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Las normas, leyes, decretos, entre otros, que rigen para la conformación de un centro comercial se encuentran dictaminadas de la siguiente manera:

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GUZMÁN., Op. cit., P. 156

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Ibíd., P. 185

44 5.3.1 Propiedad horizontal (Ley 675/2001).

El Centro Comercial Viva Buenaventura, es un centro comercial sometido al Régimen legal de la propiedad horizontal contenida en la LEY 675 agosto 03 200156, ley que regula la forma especial de dominio, denominado propiedad horizontal, en la que concurren derechos de propiedad exclusiva sobre bienes privados y derechos de copropiedad sobre el terreno y los demás bienes comunes, con el fin de garantizar la seguridad y la convivencia pacífica en los inmuebles sometidos a ella, así como la función social de la propiedad.

Principiosorientadores de la presente ley:

 Función social y ecológica de la propiedad.

En arreglo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Constitución Política de Colombia de 199157. Los reglamentos de propiedad horizontal deberán respetar la función social y ecológica de la propiedad, y por ende, deberán ajustarse a lo dispuesto en la normatividad urbanística vigente.

 Convivencia pacífica y solidaridad social.

En arreglo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Constitución Política de Colombia de 199158. Los reglamentos de propiedad horizontal deberán propender al establecimiento de relaciones pacíficas de cooperación y solidaridad social entre los copropietarios o tenedores.

 Respeto de la dignidad humana.

Conforme a lo prescrito por el artículo 1 de la Constitución Política de Colombia de 199159. El respeto de la dignidad humana debe inspirar las actuaciones de los integrantes de los órganos de administración de la copropiedad, así como las de los copropietarios para el ejercicio de los derechos y obligaciones derivados de la ley.

 Libre iniciativa empresarial.

Según el artículo 333 de la Constitución Política de Colombia de 199160 “la

actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos, sin

56 LEY 675 DE 2001. Disponible en internet:

http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4162

57

COLOMBIA. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991. Acto Legislativo. (03 de 2005). Por el cual se modifica el artículo 176 de la Constitución Política. Bogotá D.C. 2006. 21P

58

Ibíd., P. 9

59

Ibíd., P. 9

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autorización de la ley. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial”

 Derecho al debido proceso.

El Artículo 29º Constitución Política de Colombia de 199161, dispone el principio aplicativo del debido proceso a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Las actuaciones de la asamblea o del consejo de administración, tendientes a la imposición de sanciones por incumplimiento de obligaciones no pecuniarias, deberán consultar el debido proceso, el derecho de defensa, contradicción e impugnación.

5.3.2 Decreto 1333 de 1986.

El Centro Comercial Viva Buenaventura, tiene la calidad de No Contribuyente de impuestos nacionales, ni del impuesto de industria y comercio, en relación con las actividades propias de su objeto social, de conformidad con lo establecido en el decreto 1333 de 1986 (artículo 195)62, en el que se declara que “el impuesto de industria y comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicio que se ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedad de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos”.

5.3.3 Código de comercio (decreto 410 de 1971).

De igual modo al C.C. Viva Buenaventura también se rige por el Código de Comercio, donde se encuentra ordenado, sistematizado las normas de derecho mercantil. Decreto 410 de 1971 (mayo 17)63, en el libro segundo, en el que se regula todo lo concerniente a las Sociedades comerciales. En el que Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social”.

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Ibíd., P. 14

62

DECRETO 1333 DE 1986 (ABRIL 25). Disponible en internet: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1234

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COLOMBIA. CÓDIGO DE COMERCIO. Decreto 410 de 1971 (mayo 17). Por el cual se ordena publicar la edición oficial del Código de Comercio, revisada y corregida por el Honorable Consejo de Estado. Bogotá D.C. 2008. 35P.

46  Título VI de las Sociedades Anónimas64.

En el que se indica que “la Sociedad Anónima se formará por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes; será administrada por gestores temporales y revocables y tendrá una denominación seguida de las palabras [Sociedad Anónima] o de las letras [S.A.].

 Dirección y administración

En cuanto a la dirección y administración, debe de contar con una asamblea general de accionistas65, como se indica en el artículo 419 del Código de Comercio, en el que se dicta que “la Asamblea General la constituirán los accionistas reunidos en el quórum y en las condiciones previstas en los estatutos”

 Junta directiva

Por otro lado debe de contar con una junta directiva66, como lo estipula el artículo 434 del Código de Comercio, en el que se promulga que “las atribuciones de la Junta Directiva se expresaran en los estatutos. Dicha junta se integrará con no menos de tres miembros, y cada uno de ellos tendrá un suplente. A falta de estipulación expresa en contrario, los suplentes serán numéricos”

5.3.4 Código civil.

También se rige por las disposiciones del código civil y normas legales supletorias, más precisamente en lo que se refiere al título XXXVI de las personas jurídicas67.

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