2.2 DOUBLE QUANTUM FILTERED COSY
2.3.2 Sequence Design
El artículo 115 constitucional atribuye al municipio la realización de diferentes actividades138 en el ejercicio de diversas funciones públicas.
3.5.1. Actividades en ejercicio de función legislativa
En el segundo párrafo de la fracción II, el artículo 115 constitucional atribuye a los Ayuntamientos la función materialmente legislativa -y formalmente administrativa- de expedir los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los estados.
3.5.2. Actividades en ejercicio de función administrativa
Los municipios tienen atribuida la función formal y materialmente administrativa que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución General de la República, les permite:
1) Manejar su patrimonio conforme a la ley.
2) Atender la seguridad pública, en los términos del artículo 21 de la propia constitución, que previene la coordinación de la federación, el distrito federal, los estados y los municipios de acuerdo con lo previsto en la ley, para establecer un sistema nacional de seguridad pública.
3) Atender la regulación del tránsito vehicular y de peatones en la vía pública municipal.
4) Administrar libremente su hacienda.
5) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal.
106 6) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales.
7) Participar en la formulación de planes de desarrollo regional.
8) Autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia.
9) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana. 10) Otorgar licencias y permisos para construcciones.
11) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia.
12) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial.
3.5.3. Actividades en la prestación de servicios públicos
La reforma de 1983 al artículo 115 constitucional incluyó, dentro del catálogo de servicios públicos contenido en su fracción III, a las funciones públicas de seguridad pública y tránsito, así como a las obras públicas de calles, parques y jardines; en tanto que la reforma de 1999 a dicho precepto constitucional, convirtió el catálogo de servicios públicos en uno de funciones y servicios públicos.
3.5.4. Actividades para la realización de obras públicas
Conforme al nuevo texto de la fracción III del artículo 115 constitucional, se incluye en el catálogo de funciones y servicios públicos a las calles, los parques y jardines (y su equipamiento), los cuales realmente vienen a ser obras públicas, sin embargo, ya figuraban como servicios públicos desde la reforma de 1983.
3.5.5. Actividades socioeconómicas residuales
Aparte de las actividades derivadas del ejercicio de sus funciones públicas, del desempeño de los servicios públicos y de la realización de las obras públicas, el municipio desarrolla otras actividades socioeconómicas que hemos identificado
107 como residuales, para aludir a las que no atañen a la función, al servicio o a la obra de carácter público, las cuales separamos en dos grupos: las de interés público y las actividades socioeconómicas simples.
Agrupamos como actividades municipales socioeconómicas residuales de interés público, las que sin implicar ejercicio de función pública, prestación de servicio público ni ejecución de obra pública, se ubican en los más altos niveles de sus objetivos pues atañen a la salud pública, al equilibrio ecológico y al desarrollo sustentable del municipio, como son: el tratamiento y disposición de aguas residuales y el tratamiento y disposición final de residuos (sólidos).
Consideramos como actividades residuales socioeconómicas simples del municipio, aquellas ordinariamente desempeñadas por los particulares, pero que el ente municipal llega a realizar subsidiariamente ante la ausencia, la deficiencia o la insuficiencia de los particulares, como puede ser la operación de una sala cinematográfica o de un molino de nixtamal.
3.6. EL AYUNTAMIENTO
El gobierno municipal es un cuerpo de servidores públicos electos popularmente o designados, según lo marque la ley, cuya misión es dirigir y conducir las actividades propias del municipio, tendentes a que dicha institución cumpla con los fines que la propia ley le atribuye.139
El mandato constitucional atribuye las facultades gubernativas y de administración a un órgano colegiado denominado ayuntamiento.
Los miembros del ayuntamiento tienen estatus diferenciados y jerarquizados y, de ninguna manera, igualitarios. Existe un presidente municipal, regidores y síndicos con funciones específicas y distintas que cumplir. El presidente municipal forma
108 parte del órgano deliberante, lo preside y frecuentemente tiene, incluso, voto de calidad; los regidores desempeñan múltiples tareas y actividades administrativas y hasta ejecutivas, es frecuente que en caso de ausencia del presidente municipal lo suplan los regidores en su orden.
El ayuntamiento140 es el órgano colegiado y deliberante, de elección popular
directa, encargado del gobierno y la administración del municipio, integrado por un presidente, uno o más síndicos y el número de regidores que establezcan las leyes respectivas de cada estado.
Es decir, en todos los estados de la república el gobierno municipal se forma por autoridades que son electas a través del voto de la población. Esta autoridad está formada por el presidente, los síndicos y los regidores. Estas personas forman el ayuntamiento y se reúnen periódicamente en sesión de cabildo para discutir y tomar las decisiones más importantes para el municipio. Pero para atender adecuadamente las necesidades de la administración pública municipal, desarrollar todas sus funciones y cumplir con sus objetivos, se valen de las autoridades municipales auxiliares.