8.1 PITTSBURGH, PA: RE-CODING THE PILOT CASE
8.4.2 Analysis of a Boston Case
110. En las visitas de la Comisión a Haití, una serie de fuentes estatales y no estatales confirmaron que la mayoría de los casos de violencia contra las mujeres siguen sin ser debidamente investigados y sancionados.
111. La Comisión reconoce los esfuerzos del sistema judicial para procesar y sancionar a los autores de actos de violación contra las mujeres, dada la adopción y entrada en vigencia del decreto ejecutivo en julio de 2005. Ello dio lugar, por lo menos, a quince[145]
condenas penales por violación, las cuales constituyen las primeras de este tipo en la historia de Haití. Según el gobierno, este decreto viene generando un cambio en la percepción del sistema de justicia en casos de violación sexual, promoviendo la aplicación de condenas y penas más graves para los perpetradores.[146]
112. Sin embargo, la Comisión también observa que, en comparación con el número de casos de violación registrados en los últimos años, los casos de violencia contra las mujeres tardan mucho tiempo en llegar a la etapa de juicio y sanción. En sus visitas, la Comisión recibió información sólo respecto de cinco casos, iniciados desde el año 2005 y en los cuales ya se han obtenido sentencias penales, los cuales fueron tramitados con la asistencia de la organización de la sociedad civil y proveedora de servicios SOFA.
113. La organización SOFA proporcionó asistencia legal en un juicio penal en 2005[147]
, en cuatro casos en 2006[148]
y apoya actualmente dos casos que se encuentran en etapa de juicio en Jacmel.[149]
En uno de los casos, una madre y su hija fueron violadas y, después de denunciar la violación ante las autoridades, la hija fue asesinada. La madre
siguió recibiendo amenazas por parte de los agresores luego de la muerte de su hija. Posteriormente, se llevó a cabo el juicio y los perpetradores fueron condenados –uno a prisión perpetua y el otro a aproximadamente 20 años de cárcel. En otros dos casos, dos menores de edad fueron violadas y los perpetradores recibieron sentencias de 9 y 10 años de prisión.
114. La organización de la sociedad civil y proveedora de servicios Kay Famn informó a la delegación sobre un caso que pone en evidencia el tipo de obstáculos que enfrentan las mujeres que procuran una investigación, juzgamiento y sanción adecuados, cuando denuncian delitos de violencia basados en el género. El autor en el caso es James Montas, un funcionario policial, quien planeó y llevó a cabo el secuestro y la violación colectiva de Carline Sèide, una mujer de 20 años. Kay Famn describe los hechos del caso en los siguientes términos:
El 2 de noviembre de 2003, en Delmas 19, el funcionario policial James Montas (alias Roudy) atacó a Carline Sèide, una mujer de 20 años de edad, cuando regresaba a su casa. La amenazó con un revólver, la llevó a su casa, la ató a una cama y la violó. James Montas luego llamó a seis cómplices para que la violaran y, luego, él la violó una segunda vez. Pese a los gritos desesperados de Carline pidiendo ayuda, nadie acudió. Tras cometer la violación, James Montas la amenazó de muerte si lo denunciaba, y la liberó.[150]
[De una traducción al inglés de la Secretaría Ejecutiva]
115. Kay Famn y la organización de defensa legal CARLI brindaron asistencia legal, médica y refugio a la víctima durante el proceso judicial. Aunque el autor fue sancionado, Kay Famn documentó la revictimización de la víctima durante el proceso y criticó la acción de los abogados defensores, al haber hecho declaraciones ofensivas en detrimento de la víctima en razón de su sexo, incluyendo actos que faltaban el respeto de la víctima y afectaban su integridad y dignidad a lo largo del proceso. Además, la familia del perpetrador profirió “afirmaciones lesivas, amenazadoras y sexistas” a la víctima.[151]
Por último, la pena prevista en el código penal era la prisión perpetua, pero el juez decidió sentenciar al autor a sólo seis años de cárcel, debido a su posición en un cargo de autoridad.[152]
Las organizaciones de la sociedad civil informaron que para llegar a la condena, la organización tuvo que recurrir a numerosos cabildeos y ejercer presión, dado que el sistema judicial todavía no asume la responsabilidad de sancionar estos actos.
116. Las organizaciones de la sociedad civil también comunicaron a la Comisión la inmediata y reiterada liberación de numerosos autores arrestados por actos de violencia contra mujeres. La organización de la sociedad civil SOFA documentó el siguiente caso que es emblemático de este problema:
D.E. es una jovencita de 16 años, estudiante del liceo, que vive con su madre en Bizoton, un barrio de Carrefour y, como casi todas las jóvenes de su edad, tiene un novio (…). El 15 de julio de 2006, por la tarde, su novio, por celos, y tras golpearla, la roció de gasolina y la prendió fuego (…). El médico que examinó a la joven diagnosticó “lesiones hipertróficas graves en cuero cabelludo y en partes del cuerpo”. El joven fue arrestado pero fue liberado al mes de detención y ha amenazado de muerte a D.E.[153]
[de una traducción al inglés de la Secretaría Ejecutiva]
117. En cuanto a casos relacionados con asuntos de familia, las organizaciones de la sociedad civil y proveedoras de servicios también comunicaron a la delegación de la Comisión los principales obstáculos que enfrentan cuando buscan obtener una sentencia. Por ejemplo, en casos en que las mujeres víctimas reclaman una pensión alimenticia, el procedimiento es lento y costoso, siendo los gastos procesales de 15.000 a 20.000 gourdes sin contar los gastos por honorarios del abogado.[154]
Además, los montos que fijan los jueces por objeto de pensión alimenticia a menudo son insuficientes para atender las necesidades reales de los hijos.[155]
Asimismo, es notoria la inexistencia de mecanismos de control que garanticen la ejecución de las decisiones judiciales en cuestiones de pensión alimenticia. [156]
El secuestro de los hijos puede ser usado como estrategia por parte de los padres para evitar el pago de la pensión o presionar a las madres psicológicamente.[157]
En los casos de divorcio, aunque las mujeres en la práctica tengan las principales responsabilidades respecto de sus hijos, los padres tienden a reclamar y obtener la custodia de los hijos como retribución. En estos casos, los hijos son cuidados por la nueva esposa o concubina del padre.[158]
118. En los casos de violencia contra las mujeres, los problemas mencionados anteriormente se suman al hecho de que las autoridades no consideran que los actos de discriminación y violencia contra las mujeres sean tan graves como otros delitos. Como consecuencia, las denuncias de las mujeres víctimas con frecuencia son trivializadas en los tribunales y la solución del problema puede ser el pago de una multa o una indemnización financiera por parte del autor a la víctima, sin la realización de un juicio penal o imposición de otras sanciones. Los funcionarios judiciales desconocen pruebas vitales para identificar al culpable y a la víctima, y los familiares de ésta pueden ser objeto de maltratos y falta de respeto en la etapa de investigación del proceso.
119. Entre los retos más importantes que se mencionaron en la realización de una adecuada investigación de los casos se encuentra la creciente dependencia de pruebas testimoniales dada la falta de recursos, equipo y un sistema sólido de medicina forense para obtener otro tipo de pruebas. En el informe regional de la Comisión titulado Acceso a la Justicia para las Mujeres Víctimas de Violencia en las Américas, se recomienda diseñar protocolos para todos los funcionarios que participan en la investigación, juzgamiento y sanción de los casos de violencia contra las mujeres con el objetivo de facilitar y promover “la efectiva, uniforme y transparente investigación de actos de violencia física, sexual y psicológica, que incluya una descripción de la complejidad en las pruebas, y el detalle de las pruebas mínimas que es preciso recopilar para proporcionar una fundamentación probatoria adecuada, que incluya pruebas científicas, psicológicas, físicas y testimoniales”.[159]
Esta recomendación de la CIDH es muy pertinente para la investigación de los casos en Haití.
120. Un avance notable es el requisito de que los médicos emitan un certificado gratuito en casos de lesiones vinculadas con una violación sexual. Este certificado médico es considerado un elemento esencial de prueba para interponer una denuncia penal por violación sexual ante el sistema de justicia. En 2006 se firmó un protocolo entre los Ministerios de Salud, de Justicia y de la Mujer para asegurar que el certificado se emitiera de forma gratuita.[160]
Posteriormente, este requisito también fue divulgado en la prensa por el Ministerio de la Mujer, la Red Nacional sobre Violencia contra la Mujer y el UNFPA.[161]
Sin embargo, en agosto de 2007 se informó a la Comisión que, a pesar de esta directiva, el procedimiento todavía no se había puesto en práctica y que el requisito de emitir un certificado es de obligatorio cumplimiento sólo para los médicos que trabajan en las instituciones públicas de salud.