3 Implementation Cluster 1 “Enqueue Replication”
3.3 SAP Installation
3.3.3 SAP File Systems
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente: Resolución N° 470-2011 DFCA, Ministerio de Seguridad Pública. Dirección Financiera. San José a las ocho horas del veinticinco de octubre de dos mil once. Acorde con lo ordenado por los artículos 214, 320 y siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 32177 SP, artículo 71. Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra Jasón Quesada Quirós, cédula de identidad número 3-388-397 por “adeudar a este ministerio la suma de ¢778.429,43 (setecientos setenta y ocho mil cuatrocientos veintinueve colones con cuarenta y tres céntimos) desglosados en ¢82.597,41 por sumas giradas de más del 8 al 15 de agosto de 2010, ¢373.881,38 por 30 días de preaviso no otorgado pues presentó renuncia el 8 de agosto de 2010 y rige a partir de la misma fecha, más ¢321.950,43 por incapacidades no deducidas del 25 de mayo al 24 de junio, del 25 al 27 de junio, del 28 de junio al 7 de julio, todas del 2010”. Lo anterior con fundamento en el oficio N° 925-2011-DRH-SRC-AR del 25 de enero de 2011 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Ttadavade Dos Mil Cinco S. A., donde se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272561.—(IN2011100483).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Gautami Dos Mil Cinco S. A., donde se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272562.—(IN2011100484).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Destatuyos Services, donde se modificó la cláusula tercera del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272563.—(IN2011100485).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mezclas Albany S. A., donde se modificó la cláusula tercera del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272565.—(IN2011100486).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios Agrícola Matapalito Agrima
Sociedad Anónima, donde se modificó la cláusula tercera del pacto
social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272566.—(IN2011100487).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios Garudasana Dos Mil
Cinco, donde se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San
José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272567.—(IN2011100488).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios Urubilva Dos Mil Cinco, donde se modificó la cláusula tercera del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272568.—(IN2011100489).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios Okiifi Dos Mil Cinco S. A., donde se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272569.—(IN2011100490).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios Simbisana Mil Novecientos
Ochenta y Cuatro S. A., donde se modificó la cláusula tercera
del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272571.— (IN2011100491).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Kakraka Dos Mil Cinco S. A., donde se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272572.—(IN2011100492).
Por escritura número uno-veintitrés otorgada ante mi Notaría, a las nueve horas del día veinticuatro de noviembre del dos mil once, se protocolizó el acta de asamblea de socios número cuatro, en donde se reforman las cláusulas: tercera, sexta y décima del pacto constitutivo de la sociedad anónima Finca San Juan del Río S. A., cédula jurídica: 3-101-179955.—Nicoya, veinticuatro de noviembre del dos mil once.—Lic. Marjorie Vargas Sequeira, Notaria.—1 vez.— RP2011272573.—(IN2011100493).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tadasana Dos Mil Cinco S. A., donde se modificó la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 17 de diciembre del 2011.—Lic. Carl W. Jensen Pennington, Notario.—1 vez.—RP2011272574.—(IN2011100494).
Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección de Recursos Humanos.—San José a las diez horas cincuenta y cuatro minutos del día cinco de diciembre del dos mil once. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar al encartado Trino Yorcid Granados Zúñiga, cédula de identidad Nº 06-349-513 exfuncionario de la Delegación Policial de Coto Brus y por ignorarse su actual domicilio, esta Dirección procede en esta vía legal, a comunicarle a dicha persona que según artículo VII, Acuerdo primero de la Sesión Ordinaria Nº 804 celebrada el día 8 de junio del 2011, por el Consejo de Personal, transcrito en el Oficio Nº 1176-2011 C.P., suscrito por la M.Sc. Sandra Flores Esquivel, Secretaria del Consejo de Personal en su condición de Órgano Decisorio, acordó aceptar la recomendación de la Resolución Nº 001-02-11, de la Delegación Policial de Coto Brus, de las doce horas del seis de febrero del año dos mil once, resuelve: 1) Se le suspende de cuatro días sin goce de salario, por inasistir injustificadamente a la labor del día 2 de enero de 2011. 2) Se le ordena al Departamento de Remuneraciones y Compensaciones deducir del estipendio, el monto correspondiente al día 2 de enero del 2011 que omitió asistir a trabajar injustificadamente. 3) Se le apercibe que de incurrir en cualquier otra falta, se sancionará de forma más drástica. Lo anterior por así corresponder. 4) Se le indica que la ejecución de la sanción queda en suspenso hasta que la resolución haya adquirido firmeza. 5) Asimismo le comunico que contra la presente resolución cabe Recurso de revocatoria y apelación dentro del tercer día a partir del recibo de la presente, de conformidad con los artículos 344 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, el mismo debe presentarse ante la Secretaría del Consejo de Personal, ubicada en las Oficinas Centrales de este Ministerio, módulo Fernando Valverde Vega, tercer piso o en su efecto ante el Jefe inmediato, quien deberá remitirlo a la Secretaría del Consejo de Personal en forma inmediata. Acuerdo firme por unanimidad.—Lic. Lys Espinoza Quesada, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 46292.—C-16200.—(IN2011100585).
Por no haber sido posible notificarte en el domicilio conocido por la administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente resolución Nº 346-2011DFCA. Ministerio de Seguridad Pública. Dirección Financiera. Departamento de Cobros Administrativos. San José a las diez horas con quince minutos del veintidós de agosto del dos mil once. Acorde con lo ordenado por los artículos 214 y 320 siguientes de la Ley General de Administración Pública, y los alcances del Decreto Ejecutivo N° 36366 SP, artículo 71. Procede este Departamento en calidad de órgano director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro contra el señor José Joaquín Jiménez Castillo, cédula de identidad número 1-1266- 329 exfuncionario de esta Cartera por “Adeudar a este Ministerio la suma total de ¢812.309,44 (ochocientos doce mil trescientos nueve colones con cuarenta y cuatro céntimos), que abarca: ¢124.579,98 por suma girada de más que comprende del 24 al 30 de mayo del 2010; ¢624.665,62 por concepto de treinta días de preaviso que no respetó, ya que presentó su renuncia el día 24 de mayo del 2010 y rige a partir de la misma fecha y la suma ¢63.063,84 por las jornadas pagadas y no laborados de los días del 21 al 23 de mayo del 2010 que no laboró”. Lo anterior con fundamento en los oficios Nº 14081-2010 DRH-SRC-AR del 14 de setiembre del 2010 y el Nº 09547-06-2011DRH-SRC-ACA del 20 de junio del 2011 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones de la Dirección de Recursos Humanos. El debido proceso será instruido por la Asistente Legal Fresia Kayem Pérez, teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente o bien presentar un arreglo de pago. Además puede cancelar la suma adeudada mediante depósito bancario a las cuentas Nº 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la Nº 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda o mediante entero a favor del Gobierno, debiendo presentar el documento de depósito original a Humanos. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual
será instruido por la Asistente Legal Lic. Fresia Kayén Pérez, teléfono 2586-4285, fax 2227-6957. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace saber al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Departamento de Cobros Administrativos de la Dirección Financiera del Ministerio de Segundad Pública, sita en Barrio Córdoba, frente al Liceo “Castro Madriz” en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2 del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a este Departamento. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 273 y 229 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 244 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado (a) que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Notifíquese.—Departamento de Cobros Administrativos.—Lic. Beatriz López González, Jefa a. í.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 46297.—C-22500.—(IN2011100581).
Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección de Recursos Humanos.—San José a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del día primero de diciembre del año dos mil once. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar al encartado Michael Arguedas Mora, cédula de identidad Nº 05- 357-717 exfuncionario de la Delegación Policial de Desamparados y por ignorarse su actual domicilio, esta Dirección procede en esta vía legal, a comunicarle a dicha persona, según artículo VI, Acuerdo cuadragésimo octavo de la Sesión Ordinaria N° 787 celebrada el día 2 de marzo de 2011, por el Consejo de Personal, en su condición de Órgano Decisorio, transcrito en el oficio N° 524-2011-C.P., suscrito por la M.Sc. Sandra Flores Esquivel, Secretaria del Consejo de Personal, donde acordó aceptar la recomendación de la Resolución Nº 224-11-DDL, del Departamento Disciplinario Legal, Sección Inspección Policial, de las ocho horas del once de febrero del año dos mil once, resuelve:
1. Se le exonera de responsabilidad disciplinaria en las presentes diligencias, por la falta que se le atribuyó: Conducta irregular de funcionario policial al realizarle acta de decomiso, secuestro o hallazgo al señor Roberto Villachica Vargas, quien fue detenido por violación y después de haber sido presentado a la Fiscal de Turno del Segundo Circuito Judicial, éste recibe inconforme sus haberes personales, indicando haberle cambiado un billete de diez mil colones, serie A66905640, que es aparentemente falso, hechos ocurridos el 14 de octubre de 2009, en caseta 12-B° México.
2. Archivar definitivamente las presentes diligencias por cuanto no existe en la actualidad relación laboral con este Ministerio, lo cual hace imposible la aplicación del Régimen disciplinario correspondiente. Lo anterior por así corresponder.
Notifíquese.—Lic. Lys Espinoza Quesada, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 10912.—Solicitud Nº 46294.—C-16200.— (IN2011100583).
propiedad de Servizamoranos S. A., cédula jurídica 3-101-0063204- 30. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—(IN2011098024).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a Rich Land Investments Limitada, cédula jurídica 3-102-373123, por medio de su representante Josef Mettler, en calidad de titular de la finca en concesión 5-1113-Z, plano G-772709-2002, por cambio de domicilio, asimismo a cualquier tercero con interés legítimo, a sus albaceas o a sus representantes legales: I. Que el Registro Inmobiliario ordenó la apertura de diligencias administrativas por resolución de las 9 horas del 15-5- 2006, debido a un supuesto traslape con el plano G-683183-2001. II. Que mediante resolución de las 8 horas del 25-10-2011, se le confiere audiencia hasta por el término de 15 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del presente edicto, término dentro del cual debe presentar los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro de este término deben señalar número de fax, medio electrónico, o casa u oficina, donde oír futuras notificaciones de éste Despacho, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, que es Decreto Ejecutivo N° 35509-J, en concordancia con los artículos 19 y 34 de la Ley de Notificaciones Judiciales Ley N° 8687, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 27 del Reglamento de cita y al artículo 11 de la Ley N° 8687. (Expediente 01-07-02- 2006-CT).—Curridabat, 15 de diciembre del 2011.—Master Emilia Magaly Rojas Maradiaga, Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. Nº 11- 0507.—Solicitud Nº 0965.—C-26850.—(IN2011100569).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL