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Type II Stable matrices

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6.11 Stable Matrices

6.11.2 Type II Stable matrices

a. Actividades.

Se decidió formar una sociedad anónima cerrada S.A.C. por ser más dinámica y simplificada, la cual estará conformada por cuatro accionistas.

Hemos decidido por este tipo de sociedad debido a que sólo somos 04 accionistas y queremos mantener el control de la empresa sólo entre los accionistas. Además de ello, nos permitirá convocar las reuniones de manera sencilla como por medio de correos electrónicos y no será obligatorio la conformación del directorio.

La Sociedad Anónima Cerrada se puede constituir con dos o más accionistas, hasta un número limitado de 20 integrantes, no es obligatorio la conformación del Directorio; es una persona jurídica de responsabilidad limitada, por lo que en caso de deudas o daños a terceros está limitada a lo invertido en el negocio.

Este tipo de sociedad se encuentra regulada por la Ley General de Sociedades - Ley Nº 26887, que entró en vigencia el 01-01-1998, promulgada por el congreso de la república el 05-12-1997 y publicada el 09-12- 1997 en el Diario oficial el Peruano.

Con la promulgación de esta ley se constituye un instrumento legal que se encarga de normar y regular la constitución y funcionamiento, así como su disolución y liquidación entre otros aspectos de toda sociedad empresarial en Perú. Asimismo, se encarga también de regular el proceso de emisión de obligaciones, transformación, fusión, escisión y liquidación de sociedades, sucursales, contratos de asociación en participación y consorcios.

La importancia principal de la ley General de Sociedades es que se considera un instrumento legal que proporciona las pautas legales para el funcionamiento regular de aquellas empresas que se constituyen como sociedad, con la finalidad de evitar sanciones en relación a su funcionamiento. Si no existiera una norma que regule el funcionamiento de las sociedades, éstas existirían con diversas dificultades en el área administrativa y su propio desenvolvimiento generándose un caos societario empresarial.

82 Figura 66. Comparación de tipo de empresa

Las razones por la que decidimos por este tipo de sociedad son las siguientes:

 Es una figura dinámica y recomendable para una empresa pequeña.

 Generalmente son de propiedad de los propios fundadores y el capital se constituye de los aportes financieros de los mismos.

 Los accionistas socios participan de forma directa y activamente en la administración, gestión y representación social.

 En la Sociedad Anónima cerrada se puede prescindir de las publicaciones, convocando a todos los accionistas por citaciones personales.

 No tiene acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores, por lo que pueden mantener todos sus registros y gestiones de manera confidencial.

 Es posible establecer si se tiene o no Directorio.

 Es posible tener un mejor y mayor control sobre las decisiones que se tomen en la empresa. Con la constitución de una sociedad se puede mitigar el riesgo de que alguno de los socios tome decisiones unilaterales que impacte en el negocio,

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dado que en los estatutos de constitución de la sociedad se podrá regular quien o quienes tienen la potestad de tomar las decisiones a nombre de la empresa.

Constituir una empresa en nuestro país es de cierta forma sencillo, para lograrlo inicialmente se debe definir el tipo de organización que se desea crear y definir si el plan de negocios es viable y rentable financieramente. Además de ello se debe cumplir con algunos requisitos para que la empresa sea formalmente reconocida y pueda ejecutar sus funciones sin ningún inconveniente.

A continuación se mencionarán algunos puntos que tomamos en consideración antes de pensar en constituir nuestra empresa:

a) Evaluar el tipo de negocio que se desea registrar, el capital con el que se apertura y el financiamiento al que se recurrirá.

b) Asegurarnos que nuestro producto cuenta con aceptación de los consumidores.

c) De acuerdo a la normativa en vigencia, se permite que una persona realice y desarrolle una actividad empresarial de forma individual o societaria. En nuestro caso se eligió formar una sociedad cerrada para iniciar nuestro negocio.

Ya definidos estos puntos, la constitución de nuestra empresa se realizará siguiendo los pasos indicados por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP)

.

1. Buscar y Reservar el nombre de la empresa:

Un paso previo, antes de constituir la empresa, es la reserva de un Nombre. A pesar que no es un paso obligatorio, es muy recomendable para facilitar la inscripción en SUNARP.

Se debe buscar un nombre para la empresa, que no exista, esto será verificado por Registros Públicos. Luego de confirmado de que no existe un nombre igual, se realiza una reserva por un plazo de 30 días. En este caso el nombre elegido por los accionistas es “Inspiración Natural SAC”.

84 Figura 67. Formulario de reserva de nombre

Requisitos:

 DNI o Pasaporte. Si el representante legal es extranjero, debe presentar su Carné de Extranjería vigente.

 Formulario de solicitud de Reserva de nombre de Persona Jurídica.

Finalmente, se realiza el trámite, el cual se puede realizar de forma online o presencial.

Con el formato de presentación que se obtiene tras realizar la reserva online, se debe acercar a la Oficina Registral correspondiente al domicilio de la Persona Jurídica para presentarlo y efectuar el pago. El costo del derecho de trámite es de s/20.00.

2. Se elaborará el Acto Constitutivo (Minuta), el cual es un documento, en el que los socios manifiestan su voluntad de constituir la empresa. En el documento se incluirán los datos de los socios, nombres, apellidos, DNI y su aportación a la empresa. El trámite se puede realizar mediante un notario público, en un centro de Desarrollo Empresarial o en un centro de Mejor Atención al ciudadano (MAC).

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Requisitos:

 02 copias del DNI de cada uno de los socios y cónyuges.

 Original y 02 copias de Búsqueda y reserva de nombre.

 Archivo (PDF, Word, Excel) en un USB con el giro del negocio y la lista de bienes para el capital.

 Formato de declaración jurada y fecha de solicitud de constitución de empresas

3. Abono de Capital y bienes, este paso se realiza, como primera opción, aperturando una cuenta en el banco para la empresa, en esta cuenta se depositará el aporte de los socios. La otra opción, es realizando un inventario de los bienes y sus costos que aporta cada uno de los socios a la empresa.

Requisitos:

 DNI, Pasaporte o Carné de Extranjería vigente.

 Formato de Acto Constitutivo.

4. Inscripción en Registros Públicos, luego de redactado el Acto Constitutivo, se debe llevar a la notaría para que sea revisado y elevado a Escritura Pública.

Se generará la Escritura Pública, Testimonio de Sociedad o Constitución Social, el cual es el documento que da fe de que el Acto Constitutivo es legal. El documento debe estar firmado y sellado por el notario y tener la firma de todos los socios, incluidos los cónyuges de ser el caso.

Requisitos:

 DNI, Pasaporte o Carné de Extranjería vigentes.

 Formato de Acto Constitutivo.

 Depósito o voucher de abono en dinero.

5. Inscripción en Registros Públicos, luego de obtener la escritura pública se debe llevar a SUNARP para realizar la inscripción en registros públicos. A partir de esta inscripción existe la Persona Jurídica.

6. Inscripción al RUC (Registro único de Contribuyente) para persona Jurídica. El RUC es el número que identifica al contribuyente, contiene la información de

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identificación de la actividad económica a realizar, es único y consta de 11 dígitos. El uso del RUC es obligatorio en todo trámite a realizarse ante SUNAT.

Órganos de la empresa:

 Gerente y/o administrador de la empresa que será designado como parte de los accionistas de la sociedad.

 Junta General de accionistas, conformado por todos los accionistas de la empresa (4).

La razón social de la empresa es: Inspiración Natural S.A.C., nuestra empresa estará conformada por cuatro (04) accionistas quienes aportarán un monto equitativo para el inicio de operaciones.

Entre las funciones de la Junta General de accionistas están la revisión y aprobación de las decisiones que puedan ser planteadas por el administrador. Los accionistas son personas naturales y residentes en Lima Metropolitana. Las acciones serán distribuidas equitativamente, a cada socio le corresponderá el 25%, de igual forma en el caso del capital, en el que cada socio aportará el 25% del capital.

El capital social, suscrito y pagado será de S/.300,000.00, representado por 200,000 acciones nominativas que otorga derecho a voto con un valor nominal de s/. 1.00), las acciones serán suscritas y pagadas en partes iguales. La participación por cada socio será la siguiente:

Tabla 5.

Nombre completo DNI % Capital

Jose Luis Benites Obando 42976015 25% S/75,000

Medaly Montalvo Valenzuela 09646152 25% S/75,000

Denisse del Pilar Villar Guzmán 41912535 25% S/75,000

Roberto Belizario Zuñiga Parra 06783758 25% S/75,000

100% S/300,000 Nota: Tabla Constitutiva

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Valorización.

Tabla 6.

Concepto Importe

Búsqueda de Nombre en SUNARP S/5.00

Reserva de Nombre SUNARP S/20.00

Minuta a escritura Pública S/180.00

Inscripción en Registros públicos S/45.00

Elevar Minuta a Escritura Pública S/500.00

TOTAL S/750.00

Nota: Valorización de Costos de formación

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