4.7 Variable Coding Rate Turbo Block Coded Adaptive Modulation
4.7.2 Variable Rate Turbo Block Coded Adaptive Modulation Scheme
En la actividad inteligente que tiene como finalidad la comprensión, identificamos preguntas en orden a entender, se requiere explicación y esta nos lleva a formulaciones.
Pero, además de estas, por el espíritu inquisitivo, surgen preguntas en orden a reflexionar: ¿Esto que hemos entendido es así? ¿Se da realmente? ¿Existe? Este tipo de interrogantes nos obliga a revisar nuestras afirmaciones, términos, conceptos y previos actos de intelección, relacionados directamente con nuestros datos y contenidos conscientes, para responder, centralmente, sí o no. Y esas proposiciones que, centralmente, afirman o niegan son los juicios14.
En el proceso cognoscitivo, las aprehensiones de una situación concreta y una pregunta en orden a entender, nos llevan al insight. La inteligibilidad captada como relaciones de los datos, se formula por medio de palabras, símbolos, términos y conceptos. Y, por último, las preguntas en orden a reflexionar, nos hacen revisar aquello que hemos entendido del mundo, para hacer una afirmación o una negación. Así que el juicio es el acto último en la serie del proceso cognoscitivo, le da término al proceso (Lonergan, 2004, p, 340)15. El conocimiento se integra en las operaciones inteligentes, haciendo más amplio el espectro de comprensión; pero, solo se afirma lo comprendido como conocimiento en el juicio. En otras palabras, la contribución del juicio al proceso cognoscitivo, consiste en asignarle a la síntesis de la comprensión previa, una posición afirmativa o negativa, centralmente. Sin embargo, ¿cómo llegamos a hacer un juicio y a saber si son correctos? Logramos hacer juicios cuando llegamos a captar que hay suficiente evidencia del cumplimiento del nexo entre el condicionado y sus condiciones que nos llevan, finalmente, a emitirlo; y, para Lonergan, esto significa que el juicio aprehende ahora lo condicionado como virtualmente incondicionado. Veámoslo.
El juicio, en primera instancia, es prospectivo pero, para poder llegar a formularlo nos exige pasar por un proceso que vamos a exponer brevemente: en primer lugar, lo que hemos entendido podrá ser cierto, probable, verdadero, real, en tanto en cuanto cumpla con
14 Los juicios de alguna manera comprometen a la persona que los enuncia, pues compromete una posición
ante su comprensión y ante el mundo y, con ello, se abre a la posibilidad del error y el deber de asumirlo. “En
este tercer nivel es donde surgen las nociones de la verdad y la falsedad, de la certeza, y de la probabilidad
que no es una frecuencia sino una cualidad del juicio” (Lonergan, 2004, p. 338).
15 En el contexto de Insight, el proceso cognoscitivo termina con el juicio. Sin embargo, en textos posteriores
y, en especial, a partir de Método en Teología (2006 [1972]), el proceso cognoscitivo involucra una etapa más, a saber, la de la deliberación práctica, el juicio de valor correspondiente, y la decisión y la acción consecuentes.
determinadas condiciones. Lo que hemos entendido es aprehendido como un condicionado, es decir, como algo que está sujeto a condiciones. En segundo lugar, es preciso investigar un nexo del condicionado con sus condiciones. En tercer lugar, hay que obtener una comprensión reflexiva del cumplimiento suficientemente evidente del nexo y, por último, se formula el juicio como la afirmación de un virtualmente incondicionado.
Aclaremos: lo que antes era condicionado, es decir, sujeto a condiciones, en virtud de que sus condiciones se han cumplido de hecho, pasa a ser un incondicionado. O, dicho de otra forma, pasa a ser, existir, ser verdadero. Pero, este incondicionado es solo virtual, es decir, solo se da mientras y en tanto en cuanto esté cumpliendo o haya cumplido con sus condiciones; de lo cual debemos tener una aprehensión suficientemente evidente. Ahora bien, para saber si ha habido este tipo de aprehensión, es preciso reconocer si hay o no, de hecho, más preguntas pertinentes que puedan hacer vulnerable la captación inicial. Si no las hay, el acto de intelección es correcto, de hecho; si las hay, es vulnerable o incorrecto, y las preguntas posteriores pueden llevarnos a concebir algo distinto. Y, las preguntas son pertinentes si la reflexión no puede prescindir de ellas para hacer invulnerable el cumplimiento de nexo entre el condicionado y sus condiciones. Esta última condición refuerza el carácter social de la construcción del conocimiento pues, otros sujetos competentes en el juicio en cuestión, deben interrogar o deben ser llamados a cuestionar el juico que tentativamente se va a pronunciar. Ahora bien, el incondicionado virtual no debe confundirse con un incondicionado formal (algo que de ninguna manera está sujeto a condiciones sino que ya es de suyo), porque esa no es la naturaleza de nuestra forma finita, contingente y humana de conocer16.
Hay que recordar que, para Lonergan, emitimos juicios ya sobre un contexto de juicios pasados y dados en el proceso cognoscitivo; pero la finalidad de nuestro deseo de conocer es alcanzar juicios que cumplan, de hecho, sus condiciones.
16 En su artículo: Lonergan y Habermas. Contribuciones para la comprensión del ámbito moral, William Rehg
(2013), desarrolla más ampliamente este último aspecto del juicio en relación una concepción discursiva de la verdad en Habermas.
Repitámoslo: para emitir un juicio como virtualmente incondicionado, debe existir un acto de intelección refleja, un acto distinto de intelección. Una comprensión reflexiva de la inteligencia que es capaz de aprehender el condicionado, el nexo con sus condiciones y el cumplimiento suficientemente evidente de las mismas. Entonces, “Lo que sabemos es que emitir un juicio sin esa aprehensión refleja es sencillamente adivinar; asimismo, lo que sabemos es que, una vez ocurrida esa aprehensión, rehusarse a juzgar es simplemente insensato” (Lonergan, 2004, p. 343).
En el capítulo once de Insight, para ilustrar el cumplimiento de un virtualmente
incondicionado, Lonergan nos propone hacer un juicio, a saber: “yo soy un sujeto cognoscente”.
El condicionado pertinente es la aseveración: <<yo soy un sujeto cognoscente>>. El nexo entre el condicionado y sus condiciones puede quedar acuñado en la proposición: <<yo soy un sujeto cognoscente, si yo soy una unidad-identidad-totalidad concreta e inteligible, caracterizada por actos de sentir, imaginar, indagar, comprehender, formular, reflexionar, aprehender el incondicionado y juzgar>>. El cumplimiento de las condiciones se da en la consciencia. (Lonergan, 2004, p. 385, 389)
La aprehensión del virtualmente incondicionado, consiste en el hecho de que el cumplimiento del nexo se da en la misma conciencia. Es la conciencia la que debe aprehenderse como unidad-identidad-totalidad, en los actos. Es decir, nos afirmamos, de hecho, como una unidad-identidad-totalidad concreta e inteligible. Este juicio de hecho nos brinda la plena certeza de conocernos a nosotros mismos en tanto sujetos cognoscentes, es decir, como sujetos que realizamos las actividades de experimentar, indagar, comprender, reflexionar y juzgar. Con todo, Lonergan insiste en que conocer que somos agentes de conocimiento, implica realizar este tipo de juicio de hecho; no, simplemente, un sentir o imaginar o un querer que lo somos.
Somos sujetos que comprendemos la inteligibilidad del mundo de forma creativa en el
insight y, cuando lo aprehendemos como un virtualmente incondicionado, conocemos esa inteligibilidad y la expresamos en un juicio. Pero, ¿qué conocemos más allá de esa realidad
de ser sujetos cognoscentes? ¿Más allá de afirmarnos como cognoscentes en nuestras acciones conscientes e intencionales? ¿Qué conocemos en un juicio?