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CHAPTER FIVE: MANAGING DEMOCRACY: A PATH FORWARD

5.4 Revisiting the Amendment Process

Los principales documentos utilizados para las exportaciones corresponden a la factura comercial, licencia de importación, certifica- ción de origen y lista de empaque:

• Factura comercial debidamente diligen- ciada, que contenga: Número de licencia de importación, país de origen, descrip- ción detalla de la mercancía, posición arancelaria, valor CIF (si no están especi- ficados en la factura los valores del trans- porte, la aduana puede incrementar el valor del arancel de un 10% a 20%).

• Licencia de importación: (sólo autorizada para importadores registrados). Requeri- da para todas las importaciones, excep- to: muestras, material publicitario y obse- quios de hasta 500 Rupias.

• Certificado de origen: requerido sólo si los bienes llegan de lugares diferentes del país de origen, o si el país de origen no puede ser identificado a través de la mercancía. Este debe estar firmado por el transportador y visado por la Cámara de Comercio o Consulado de la India.

• Lista de empaque.

Las etiquetas deben estar en idioma inglés, además de una serie de requisitos estableci- dos por las autoridades aduaneras.

Procedimientos de importación y documen- tos requeridos

El procedimiento de importación de cosmé- ticos a India consiste en los siguientes pasos: 1. Expedición de la factura proforma donde

recoja el precio de la oferta, que incluye el coste del seguro y flete. Al acuerdo del medio de pago, el importador indio reali- za el pedido.

2. El exportador ha de enviar la mercancía por barco o avión. En el puerto de en- trada a India, el importador indio o su agente de aduanas son responsables de despachar la mercancía tras el pago del total de los impuestos de importación, que es en la actualidad del 26,84% para

cosméticos. Hay que tener en cuenta la suma de impuestos que se aplican:

Arancel Básico

Este impuesto se puede aplicar como una tasa específica basada en la unidad del artículo (peso, número, etc.), o, más comúnmente, Ad-valorem, basado en el valor evaluable del artículo. En algunos casos se hace uso de una combinación de ambos.

Arancel Adicional

Este impuesto es denominado normal- mente impuesto compensatorio, y se aplica al valor evaluable de los artículos más el derecho básico de aduanas. Las mercancías que se encuentran bajo esta categoría son aquellas que son similares a otras fabricadas en India. El objetivo es proteger la industria local.

Arancel Adicional Especial

Conocido anteriormente como suple- mento, este impuesto especial se aplica a todos los artículos.

Se aplica a una tasa del 4% sobre los im- puestos básicos y especiales en todas las importaciones.

Tasa de Educación

Efectivo desde julio de 2004, India intro- dujo esta nueva tasa que se calcula con la aplicación de un 3% sobre el Arancel Básico de Importación y los Derechos Adicionales Especiales. Las mercancías

enmarcadas bajo compromisos interna- cionales quedan exentas de este impues- to.

3. Antes de importar cualquier cosmético, se ha de facilitar al administrador de la aduana una declaración firmada por, o en nombre del productor del fabricante, o bien en nombre del importador, en la que se manifieste el cumplimiento de las normas del Capítulo III de la Ley de Dro- gas y Cosméticos de India (Indian Drugs and Cosmetics Act), artículo relaciona- do con las disposiciones generales para cosméticos falsos, con errores de marca, aquellos cosméticos defectuosos y los eti- quetados incorrectamente, así como los ya prohibidos.

4. Además de la declaración de importa- ción, que ha de ser presentada por el importador indio (4 copias), se requieren también los siguientes documentos están- dar:

• Factura firmada (original + 2 copias) o una declaración que manifieste el nom- bre y las cantidades de cada artículo cosmético incluido en la consignación, así como el nombre y dirección del pro- ductor con la lista detallada del valor de todos los contenidos

• Packing List

• Copia de contrato (Orden de compra y términos de pago)

• Conocimiento de embarque (Bill of La- ding) si el envío se realiza por barco o Carta de porte aéreo (Airway Bill) si se realiza por avión

• Póliza de seguro

• Catálogo de productos

• Si los productos son considerados peli- grosos (por ejemplo aquellos que sean inflamables), el importador tendrá que conseguir una licencia especial de impor- tación.

Productos prohibidos:

India prohíbe la producción e importación de cualquier producto cosmético que contenga hexaclorofeno, plomo, arsénico o compues- tos de mercurio. Los colorantes orgánicos sintéticos y colorantes orgánicos naturales que se usan en los cosméticos no deben con- tener más de:

• 2 partes por millón de arsénico, calcula- do como trióxido de arsénico.

• 20 partes por millón de plomo.

• 100 partes por millón de metales pesados diferentes del plomo.

India permite la importación de cosméticos en el país sólo a través de determinados puertos de entrada, entre los que se encuen- tran: puertos marítimos de Chennai, Kolka- ta, Bombay, y Cochin; aeropuertos de Delhi, Bombay, Chennai, Kolkata, y Ahmedabad. El agente designado por el Gobierno Indio en el puerto de entrada tiene derecho a to- mar muestras para su análisis.

El término “cosmecéutico”1 no está recono- cido en la India. Si un cosmecéutico no se puede vender como un medicamento de ven- ta libre y está clasificado como un artículo farmacéutico y no como cosmético, éste re- querirá la aprobación por parte de la Oficina de Control de Drogas India en el Ministerio de Salud.

1. Cosmecéuticos: Productos antiarrugas que son cosméticos y no medicamentos, por lo que no se someten a los mismos controles de calidad. Estos fármacos son capaces de modificar ciertas funcio- nes y estructuras de la piel y por lo tanto pueden retrasar y/o revertir, hasta cierto punto, el enveje- cimiento cutáneo.