sabio, o las diversas Órdenes de cada país).
comendador (y repárese en ese nombre, pues lo era de la Orden de Alcántara) frey Nicolás de Ovando, gobernador de La Española, le ordenan tratar con mucho amor a los indios, sin que nadie les hiciera ningún tipo de mal, le piden castigar a quienes los maltraten, y que había que compelerlos a trabajar, pagando a cada uno el salario justo478.
Es cierto que la aplicación de estas Instrucciones constituyó un rotundo fracaso en el aspecto económico para dicho comendador: los indios hicieron uso del derecho que se les concedía, abandonaron las tierras de labranza y poblados, y rehuyeron todo contacto con los españoles. Pero también es cierto que el comendador escribió a la Reina para quejarse y contarle sucesos falsos —según Las Casas— en disfavor y contra los indios, con el fin de inclinar a Doña Isabel a que le diese licencia para repartirlos como él quería479. Y la Reina, pensando, como dice Las Casas, en favorecer a los indios y en que fuesen cristianos, le respondió con una Real Provisión en la que daba licencia al comendador para apremiar a los indios a tratar y conversar con los cristianos, para que trabajasen en sus edificios, minas, granjerías y mantenimientos, pagándoles su jornal, lo cual hicieran como personas libres que eran, y no como siervos; al mismo tiempo volvía a ordenar al comendador que no consintiese que nadie hiciese mal ni daño alguno a los indios480.
Pero el comendador hizo todo por el contrario de lo que le mandó la Reina. Y poco tiempo después murió Doña Isabel, sin conocer cómo el dicho comendador había sujetado a los indios de una manera perniciosa, que, si ella lo hubiera sabido, la habría abominado y desterrado: así lo asegura Las Casas481. Tras esto se reprodujo el sistema de los repartimientos de indios, que fue una de las causas de los malos tratamientos contra ellos y de la despoblación de aquellas tierras.
En honor a la verdad, tal sistema de las encomiendas no era por sí mismo malo; más bien habría que decir que la maldad estribaba en el pervertido empleo que hacían de ellas ciertos encomenderos. Así lo considera Las Casas. En efecto, cuando se refiere a las instrucciones reguladoras de la encomienda que hizo «el Rey Don Fernando, nuestro Señor, que Dios dé santo paraíso», enumera las siguientes disposiciones: «hizo ordenanzas por las cuales ordenó y mandó que los indios fuesen encomendados a buenas personas, vecinos y pobladores de las dichas Indias, que los tratasen bien de viandas y mantenimientos y les diesen para vestuario, y en que durmiesen, que no fuese en el suelo, y que los industriasen en las cosas de la fe, y los llevasen a las iglesias los días de domingo y fiestas principales». Esas ordenanzas disponían también que «a ninguno pudiesen ser dados ni encomendados más de ciento y cincuenta indios, ni menos de cuarenta, y que no se arrendasen, ni enajenasen de unas personas a otras, y los dejasen holgar cierto tiempo del año, y en sus haciendas y labranzas, y no les echen carga alguna, sino lo que cada uno quisiese llevar por su voluntad para su mantenimiento, y que no les hagan trabajar demasiado»482.
Como puede observarse, estas ordenanzas reguladoras de la encomienda estaban encaminadas a conseguir el progreso espiritual y material de los indios. Para ello se conside- raba que, en teoría, la mejor y más rápida manera de hacerlo era mediante los repartimientos, que asegurarían el beneficio de aquellos hombres que vivían en una situación subdesarrollada con respecto a Europa. Pero Bartolomé escribe a renglón seguido que se habían quebrantado dichas ordenanzas debido a la codicia de los encomenderos: «Están pervertidas las dichas
478 Cfr. Instrucción al comendador frey Nicolás de Ovando, gobernador de las Islas y Tierra Firme del Mar Océano (Granada, 16 de septiembre de 1501); en KONETZKE, op. cit., núm. 6, págs. 4-6.
479 Cfr. LAS CASAS: Entre los remedios (Razón oncena del octavo remedio), op. cit., págs. 100-101. 480 Estos documentos los recogimos en el capítulo VI.
481 Cfr. Entre los remedios (Razón oncena), op. cit., págs. 102-108. 482 LAS CASAS: Memorial de denuncias, op. cit., pág. 27.
ordenanzas en mucho desorden y contrario uso». Asimismo Las Casas vuelve a denunciar que no se ha cumplido el Testamento de la Reina Isabel: «Y lo mismo se ha hecho y hace de los indios que se han dado por merced, contra la disposición de la cláusula del Testamento de la Reina, y en violación y quebrantamiento de las dichas ordenanzas»483.
En la intención de los Reyes, la encomienda era un buen instrumento, eficaz y rápido, para educar a esos aborígenes considerados subdesarrollados. La encomienda se justificaba como entrega de los indios al cuidado material y espiritual de los españoles, según en la antigua Iglesia se encomendaba el cuidado de los cristianos nuevos a los viejos. También era un medio de defensa, población, civilización y mejora de las condiciones de vida; asimismo era un premio a los descubridores. La encomienda serviría para organizar la Monarquía Española en las Indias. Era igualmente como un modo de nobleza en Indias para retener allí a los españoles, y encomendarles la defensa de aquellas tierras tan apartadas del Rey y tan difíciles de conservar, para que los cristianos viejos protegieran a los neófitos indígenas. Mirada en teoría, era una causa hermosa y honesta, pero en la práctica hubo muchos vicios, desórdenes e inconvenientes.
La realidad práctica de la encomienda distaba mucho de lo que la Legislación había querido plasmar: los indios quedaban sometidos a la esclavitud. Por otra parte, y como ya dijimos, existían en la Corte algunas personas interesadas económicamente en el manteni- miento indebido de las encomiendas, como el secretario Lope de Conchillos. Las Casas atestigua lo siguiente: «Determinado estaba el Rey, que haya santa gloria, de dejar las granjerías que por Su Alteza se hacían con los indios, porque fue certificado que le daban más costa que provecho de ellas, y no se proveyó porque lo estorbó Conchillos por el interés de los que lo tienen a cargo, que son personas a él aceptas»484.
Asegura Las Casas que el tiránico régimen de encomiendas y repartimientos, tal y como se hacen, nunca fue mandado por los Reyes: «Las dichas encomiendas y repartimiento de hombres que se hace y ha hecho, según dije, como si fueran bestias, nunca fue mandado hacer desde su tiránico principio por los Reyes de Castilla, ni tal pensamiento tuvieron». Además, el mal uso de las encomiendas es incompatible con la voluntad de cualquier Rey que busque la rectitud y la justicia para sus súbditos: «no se compadece tal gobernación inicua, tiránica, vastativa y despoblativa de tan grandes Reinos, poniendo a todo un mundo en aspérrima y continua, horrible y mortífera servidumbre, con la rectitud y justicia de ningunos que sean católicos cristianos, ni aunque fuesen gentiles infieles, con que tuviesen alguna razón de Reyes»485.
En enero de 1502, cuando contaba dieciocho años, el joven Bartolomé embarcó para las Indias, tras haber tenido que devolver, por orden de la Reina, el esclavo indio que poseía. En 1505 es encomendero en La Española. En septiembre de 1506 regresa a Sevilla, y después viaja a Roma, donde es ordenado sacerdote en 1507. A finales de ese año vuelve a La Española, y allí continúa como encomendero hasta 1512. Por aquel entonces era defensor de la encomienda; tanto es así que un dominico se negó a confesarlo, aunque Las Casas intentara refutarlo con diversos argumentos en favor de los repartimientos de indios. En marzo de 1512 llega a Cuba, donde también es encomendero hasta agosto de 1514, fecha en que se produce su conversión al darse cuenta de la injusticia que en las Indias cometían ciertos encomenderos (él cuenta que fue un encomendero caritativo y trataba bien a sus indios, como si hubiese sido el único encomendero bueno): se decidió a predicar contra la encomienda y a iniciar su acción en favor de los indios. Las demás etapas de su vida ya las seguimos en el
483 Ibidem, págs. 27-28. 484 Ibidem, pág. 30.
capítulo VIII. En 1522 es novicio dominico en La Española, y al año siguiente hace su profesión religiosa en la Orden de Predicadores486.
Desde esa conversión, Las Casas luchó hasta el final de su vida en contra de la encomienda, a la que considera un sistema esclavizador del indio. Hay que decir que, como converso, sus juicios los emite con pasión y exageraciones; para él la encomienda es siempre esclavizadora, es una invención diabólica. Ya señalamos que el principal remedio que postula para que desaparecieran las encomiendas era la incorporación de todos los indios a la Corona de Castilla y León. Porque así los indios dependerían directamente, sin encomenderos, del Rey, de cuya buena intención no duda. Bartolomé escribe además que, con el paso del tiempo, si no se realizara esa incorporación, los encomenderos se alzarían contra el Monarca, se unirían entre ellos para formar un ejército y se independizarían. Entonces la Corona no podría cumplir el encargo papal487.
Las Casas piensa que, en lo que toca al remedio de los indios, y a la manera que se debe tener para que sean cristianos y se conserven en las vidas y en su libertad, y no los acaben de destruir los españoles, «no hay otro camino, ni modo, ni orden, sino que Su Majestad los incorpore en su Real Corona, como sus vasallos que son, quitando todas las encomiendas que están hechas en todas las Indias, y no dando uno ni ningún indio a español por encomienda, ni por vasallo, ni en feudo, ni de otra cualquiera manera». Bartolomé exagera: «porque según la larga y muy cierta experiencia que se tiene, de cualquiera manera que a españoles se den, los han de matar y destruir por sus codicias de haber oro y riquezas». Si no se hace esa incorporación y si no se quitan todas las encomiendas, se obraría «contra la ley de Dios, y gran pecado mortal, y en grandísimo perjuicio y destrucción del patrimonio Real de Su Majestad»488. Porque la encomienda es un régimen feudal semejante al que existía en Europa antes de que los Reyes tuvieran jurisdicción directa sobre sus vasallos (llegarán a tener esa jurisdicción después, con el advenimiento de las Monarquías absolutas).
EL CONSEJO REAL REUNIDO POR DON CARLOS PARA DIRIMIR LA CONTROVERSIA