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The problem of change

In document The Experience of Temporal Passage (Page 52-56)

The Paradox of Temporal Passage

3.2 The problem of change

135) Los licitantes deberán garantizar, la seriedad de las propuestas en los procedimientos de licitación e invitación

restringida, con un mínimo del 5% del total de su oferta económica, sin considerar impuestos.

136) Para el caso de licitaciones, la Junta conservará en custodia las garantías de que se trate hasta la fecha del fallo, en que

serán devueltas a los licitantes a los quince días hábiles, previa solicitud por escrito, salvo la de aquél a quien se hubiere adjudicado el Contrato Administrativo, misma que se retendrá hasta el momento en el que la o el proveedor constituya la garantía de cumplimiento del Contrato Administrativo según corresponda;

1. De cumplimiento de los Contratos Administrativos, con un importe máximo del 15% del total ofertado, sin considerar impuestos;

2. Por los anticipos que en su caso, reciban. Esta garantía deberá constituirse por la totalidad del monto del anticipo.

137) La Junta podrá incrementar el porcentaje de las garantías de cumplimiento cuando, por la naturaleza de los bienes a

adquirir o arrendar o servicios a contratar, se estime necesario.

138) La Dirección de Recursos Materiales a través de la Jefatura de Adquisiciones podrá fijar las bases, forma y porcentajes

a los que deberán sujetarse las garantías (de cumplimiento, de formalidad de la propuesta, de anticipo) que deban constituirse, considerando los antecedentes de cumplimiento de los proveedores en los Contratos Administrativos celebrados con anterioridad, a efecto de determinar montos menores para éstos. La Dirección de Recursos Materiales, bajo su responsabilidad, podrá exceptuar al proveedor, de presentar la garantía de cumplimiento del Contrato Administrativo respectivo.

139) La Dirección de Recursos Materiales, podrá eximir de la presentación de la garantía de cumplimiento, bajo su

responsabilidad, a los proveedores que entreguen al momento de la firma del Contrato Administrativo o pedido respectivo, a satisfacción de la Junta, los bienes adquiridos.

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140) La garantía de cumplimiento del Contrato Administrativo deberá presentarse en el plazo o fecha previstos en la

convocatoria a la licitación; en su defecto, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Contrato Administrativo, salvo que la entrega de los bienes o la prestación de los servicios se realice dentro del citado plazo y, la correspondiente al anticipo se presentará previamente a la entrega de este, a más tardar en la fecha establecida en el Contrato Administrativo.

141) Las garantías que deban otorgarse conforme a estos Lineamientos por Contratos Administrativos o pedidos que se

celebren con la Junta se constituirán a favor de ésta.

142) Para tales efectos la seriedad de las propuestas, anticipo y la garantía de cumplimiento se podrá sostener con:

I. Fianza;

II. Cheque de caja; III. Cheque certificado; IV. Billete de depósito, y

V. Los que se establezcan en los demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Los cheques de caja y certificados deberán ser nominativos, no negociables y a favor de la Junta.

143) La Jefatura de Adquisiciones hará efectivas las garantías de seriedad de las propuestas cuando:

A. El proveedor retire su oferta una vez iniciado el acto de presentación de proposiciones, revisión de documentación legal y administrativa y apertura de ofertas técnicas

B. Habiéndose adjudicado el Contrato Administrativo, por causas imputables a la o el proveedor no se suscriba en el término establecido en el numeral 106 de estos Lineamientos.

La Jefatura de Adquisiciones hará efectivas las garantías de cumplimiento y de ser aplicable, las de anticipo, en caso de rescisión del Contrato Administrativo por incumplimiento de las obligaciones a cargo de la o el proveedor.

144) Las garantías de cumplimiento de lo contratado que los proveedores otorguen a favor de la Junta deberán tener

vigencia hasta que la Jefatura de Adquisiciones se dé por recibida de los bienes y servicios de conformidad con el Contrato Administrativo, pero nunca podrá ser menor a la vigencia del Contrato Administrativo o de cuatro meses, según sea el caso.

145) En los casos de modificaciones a los Contratos Administrativos, los proveedores deberán entregar a la Jefatura de

Adquisiciones los documentos que demuestren la actualización de sus garantías.

146) Además de las garantías de seriedad y cumplimiento, en los casos que determine la Junta, la o el proveedor deberá

otorgar una póliza de garantía relativa a la calidad y operación de los bienes y servicios, en la que expresará de manera clara y precisa su alcance, la vigencia, las condiciones para hacerlas efectivas, el domicilio para reclamaciones y los establecimientos o centros de servicio.

De igual forma, para los casos en los que considere necesario, la Junta solicitará una póliza de daños a terceros, que garantice cubrir los daños causados por acciones relativas al cumplimiento del Contrato Administrativo. Será responsabilidad de La Dirección de Recursos Materiales el eximir a los proveedores de dicha póliza, así como de solicitarla en los casos que esta lo considere pertinente.

La póliza deberá ser entregada a la Jefatura de Adquisiciones al momento en que ésta reciba el bien y/o servicio de que se trate.

147) El cumplimiento de la garantía plasmada en la póliza será exigible indistintamente a la o el productor o a la o el

importador del bien o servicio, así como a la o el distribuidor, salvo en los casos en que alguno de ellas(os) o algún(a) tercero(a) asuma por escrito la obligación. Este cumplimiento deberá realizarse en el Distrito Federal.

148) La o el proveedor deberá asegurar y responder del suministro oportuno de partes y refacciones, así como del servicio

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149) En caso de que el bien haya sido reparado o sometido a mantenimiento por la o el proveedor y aquél presente

deficiencias imputables a ésta (e), la Junta tendrá derecho a que sea reparado o mantenido nuevamente sin costo alguno. En el supuesto de reposición del bien deberá renovarse la vigencia de la póliza de garantía.

DÉCIMO SEGUNDO

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