3.2 Inventory Control Model
3.3.2 The NIT Classification
Para iniciar es significativo señalar que se considera que la trata de personas atenta contra los derechos humanos consagrados en la carta de las Naciones Unidas “al reducir al ser (…) a un objeto transable” (Fundación Esperanza s.f, 14). Este negocio ilegal se practica a nivel nacional e internacional, por consiguiente dentro de este contexto algunos países son utilizados como origen, destino o tránsito para lograr su finalidad.
Al respecto, las Naciones Unidas manifiestan: “la gran mayoría de las víctimas de trata van a países destino (…) en Colombia por ejemplo (…) se identifica a España, Alemania, Japón, Hong-Kong como” (Fundación Esperanza s.f, 15). Lugares de arribo de las víctimas reclutadas.Esta peculiaridad, hace que se creen diversos instrumentos internacionales y Nacionales, con el fin de prevenirla, combatirla y de “brindar protección a las personas objeto de trata”(GAATW 2003, 15).
1.3.4.1 Marco normativo internacional.
Algunas de las herramientas internacionales son:
1. Protocolo que modifica el Acuerdo Internacional para asegurar una protección eficaz contra el tráfico criminal denominado Trata de Blancas del 18 de mayo de 1904.
2. El Convenio Internacional para la represión de la trata de blancas del 4 de mayo de 1910. 3. El Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres y Niños del 30 de septiembre de 1921.
5. Convenio internacional para la represión de la trata de mujeres y niños, celebrado en Ginebra el 30 de septiembre del 1921, y enmendado por el protocolo firmado en Lake Saccess (Nueva York) el 12 de noviembre de 1947.
6. El Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Mujeres Mayores de Edad del 11 de octubre de 1933.
7. El Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, adoptado por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 317 (IV) de 2 de diciembre de 1949; entrada en vigor el 25 de julio de 1951, de conformidad con el artículo 24. 8. Protocolo para modificar la Convención sobre la esclavitud firmada en Ginebra el 25 de septiembre de 1926, hecha en la sede de las Naciones Unidas, Nueva York, el 7 de diciembre de 1953.
9. La Convención Complementaria sobre la Abolición de la Esclavitud, Comercio de Esclavos y las Instituciones y Prácticas Análogas a la Esclavitud de 1956.
10. Convenio OIT 105: Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso de 1957. 11. Convención americana sobre los derechos humanos (pacto de San José) ,1978.
12. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), adoptada en 1979 vigente desde el año 1981.
13. La Convención contra la Tortura y Tratamientos Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1989. 14. La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y de sus Familias de 1990.
15.La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional adoptada en diciembre de 2000 y su adición en el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños. Conocido como el protocolo de Palermo.
1.3.4.2 Marco normativo nacional.
Colombia ha desarrollado avances “que demuestran su compromiso para erradicar este flagelo” (Fundación Esperanza s.f, 24); Los primeros instrumentos creados en el estado para combatirlo fueron:
La constitución Nacional de 1991: el artículo 17“prohíbe la esclavitud, y la servidumbre
de seres humanos en todas sus formas”; el artículo 44 “los niños, serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos”; el artículo 93 manifiesta “los tratados/convenciones de derechos humanos hacen parte del bloque de constitucionalidad de Colombia” (Henao 2012 ,29). Ello consiste en entender como normas aquellas que no hacen parte del orden constitucional.
El primer comité interinstitucional para la lucha contra el tráfico de mujeres, niños y niñas mediante el decreto 1974 de 1996. Actualmente este comité es liderado por el Ministerio
del Interior y de Justicia, el cual cumple la función de “coordinar la política y las acciones desarrolladas por el estado Colombiano contra este delito, también debe convocar diferentes instituciones gubernamentales, ONGs y organismos internacionales para formular políticas, leyes y acciones que permitan abordar el delito de forma coordinada” (OIM 2006, 30).
En el país, a partir de 1996, hubo una evolución normativa que hace frente a esta problemática. Entorno a de ello se halló, los siguientes estatutos.
-Ley 360 de 1997 “Por medio de la cual se modifican algunas normas del título XI del Libro II del Decreto ley 100 de 1980 (Código Penal), relativo a los delitos contra la libertad y pudor sexuales, y se adiciona el artículo 417del Decreto 2700 de 1991 (Código Procedimiento Penal) y se dictan otras disposiciones” (Comité interinstitucional de lucha contra la trata de personas 2008, 3).
-La ley 470 de 1998
-La ley 599 de 2000, ubica la trata externa de personas como un violación a la libertad, integridad y formación sexual. Su objetivo es sancionarla.
-La Ley 747 DE 2002, hace "unas reformas y adiciones al Código Penal (Ley 599 de 2000), se crea el tipo penal de trata de personas y se dictan otras disposiciones". Su propósito es “Castigar (…) las diferentes modalidades como (…) prostitución, pornografía, servidumbre por deudas, mendicidad, trabajo forzado, matrimonio servil y esclavitud” (OIM 2006, 27)
-La Ley 800 de 2003, aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Adoptada en el año 2000.
-La Ley 985 de 2005 “creó el actual tipo penal” (Henao 2012 ,29). contra este flagelo, en ella se acogen medidas de prevención, protección y atención para las personas; y se reglamenta que el estado debe investigar y procesar a quien cometa esta transgresión; además instituyo el Comité Interinstitucional para la lucha contra esta problemática; el cual está conformado por catorce17 entidades.
Adicionalmente estipula que “se deben desarrollar programas mediante los cuales se brinde asistencia (inmediata y mediata) a las víctimas de la trata de personas, con el fin de lograr su recuperación física, psicológica y social en el marco de la protección de sus Derechos Humanos” (Henao 2012 ,31).
-El decreto 4786 de 2008, se expide en cumplimiento de lo dispuesto mediante la ley 985 (Enciso 2012, 99). Él decreta, en su artículo 1, adoptar la Estrategia Nacional Integral contra la trata 2007 – 2012 la cual es elaborada por el Comité Interinstitucional, con el objetivo de desarrollar la política de estado para frenar este flagelo, desde el enfoque de derechos, de género, de protección integral y territorial.
-decreto 1069 del 14 de junio del 2014, “por medio del cual se reglamentan lacompetencias, beneficios, procedimientos y trámites que deben adelantar las entidades responsables en la adopción de las medidas de protección y asistencia a las personas víctimas del delito de trata de personas.” (Gobierno visible 2014, párr. 1).
17El Comité está integrado por las siguientes personas: 1. El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado, el
Ministro de Relaciones Exteriores o el director de Asuntos Consulares y de Comunidades Colombianas en el Exterior, o su delegado, 3. El Ministro de la Protección Social, 4. El Ministro de Educación, 5. El Director General del Departamento Administrativo de Seguridad, 6. El Director General de la Policía Nacional o su delegado, 7. El Fiscal General dela Nación, 8. El Procurador General de la Nación o su delegado, 9. El Defensor del Pueblo, 10. El Subdirector General de la Oficina de Interpol en Colombia, 11. El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 12. El Consejero(a) Presidencial para la Equidad de la Mujer, 13. El Director(a) de Fondelibertad, 14. El Director(a) General de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero.
Es relevante mencionar que todas estas leyes, en compañía de las campañas de sensibilización e investigación han servido como avance; pues por varios años consecutivos Colombia estuvo incluida en la denominada fila uno (tierone) “correspondiente a los estados que cumple cabalmente con los mínimos estándares en la lucha contra este delito” (OIM 2006, 14).
Sin embargo, todos los esfuerzos por eliminar la trata de personas han sido insuficientes; según el informe otorgado por el gobierno de Estados Unidos correspondiente al año 2014, el país dio un retroceso en lo correspondiente a la situación de trata de personas, por tanto “ahora el país fue bajado al nivel 2, (“NO cumple plenamente con las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas”) lo que constituye en un duro revés para el gobierno colombiano que estaba acostumbrado a que el gobierno de USA siempre lo avalaba dada su condición de aliado estratégico en la región” (Gomez s.f. 1)
Se concluye, manifestando que el posicionamiento como el segundo país suramericano con más número de víctimas de este delito, indica claramente queno ha sido suficientemente efectivo, lo ejecutado para combatir el delito.