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Service Oriented Architecture (SOA) concepts

1.6 Structure of the thesis

2.1.1 Service Oriented Architecture (SOA) concepts

a) Credicorp no está sujeto a impuesto a la renta o impuesto al patrimonio, a las ganancias de capital o a la propiedad en Bermuda. Las subsidiarias peruanas de Credicorp están sujetas al régimen tributario peruano.

La tasa del impuesto a la renta en el Perú al 31 de diciembre de 2020, 2019 y 2018 fue de 29.5 por ciento sobre la utilidad gravable después de calcular la participación a los trabajadores, la cual es determinada usando una tasa de 5 por ciento.

Mediante Decreto Legislativo N°1471 emitido bajo los alcances de la Ley N°31011, norma que delegó diversas facultades legislativas en el Poder Ejecutivo y vigente a partir del 30 de abril de 2020, se ha dispuesto de manera excepcional que los contribuyentes generadores de rentas empresariales puedan, alternativamente al procedimiento descrito en el artículo 85° de la Ley de Impuesto a la Renta, optar por modificar o suspender sus pagos a cuenta de los meses de abril, mayo, junio y/o julio del ejercicio gravable 2020 con la finalidad de coadyuvar con la reactivación económica a consecuencia de la pandemia del Coronavirus.

Como procedimiento se estableció que los ingresos netos obtenidos en cada mes 2020 deben compararse con los obtenidos en el mismo mes del ejercicio 2019. En ese sentido, podrían darse los siguientes escenarios y efectos de tal comparación:

- Si disminuyen en más de 30% se aplica la suspensión

- Si disminuyen hasta en 30% se multiplicará por un factor de 0.5846

Al respecto, el Banco de Crédito del Perú se acogió a la modificación del coeficiente del pago a cuenta de los meses de abril, mayo y julio de 2020 por la disminución de sus ingresos netos respecto al ejercicio anterior, en un 8.17%, 23.97% y 15.19%, respectivamente.

Asimismo, Mibanco se acogió a la modificación del coeficiente del pago a cuenta de los meses de mayo, junio y julio 2020 debido a la disminución de sus ingresos netos en comparación a los del ejercicio anterior, en 11.57%, 8.73 y 21.95%, respectivamente.

La tasa del impuesto a la renta en Bolivia es del 25.0 por ciento al 31 de diciembre de 2020, 2019 y 2018. Las entidades financieras tienen una tasa adicional si el ROE supera el 6.0 por ciento; en dicho caso, deben considerar un 25.0 por ciento adicional, con lo cual la tasa alcanza al 50.0 por ciento a dichos períodos.

En el caso de Chile, para el año 2019 y 2018 existían 2 regímenes tributarios: el régimen parcialmente integrado y el régimen atribuido. Credicorp Capital Holding Chile al igual que todas sus subsidiarias tributa bajo el régimen parcialmente integrado, cuya tasa de impuesto a la renta de primera categoría para personas jurídicas domiciliadas correspondía al 27.0 por ciento para ambos períodos.

Con el cambio de legislación tributaria del año 2020, se establecen dos regímenes nuevos actualmente vigentes: el régimen general y el régimen Pro-pyme, para empresas de menor tamaño. Credicorp Capital Holding Chile al igual que todas sus subsidiarias tributa bajo el régimen general de tributación, cuya tasa de impuesto a la renta de primera categoría para personas jurídicas domiciliadas, se mantiene en 27.0 por ciento al 31 de diciembre de 2020 y para periodos futuros.

Por otro lado, las personas naturales o jurídicas no domiciliadas en Chile estarán sujetas a un impuesto de retención denominado “Impuesto adicional a la renta” cuyas tasas se encuentran entre 4.0 por ciento y 35.0 por ciento, dependiendo de la naturaleza de la renta. Adicionalmente, Chile tiene suscritos tratados para evitar la doble tributación con distintos países por lo que ciertas rentas podrían estar liberadas de retención de impuesto o uso de tasas rebajadas

En el caso de Colombia, la tasa del impuesto a la renta para el año 2018 fue 33.0 por ciento a la renta gravable, más una sobretasa de 4.0 por ciento para todas las entidades (cuya base imponible es la renta gravable menos $800.0 millones de pesos colombianos). Para el año 2019, bajo la Ley de financiamiento N°1943 de fecha 28 de diciembre de 2018, se estableció la tasa del impuesto a la renta de 33.0 por ciento sin sobretasa para todas las entidades. A partir del año 2020, según la Ley N°2010 emitida el 27 de diciembre de 2019, las tasas serán como sigue:

Año gravable Tasa Tasa adicional (*)

2020 32 4

2021 31 3

2022 30 3

De 2023 en adelante 30 −

(*) La tasa adicional será aplicable solo a las instituciones financieras que en el año gravable correspondiente tengan una renta gravable igual o superior a 120,000 Unidad de valor tributario (UVT) que al 31 de diciembre de 2020 equivale a un total de S/4.5 millones; en ese sentido, Credicorp Capital Colombia, Credicorp Capital Fiduciaria y Banco de la Microempresa de Colombia (antes Banco Compartir) deberán liquidar el impuesto a la renta teniendo en consideración lo mencionado.

Atlantic Security Holding Corporation y sus Subsidiarias no están sujetas a impuestos, por sus operaciones en las Islas Caimán o en Panamá. Al 31 de diciembre de 2020, de 2019 y de 2018, no se generó renta imponible por las operaciones en los Estados Unidos de América.

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La conciliación entre la tasa del impuesto a la renta y la tasa efectiva aplicada al Grupo es como sigue:

2020 2019 2018

En millones

de soles % En millones de soles % En millones de soles %

Impuesto teórico y tasa del impuesto a la renta en Perú (66.1) (29.50) (1,764.0) (29.50) (1,649.8) (29.50)

Aumento (disminución) de la tasa fiscal por:

(i) Aumento (Disminución) por la utilidad de las subsidiarias no

domiciliadas en el Perú 50.1 22.36 49.9 − 41.9 −

(ii) Provisión Impuesto a los dividendos (44.6) (19.91) (142.7) − (46.8) −

(iii) Ingresos no sujetos a impuesto, neto 117.3 52.32 233.8 3.91 133.7 2.39

(iv) Cambio en estimación tasa impuesto a la renta diferido, neto

(Banco de Crédito de Bolivia) 53.3 23.80 − − − −

b) El gasto por impuesto a la renta durante los años 2020, 2019 y 2018 comprende: 2020 2019 2018 S/(000) S/(000) S/(000) Corriente - En el Perú 926,361 1,469,497 1,315,896 En el Exterior 110,973 206,120 113,912 1,037,334 1,675,617 1,429,808 Diferido - En el Perú (927,130) (30,862) 87,952 En el Exterior (220,181) (21,573) 3,149 (1,147,311) (52,435) 91,101 Total (109,977) 1,623,182 1,520,909

El impuesto a la renta diferido ha sido calculado sobre todas las diferencias temporales,

considerando la tasa efectiva del impuesto a la renta en donde las subsidiarias de Credicorp están ubicadas.

La variación en el gasto por impuesto a la renta y diferido se debe principalmente al incremento en aproximadamente S/725.0 millones al 31 de diciembre de 2020 debido al aumento en la provisión de pérdidas esperadas crediticias. Asimismo, el incremento del gasto por impuesto a la renta estuvo relacionado con el reconocimiento de una menor deducción por S/68.0 millones al 31 de diciembre 2020 en relación a los intangibles dado que existe una menor cantidad activada de proyectos al corte de dicho período.

c) A continuación se presenta un resumen de las partidas que conforman el impuesto a la renta diferido del Grupo:

2020 2019 S/(000) S/(000) Activo diferido por impuesto a la renta, neto

Activo diferido

Provisión de pérdida crediticia para cartera de créditos 1,738,240 699,970

Créditos congelados (tasa cero) y Créditos FAE 45,317 −

Provisión por participación de utilidades 40,648 57,351

Pérdida tributaria arrastrable 34,972 4,773

Provisión por vacaciones pendientes 25,994 24,378

Provisión para gastos y riesgos diversos 24,972 35,056

Depreciación de mejoras en locales arrendados 24,945 19,005

Intereses de créditos refinanciados no vencidos 24,254 −

Pérdida no realizada por valorización de inversiones a valor

razonable con cambios en otros resultados integrales 21,062 632

Provisión de stock awards 15,325 2,233

Pérdida no realizada por valorización de derivados

de cobertura de flujo de efectivo 999 14,992

Otros 83,717 50,403

Pasivo diferido

Intangibles, neto (219,980) (223,101)

Depreciación de edificios (65,052) (66,818)

Ajuste por diferencia en cambio de SUNAT y SBS (28,424) (30,846) Ganancia no realizada por valorización de inversiones a valor

razonable con cambios en otros resultados integrales (28,377) (12,387)

Costos de adquisición diferidos (14,705) (17,578)

Ganancia no realizada por valorización de

derivados de cobertura de valor razonable (13,714) (9,451)

Reservas técnicas por primas − −

Revaluación de edificios (4,234) (4,795)

Fluctuación del valor razonable en bonos del pasivo (1,707) (7,971) Ganancia no realizada por valorización de

derivados de cobertura de flujo de efectivo (3,974) (2,021)

Otros (6,623) (12,977)

2020 2019 S/(000) S/(000) Pasivo diferido por impuesto a la renta, neto

Activo diferido

Pérdida no realizada por valorización de inversiones a valor

razonable con cambios en otros resultados integrales 20,488 6,229

Pérdida tributaria arrastrable 19,443 14,309

Provisión para gastos y riesgos diversos 18,634 5,313

Ingresos diferidos por comisiones sobre remuneración 9,021 8,138

Provisión por participación de utilidades 4,041 8,562

Provisión de pérdida crediticia para seguros − 6,945

Otros 21,514 19,351

Pasivo diferido

Intangibles, neto (41,491) (50,048)

Ganancia generada en la reorganización de Pacífico EPS (39,515) (39,515) Ganancia no realizada por valorización de inversiones a valor

razonable con cambios en otros resultados integrales (36,796) (34,054)

Costos de adquisición diferidos (26,616) (27,925)

Reservas técnicas por primas − (23,180)

Reserva catastrófica (10,682) (9,776)

Operaciones de arrendamiento financiero (3,595) (3,810)

Revaluación de edificios (3,558) (3,463)

Otros (36,417) (11,280)

Total (105,529) (134,204)

Al 31 de diciembre de 2020 y de 2019, el Grupo mantiene un pasivo diferido por impuesto a la renta por S/26.6 millones para ambos períodos correspondiente a las ganancias y pérdidas no realizadas generadas por inversiones a valor razonable con cambios en otros resultados integrales y coberturas de flujo de efectivo.

Al 31 de diciembre de 2018, el Grupo mantenía un pasivo diferido por impuesto a la renta por S/5.3 millones, correspondiente a las ganancias y pérdidas no realizadas generadas por

inversiones a valor razonable con cambios en otros resultados integrales y coberturas de flujo de efectivo.

d) La Autoridad Tributaria en el Perú tiene la facultad de revisar y, de ser necesario, corregir las declaraciones juradas anuales de las Subsidiarias establecidas en el Perú en los cuatro años posteriores al año de su presentación. Las declaraciones juradas anuales de las subsidiarias aún no revisadas por la Autoridad Tributaria Peruana son las siguientes:

Banco de Crédito del Perú S.A. 2016 al 2020

Mibanco , Banco de la Microempresa S.A. 2016 al 2020

Prima AFP S.A. 2016 al 2020

Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros 2017 al 2020

Pacífico Peruano Suiza 2017

Con fecha 11 de setiembre de 2019 y 12 de diciembre de 2019, la Autoridad Tributaria dio inicio al proceso de fiscalización de la declaración jurada del impuesto a la renta de tercera categoría de los periodos 2014 y 2015, respectivamente, del Banco de Crédito del Perú, proceso que aún está

en trámite. Asimismo, con fecha 10 de diciembre de 2019, la Administración Tributaria notificó la Resolución de Determinación, finalizando así el proceso de fiscalización de la declaración del impuesto a la renta del ejercicio 2013 en la cual se determinó un menor pago de impuesto a la renta.

Cabe mencionar que la Autoridad Tributaria se encuentra fiscalizando la declaración jurada del impuesto a la renta de tercera categoría del periodo 2015 de Mibanco y la declaración jurada del impuesto a la renta de tercera categoría del periodo 2016 de Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros y Pacífico Vida.

La autoridad tributaria boliviana, chilena y colombiana, tienen la facultad de revisar y, de ser aplicable, hacer una nueva determinación por el impuesto a la renta calculado por las subsidiarias ubicadas en dichos países en los 8 años, 3 años y 3 años posteriores, respectivamente, a la presentación de la declaración jurada del Impuesto a la Renta. Adicionalmente, en el caso de Colombia se fijó un plazo de 6 años para los contribuyentes obligados a aplicar Precios de Transferencia o contribuyentes que reportasen pérdidas fiscales. Las declaraciones juradas anuales pendientes de revisión por las autoridades tributarias del exterior son las siguientes: Banco de Crédito de Bolivia 2012, 2014, 2015 al 2020

Credicorp Capital Colombia 2016, 2017, 2018 y 2020

Credicorp Capital Holding Chile 2020

Dado que las normas están sujetas a interpretación por parte de las distintas autoridades fiscales donde se encuentran las subsidiarias de Credicorp, no es posible determinar hasta la fecha si de las revisiones se generarán pasivos adicionales de las subsidiarias de Credicorp. Por lo tanto, todos los impuestos no pagados, multas o intereses que puedan resultar de las revisiones serán reconocidos como gastos del ejercicio en el que se determinan. No obstante, la Gerencia de Credicorp y de sus subsidiarias y sus asesores legales considera que cualquier evaluación adicional del impuesto a la renta no tendría un impacto significativo en los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2020 y de 2019.