Sorting 456 098 435 695 435 908 439 173 433 084 438 992 Table 7.: Selected Objective-C programs and their energy consumption (CPU and memory)
THREAD-RING
El CENACE verificará que todos los Interesados cumplan con los requisitos generales, técnicos y financieros establecidos en las Bases de la Subasta y en el presente Manual, incluyendo:
Acta constitutiva de la Compañía, y documento donde conste que sus representantes legales cuentan con las facultades necesarias para representarlos.
Deberán proporcionar la siguiente información: Nombre y domicilio;
Datos de contacto del representante legal (contacto principal para el CENACE) y de la persona que actuará en su ausencia, incluyendo:
(A) nombre;
(B) domicilio;
(C) número de teléfono; y
Página132 Identificador electrónico (ID) del Participante del
Mercado. En su defecto, deberán
comprometerse a ser Participantes de Mercado y contar con dicho estado en el momento que inicie el periodo de entrega comprometido bajo el contrato;
Documento firmado por el representante legal del potencial oferente en el que se haga constar: que la presentación de cualquier Oferta de
Venta será vinculante e irrevocable. que si resulta ganador de la Subasta, firmará
todos los actos jurídicos que sean necesarios en un plazo de tres (3) días hábiles contados a partir de la notificación del fallo, y que acepte que el incumplimiento de dicha obligación dentro del plazo señalado dará lugar a
penalizaciones, incluyendo la
inhabilitación para participar en Subastas futuras;
Favor de considerar que la no firma de los contratos en tres días lleva aparejado la pérdida de las garantías por lo que inhabilitar a futuro parece una
restricción excesiva. En otros
procedimientos como IPPs u OPFs no
se plantean consecuencias tan
duraderas.
Adicionalmente considerar que si un participante no firma un contrato se asigne el faltante de subasta que queda libre a la siguiente oferta o combinación que maximiza la función objetivo. De
Página133 esta forma no se afecta la oferta emitida
y se ejecutarán los proyectos
necesarios para los productos
solicitados. que reconoce y acepta las reglas de la
Subasta correspondiente, conforme a lo dispuesto en el presente Manual de Subastas de Largo Plazo y en las Bases que se emitan para la Subasta correspondiente; y,
que la oferta es vinculante, autónoma y que no forma parte de algún otro acuerdo, empresa con el propósito específico de participar en la Subasta, un consorcio, o
cualquier otro tipo de acuerdo
relacionado con la oferta en la Subasta. Tres ejemplares originales de los Contratos Maestros de Subasta firmados por el representante legal del oferente.
Página134 Los Requisitos Técnicos deberán cumplirse para
cada oferta en cada Subasta en la que se desee participar.
El CENACE verificará que en las precalificaciones las Ofertas cumplan los siguientes requisitos: Para las ofertas que incluyan Zonas de
Capacidad y Zonas de Generación, el
CENACE revisará que éstas
correspondan al punto de interconexión
de las Centrales Eléctricas
consideradas en la oferta respectiva. Los Oferentes Vendedores deberán ser
capaces de demostrar que su oferta se encuentra vinculada a una instalación física. Las Centrales Eléctricas incluidas en la oferta deberán tener la capacidad física necesaria para generar los productos que se ofrecieron. Para demostrar su capacidad técnica, deberá entregar un dictamen técnico firmado por un ingeniero que cuente con título profesional en el que haga constar que la planta tiene la capacidad de producir las cantidades de energía, Potencia y
Página135 CELs que se ofertarán, con base en las
características tecnológicas de la central y las prácticas prudentes de la industria.
Los Generadores deberán ser capaces de demostrar que los productos a ofertar no han sido comprometidos a través de Contratos de Cobertura Eléctrica. Para demostrar este punto, el Oferente Vendedor deberá entregar un escrito firmado por el representante legal donde, bajo protesta de decir verdad, declare que los productos que se incluirán en la oferta no están comprometidos y que se han cumplido los requisitos de Información respecto a los Contratos de Cobertura Eléctrica Vinculados a una Central Eléctrica, en los términos de la Base 9.8.3.
En relación con ofertas que incluyan Potencia, las Centrales Eléctricas de las que deriven deberán tener, al menos, 15 años de vida útil remanente contados a partir del inicio del contrato. Dicha característica se podrá demostrar
Página136 cumpliendo uno de los siguientes dos
supuestos:
(A) Que la Centrales Eléctricas hayan entrado en operación dentro de los 10 años anteriores al inicio del contrato. En el caso de repotenciaciones, las turbinas principales deberán haber entrado en operación dentro de los 5 años anteriores al inicio del contrato. Por lo anterior, el Generador deberá proporcionar el documento donde conste la fecha de entrada en operación comercial. En caso de entradas en operación parciales, se tomará la fecha de la primera entrada, para determinar si cumple con el criterio arriba mencionado.
(B) entregar un dictamen técnico firmado por un ingeniero con título profesional donde haga constar que dado el modelo y año de equipamiento, así como sus condiciones actuales y su historial de operación, incluyendo su programa de mantenimiento, no hay razón para suponer que la central tendrá una vida útil menor a 15 años.
En caso de que un Vendedor ofrezca productos de Centrales Eléctricas que no están operando al momento de la recepción de ofertas, se deberá demostrar que cuenta con experiencia en el desarrollo de proyectos similares.
Página137 El cumplimiento de este requisito
incluye:
(A) Que el Vendedor haya desarrollado exitosamente en los últimos 10 años, al menos un proyecto equivalente al tamaño de planta que se incluirá en la oferta. Para comprobar este punto, se deberá presentar información documental del proyecto.
(B) Que el Vendedor haya desarrollado al menos un proyecto con una tecnología similar a la que se incluye en la oferta. Para comprobar este punto, se deberá presentar información documental del proyecto.
Se podrá utilizar el mismo proyecto para demostrar la experiencia solicitada en los incisos anteriores, es decir, un Generador que desee hacer una oferta de una central eólica de 10 MW y ya cuente con una central eólica de 20 MW en operación, con la documentación de dicha central puede demostrar tanto su experiencia en la escala como en la tecnología.
Favor de incluir:
La experiencia podrá igualmente
acreditarse mediante la experiencia de en desarrollo y construcción referidas en los apartados (A) y (B) de compañías afiliadas del ofertante o de las compañías seleccionadas contratos de construcción para dichas centrales,
mediante aportación de las
credenciales correspondientes. La
experiencia solicitada debe ser
evaluada de forma independiente en cuanto a tamaño, y tecnología, es decir, alguien que haya construido un parque eólico de 200 MW o un ciclo combinado de 500 MW debería ser capaz de precalificar para un proyecto solar de 50
Al igual que los procesos de licitaciones públicas de CFE de IPPs y de gasoductos, la experiencia para hacer un proyecto a futuro debería incluir las capacidades de las compañías del grupo al que el ofertante pertenece así
como la correspondiente a las
empresas que ejecutarán los trabajos. Lo anterior a efectos de abrir la competencia de participantes en los procesos de subasta que de otra forma
serán muy limitados produciendo
concentración de mercado. En cuanto al tema de precalificación por potencia y tecnología de forma individual y no
conjunta, parece razonable. Una
empresa que es capaz de desarrollar un proyecto de 200 MW eólico es capaz de
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MW aunque su máxima experiencia en solar sea de 25 MW.
Evaluar e incluir que la experiencia del equipo directivo o de los trabajadores de la empresa puede ser aportada como forma de precalificación.
desarrollar uno de 200 MW de solar en cualquier caso. No parece razonable limitar su precalificación para un solar de ese tamaño, si su experiencia en solar se limita a un proyecto de potencia inferior. Igual consideración respecto del equipo que llevará a cabo el proyecto. Muchas veces son los profesionales los que llevan a cabo los proyectos, y no las empresas, con lo cual parece razonable que a nivel de precalificación también pudiese contar la experiencia del equipo dedicado al proyecto en cuanto a los puntos anteriores.
Los requisitos mencionados en la presente sección deberán ser cumplidos de forma individual por cada Interesado, y no podrán ser cumplidos de manera conjunta por los integrantes del Consorcio. En caso de acreditar los requisitos a través de sus filiales o controladora en última instancia, se deberá acreditar dicha relación con el Interesado.
Confirmar y aclarar redacción, para saber como califica un consorcio:
Califica un consorcio donde toda la calificación pedida la aporta uno de sus participantes?
Califica un consorcio en la que sus participartes aporten cada uno alguno de los requisitos de manera que el consorcio como asociación cumple el 100% de los requerimientos?
Parece razonable que si se permiten consorcios sea para poder contar con miembros en el mismo que ayuden a cumplir requerimientos que de otra forma no podrían ser cumplidos. Además, exigir la precalificación individual de cada miembro del consorcio puede limitar el
número de participantes en las
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Es necesario que todos los
miembros del consorcio
califiquen de forma individual?