MEDICATION ADMINISTRATION (PROCEDURES )
TYPE AND PURPOSE:
(c) Las balsas salvavidas requeridas, salvavidas y dispositivos de señales, deberán ser instalados en lugares con marcas visibles, utilizando, al menos, el idioma castellano, y de fácil acceso ante la eventualidad del hundimiento de la aeronave sin tiempo apreciable
para procedimientos preparatorios. 2 Detallar la situación
observada
RAP 121.965
(b)(1) balsas salvavidas, estibadas de forma que facilite su empleo si fuera necesario, en número suficiente para alojar a todas las personas que se encuentren a bordo, provistas de una luz de localización de supervivientes, equipos de salvavidas incluyendo medios de supervivencia adecuados para el vuelo que se emprenda;
B8-03
Falta de equipo de señalización pirotécnica operando en zonas de
difícil búsqueda y salvamento. RAP 121.975 (1) equipos de señalización para hacer señales pirotécnicas de socorro; 3
Detallar la situación observada
B8-04
Falta de equipo de señalización pirotécnica cuando es requerido por tratarse de vuelos de largo radio sobre el agua.
RAP 91.509 (b)(3) Por lo menos un dispositivo pirotécnico de señales por cada balsa.
3 Detallar la situación observada
RAP 121.965 (b)(2) el equipo necesario para hacer señales pirotécnicas de socorro.
B8-05
Insuficiente número de rampas o balsas salvavidas cuando se requiere por tratarse de un vuelo de largo radio sobre el agua.
RAP 121.965
(1) balsas salvavidas, estibadas de forma que facilite su empleo si fuera necesario, en número suficiente para alojar a todas las personas que se encuentren a bordo, provistas de una luz de localización de supervivientes, equipos de salvavidas incluyendo medios de supervivencia adecuados para el vuelo que se emprenda;
3
Detallar la situación observada
B8-06 Rampas o balsas no aptas para el servicio. RAP 91.509
(b)(2) Botes o balsas salvavidas (cada uno equipado con una luz localizadora de supervivencia aprobada), de una capacidad y flotabilidad suficiente como para acomodar a los ocupantes del avión
RAP 121.965
(b)(1) balsas salvavidas, estibadas de forma que facilite su empleo si fuera necesario, en número suficiente para alojar a todas las personas que se encuentren a bordo, provistas de una luz de localización de supervivientes, equipos de salvavidas incluyendo medios de supervivencia adecuados para el vuelo que se emprenda;
RAP 91.513 (1) Debe ser inspeccionado de acuerdo con la Sección 91.409 de esta Parte, de manera que se asegure su utilidad en forma continua y su disponibilidad inmediata para su propósito específico.
Item Elemento inspeccionado Instrucciones para la inspección
B9 Suministro de Oxígeno
Comprobar:
- El sistema de oxígeno suplementario está presente, y en buenas condiciones.
- Caducidad y presión de la botella de oxígeno. Si la presión es baja, comprobar la mínima requerida de acuerdo al Manual de Operaciones.
- Hay oxígeno en cantidad suficiente para todos los miembros de tripulación de vuelo, para las condiciones operativas del vuelo..
- Presencia, estado, y accesibilidad de las mascarillas de oxígeno o unidades dispensadoras, válvulas de presión y display electrónico (frente a lo indicado en la MEL).
- Mediante un verificación por parte de la tripulación de vuelo, que el sistema de oxígeno es fácilmente accesible, funciona adecuadamente, y que la tripulación tiene el entrenamiento necesario.
- PBE en número suficiente, fácilmente accesibles, estado y caducidad.
- PBE correctamente ubicados y adecuadamente marcados con instrucciones de utilización. - No existe una incompatibilidad funcional entre máscaras de oxígeno y gafas protectoras de humo. Si las máscaras y los elementos de conexión de las botellas no son compatibles la máscara de oxigeno se consideran no aptas.
Id. Hallazgo Referencia Texto normativo Cat. Observaciones
B9-01 Suministro de oxígeno no inmediatamente accesible de acuerdo
con lo requerido por el tipo de vuelo. RAP 121.940
(2) Miembros de la tripulación de cabina, miembros adicionales de la tripulación y pasajeros.- Los miembros de la tripulación de cabina y los pasajeros deben disponer de oxígeno de acuerdo con lo establecido en el Apéndice M de esta regulación. Los miembros de la tripulación de cabina adicionales a la cantidad mínima requerida y los miembros adicionales de la tripulación de vuelo, quienes viajan en cabina de pasajeros, son
considerados pasajeros a los efectos del suministro de oxígeno.
2 Detallar la situación observada
B9-02 Ubicación inadecuada de las PBE. RAP 121.940 (c) Los PBE previstos para el uso de los tripulantes de cabina se deben instalar en un lugar adyacente a cada puesto de servicio de dichos tripulantes.
2 Detallar la situación observada
B9-03
Sistema de suministro de
oxígeno fuera de servicio y sin otros medios disponibles de suministro de oxígeno.
RAP 121.940
(2) Miembros de la tripulación de cabina, miembros adicionales de la tripulación y pasajeros.- Los miembros de la tripulación de cabina y los pasajeros deben disponer de oxígeno de acuerdo con lo establecido en el Apéndice M de esta regulación. Los miembros de la tripulación de cabina adicionales a la cantidad mínima requerida y los miembros adicionales de la tripulación de vuelo, quienes viajan en cabina de pasajeros, son
considerados pasajeros a los efectos del suministro de oxígeno.
2 Detallar la situación observada B9-04 Cantidad insuficiente de oxígeno o número insuficiente de máscaras para toda la
tripulación de cabina y un 10% de los pasajeros, según se requiera por el tipo de vuelo.
RAP 121.940
(2) Miembros de la tripulación de cabina, miembros adicionales de la tripulación y pasajeros.- Los miembros de la tripulación de cabina y los pasajeros deben disponer de oxígeno de acuerdo con lo establecido en el Apéndice M de esta regulación. Los miembros de la tripulación de cabina adicionales a la cantidad mínima requerida y los miembros adicionales de la tripulación de vuelo, quienes viajan en cabina de pasajeros, son
considerados pasajeros a los efectos del suministro de oxígeno.
3
Detallar la situación observada
B9-05 Máscaras de oxígeno no disponibles para todos los ocupantes RAP 121.930
(i) Los miembros de la tripulación de cabina y los pasajeros deben disponer de oxígeno suplementario, de acuerdo a lo establecido en el Apéndice M de esta regulación, excepto cuando se aplique el Párrafo (b) (2) (v) de esta sección. Los miembros de la tripulación de cabina que se transporten adicionalmente a la cantidad mínima requerida, se consideran pasajeros a los efectos de suministro de oxígeno.
3
Detallar la situación observada
B9-06 La boquilla/acople de la conexión, entre la botella y la
máscara es incompatible. RAP 121.930
(ii) Los aviones que pretendan operar a altitudes de presión por encima de 7 600 m (25 000 ft.), deben estar provistos con suficientes tomas y máscaras adicionales, y/o suficientes equipos portátiles de oxígeno con máscaras, para su utilización por todos los miembros de la tripulación de cabina requeridos. Las tomas adicionales y/o equipos portátiles de oxígeno deben estar distribuidas uniformemente por la cabina de pasajeros para asegurar la inmediata disponibilidad de oxígeno para cada miembro requerido de la tripulación de cabina, teniendo en cuenta su localización en el momento en que falla la presurización de la cabina.
3 Detallar la situación observada
B9-07
Equipo dispensador de oxígeno inoperativo (baja presión, caducidad claramente cumplida,
daños en el equipo) sin identificar como tales, siendo requerido para este tipo de vuelo.
RAP 121.930
(ii) Los aviones que pretendan operar a altitudes de presión por encima de 7 600 m (25 000 ft.), deben estar provistos con suficientes tomas y máscaras adicionales, y/o suficientes equipos portátiles de oxígeno con máscaras, para su utilización por todos los miembros de la tripulación de cabina requeridos. Las tomas adicionales y/o equipos portátiles de oxígeno deben estar distribuidas uniformemente por la cabina de pasajeros para
3
Detallar la situación observada
asegurar la inmediata disponibilidad de oxígeno para cada miembro requerido de la tripulación de cabina, teniendo en cuenta su localización en el momento en que falla la presurización de la cabina.
RAP 91.513 (1) Debe ser inspeccionado de acuerdo con la Sección 91.409 de esta Parte, de manera que se asegure su utilidad en forma continua y su disponibilidad inmediata para su propósito específico.
Item Elemento inspeccionado Instrucciones para la inspección
B10 Instrucciones de seguridad ( Emergency briefing cards)
Comprobar:
- Los pasajeros disponen de una tarjeta con instrucciones de seguridad, y su estado.
- Las instrucciones de seguridad se corresponden con el tipo concreto de aeronave, especialmente el número y tipo de salidas
de emergencia disponibles.
- Las señales de Fasten seat belts/abróchense los cinturones y Return to SEAT/Vuelvan a su asiento están operativas.
Id. Hallazgo Referencia Texto normativo Cat. Observaciones
B10-01
Alguna información falta o es imprecisa en las tarjetas con
instrucciones de seguridad. RAP 91.519
(c) Cada tarjeta usada en el párrafo (b) será llevada en ubicaciones convenientes del avión para el uso de cada pasajero y deberá contener información que sea pertinente sólo al tipo y modelo de avión que está siendo usado.
1
Detallar la situación observada
B10-02
Las tarjetas con instrucciones de seguridad se encuentran en mal
estado. RAP 91.519
(c) Cada tarjeta usada en el párrafo (b) será llevada en ubicaciones convenientes del avión para el uso de cada pasajero y deberá contener información que sea pertinente sólo al tipo y modelo de avión que está siendo usado.
1
Detallar la situación observada
B10-03
Hay pasajeros que no pueden disponer de manera directa, de
tarjetas con información de seguridad. RAP 91.519
(b) El informe oral (“briefing”) requerido en el párrafo (a) de esta sección debe ser dado por el piloto al mando y otro miembro de la tripulación. Este debe ser complementado por tarjetas impresas, al menos en castellano, para el uso de cada pasajero que contenga:
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Detallar la situación observada
B10-04 Hay instrucciones de seguridad que no se ajustan al tipo de aeronave. RAP 91.519 (c) Cada tarjeta usada en el párrafo (b) será llevada en ubicaciones convenientes del avión para el uso de cada pasajero y deberá 3 Detallar la situación observada
contener información que sea pertinente sólo al tipo y modelo de avión que está siendo usado.
B10-05 No hay instrucciones de seguridad a bordo de la
aeronave. RAP 91.519
(b) El informe oral (“briefing”) requerido en el párrafo (a) de esta sección debe ser dado por el piloto al mando y otro miembro de la tripulación. Este debe ser complementado por tarjetas impresas, al menos en castellano, para el uso de cada pasajero que contenga:
3 Detallar la situación observada
Item Elemento inspeccionado Instrucciones para la inspección
B11 Tripulación de cabina de pasajeros
Comprobar:
- El número de tripulantes de cabina de pasajeros es el adecuado (para vuelo/operaciones en tierra). Verificarlo en el AFM.
- La tripulación lleva consigo su certificado de tripulante de pasajeros, es válido y tiene las habilitaciones requeridas para el tipo
de vuelo.
- La tripulación lleva consigo su certificado médico al menos clase 2, es válido y cumple con los condicionantes establecidos en él (lentes de repuesto…).
- La tripulación no ha superado, o va a superar si es un vuelo saliente, la limitación de tiempo de vuelo o el número máximo de
horas de actividad aérea.
- La tripulación ha respetado los descansos mínimos.
- La tripulación está familiarizada con los procedimientos de emergencia de cabina de pasajeros, así como con la ubicación y operación de los equipos de emergencia.
Id. Hallazgo Referencia Texto normativo Cat. Observaciones
B11-01
Hay indicios de que el tripulante no tiene entrenamiento o desconoce los
procedimientos . RAP 63.430
(a) El titular de una licencia de tripulante de cabina deberá recibir entrenamiento periódico en tierra y aprobar una verificación de la
competencia al menos cada doce (12) meses, la cual debe estar a cargo del inspector de tripulantes de cabina de la DGAC o del inspector de tripulantes de cabina del explotador
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Detallar la situación observada
B11-02
Tripulante que no domina el idioma común y/o el del Manual de
Operaciones. RAP 63.400
(c) ser capaz de leer, hablar y entender el idioma español; 2
Detallar la situación observada
B11-03
Hay tripulantes que no cumple con los condicionantes
establecidos en el certificado médico (lentes de repuesto…)