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Students’ interaction in L2 writing: Planning and Editing

• Importe exigido por la legislación aplicable . . . 14.715.849,34 €

• Partidas aptas para esta cobertura . . . 38.568.871,05 €

• Superávit a 31-12-2015 . . . 23.853.021,71 €

Como puede apreciarse nuestro exceso de margen de solvencia, se acerca a tres veces el importe exigido, concretamente al 262 por ciento.

Finalmente, es preciso remarcar que, recogiendo las magnitudes económicas reflejadas en las Cuentas Anuales al 31 de diciembre de 2015, ha sido preciso preparar para su presentación en el Órgano de Control gubernamental (DGSFP), un Balance especial - inicial de Solvencia II, de compleja elaboración que, a pesar de las dificultades que entraña, con el esfuerzo y dedicación de los que han intervenido en su preparación, será posible presentar dentro de los plazos marcado por dicho Organismo.

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lEy dE ORdENACIóN, SUPERvISIÓN y SOLvENCIA INfORME DE GESTIÓN

Si bien hemos citado reiteradamente las exigencias derivadas de la cumplimentación de los principios contenidos en “Solvencia II”, hay que destacar que, durante el ejercicio 2015, se ha promulgado la norma más importante que afecta a la actividad de seguros y que represente un compendio legislativo que recoge todas las obligaciones detalladas en dicho Protocolo, junto las específicas que afectan a las entidades españolas y las operaciones realizadas por las mismas. Como es lógico, otro más de los aspectos de la gestión que se ha realizado, viene determinado por el cumplimiento de las muy extensas reglas que se contienen en la misma.

Nos estamos refiriendo a la Ley 20/2015 de 14 de julio, de “Ordenación, Supervisión y Solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras”. El complemento de carácter fundamental de esta Ley, ha sido el Real Decreto que viene a representar el Reglamento de aparecido en el BOE del 2 de diciembre siguiente con la referencia R.D.1060/2015 de 20 de noviembre.

Entre lo más destacado de todo lo que se recoge en ambos cuerpos normativos, se encuentra lo que ha representado el cambio más determinante y fundamental en el concepto de lo que debe constituir el Capital en la entidades aseguradoras. El tradicional Capital Social, ha quedado simplemente como una rúbrica de referencia registral y accionarial, pero totalmente independiente de lo que ahora se establece. Así, concretamente en el Real Decreto al que nos hemos referido, se dispone, en su Artículo 158, que “las entidades aseguradoras deberán cubrir en todo momento el capital de solvencia obligatorio con los propios fondos admisibles” (SIC). En el texto literal que se entrecomilla, se integran tres palabras que merecen ser subrayadas; hacemos referencia a “EN TODO MOMENTO”. Es decir que este capital mínimo, no es estático sino que debe representar cada uno de los días de cada ejercicio, la situación de la entidad en orden a su capital dinámico derivado de las exigencias de solvencia exigidas por la Ley. Es claro, pues, que en la actualidad las necesidades de capital (SCR) de las entidades aseguradoras, de seguros, están relacionadas íntimamente con la solvencia de las mismas pero siempre calculada de acuerdo con los parámetros de la normativa derivada de “Solvencia II” y de la Ley y Real Decreto citados.

En el caso de “Almudena”, puede afirmarse que su situación al respecto, se encuentra sobradamente dentro de los parámetros que se establecen en dichas normas, cumpliéndose como punto de partida, cuanto se consigna el citado Artículo 158 del Real Decreto mencionado.

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FUNCIóN dE

CUMPLIMIENTO

INfORME DE GESTIÓN

Velar rigurosamente por la solvencia de la Compañía, lógicamente ha venido acompañada por la tarea que más que posiblemente, sin duda, ha constituido la fundamental y prioritaria función del Consejo de Administración durante el ejercicio al que se refiere el presente Informe. Esta tarea, está referida al puntual seguimiento y estricto cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de las actuales normas que, en conjunto, constituyen la gobernanza de nuestra Entidad.

No puede obviarse, que en el conjunto de este concepto de gobernanza, se encuentra la obligatoriedad del cumplimiento, además de las clásica, tradicionales y generales medidas de buena administración y organización, aquellas que constituyen la función de cumplimiento principalmente derivadas de la nueva normativa.

Ya en el ejercicio 2014, se establecieron los adecuados mecanismos para llevar a cabo esta labor y, ha sido en este ejercicio 2015, cuando, merced al trabajo conjunto del Consejo de Administración y con el desarrollo de la labor realizada por las distintas Comisiones constituidas en el seno del citado Consejo, se ha venido dando cumplimiento, entre otros, a la implementación de una eficaz Auditoría interna, de un seguimiento puntal de los riesgos y su gestión, de una política de inversiones acorde con las circunstancias impuestas por el mercado, pero siempre velando por la seguridad y prudencia en sus actuaciones , así como otras medidas puestas en práctica para el desarrollo de un sistema riguroso y adecuado de control interno.

Consecuencia del cumplimiento de todo lo que representa hoy día el buen gobierno de una Entidad de Seguros, es por lo que se considera que es éste ha sido uno de los aspectos que constituyen, posiblemente, la más importante gestión global que se ha llevado a cabo en nuestra Compañía durante el ejercicio.

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TECNOlOgíA E

INfORMáTICA

INfORME DE GESTIÓN

Para esta ingente labor destinada al cumplimiento de todo cuanto se exige para llevar a cabo la normativa de aplicación y no sólo en el orden técnico, que en la actualidad alcanza una complejidad actuarial de muy alta cualificación, sino también en todo el entramado organizativo que abarca la gobernanza de la Compañía, en cuyo conjunto destaca, como se ha señalado, el puntual seguimiento y control de riesgos, la auditoría interna, la organización y administración generales, etc., es indispensable contar con un departamento técnico que englobe la informática y que sea capaz de cumplir eficazmente con los retos que se exigen, sin olvidar que, paralelamente, sus prestaciones resultan absolutamente indispensables para el normal desarrollo de las complejas operaciones de la Compañía, especialmente, como hemos dicho, en el orden técnico y matemático actuarial.

Como ya se señaló en el Informe correspondiente al ejercicio 2014, a pesar de la muy satisfactoria cualificación del personal que integra este cometido, la magnitud y complejidad de todo el entramado técnico que ha irrumpido en la administración de nuestra Compañía, contamos con el apoyo, asesoramiento y colaboración, de uno de los más prestigiosos gabinetes profesionales dedicados a esta labor, por lo que, en conjunto, puede afirmarse que la gestión que se ha llevado a cabo en el ejercicio, ha cumplido sobradamente con las exigencias legales y con la propia iniciativa y decisiones del Consejo de Administración.

Consecuencia de todo lo que se acaba de exponer, es por lo que este Apartado 6º, figura inmediatamente después de los 3º,4º y5º precedentes, por cuanto sin un avanzado departamento técnico-informático, no sería posible cumplir con la multitud de los requisitos exigidos y, además, continuar con la fundamental labor de avanzar en la informatización global de las operaciones cotidianas de nuestra Entidad, hasta el punto de que puede afirmarse que, en este renglón, nos encontramos con un sistema que, objetivamente, puede calificarse como excelente.

No obstante, sabido es que todo puede ser mejorable, por lo que, a pesar de esa excelencia ya contrastada en ejercicios anteriores, se ha seguido completando la integración en el sistema y la red de ordenadores de la Casa Central, de las distintas oficinas directas con que cuenta “Almudena” en diversas localidades, hasta el punto que, en los momentos en que se está redactando este Informe, tal integración abarca ya a la totalidad de tales oficinas.

Otro aspecto destacable de la gestión informática, es que, como consecuencia de la adquisición de una nueva y sofisticada herramienta informática, se ha dado un paso más en potenciar esa excelencia a la que se ha aludido por cuanto con tal herramienta, será posible a los distintos jefes de Departamento, llevar a cabo análisis de datos de forma autónoma sin depender forzosamente de de la central de informática.

Finalmente, durante el ejercicio se ha ampliado el perímetro de seguridad de toda nuestra red de servidores en previsión de que, como es conocido, puedan originarse situaciones que pongan en muy grave peligro toda nuestra organización.

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FORMACIóN

INfORME DE GESTIÓN

Independientemente de las obligaciones que respecto a “formación”, nos impone la normativa vigente, no está de más remarcar que, sin mediar estas exigencias legales, en “Almudena” ha existido a lo largo de toda su historia, una especial sensibilidad para llevar a cabo actuaciones puntuales con el fin de promover la mejor formación técnica, administrativa y comercial de todo el personal que, directa o indirectamente, colabora en el desarrollo de nuestras actividades. Por consiguiente, y como no podía ser de otra manera, en el ejercicio 2015, no sólo se ha seguido con el plan especial ya establecido desde hace varios ejercicios, sino que se ha reforzado notablemente el número de horas dedicado a este menester.

Como demostración de cuanto se acaba de señalar, destacamos que, mientras en el año 2014, las horas totales dedicadas a formación alcanzaron un total de 11.951, en 2015 esta cifra ha ascendido hasta 17.299, lo que representa un destacable incremento de 5.348 horas. Recordamos que la actividad dedicada a la formación está destinada a:

RESUMEN áREA FORMACIóN

• Al propio personal de la Compañía, al que se han destinado . . . . 3.318 horas.

• Al personal de mediación, al que se han destinado . . . . 6.831 horas.

• A personas interesadas en el acceso a la mediación . . . . 7.150 horas.

Como resumen, el gráfico siguiente representa con total claridad cuanto se acaba de comentar al respecto:

DISTRIBUCIÓN DE HORAS FORMATIVAS:

Total horas