2 LITERATURE REVIEW
2.15 Summary
La situación actual y las perspectivas de la economía cubana son muy complejas. La nación tiene ante sí numerosas necesidades de capital, mercado y tecnología y una gran urgencia de elevar su competitividad.
En las nuevas condiciones socioeconómicas de Cuba, la creación de una política a seguir por parte de nuestro estado en materia de transferencia de tecnología es de suma importancia, con el objetivo de transformar y modernizar las capacidades tecnológicas actuales, desarrollar nuevas y diversas actividades productivas y de servicios, así como propiciar la generación de tecnologías más eficientes y la asimilación y desarrollo tanto de éstas; como de las recibidas del exterior.
Esta política de transferencia de tecnología se traduce, en primer lugar, por diferentes leyes y decretos:
. Ley de Transferencia de Tecnología (Ley N 22.426 -B.O. 23/03/81- modificada por Decreto 1853/93 -B.O. 8/9/93- arts. 7 y 8)
. Decreto Reglamentario y Ordenatorio de la Ley de Inversiones Extranjeras 21.382 (Decreto 1853/93 –B.O. 8/9/93- )
. Ley de Inversiones Extranjeras (Ley 21.382 - T.O. 1980-, Modificada por las Leyes 23.697 y 23.760, T.O. 1993- Según Decreto 1853/93 - B.O. 8/9/93- )
. Decreto Reglamentario de la Ley 22.426 (Decreto 580 - B.O. 30/3/81- )
Estas leyes y decretos deben ser tenidas en cuenta para cualquier análisis que se haga sobre el mismo y la obligación que tienen los OACEs (Organismos de la Administración Central del Estado) y las Empresas, en las negociaciones de transferencia de tecnología destinadas a adquirir o ceder conocimientos técnicos o
derechos de licencia para la explotación o el uso de invenciones, modelos industriales o marcas protegidas a evaluar y garantizar, entre otros aspectos.
Según Simeón, 1996 es necesario para alcanzar el desarrollo, que un país domine determinados puntos fuertes de varias tecnologías estratégicas y sea capaz de mejorarlos continuamente basado en sus propias fuerzas. Desarrollar la capacidad de innovación tecnológica de un país no solo depende de factores como la formación de una masa crítica de investigadores y científicos que participe en las principales líneas de investigación a nivel mundial y a la vez contribuya a solucionar los problemas de sus países, sino que precisa de un adecuado marco legal e institucional que sirvan de soporte a los esfuerzos que realiza el país para integrar las acciones de los distintos factores que toman parte en el proceso de innovación tecnológica. El estado cubano está consciente de que la tecnología es un elemento de importancia para el crecimiento económico y si se aplica de forma adecuada puede constituir un motor impulsor del desarrollo.
Por su parte González Aranguiz, 2005 asegura que en materia de transferencia de tecnologías en Cuba, país de economía planificada donde las inversiones se deciden centralizadamente, el papel de los gobiernos locales debe ser el de constituir una contrapartida al nivel central de forma tal que le pueda determinar aquellos elementos que puedan afectarse a nivel local con la adquisición de determinada tecnología.
Corresponde al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en su carácter de órgano rector, de conjunto con el Ministerio de Economía y Planificación, el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, garantizar que las acciones de transferencia de tecnología que desarrollan las empresas del país incorporen a la producción de bienes y servicios, tecnologías novedosas que pueden ser, en este caso, las generadas nacionalmente como las procedentes de otras partes del mundo, que igualmente posean un alto nivel de eficiencia técnico productiva y ambiental.
Nuestro país debe definir de forma clara los pasos que deben realizar una empresa u organismo para poder tomar la decisión de adquirir o no una tecnología. Este análisis debe considerar además el tiempo de vida útil de la tecnología con la factibilidad de realizarse la inversión, lo que podrá determinar la conveniencia de transferir la tecnología antes de que esta sea revelada y pierda su valor. (Lage, A. 2001)
1.8.1 EXPERIENCIAS EN MATERIA DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA EN LA PROVINCIA DE VILLA CLARA.
Es imposible abordar este tema sin valorar cómo se han comportado los procesos de transferencia de tecnología en la provincia de Villa Clara y la información que en el ámbito empresarial se tiene sobre el mismo.
Saucedo Nardo, M., 2003 afirma que en nuestra provincia se han realizado investigaciones sobre el tema lo que nos ha permitido obtener un cúmulo de informaciones que profundizan en la temática. Han sido parte de la muestra de dichas investigaciones, centros y empresas de gran importancia para el territorio, entre las que debemos citar las siguientes:
a) La Universidad Central “Marta Abreu” de Las Villas” (como centro docente e investigativo a la vez).
b) Combinado Textil “Desembarco del Granma”. c) Centro de Bioactivos Químicos.
d) Empresa Textil “ Luís A. Turcios Lima” (SAKENAF) e) Instituto de Biotecnología de las Plantas.
f) Empresa INPUD “1ro. de Mayo”.
g) Empresas en la provincia pertenecientes al MINAL (Pan y Dulce, Bebidas y Refrescos, Torrefactora de café).
h) Tenería de Caibarién
Participando en ellas personal cuya actividad ha estado estrechamente ligada al tema que nos ocupa y que han podido responder a las interrogantes referidas con la mayor objetividad posible.
Luego de analizar los resultados de dichas investigaciones, queremos precisar cómo se han comportado estos procesos en la provincia y la información que en el ámbito empresarial se tiene sobre el mismo.
9 Nuestros directivos empresariales son, en su mayoría, relativamente jóvenes, y en la mayoría de los casos con un no muy elevado número de años de experiencia en la actividad, lo cual implica una necesaria preparación de los mismos para coadyuvar al éxito de estas negociaciones.
9 La mayor parte de las transferencias tecnológicas realizadas en la provincia, se llevan a cabo por entidades comercializadoras de los ministerios a los que pertenecen las empresas que recibirán la misma, con poca participación de los especialistas de estas.
9 Los contratos más comunes son los de compraventa de equipos con documentación técnica, contratos de servicios y asistencia técnica, estos últimos tanto independientemente como complementarios a los anteriores contratos de compraventa, se ve poco la modalidad de transferencia de plantas completas.
9 Existe un cierto desconocimiento acerca de los precios que puede tener una tecnología dada y que los mismos generalmente se determinan por tanteo o en ocasión de realizar viajes al extranjero, no se utiliza correctamente la vigilancia tecnológica por parte de los especialistas vinculados al procedimiento en la provincia.
9 En muchas de las negociaciones, no intervienen los derechos de propiedad industrial. Esto apunta a que no se está transmitiendo tecnología de punta ya que muchas veces la tecnología de avanzada se encuentra protegida por las distintas modalidades de la propiedad industrial; la cual se transmite mediante licencias de estas.
9 Nuestros directivos poseen cierto desconocimiento, (tanto de aspectos jurídicos como generales) sobre el tema. Lo anterior debido a una escasa divulgación de información y documentación con respecto al mismo, así como a la preparación de los mismos al respecto.