Quito, -……….
Sr………
De mi consideración:
YO……….. de nacionalidad………..estado civil……….. domiciliado/
en la ciudad de………..país………..con documento de
identidad número en mi calidad de actor/a para iniciar juicio de alimentos en el extranjero contra el/la señor/a ………mis propios derechos, en el marco de la aplicación de la Convención sobre la Obtención de Alimentos en el Extranjero de Nueva York de 1956, declaro que desconozco los ingresos que el deudor recibe en la actualidad en su país de residencia , localidad
Conocedora de la responsabilidad de levantar un falso testimonio, declarar que esta información es todo lo que puedo declarar en honor a la verdad.
Nombres y apellidos: Fecha:
PROVIDENCIAS OBTENIDAS DEL INTERNET PAGINA: www.funcionjudicial.gob.ec VISTOS: Dr. Richard Wilmer Chinde Chamorro, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez de este Juzgado, mediante acción de personal N° 1781-DNP-MY de 04 de julio de 2012. Agréguese al proceso el escrito que antecede y la documentación adjunta y proveyendo el escrito se dispone: Previo a señalar día y hora para la Audiencia Única; se ordena que se practique el examen de ADN en las personas de la actora GINA ELIZABETH CEVALLOS AGUIRRE, la menor EMILY SAMANTHA CEVALLOS AGUIRRE y el demandado JOFRE RODOLFO PASTRANA QUIÑONEZ, en el Laboratorio de Genética de la Fiscalía General del Estado el día 17 de agosto de 2012, a las 10h30 para lo que se nombra como peritos a las Lcdas. Verónica Rocío Miño Carrillo y María Elisa Lara Galarza quienes deberán posesionarse el mismo día de la diligencia a las 10h00 y presentar su informe en el término de 10 días.-NOTIFIQUESE.
Gloria Janeth Pillajo Balladares, avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular, mediante Acción de Personal No. 4619-DP-DPP, de 09 de octubre del 2012.- Agréguese al proceso los escritos que anteceden, proveyendo los mismos se dispone: Se vuelve a ordenar se practique el examen de ADN en las personas de la actora GINA ELIZABETH CEVALLOS AGUIRRE, la menor EMILY SAMANTHA CEVALLOS AGUIRRE y el demandado JOFRE RODOLFO PASTRANA QUIÑONEZ, en el Laboratorio de Genética de la Fiscalía General del Estado el día LUNES 10 DE DICIEMBRE DEL 2012, a las 10h30 para lo cual se nombra como peritos a las Lcdas. Verónica Rocío Miño Carrillo y María Elisa Lara Galarza, quienes deberán posesionarse el mismo día de la diligencia a las 10h00 y presentar su informe en el término de 10 días.-NOTIFIQUESE.
POSESION DE PERITO En Quito, hoy lunes diez (10) de diciembre del dos mil doce, a las diez horas, ante la Dra. Gloria Pillajo Balladares, Juez Temporal Segundo de Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, e infrascrita Secretaria, comparecen la Lcda. María Elisa Lara Galarza con cédula de identidad No. 171536146-3 y la Lcda. Verónica Rocío Miño Carrillo con cédula de identidad No. 171592166-2, con el objeto de posesionarse del cargo de Peritos en el Juicio de Alimentos con Presunción de Paternidad No. 2011-0078-V.L. Al efecto, juramentada en legal y debida forma y prevenidas de las penas del perjurio, dicen: Juramos y prometemos nuestro fiel y legal desempeño del cargo de Peritos, a nosotras encomendado.- Leída la declaración a las comparecientes, se afirman y ratifican en lo dicho
y para constancia firman con el Juez y Secretaria que certifica. Dra. Gloria Pillajo Balladares JUEZ TEMPORAL 2° DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Lcda. María Elisa Lara Galarza Lcda. Verónica Rocío Miño Carrillo C.C.; C.C.; LA PERITO LA PERITO Dra. Alba Rosa Palaguachi Lasso SECRETARIA ENCARGADA
POSESION DE PERITO En Quito, hoy lunes catorce (14) de enero del dos mil trece, a las once horas, 11h00, ante la Dra. Gloria Pillajo Balladares, Jueza Temporal Segundo de Niñez y Adolescencia del Cantón Quito, e infrascrita Secretaria, comparece la Dra. Dora Sánchez Quizhpi con cédula de identidad No. 010249968-8, con el objeto de posesionarse del cargo de Perito en el Juicio de Alimentos con No. 2011-0078 Al efecto, juramentada en legal y debida forma y prevenida de las penas de perjurio, dice: Juro y prometo mi fiel y legal desempeño del cargo de Perito, a mi encomendado.- Leída la declaración a la compareciente, se afirma y ratifica en lo dicho y para constancia firma con la Jueza y Secretaria que certifica. Dra. Gloria Pillajo Balladares JUEZA TEMPORAL 2° DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DRA. DORA SÁNCHEZ QUIZHPI C.C.; LA PERITO Dra. Alba Rosa Palaguachi Lasso SECRETARIA JUDICIAL
Agréguese al proceso los documentos y el escrito que antecede, proveyendo el mismo se dispone: Atento lo solicitado por la demandante y por ser el estado de la causa se convoca a los litigantes para el día MIÉRCOLES 03 DE ABRIL DEL 2013, a las 08h10, a fin de que se lleve a cabo la Audiencia Única a celebrarse entre las partes; diligencia a la que en virtud de los Principios de Inmediación y Concentración previstos en la Constitución de la República del Ecuador, las partes comparecerán en forma personal acompañados de sus Abogados Defensores, ó con Procuración Judicial amplia y suficiente que contenga Cláusula Especial para transigir; diligencia en la que presentarán la prueba anunciada.- Se vuelve a señalar por última vez para el día LUNES 18 DE MARZO DEL 2013, a las 11h30, a fin de que se lleve a cabo el examen de ADN en las personas de GINA ELIZABETH CEVALLOS AGUIRRE, la menor EMILY SAMANTHA CEVALLOS AGUIRRE y el demandado JOFRE RODOLFO PASTRANA QUIÑONEZ; para lo cual se nombra como Perito Especialista del Hospital Metropolitano a la DRA. DORA SÁNCHEZ QUIZHPI, quien de aceptar el cargo se posesionará a las 11h00 del mismo día de la diligencia y emitirá su informe en el término de ocho días que corren a partir del día de la posesión.- NOTIFÍQUESE.
ACTOR(es)/OFENDIDO(s) APELLIDO(s) NOMBRE(s) DEMANDADO(s)/PROCESADO(s) APELLIDO(s) NOMBRE(s)