Este estudio científico jurídico posee un gran impacto jurídico porque está justificado en el Código Orgánico Integral Penal Art. 182 y 500 en los cuales se encuentra establecido lo concerniente a la sanción que amerita una persona que ha cometido un delito de calumnia, mientras tanto que el otro artículo se refiere a las reglas que deben seguirse al momento de obtener una prueba, su análisis, valoración y recuperación, todo esto aplicando las técnicas digitales forenses necesarias para considerarla valida al momento de ser presentada en un juicio.
3.7. Conclusiones parciales del capítulo
El estudio científico jurídico que se ha diseñado para realizar esta tesis, teniendo un beneficio considerablemente a la sociedad, con esto se estaría ayudando a las personas para que sus derechos no sean violentados de ninguna manera posible al momento de ser víctimas de un delito de calumnia.
En conclusión, podemos aseverar que es perfectamente útil cualquier medio de prueba tecnológica en un procedimiento judicial, sin embargo la misma puede no ser suficiente, en un proceso penal, por exigir el derecho en este ámbito, prueba suficiente. Por ello se considera fundamental, no sólo utilizar cualquier medio de prueba disponible, sino conseguir que dichos medios de prueba, tengan validez suficiente, siendo fundamental para ello, que dicha prueba esté avalada por una pericial informática.
La prueba digital en materia penal debe ser judicializada, de forma oportuna en vista de que el sistema penal es oral, teniendo que acotar que el modo de presentar la prueba electrónica en los delitos de acción pública, las pruebas electrónicas deben ser sometidas a peritajes (es decir practicadas) en donde la información, rastro, o elementos de convicción que se logren recabar servirán de base para continuar con el enjuiciamiento.
CONCLUSIONES GENERALES
Con la implementación de posibilidades tecnológicas, implantadas en la TLC en el proceso jurídico Ecuatoriano, no delimitamos opciones que tenga a bien escoger un Estado en su derecho de esta manera incorporar a la justicia diferentes tecnologías de información y comunicación; las cuales son capaces de alcanzar avances en el ordenamiento jurídico, con la prueba digital se logra mejorar la calidad de atención e información.
Con los nuevos elementos y avances de la tecnología estas se han introducido en la vida de los ciudadanos y por ende provoca un cambio en el modo de administrar justicia, pues conciben nuevas situaciones jurídicas que necesariamente requieren un respaldo legal como es el caso de la prueba digital, la cual es considerada como medio de prueba al momento de cometerse un delito de calumnia
Por medio de la prueba digital, se confirma o desvirtúa una hipótesis o afirmación precedente, relacionada con la existencia de una infracción. Entonces los usos de la tecnología de la información y comunicación, buscan mejorar el acceso a la información de la prueba, siendo necesario conocer el uso de estas tecnologías para su utilización en el proceso penal, respetando los derechos y garantías constitucionales de las personas.
La validez de la prueba electrónica no es del todo diferente a las pruebas tradicionales ya que, es necesario poner mucho énfasis en tratar de determinar los elementos que permitan concebir a una prueba como inalterada o válida, es por esto que para ser un medio probatorio en un delito de calumnia la prueba digital debe ser capaz de sustentar presunciones que lleven a determinar la existencia del delito y sus responsables
La prueba digital requiere un examen y cuidado mucho mayor que las pruebas tradicionales, ya que pueden desaparecer o modificarse más fácilmente que otros tipos de prueba material. Por ello es necesaria la intervención de peritos que conozcan sobre informática forense para que puedan conservar la integridad de la prueba y así puedan determinar una información importante en la investigación penal, pero no solamente es importante un buen profesional, sino que las técnicas de investigación sobre este tipo de evidencias empleadas garanticen que la prueba no sufra alteraciones o deje de tener validez por errores legales.
RECOMENDACIONES GENERALES
Sería recomendable aplicar los nuevos métodos a través de medios informáticos ya que permite la sustitución del soporte en papel del documento por un nuevo soporte contenido en un medio electrónico, el documento puede serlo tanto si se encuentra sobre un papel o sobre cualquier otro soporte apto según su naturaleza, no se debe identificar documento con escritura, en un sentido estricto atendiendo solamente al tradicional sentido realizado por el hombre que, en un primer análisis y debido a la costumbre generalizada, lleva al concepto papel. Así, podemos decir que el documento en soporte electrónico, informático y telemático es un documento con las mismas características, en principio y en cuanto a su validez jurídica, que cualquier otro de los que tradicionalmente se aceptan en soporte de papel.
Se recomienda que al momento de evacuar una prueba se la haga de la forma más adecuada posible y con el manejo de especialistas que puedan conservar a esta prueba sin ningún tipo de alteración, ya que este documento expresa la voluntad de las partes, como producto del desarrollo de la tecnología y es por esto que este documento electrónico que admisible en el proceso judicial como medio probatorio como prueba.
Se recomienda que al momento de presentar una prueba digital en un delito de calumnia el perito siga los pasos establecidos en la ley para evitar que sea distorsionada, con la utilización de medios científicos tecnológicos malintencionadamente prediseñados para fines e intereses personales por lo cual se debe aplicar una sanción rigurosa.
Se debería incluir en los planes de estudio de la carrera de derecho la temática de las TLC en el proceso penal, por ser un tema de actualidad en la práctica de la abogacía y de las Ciencias Jurídicas en general.
Se debe poner más énfasis en el ecuador, ya que es ínfima la legislación relacionada con las TLC como prueba en el proceso penal, aun mas cuando se tratan de delitos de calumnia.
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