CHAPTER FIVE: MANAGING DEMOCRACY: A PATH FORWARD
5.4 Revisiting the Amendment Process
Los principales documentos utilizados para las exportaciones corresponden a la factura comercial, licencia de importación, certifica- ción de origen y lista de empaque:
• Factura comercial debidamente diligen- ciada, que contenga: Número de licencia de importación, país de origen, descrip- ción detalla de la mercancía, posición arancelaria, valor CIF (si no están especi- ficados en la factura los valores del trans- porte, la aduana puede incrementar el valor del arancel de un 10% a 20%).
• Licencia de importación: (sólo autorizada para importadores registrados). Requeri- da para todas las importaciones, excep- to: muestras, material publicitario y obse- quios de hasta 500 Rupias.
• Certificado de origen: requerido sólo si los bienes llegan de lugares diferentes del país de origen, o si el país de origen no puede ser identificado a través de la mercancía. Este debe estar firmado por el transportador y visado por la Cámara de Comercio o Consulado de la India.
• Lista de empaque.
Las etiquetas deben estar en idioma inglés, además de una serie de requisitos estableci- dos por las autoridades aduaneras.
Procedimientos de importación y documen- tos requeridos
El procedimiento de importación de cosmé- ticos a India consiste en los siguientes pasos: 1. Expedición de la factura proforma donde
recoja el precio de la oferta, que incluye el coste del seguro y flete. Al acuerdo del medio de pago, el importador indio reali- za el pedido.
2. El exportador ha de enviar la mercancía por barco o avión. En el puerto de en- trada a India, el importador indio o su agente de aduanas son responsables de despachar la mercancía tras el pago del total de los impuestos de importación, que es en la actualidad del 26,84% para
cosméticos. Hay que tener en cuenta la suma de impuestos que se aplican:
Arancel Básico
Este impuesto se puede aplicar como una tasa específica basada en la unidad del artículo (peso, número, etc.), o, más comúnmente, Ad-valorem, basado en el valor evaluable del artículo. En algunos casos se hace uso de una combinación de ambos.
Arancel Adicional
Este impuesto es denominado normal- mente impuesto compensatorio, y se aplica al valor evaluable de los artículos más el derecho básico de aduanas. Las mercancías que se encuentran bajo esta categoría son aquellas que son similares a otras fabricadas en India. El objetivo es proteger la industria local.
Arancel Adicional Especial
Conocido anteriormente como suple- mento, este impuesto especial se aplica a todos los artículos.
Se aplica a una tasa del 4% sobre los im- puestos básicos y especiales en todas las importaciones.
Tasa de Educación
Efectivo desde julio de 2004, India intro- dujo esta nueva tasa que se calcula con la aplicación de un 3% sobre el Arancel Básico de Importación y los Derechos Adicionales Especiales. Las mercancías
enmarcadas bajo compromisos interna- cionales quedan exentas de este impues- to.
3. Antes de importar cualquier cosmético, se ha de facilitar al administrador de la aduana una declaración firmada por, o en nombre del productor del fabricante, o bien en nombre del importador, en la que se manifieste el cumplimiento de las normas del Capítulo III de la Ley de Dro- gas y Cosméticos de India (Indian Drugs and Cosmetics Act), artículo relaciona- do con las disposiciones generales para cosméticos falsos, con errores de marca, aquellos cosméticos defectuosos y los eti- quetados incorrectamente, así como los ya prohibidos.
4. Además de la declaración de importa- ción, que ha de ser presentada por el importador indio (4 copias), se requieren también los siguientes documentos están- dar:
• Factura firmada (original + 2 copias) o una declaración que manifieste el nom- bre y las cantidades de cada artículo cosmético incluido en la consignación, así como el nombre y dirección del pro- ductor con la lista detallada del valor de todos los contenidos
• Packing List
• Copia de contrato (Orden de compra y términos de pago)
• Conocimiento de embarque (Bill of La- ding) si el envío se realiza por barco o Carta de porte aéreo (Airway Bill) si se realiza por avión
• Póliza de seguro
• Catálogo de productos
• Si los productos son considerados peli- grosos (por ejemplo aquellos que sean inflamables), el importador tendrá que conseguir una licencia especial de impor- tación.
Productos prohibidos:
India prohíbe la producción e importación de cualquier producto cosmético que contenga hexaclorofeno, plomo, arsénico o compues- tos de mercurio. Los colorantes orgánicos sintéticos y colorantes orgánicos naturales que se usan en los cosméticos no deben con- tener más de:
• 2 partes por millón de arsénico, calcula- do como trióxido de arsénico.
• 20 partes por millón de plomo.
• 100 partes por millón de metales pesados diferentes del plomo.
India permite la importación de cosméticos en el país sólo a través de determinados puertos de entrada, entre los que se encuen- tran: puertos marítimos de Chennai, Kolka- ta, Bombay, y Cochin; aeropuertos de Delhi, Bombay, Chennai, Kolkata, y Ahmedabad. El agente designado por el Gobierno Indio en el puerto de entrada tiene derecho a to- mar muestras para su análisis.
El término “cosmecéutico”1 no está recono- cido en la India. Si un cosmecéutico no se puede vender como un medicamento de ven- ta libre y está clasificado como un artículo farmacéutico y no como cosmético, éste re- querirá la aprobación por parte de la Oficina de Control de Drogas India en el Ministerio de Salud.
1. Cosmecéuticos: Productos antiarrugas que son cosméticos y no medicamentos, por lo que no se someten a los mismos controles de calidad. Estos fármacos son capaces de modificar ciertas funcio- nes y estructuras de la piel y por lo tanto pueden retrasar y/o revertir, hasta cierto punto, el enveje- cimiento cutáneo.